Este artículo explica las normas de 🇨🇱 Chile. Las reglas cambian en Colombia: mira los consejos para Colombia.
🇨🇱 Búsqueda seguraTrabajos de lunes a viernes en Chile: horario, sueldo y dónde buscar

Trabajos de lunes a viernes es una de las búsquedas más comunes en Chile: mucha gente quiere tener libres el sábado y el domingo para su familia, sus estudios o su descanso. La ley lo permite, porque la jornada puede repartirse en cinco días, pero no todos los rubros lo ofrecen. Aquí tienes cómo se reparten hoy las horas, ejemplos de horario, qué pasa con la colación y las horas extra, qué hacer si te piden ir el sábado y dónde buscar. Esta guía es informativa y no reemplaza a la Dirección del Trabajo.
En este artículo
- Trabajos de lunes a viernes: qué permite la ley
- Ejemplos de horario con 42 horas
- Colación: lo que dice la ley
- Sueldo: qué mínimo aplica
- Horas extra: cuándo son legales
- Horas extra a cambio de días libres
- Jornada en promedios: revisa este pacto
- Si te piden trabajar el sábado
- Feriados y días entre feriados
- Si tienes hijos: la banda de dos horas
- Medio día de lunes a viernes
- Rubros con más opciones
- Cómo encontrarlos más rápido
- Qué preguntar antes de firmar
- Preguntas frecuentes
Trabajos de lunes a viernes: qué permite la ley
El artículo 28 del Código del Trabajo dice que el máximo semanal no puede repartirse en más de seis días ni en menos de cinco, y que la jornada ordinaria no puede pasar de 10 horas diarias. Por eso una semana de lunes a viernes es perfectamente legal, y también lo es una de lunes a sábado. Según la Dirección del Trabajo, si la jornada se pacta de lunes a viernes, descansas sábado y domingo.
Lo que manda es tu contrato. Que un aviso diga «lunes a viernes» no te protege si el documento que firmas dice otra cosa, o si no dice nada claro. Hoy la semana legal tiene 42 horas, y desde abril de 2028 tendrá 40. La semana de cuatro días recién podrá pactarse como regla general desde abril de 2028: hoy el mínimo siguen siendo cinco.

Ejemplos de horario con 42 horas
La colación no cuenta como tiempo trabajado, así que tu horario dentro de la empresa es más largo que tu jornada. Estos dos ejemplos son ilustrativos e incluyen media hora de colación cada día.
| Días | Entrada y salida | Horas trabajadas |
|---|---|---|
| Lunes a jueves | 08:30 a 17:30 | 8,5 por día |
| Viernes | 08:30 a 17:00 | 8 |
| Lunes a viernes iguales | 09:00 a 17:54 | 8 horas y 24 minutos por día |
Si en tu empresa la colación es de una hora, la salida se corre 30 minutos más tarde. Por eso conviene que preguntes el horario completo y no solo las horas semanales. Sumando el traslado, una jornada así ocupa buena parte del día, de modo que la cercanía entre tu casa y el trabajo pesa tanto como el sueldo.
Colación: lo que dice la ley
El artículo 34 ordena dividir la jornada en dos partes, con un descanso de al menos media hora para la colación, y aclara que ese tiempo no se considera trabajado. Se exceptúan los trabajos de proceso continuo. Si te dicen que comas en tu puesto sin dejar de atender, en la práctica no estás descansando: revisa cómo está escrito en tu contrato y consulta si tienes dudas.
Sueldo: qué mínimo aplica
Una jornada completa de lunes a viernes tiene como piso el ingreso mínimo mensual, que desde mayo de 2026 es de $ 553.553 brutos. El sueldo no cambia por repartir las horas en cinco días en lugar de seis: lo que importa es la jornada semanal. Si trabajas menos horas, el mínimo se calcula en proporción. Las cifras y lo que te llega en la mano están en sueldo mínimo líquido en Chile y en calcular sueldo líquido.
Si te pagan por día, o tienes sueldo más comisiones, revisa la semana corrida. El artículo 45 da derecho a una remuneración por los domingos y festivos a quien gana exclusivamente por día, y también a quien tiene sueldo mensual con remuneraciones variables, como comisiones o tratos. En ese segundo caso, el promedio se calcula solo sobre la parte variable. No entran pagos accesorios, como gratificaciones, aguinaldos o bonificaciones.
Horas extra: cuándo son legales
Un trabajo de lunes a viernes no significa salir siempre a la hora. Las horas extra pueden pactarse hasta un máximo de dos por día, para atender necesidades temporales de la empresa, y el pacto debe constar por escrito, con una vigencia no superior a tres meses renovable por acuerdo. Se pagan con un recargo del 50 % junto con las remuneraciones del período.
Si no firmaste nada pero te quedaste trabajando con conocimiento del empleador, igual se consideran extraordinarias. Un ejemplo ilustrativo: si tu hora vale $ 4.000, cada hora extra vale $ 6.000. Lleva tu propio registro de las horas de más y compáralo con tu liquidación. El detalle del cálculo está en horas extras en Chile.

Horas extra a cambio de días libres
A veces el tiempo vale más que el dinero, y la reforma de la jornada lo reconoce. Si lo firman, puedes juntar lo que trabajaste de más y canjearlo por vacaciones extra, con un tope anual de 5 días hábiles. El canje es generoso: 60 minutos extra equivalen a 90 de descanso. Hay un límite de medio año para ocuparlos y hay que pedirlos con dos días de aviso; pasado ese tiempo, se te pagan en la liquidación. Si tu meta es tener fines de semana largos, vale la pena proponerlo. Las reglas completas están en la guía de la ley de 40 horas.
Jornada en promedios: revisa este pacto
Fíjate si tu contrato menciona promedios. Esa fórmula permite que la carga varíe de una semana a otra dentro de un mes, mientras la media respete el máximo legal. En la práctica, puedes tener semanas pesadas seguidas de otras más livianas, y la ley fija topes para que no se abuse: hasta 45 horas ordinarias en una semana, y solo por dos semanas consecutivas. Si buscas lunes a viernes por rutina familiar, pregunta cómo se reparte el mes antes de aceptar. Quienes pertenecen a un sindicato necesitan además su acuerdo previo.
Si te piden trabajar el sábado
Si tu contrato dice lunes a viernes, el sábado no es parte de tu jornada. El artículo 12 solo permite al empleador alterar la distribución pactada hasta en 60 minutos, anticipando o postergando la entrada, por circunstancias que afecten a la empresa o a una de sus unidades, y con 30 días de aviso. Pasar a trabajar seis días va mucho más allá de eso.
Si te lo piden de forma puntual, puede ser trabajo extraordinario, y debe pagarse como tal si excede tu jornada semanal. Si te quieren cambiar el horario de forma permanente, debe ser por acuerdo y conviene dejarlo en un anexo. Si cambian tus condiciones sin acuerdo, el mismo artículo te da un plazo de 30 días hábiles para reclamar ante la Inspección del Trabajo. Guarda cualquier mensaje con la instrucción.
Feriados y días entre feriados
Los festivos son de descanso, salvo en las actividades autorizadas. Un detalle útil para quienes trabajan de lunes a viernes es el artículo 35 bis: las partes pueden pactar por escrito que un día hábil que queda entre dos feriados, o entre un feriado y un sábado o domingo, sea de descanso con sueldo, y compensar esas horas otro día. Esas horas de compensación no son extraordinarias. Si tu empresa lo propone, pide que quede claro cuándo se devuelven.
Si tienes hijos: la banda de dos horas
Quienes son madres o padres de niños de hasta 12 años, o tienen su cuidado personal, tienen derecho a una banda de dos horas en total, en la que pueden adelantar o retrasar hasta una hora el inicio de la jornada. La salida se mueve de la misma forma. Para usarla debes entregar al empleador el certificado de nacimiento o el documento que corresponda. Si estás buscando un empleo para compatibilizarlo con el colegio, mencionarlo en la entrevista final es razonable.

Medio día de lunes a viernes
También hay empleos de lunes a viernes con menos horas. Una jornada parcial llega hasta 30 horas semanales, con los mismos derechos que una completa. Con 4 horas diarias sumas 20 a la semana, y el piso mensual ronda los $ 263.597. Con 6 horas diarias llegas a 30, y el piso ronda los $ 395.395. Son montos brutos, calculados sobre el ingreso mínimo. Es una buena opción si estudias en la tarde o cuidas a alguien, y lo explicamos en trabajo part time.
Rubros con más opciones
No hay una lista oficial, pero la regla de la ley ayuda a orientarte: los domingos y festivos son de descanso, salvo las actividades exceptuadas, como el comercio y los servicios que atienden al público. Por eso los puestos con horario de oficina se concentran en otros lugares.
- Administración y contabilidad: asistentes, tesorería, facturación y recursos humanos.
- Servicios a empresas: soporte técnico, ventas a otras empresas y logística de oficina.
- Sector público: muchos cargos administrativos. Los concursos están en empleo público.
- Educación: colegios, jardines y funciones de apoyo.
- Construcción e industria: suelen ser de lunes a viernes, aunque a veces incluyen sábado.
- Trabajo remoto: revisa trabajo remoto en Chile.
Esa lista es una orientación nuestra, no un conteo de vacantes. Ten presente que call centers, retail, salud y hotelería suelen trabajar con turnos, aunque algunos puestos internos sí tienen horario de oficina. Lee cada aviso completo.
Cómo encontrarlos más rápido
- Escribe «lunes a viernes» junto a tu cargo y tu comuna en cada buscador.
- Crea tu perfil en la Bolsa Nacional de Empleo y activa la búsqueda por comuna.
- Consulta la OMIL de tu municipalidad, que conoce a las empresas de la zona.
- Adapta tu curriculum vitae al puesto, y deja tu disponibilidad clara.
- Revisa las zonas industriales y empresariales cercanas a tu casa.
Busca también por el horario y no solo por el cargo. Palabras como «oficina», «administrativo», «jornada completa de lunes a viernes» o «turno de día» filtran mejor que el nombre del puesto. Si una empresa grande te interesa, mira si tiene portal propio, porque muchas publican ahí primero. Y anota siempre dónde postulaste y en qué fecha: en una búsqueda larga es fácil perder la cuenta.
Si buscas sin experiencia, una forma de entrar es un puesto de apoyo administrativo, de bodega o de recepción, y crecer desde ahí. En esos casos el horario suele ser lo que más se valora, así que vale la pena aceptar menos variedad de tareas a cambio de una rutina estable.
Qué preguntar antes de firmar
- ¿El contrato dirá lunes a viernes y con qué horario exacto?
- ¿Cuánto dura la colación y dónde se hace?
- ¿Hay horas extra habituales, o periodos de cierre con más carga?
- ¿Se trabaja algún sábado al mes, aunque sea rotativo?
- ¿Hay teletrabajo algún día?

Compara las respuestas con lo que dice el documento antes de firmar, apoyándote en lo que explicamos sobre el contrato de trabajo. Si un aviso de «lunes a viernes» te pide pagar por un curso o por una inscripción, desconfía: ningún empleo serio debería cobrarte por contratarte.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Es legal trabajar solo de lunes a viernes?
Sí. El artículo 28 del Código del Trabajo permite repartir la jornada semanal en cinco o en seis días.
¿Cuántas horas al día son de lunes a viernes?
Con 42 horas semanales, un reparto parejo da 8 horas y 24 minutos por día, sin contar la colación. El máximo ordinario es de 10 horas diarias.
¿La colación cuenta como tiempo trabajado?
No. El artículo 34 fija al menos media hora de colación, y ese tiempo no se considera trabajado.
¿Me pueden obligar a trabajar el sábado?
Si tu contrato es de lunes a viernes, el sábado no forma parte de tu jornada. El empleador solo puede alterar la distribución hasta en 60 minutos, con 30 días de aviso y por las causas que indica la ley.
¿Cuántas horas extra puedo hacer?
Hasta dos por día, con pacto escrito y recargo del 50 %. Si trabajas de más con conocimiento del empleador, se consideran extraordinarias aunque no haya pacto.
¿Qué es la banda horaria para padres?
Es el derecho de madres y padres de niños de hasta 12 años a adelantar o retrasar hasta una hora el inicio de su jornada.
¿Qué pasa con un día entre dos feriados?
Puede pactarse por escrito como día de descanso con sueldo, compensando esas horas otro día. Si no hay pacto, se trabaja normalmente.
Fuentes oficiales
- Código del Trabajo (DFL 1, texto vigente), arts. 12, 27, 28, 31, 32, 34, 35, 35 bis y 45 · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, LeyChile. Distribución de la jornada, colación, horas extra, cambios de horario, banda de dos horas, festivos y semana corrida.
- Descanso Semanal · Dirección del Trabajo (DT). Jornada de lunes a viernes y descanso de sábado y domingo.
- Código del Trabajo (versión publicada por la Dirección del Trabajo) · Dirección del Trabajo (DT). Jornada, promedios y compensación de horas extra.
- Bolsa Nacional de Empleo · Bolsa Nacional de Empleo (BNE), Gobierno de Chile. Búsqueda de ofertas.
- OMIL · Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). Servicios municipales de empleo.
- ¿Cómo se calcula el valor de la hora extraordinaria? · Dirección del Trabajo (DT). Valor de la hora extraordinaria.