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🇨🇱 Derechos laboralesInspección del Trabajo: cómo denunciar, reclamar o dejar una constancia

Inspección del trabajo es el nombre de las oficinas de la Dirección del Trabajo (DT) donde los trabajadores de Chile pueden denunciar a un empleador que no cumple la ley, reclamar por un despido o dejar constancia de un problema. Casi todo se puede hacer en línea en el portal Mi DT con tu ClaveÚnica, y es gratuito. Aquí tienes qué trámite te sirve en cada caso, cómo hacerlo paso a paso y qué plazos no puedes dejar pasar.
En este artículo
- Qué hace la Inspección del Trabajo
- Cómo hacer una denuncia en la Inspección del Trabajo
- Qué puedes denunciar
- Denuncias por acoso y vulneración de derechos (Ley Karin)
- Reclamo por despido: la audiencia de conciliación
- Qué pasa después de tu denuncia: fiscalización y multas
- Los plazos para ir a tribunales
- Constancia laboral: deja registro a tiempo
- Denuncia o reclamo: cuál te sirve
- Firmar tu finiquito: en línea o ante un ministro de fe
- Dirección del Trabajo: qué puedes hacer en Mi DT
- Cuándo debes ir en persona
- Consejos antes de acudir
- Preguntas frecuentes
Qué hace la Inspección del Trabajo
La Dirección del Trabajo, a través de sus Inspecciones del Trabajo, fiscaliza que los empleadores cumplan las normas laborales, previsionales y de seguridad y salud en el trabajo, y concilia conflictos entre trabajadores y empleadores para evitar juicios. Su marco es el DFL N.º 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo.
Como trabajador, tienes tres trámites principales:
| Trámite | Cuándo usarlo | Qué consigues |
|---|---|---|
| Denuncia laboral | Mientras trabajas y el empleador no cumple la ley o vulnera tus derechos (incluida la Ley Karin) | Una visita inspectiva o una investigación de tu empleador |
| Reclamo por despido | Cuando ya terminó la relación laboral y crees que el despido fue injustificado o te deben pagos | Una audiencia de conciliación con tu exempleador |
| Constancia laboral | Para dejar registro de hechos que puedan llevar a un despido o una sanción | Un documento con fecha que respalda tu versión |
Cómo hacer una denuncia en la Inspección del Trabajo
La denuncia sirve para que la DT haga una visita inspectiva a tu empleador. Es confidencial, y la puede presentar el trabajador, un representante sindical o cualquier persona que sepa de la infracción.
- Entra al portal Mi DT con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala antes.
- Elige el perfil «Trabajador».
- Haz clic en «Denuncias y solicitudes» y luego en «Denuncia Laboral y Por Vulneración de Derechos Fundamentales/Ley Karin».
- Completa tus datos, los de tu empleador y los antecedentes de la denuncia, y sigue las indicaciones del sistema.
- Revisa tu correo: en un plazo máximo de 48 horas te llega la confirmación con un código de 12 letras.

Después, la DT revisa los antecedentes y te contacta para obtener más información y evaluar si la denuncia procede. También puedes hacerla en la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana a tu trabajo.
Qué puedes denunciar
La denuncia cubre cualquier incumplimiento de las normas laborales, previsionales o de seguridad y salud en el trabajo. Los casos más comunes son:
- Sueldos atrasados o incompletos, o pagos por debajo del sueldo mínimo.
- Cotizaciones impagas de AFP, salud o seguro de cesantía.
- Horas extras sin pagar o jornadas más largas que la ley; revisa nuestra guía de horas extras en Chile.
- Trabajar sin contrato escrito o con un contrato distinto a lo que haces.
- Falta de condiciones de seguridad, como equipos de protección o medidas ante riesgos.
- Acoso laboral o sexual y violencia en el trabajo, que se tramitan con las reglas de la Ley Karin.
Si no sabes si tu caso es una infracción, llama primero al 600 450 4000 o escribe al sistema de atención ciudadana de la DT para orientarte.
Denuncias por acoso y vulneración de derechos (Ley Karin)
Si denuncias acoso, violencia o vulneración de derechos fundamentales, la DT inicia una investigación para verificar los hechos. Si corresponde, hace una mediación entre tú y tu empleador.
Si no hay acuerdo, los antecedentes se derivan a los tribunales, donde debes presentar la denuncia antes de 90 días hábiles desde que ocurrió la vulneración. No dejes pasar ese plazo mientras esperas.
- Describe los hechos con detalle: qué pasó, cuándo, dónde, quién lo hizo y si alguien lo vio.
- Guarda pruebas: mensajes, correos, fotos, nombres de testigos.
- Si ya no trabajas en la empresa y la denuncia es por acoso sexual, debes hacerla en persona en la Inspección del Trabajo.
Reclamo por despido: la audiencia de conciliación
Si te despidieron y crees que fue injustificado, indebido o improcedente, o tu exempleador te debe pagos al terminar (por ejemplo, el finiquito o la indemnización por años de servicio), puedes presentar un reclamo por despido. La Inspección cita a ambas partes a una audiencia de conciliación para buscar una solución sin juicio.
- Entra a Mi DT con tu ClaveÚnica y elige el perfil «Trabajador».
- Haz clic en «Denuncia y Solicitudes» y luego en «Reclamo por despido».
- Completa la solicitud con los datos de tu exempleador y de tu trabajo.
- Espera la respuesta: la DT revisa y responde en un plazo máximo de 3 días hábiles al correo registrado.
Ten a mano: tu documento de identidad; las fechas de inicio y término, el horario y tu función; la razón social, el RUN y el correo de tu exempleador; la dirección y el teléfono del lugar de trabajo; y, si lo sabes, el nombre y RUT del representante legal.
En la audiencia, un funcionario de la Inspección revisa contigo y con tu exempleador lo que se reclama. Si llegan a un acuerdo, por ejemplo sobre un pago pendiente, queda registrado; si no, quedas libre para demandar en tribunales dentro del plazo. Lleva todos tus documentos y, si puedes, un cálculo de lo que crees que te deben.
Si te dan fecha para la audiencia y finalmente no la necesitas, puedes anular el reclamo en Mi DT, en la tarjeta «Mis Reclamos por Despido».
Qué pasa después de tu denuncia: fiscalización y multas
Con tu denuncia, un fiscalizador revisa la empresa. Si encuentra infracciones, la ley fija multas según el tamaño de la empresa (Código del Trabajo, artículo 506), salvo que la falta tenga una sanción especial:
| Empresa | Multa |
|---|---|
| Micro | 1 a 5 UTM |
| Pequeña | 1 a 10 UTM |
| Mediana | 2 a 40 UTM |
| Grande | 3 a 60 UTM |
| Infracción al fuero sindical | 14 a 70 UTM |
En una micro o pequeña empresa, si la falta no pone en riesgo inminente tu seguridad o tu salud, el fiscalizador puede darle un plazo de al menos cinco días hábiles para corregirla (artículo 506 bis). Ten en cuenta que la multa sanciona al empleador, pero no te paga lo que te deben: para cobrar sueldos, horas extra o indemnizaciones necesitas el reclamo o la demanda.
Los plazos para ir a tribunales
Si el despido fue injustificado, indebido, improcedente o indirecto, tienes 60 días hábiles desde el despido para demandar. Ese plazo se suspende mientras tramitas el reclamo en la Inspección, pero en ningún caso puedes ir a tribunales una vez pasados 90 días hábiles.

Por eso conviene presentar el reclamo cuanto antes y, si la conciliación no resulta, buscar asesoría para demandar sin pasarte del límite. Cuenta solo días hábiles y anota en tu calendario la fecha del despido, la del reclamo y la de la audiencia: si dudas sobre cómo se calcula tu plazo, pregúntalo en la misma audiencia o al 600 450 4000.
Constancia laboral: deja registro a tiempo
La constancia sirve para dejar registrado un hecho que podría terminar en tu despido o en una sanción: maltrato, acoso laboral, incumplimiento del contrato o conductas inapropiadas, entre otros. No inicia una fiscalización, pero queda como respaldo con fecha.
- Entra a Mi DT con tu ClaveÚnica y elige el perfil «Trabajador».
- Haz clic en «Constancia laboral» y sigue los pasos.
- Descárgala: te llega al correo y queda en la «Cartola del Trabajador» del portal.

Denuncia o reclamo: cuál te sirve
- ¿Sigues trabajando? Usa la denuncia: no necesitas renunciar ni esperar a que te despidan.
- ¿Ya te despidieron? Usa el reclamo por despido para ir a conciliación.
- ¿Temes represalias? Deja una constancia antes de que pase algo.

Excepcionalmente, puedes presentar un reclamo en persona aunque sigas trabajando, si la fiscalización no solucionó tu denuncia y quieres demandar a tu empleador.
Firmar tu finiquito: en línea o ante un ministro de fe
Al terminar tu contrato, el finiquito se firma (se «ratifica») ante un ministro de fe. Según la Dirección del Trabajo, puedes hacerlo de tres formas: en línea en Mi DT, en una Inspección o ante notario u otro ministro de fe. No estás obligado a firmarlo en línea.
- En línea: tu empleador ingresa la propuesta y tú entras a Mi DT con tu ClaveÚnica para aceptarla, con o sin reserva de derechos, o rechazarla. Debes tener contrato desde el 1 de enero de 2011 y una cuenta corriente, vista o CuentaRUT a tu nombre; las cuentas de ahorro y bipersonales no sirven.
- En una oficina: llevas tu cédula de identidad vigente; si va alguien por ti, con un poder simple.
- Si no te pagan: si el empleador no paga dentro de 5 días hábiles desde la ratificación, se emite un acta con las sumas que se obligó a pagar, que puedes cobrar ante el juzgado (Código del Trabajo, artículo 464).
Si no estás de acuerdo con algún monto, no firmes sin más: acepta con reserva de derechos o pide primero la audiencia de conciliación del reclamo por despido.
Dirección del Trabajo: qué puedes hacer en Mi DT
- Denunciar a tu empleador, también por acoso (Ley Karin).
- Reclamar por despido y pedir la audiencia de conciliación.
- Dejar una constancia laboral de lo que te está pasando.
- Revisar y firmar tu finiquito electrónico.
Para todo necesitas tu ClaveÚnica. Si no la tienes, sácala antes de que la necesites: los plazos para reclamar corren aunque no la tengas.
Cuándo debes ir en persona
- Dirigentes sindicales: sus denuncias se presentan de forma presencial.
- Acoso sexual sin relación laboral vigente: la denuncia es presencial.
- Reclamo con contrato vigente: solo de forma excepcional, como se explicó arriba.
- Si no tienes ClaveÚnica o te cuesta el trámite en línea.
Las Inspecciones atienden de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Para el reclamo por despido, ve a la Inspección que corresponde al domicilio de tu exempresa; para la denuncia, a la más cercana a tu trabajo.
Consejos antes de acudir
- Reúne tus documentos: contrato, liquidaciones de sueldo, carta de despido y comprobantes de cotizaciones.
- Anota fechas y hechos en orden, con nombres de testigos.
- Revisa tus cotizaciones en tu AFP antes de reclamar por despido.
- Saca copia de tu finiquito si ya te lo ofrecieron, aunque no lo hayas firmado: lo vas a necesitar para comparar montos en la audiencia.
- Consulta tus dudas al 600 450 4000, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00, o en el sistema de atención ciudadana de la DT.
Si estás pensando en dejar tu trabajo, revisa también nuestra guía de carta de renuncia en Chile. Y si buscas un nuevo empleo, mira las ofertas de empleo en Chile de TrabajoExpress y crea tu perfil gratis.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cómo denuncio a mi empleador en la Inspección del Trabajo?
En el portal Mi DT con tu ClaveÚnica: perfil Trabajador, «Denuncias y solicitudes» y «Denuncia Laboral y Por Vulneración de Derechos Fundamentales/Ley Karin». También en la Inspección más cercana a tu trabajo.
¿La denuncia es anónima?
La DT la describe como una denuncia confidencial, que lleva a una visita inspectiva al empleador.
¿Cuánto tengo para reclamar por un despido?
Tienes 60 días hábiles desde el despido para demandar; el reclamo en la Inspección suspende ese plazo, pero nunca puedes pasar de 90 días hábiles.
¿Qué es la constancia laboral?
Un registro ante la DT de hechos que podrían causar tu despido o una sanción. Se hace en Mi DT y queda en la Cartola del Trabajador.
¿Qué multas puede poner la DT?
Las generales van de 1 a 5 UTM en una microempresa hasta 3 a 60 UTM en una gran empresa (artículo 506 del Código del Trabajo).
¿Puedo firmar el finiquito en línea?
Sí, en Mi DT con tu ClaveÚnica, si tu contrato es de 2011 en adelante y tienes cuenta corriente, vista o CuentaRUT. También puedes hacerlo en una Inspección o ante notario.
¿Cuánto cuesta?
Nada. Los trámites ante la Inspección del Trabajo son gratuitos.
¿Cuál es el teléfono de la Dirección del Trabajo?
El 600 450 4000, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Fuentes oficiales
- Ingreso de denuncia laboral y por vulneración de derechos fundamentales (Ley Karin) · Dirección del Trabajo. Denuncia confidencial, pasos en Mi DT, código por correo en 48 horas, casos presenciales, investigación, mediación y plazo de 90 días hábiles.
- Constancia laboral como trabajador dependiente · Dirección del Trabajo. Qué hechos se registran, pasos en Mi DT, Cartola del Trabajador y horarios de atención.
- Ingreso de reclamo por despido · ChileAtiende. Audiencia de conciliación, plazos de 60 y 90 días hábiles, documentos, respuesta en 3 días hábiles, anulación y casos presenciales.
- Ingreso de denuncia laboral y por vulneración de derechos fundamentales (Ley Karin) · ChileAtiende. Ficha del trámite de denuncia y marco legal (DFL N.º 2 de 1967 y Ley 21.643).
- Guía rápida para el trámite de ingreso de denuncia · Dirección del Trabajo. Datos que pide el formulario y cómo describir los hechos.
- Código del Trabajo · Biblioteca del Congreso Nacional. Normas laborales cuyo cumplimiento fiscaliza la Dirección del Trabajo.
- Ratificación de un finiquito de trabajo · Dirección del Trabajo (DT). Finiquito electrónico en Mi DT, requisitos, alternativas ante la Inspección o notario y plazo de 5 días hábiles para pagar.