Este artículo explica las normas de 🇺🇾 Uruguay. Lee la versión para Colombia.
🇺🇾 Derechos laboralesCarta de renuncia en Uruguay: modelo, ejemplo y qué te pagan

Carta de renuncia es el aviso escrito con el que comunicas que dejas tu trabajo en Uruguay. Al renunciar no cobras indemnización por despido ni seguro de paro, pero sí la licencia no gozada, el salario vacacional y el aguinaldo proporcional (Leyes 12.590 y 12.840). Según el Ministerio de Trabajo (MTSS), la liquidación debe pagarse en 10 días corridos, y si se atrasa genera un recargo del 10 %. Las leyes generales no fijan un preaviso obligatorio para renunciar, pero conviene avisar con tiempo. Acá tienes un modelo completo y otro sencillo para editar.
En este artículo
- Qué es la carta de renuncia
- Cómo hacer la carta de renuncia en Uruguay
- Modelo de carta de renuncia para editar
- Carta de renuncia sencilla: ejemplo corto
- Antes de entregar tu renuncia
- Qué te pagan si renuncias
- Plazo de pago y recargo
- Si renuncias, no cobras el seguro de paro
- Qué es el despido indirecto
- Hasta cuándo puedes reclamar
- Errores frecuentes al renunciar
- Preguntas frecuentes
Qué es la carta de renuncia
Es el documento con el que comunicas tu decisión de terminar la relación de trabajo y tu último día. Entregarla por escrito, con copia firmada de recibido, te da prueba de la fecha y evita discusiones. Las leyes generales de despido y licencia que revisamos no fijan un preaviso obligatorio para renunciar; revisa tu contrato o convenio colectivo por si establece uno.
Renunciar es una decisión tuya. Si te piden firmar una renuncia que no decidiste, no la firmes sin consultar antes en el MTSS: con una renuncia firmada pierdes la indemnización por despido y el seguro de paro.
Cómo hacer la carta de renuncia en Uruguay
- Redacta la carta indicando la fecha, tu nombre, tu número de cédula, el cargo, la empresa y el último día que vas a trabajar.
- Entrégala con copia firmada o por un medio fehaciente, como un correo con acuse o un telegrama colacionado.
- Pide tu liquidación y el recibo con el detalle de cada rubro.
- Controla el plazo: 10 días corridos para el pago, según el MTSS.

Modelo de carta de renuncia para editar
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Ciudad, día de mes de año
Señores nombre de la empresa. Atención: nombre del jefe o de recursos humanos.
Por la presente, yo, nombre completo, titular de la cédula de identidad número, en el cargo de cargo desde el fecha de ingreso, presento mi renuncia.
Mi último día de trabajo será el fecha.
Solicito el pago de la licencia no gozada, el salario vacacional, el aguinaldo proporcional y los haberes pendientes. Atentamente, firma nombre cédula

Carta de renuncia sencilla: ejemplo corto
Si prefieres algo breve, alcanza con decir quién eres, que renuncias y cuál es tu último día. Este ejemplo sirve para entregarlo en mano, con copia firmada, o para pegarlo en un correo con acuse de recibo.
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Ciudad, fecha
Señores de empresa:
Por la presente les comunico mi renuncia al cargo de cargo. Mi último día de trabajo será el fecha.
Les solicito el pago de la liquidación que me corresponde. Muchas gracias por la oportunidad.
Firma · Nombre completo · C.I. número
Si tu contrato o el convenio de tu sector fijan un preaviso, agrega una línea como esta: «Cumplo con el preaviso de [días] días que establece [mi contrato / el convenio de mi sector]». Y si no lo fijan, avisar con una o dos semanas de anticipación deja una buena referencia para tu próximo empleo.
Antes de entregar tu renuncia
- Pide por escrito la oferta del nuevo empleo, con fecha de inicio y salario, antes de avisar en tu trabajo actual.
- Cuenta tu licencia generada y no gozada: se paga al salir, junto con su salario vacacional.
- Calcula tu aguinaldo proporcional desde el 1 de diciembre o desde el 1 de junio, según la última cuota que cobraste.
- Elige tu último día con margen para traspasar tus tareas y dejar una buena referencia.
- Guarda copias de tus recibos de sueldo de los últimos meses: te sirven para controlar la liquidación.
Qué te pagan si renuncias
- Licencia no gozada: cuando el contrato termina por decisión de cualquiera de las partes, el empleador paga los jornales de licencia no gozada (Ley 12.590, artículo 9).
- Salario vacacional de esos días: el 100 % del jornal líquido de licencia (Ley 16.101).
- Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado, también por renuncia (Ley 12.840, artículo 3).
- Haberes pendientes de los días trabajados.
| Rubro | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional | $U 40.000 × 4 meses (diciembre a marzo) ÷ 12 | $U 13.333 |
| Licencia no gozada | 16,66 días × $U 1.333,33 | $U 22.222 |
| Salario vacacional | Líquido de la licencia (con 20 % de descuentos) | $U 17.778 |

Mira cómo se calculan en vacaciones en Uruguay y en el aguinaldo de junio 2026.
Plazo de pago y recargo
Según el MTSS, ninguna norma laboral fija un plazo expreso para pagar la liquidación, por lo que se aplica el artículo 1440 del Código Civil: la deuda es exigible 10 días corridos después. Si no te pagan, el crédito genera automáticamente un recargo del 10 % (Ley 18.572, artículo 29).
| Qué pasa | Cuándo | Base |
|---|---|---|
| Pago de la liquidación | Hasta el 10 de abril | 10 días corridos (MTSS) |
| Si no te pagaron a tiempo | Pasado ese plazo | Recargo del 10 % (Ley 18.572) |
| Plazo para reclamar | Un año desde el día siguiente a tu salida | Ley 18.091, artículo 1 |
Si renuncias, no cobras el seguro de paro
El subsidio por desempleo del BPS, el seguro de paro, es para quien queda en desocupación forzosa no imputable a su voluntad (Decreto-Ley 15.180, artículo 2). Sus causales son el despido, la suspensión y la reducción del trabajo en un 25 % o más (artículo 5). La renuncia voluntaria no está entre ellas.
- Si ya tienes otra oferta firme, renunciar no te hace perder nada de la liquidación.
- Si todavía no tienes empleo, calcula cuántos meses puedes cubrir sin el seguro de paro antes de entregar la carta.
- Si en cambio te despiden, pide el subsidio dentro de los 30 días siguientes al despido (artículo 2).
- Si te vas por un incumplimiento grave del empleador, no lo resuelvas con una renuncia común: mira el despido indirecto.
Qué es el despido indirecto
Si te vas porque el empleador cometió un incumplimiento grave, por ejemplo no pagarte el salario, la doctrina y la jurisprudencia uruguayas lo llaman despido indirecto: no está regulado en una ley, pero si se configura, el empleador debe pagar la indemnización por despido. Deberás probar el incumplimiento. En ese caso, no escribas una «renuncia voluntaria»: explica por escrito los hechos y consulta antes en el MTSS. Mira despido en Uruguay: cálculo.

Hasta cuándo puedes reclamar
- Un año desde tu salida: las acciones laborales prescriben al año, contado desde el día siguiente al cese (Ley 18.091, artículo 1).
- Deudas de hasta cinco años: dentro de ese año puedes reclamar créditos de hasta cinco años atrás, desde que pudieron exigirse (artículo 2).
- Pedir audiencia en el MTSS corta el plazo: la solicitud de audiencia de conciliación interrumpe la prescripción (artículo 3), igual que presentar una demanda (artículo 4).
Para pedir la audiencia, junta tu carta con la firma de recibido, tus recibos de sueldo y los mensajes en los que reclamaste el pago. Anota también las fechas en que lo pediste: te ayudan a mostrar desde cuándo te deben.
Errores frecuentes al renunciar
- No dejar constancia de la fecha en que renunciaste.
- Firmar una renuncia voluntaria cuando en realidad te vas por un incumplimiento grave del empleador.
- No reclamar a tiempo la liquidación ni el recargo del 10 %.
- Renunciar contando con el seguro de paro: la renuncia voluntaria no da derecho al subsidio.
- Firmar una renuncia que no decidiste: pierdes la indemnización por despido y el seguro de paro.
Al irte, revisa qué incluye la liquidación por renuncia. ¿Ya estás buscando lo que sigue? Mira las vacantes en Uruguay y regístrate gratis.
Busca empleo con confianza
Todas las vacantes se revisan antes de publicarse y postularte es gratis.
Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cómo hago una carta de renuncia en Uruguay?
Con la fecha, tus datos y cédula, tu cargo, el nombre de la empresa y tu último día; entrégala con copia firmada o por un medio fehaciente.
¿Tengo que dar preaviso para renunciar en Uruguay?
Las leyes generales de despido y licencia no lo fijan; revisa tu contrato o convenio colectivo, que pueden establecerlo, y avisa con tiempo.
¿Qué me pagan si renuncio?
La licencia no gozada, el salario vacacional, el aguinaldo proporcional y los haberes pendientes. No cobras indemnización por despido.
¿En cuánto tiempo me deben pagar la liquidación?
En 10 días corridos, según el MTSS; si se atrasa, se suma un recargo automático del 10 % (Ley 18.572).
¿Si renuncio cobro el seguro de paro?
No. El subsidio por desempleo es para la desocupación forzosa no imputable a tu voluntad: despido, suspensión o reducción del trabajo (Decreto-Ley 15.180).
¿Hasta cuándo puedo reclamar mi liquidación?
Hasta un año después de tu salida, contado desde el día siguiente al cese (Ley 18.091). Pedir audiencia en el MTSS interrumpe ese plazo.
¿Qué es el despido indirecto?
Cuando te vas por un incumplimiento grave del empleador; según la doctrina y la jurisprudencia, da derecho a la indemnización por despido si se prueba.
¿Qué es una carta de renuncia?
El aviso escrito con el que comunicas que terminas la relación de trabajo y tu último día.
Fuentes oficiales
- En materia laboral (preguntas frecuentes) · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Plazo de 10 días corridos para pagar la liquidación por despido o renuncia (artículo 1440 del Código Civil) y recargo del 10 %.
- Ley 18.572 (artículo 29: recargo por omisión de pago) · IMPO, Centro de Información Oficial. Recargo automático del 10 % sobre los créditos laborales impagos.
- Ley 12.590 de licencia anual · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículo 9: pago de la licencia no gozada al terminar el contrato por decisión de cualquiera de las partes.
- Ley 12.840 de sueldo anual complementario · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículo 3: aguinaldo proporcional también por renuncia.
- Ley 16.101 (salario vacacional) · IMPO, Centro de Información Oficial. Salario vacacional del 100 % del jornal líquido de licencia.
- Decreto-Ley 15.180 de subsidio por desempleo · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículo 2: subsidio solo por desocupación forzosa no imputable a la voluntad del trabajador, pedido dentro de 30 días; artículo 5: causales despido, suspensión y reducción.
- Ley 18.091 de prescripción de acciones y créditos laborales · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículos 1 a 4: un año desde el cese para reclamar, créditos de hasta cinco años; la audiencia en el MTSS o la demanda interrumpen el plazo.
- Régimen de despidos en Uruguay · abogados.com.ar. El despido indirecto no está en una ley, pero la doctrina y la jurisprudencia lo reconocen y obligan a pagar la indemnización.