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🇵🇾 Derechos laborales

Periodo de prueba en Paraguay: 30 o 60 días y tus derechos

Periodo de prueba en Paraguay: un nuevo trabajador paraguayo recibe capacitación en su primer día en un taller
En Paraguay, el periodo de prueba dura como máximo 30 o 60 días según el trabajo.

Periodo de prueba en Paraguay: el Código del Trabajo lo establece al inicio de todo contrato para que el empleador aprecie tus aptitudes y tú compruebes si te convienen las condiciones (artículo 58). Dura como máximo 30 días para el servicio doméstico y los trabajadores no calificados, y 60 días para los calificados y aprendices. Durante la prueba cualquiera puede terminar el contrato sin preaviso ni indemnización, pero tienes todas las demás prestaciones (artículo 60). Acá tienes la duración, tus derechos y qué te pagan si termina.

En este artículo
  1. Cuánto dura el periodo de prueba en Paraguay
  2. Cómo contar los días de prueba
  3. El contrato durante la prueba
  4. Qué derechos tienes en la prueba
  5. Despido en período de prueba en Paraguay
  6. Periodo de prueba de un contrato indefinido
  7. Al terminar la prueba sin seguir
  8. Horas extra y jornada durante la prueba
  9. Cómo aprovechar tu periodo de prueba
  10. Embarazo durante la prueba
  11. Qué hacer si no te pagan al terminar la prueba
  12. Preguntas frecuentes

Cuánto dura el periodo de prueba en Paraguay

Duración máxima del periodo de prueba (artículo 58)
Tipo de trabajadorDuración máxima
Servicio doméstico y trabajadores no calificados30 días
Trabajadores calificados y aprendices60 días
Técnicos altamente especializadosLa que acuerden las partes según el trabajo
Gráfico de barras con la duración máxima del periodo de prueba en Paraguay según el tipo de trabajador
Duración máxima de la prueba, en días.

Si al terminar la prueba ninguno dice expresamente que quiere terminar, el contrato sigue vigente y la prueba se cuenta para todos los efectos legales, como tu antigüedad. Si vuelven a contratarte para el mismo trabajo, no puede haber una nueva prueba (artículo 59).

Cómo contar los días de prueba

El periodo de prueba es un máximo: el contrato puede fijar menos días, pero no más (artículo 58). Ejemplo ilustrativo: si un trabajador calificado entra el lunes 2 de noviembre de 2026, sus 60 días de prueba terminan el jueves 31 de diciembre de 2026. Si ese día ninguna de las partes dice expresamente que termina el contrato, desde el 1 de enero de 2027 sigue trabajando con todos los derechos de un contrato indefinido, y esos 60 días cuentan para su antigüedad (artículo 59).

  • Pide que la prueba conste por escrito en tu contrato, con su duración y tu categoría: no es lo mismo 30 días que 60.
  • Si eres técnico altamente especializado, la duración la acuerdan las partes; revisa que el contrato la diga con claridad.
  • Si vuelves a la misma empresa para el mismo tipo de trabajo, no te pueden poner otra prueba.

El contrato durante la prueba

La prueba es parte del contrato de trabajo, así que valen todas sus reglas. El contrato puede ser verbal o escrito, pero debe ser escrito si ganas más que el salario mínimo de tu tipo de trabajo; puede ser verbal en el servicio doméstico, en trabajos temporales de hasta 90 días y en obras de bajo valor (artículos 43 y 44). Si es escrito, debe indicar el lugar y la fecha, los datos de las partes, el trabajo y el lugar, la remuneración y su forma de pago, y la jornada (artículo 46).

Además, son nulas aunque las firmes las cláusulas que fijen un salario menor al mínimo, una jornada mayor que la legal, horas extra para menores de 18 años o la renuncia a cualquiera de tus derechos (artículo 47). Un periodo de prueba «sin sueldo» es una de ellas: la prueba se paga según el contrato (artículo 59).

Qué derechos tienes en la prueba

  • Salario según lo pactado en tu contrato, nunca menor al mínimo: G. 3.044.000 al mes desde el 1 de julio de 2026 (MTESS).
  • Todas las prestaciones, como el aguinaldo proporcional (artículo 60).
  • Lo que no tienes: preaviso ni indemnización por despido (artículo 60).
Comparación de los derechos que sí y no tiene el trabajador en el periodo de prueba en Paraguay
Lo que tienes y lo que no durante la prueba.

Despido en período de prueba en Paraguay

Durante la prueba, el empleador puede terminar el contrato sin responsabilidad, y tú también puedes irte sin dar preaviso (artículo 60). Aun así te deben el salario de los días trabajados y el aguinaldo proporcional (artículo 244).

Ejemplo con el salario mínimo de 2026 (montos ilustrativos)
SituaciónQué te paganMonto
Termina a los 45 días de prueba (trabajador calificado)Aguinaldo: G. 3.044.000 × 1.5 meses ÷ 12G. 380.500, más el salario pendiente
Pasa la prueba y te despiden sin causa a los 8 mesesPreaviso de 30 días e indemnización de 15 jornalesG. 3.044.000 + G. 1.522.000, más aguinaldo y lo demás

En el segundo caso, la fracción de 8 meses cuenta como un año para la indemnización (artículo 91). Revisa el cálculo completo en liquidación en Paraguay.

Nueva trabajadora paraguaya recibe la bienvenida de su equipo en una oficina de Asunción
Desde el primer día de prueba tienes derecho a tu salario y a las prestaciones.

Periodo de prueba de un contrato indefinido

La prueba se aplica en la etapa inicial del contrato. Cuando termina y sigues trabajando, empiezan a correr tus derechos de un contrato indefinido: después de la prueba y hasta un año, el empleador debe darte 30 días de preaviso para despedirte sin causa (artículo 87).

Cuatro pasos del periodo de prueba en Paraguay desde el contrato hasta la continuidad
El periodo de prueba paso a paso.

Al terminar la prueba sin seguir

  • Constancia de trabajo: aunque termine en la prueba, el empleador debe darte gratis una constancia con tus fechas, el trabajo hecho y el último salario (artículo 93).
  • Aguinaldo proporcional: la doceava parte de lo que ganaste en el año, incluidas horas extra (artículos 243 y 244).
  • Sin preaviso ni indemnización: ni tú ni el empleador deben avisar ni indemnizar por terminar en la prueba (artículo 60).
  • Menores de 18 años: su jornada es de 6 horas diarias o 36 semanales y no pueden hacer horas extra, también durante la prueba (artículos 197 y 204).

Horas extra y jornada durante la prueba

Durante la prueba rigen las mismas jornadas máximas que en cualquier contrato: 8 horas diurnas, 7 nocturnas o 7,5 mixtas. Si trabajas más, son horas extra y se pagan con al menos un 50 % de recargo de día, un 100 % sobre la hora nocturna si son de noche y un 100 % si trabajas un feriado (artículo 234). Con el salario mínimo de 2026, una hora extra diurna vale unos G. 19.025. Que estés a prueba no cambia nada de eso: te las deben pagar y deben figurar en tu liquidación. Mira el cálculo completo en horas extras en Paraguay.

Cómo aprovechar tu periodo de prueba

La ley dice que la prueba sirve para dos cosas: que el empleador aprecie tus aptitudes y que tú verifiques si te convienen las condiciones del trabajo (artículo 58). Úsala en los dos sentidos:

  • Pregunta desde el primer día qué tareas, metas y horarios se esperan de ti, y pide que te digan cómo se evaluará tu desempeño.
  • Revisa que lo que te ofrecieron se cumpla: salario, jornada, lugar de trabajo y beneficios. Si algo no coincide con lo pactado, es el momento de hablarlo.
  • Anota tu horario real y tus horas extra: también se pagan durante la prueba, con los recargos de ley.
  • Pide una devolución a mitad del periodo: si hay algo que mejorar, todavía tienes tiempo.
  • Guarda tus recibos de salario: con ellos calculas el aguinaldo si la relación termina.

Si al final de la prueba decides que el trabajo no te conviene, puedes irte sin preaviso. Avísalo igual por escrito y pide tu constancia de trabajo, que te sirve para tu próxima postulación en Paraguay.

Embarazo durante la prueba

La Ley 5508/2015 declara nulo el despido o el preaviso desde que el empleador es notificado del embarazo, y no hace excepción para el periodo de prueba. El embarazo nunca puede ser causa de despido (artículo 15). Mira la licencia de maternidad en Paraguay.

Qué hacer si no te pagan al terminar la prueba

Pide por escrito el pago del salario y del aguinaldo proporcional y la constancia de trabajo. Si no te pagan, denuncia ante el MTESS, en persona, por su web o por WhatsApp al (0993) 308 100. Y si buscas tu próximo empleo, en TrabajoExpress puedes crear tu perfil gratis y ver vacantes en Paraguay.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el periodo de prueba en Paraguay?

30 días para el servicio doméstico y los no calificados, 60 para los calificados y aprendices, y lo que acuerden las partes para técnicos altamente especializados (artículo 58).

¿Me pueden despedir en el periodo de prueba?

Sí, sin preaviso ni indemnización, pero te deben el salario trabajado y el aguinaldo proporcional (artículos 60 y 244).

¿El periodo de prueba cuenta para la antigüedad?

Sí. Si el contrato continúa, la prueba se computa a todos los efectos legales (artículo 59).

¿Me pueden poner otra prueba si vuelvo a la misma empresa?

No, si te contratan de nuevo para la misma clase de trabajo (artículo 59).

¿Qué es el periodo de prueba?

La etapa inicial del contrato en que el empleador aprecia tus aptitudes y tú verificas si te convienen las condiciones (artículo 58).

¿El periodo de prueba tiene que estar por escrito?

El contrato debe ser escrito si ganas más que el salario mínimo de tu tipo de trabajo (artículo 43). Conviene que la duración de la prueba conste en él, porque es un máximo de 30 o 60 días según la categoría (artículo 58).

¿Me pueden tener a prueba sin pagarme?

No. La prueba se paga según el contrato, y es nula cualquier cláusula que fije un salario menor al mínimo legal (artículos 47 y 59).

¿Me pagan horas extra durante el periodo de prueba?

Sí. Las jornadas máximas y los recargos del artículo 234 rigen igual: al menos 50 % de día y 100 % de noche o en feriado.

¿Se paga el periodo de prueba?

Sí, según lo estipulado en el contrato, y nunca menos que el salario mínimo (artículo 59).

Fuentes oficiales

  1. Ley N° 213 que establece el Código del Trabajo · Biblioteca y Archivo Central del Congreso (BACN). Artículos 58 a 60 (periodo de prueba), 87 (preaviso), 91 (indemnización) y 244 (aguinaldo proporcional).
  2. Ley 5508/2015 de promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna · Biblioteca y Archivo Central del Congreso (BACN). Artículo 15: nulidad del despido desde la notificación del embarazo.
  3. MTESS agiliza el control del reajuste del salario mínimo con un nuevo procedimiento abreviado · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Salario mínimo de G. 3.044.000 desde el 1 de julio de 2026.
  4. Ministerio de Trabajo insta a denunciar incumplimiento del reajuste del salario mínimo · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Canales de denuncia del MTESS.
  5. Ley 213/93 Código Laboral (con las reformas de la Ley 496/95) · Universidad Nacional de Asunción, Facultad de Humanidades. Texto anotado del Código con las reformas de la Ley 496/95.
  6. Código del Trabajo Paraguay: resumen · Yo Facturo. Resumen práctico del periodo de prueba en Paraguay.