Sitio en construcciónEn proceso de aprobación ante las entidades correspondientes.

Empleo en 15 países de América Latina

Este artículo explica las normas de 🇵🇾 Paraguay. Lee la versión para Colombia.

🇵🇾 Derechos laborales

Carta de renuncia en Paraguay: modelo y preaviso

Carta de renuncia en Paraguay: un trabajador paraguayo entrega su carta de renuncia a su jefa en Asunción
En Paraguay, quien renuncia también debe dar preaviso.

Carta de renuncia en Paraguay: es el aviso escrito con el que terminas tu contrato. En los contratos por tiempo indefinido, el Código del Trabajo exige preaviso a las dos partes, y su duración crece con la antigüedad: 30 días si llevas hasta un año, 45 si llevas de uno a cinco, 60 de cinco a diez y 90 si pasas de diez (artículo 87). Si renuncias sin avisar, debes al empleador la mitad del salario de ese plazo (artículo 90). Acá tienes los pasos, dos modelos para editar y lo que te pagan al salir.

En este artículo
  1. Qué es la carta de renuncia voluntaria
  2. Cómo hacer la carta de renuncia en Paraguay
  3. Modelo de carta de renuncia sencilla para editar
  4. Renuncia justificada: cuándo te pagan indemnización
  5. Qué te pagan si renuncias
  6. Ejemplos con números
  7. Plazos que no debes dejar pasar
  8. Antes de entregar la carta, revisa
  9. La constancia de trabajo
  10. Errores frecuentes al renunciar
  11. Preguntas frecuentes

Qué es la carta de renuncia voluntaria

Es el documento con el que comunicas que dejas el trabajo por tu propia decisión. La ley no exige un formato, pero el preaviso debe poder probarse por escrito, y puedes cursarlo también por medio de la Autoridad Administrativa del Trabajo (artículo 88). Por eso conviene entregarla con una copia firmada de recibido.

Preaviso según tu antigüedad (artículo 87)
AntigüedadPreaviso
Cumplida la prueba y hasta 1 año30 días
De 1 a 5 años45 días
De 5 a 10 años60 días
Más de 10 años90 días
Gráfico de barras con los días de preaviso de la renuncia en Paraguay según la antigüedad
Días de preaviso según tu antigüedad.

Cómo hacer la carta de renuncia en Paraguay

  1. Escribe la carta con la fecha, tu nombre y cédula, tu cargo, el nombre del empleador y tu último día de trabajo.
  2. Calcula el preaviso según tu antigüedad; si estás en periodo de prueba, no hace falta.
  3. Entrégala con copia firmada de recibido, o cursa el preaviso por medio del MTESS (artículo 88).
  4. Pide tu liquidación y la constancia de trabajo, que el empleador debe darte gratis (artículo 93).
Cuatro pasos para renunciar en Paraguay con carta de renuncia
Cómo renunciar en Paraguay, paso a paso.

Modelo de carta de renuncia sencilla para editar

Carta de renuncia voluntaria

Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.

Ciudad, día de mes de año

Señores nombre de la empresa. Atención: nombre del jefe o de recursos humanos.

Yo, nombre completo, con cédula de identidad número, que me desempeño como cargo desde el fecha de ingreso, les comunico mi renuncia voluntaria.

Conforme al artículo 87 del Código del Trabajo, doy un preaviso de 30, 45, 60 o 90 días; mi último día de trabajo será el fecha.

Solicito el pago de mi salario pendiente, aguinaldo proporcional y vacaciones causadas, y la constancia de trabajo. Atentamente, firma nombre cédula

Trabajadora paraguaya redacta su carta de renuncia en una computadora portátil en su casa de Encarnación
Guarda una copia de tu carta con la firma de recibido.

Renuncia justificada: cuándo te pagan indemnización

Si te vas por una causa justificada del artículo 84, como la falta de pago del salario, una reducción ilegal del sueldo, malos tratos o tareas contrarias a lo pactado, tienes derecho a la indemnización por despido injustificado (15 jornales por año) y al pago del preaviso (artículo 85). Debes hacerlo dentro de 60 días desde que ocurrió la causa (artículo 400).

Carta de renuncia justificada

Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.

Ciudad, día de mes de año. Señores nombre de la empresa.

Yo, nombre completo, cédula número, cargo cargo, doy por terminado mi contrato de trabajo por causa justificada, conforme al artículo 84 del Código del Trabajo,

debido a describe los hechos con fechas: por ejemplo, falta de pago del salario de los meses de ____ y ____.

Reclamo la indemnización(/consejos/paraguay/indemnizacion-en-paraguay) y el preaviso del artículo 85, el aguinaldo proporcional y las vacaciones. Atentamente, firma nombre cédula

Comparación entre la renuncia voluntaria y la renuncia justificada en Paraguay
Lo que recibes con una renuncia voluntaria y con una justificada.

Qué te pagan si renuncias

  • Salario pendiente de los días trabajados.
  • Aguinaldo proporcional, aunque te vayas por tu voluntad (artículo 244).
  • Vacaciones causadas que no tomaste, pagadas en dinero con tu salario actual (artículo 221).

Ojo con dos detalles de las vacaciones. El pago doble de las vacaciones vencidas es solo para el despido, no para la renuncia. Y las vacaciones proporcionales del año en curso se pagan cuando el contrato termina antes del año por causa del empleador, así que en una renuncia voluntaria solo cobras las ya causadas (artículo 221). El aguinaldo, en cambio, incluye todo lo que ganaste en el año, también horas extra y comisiones (artículo 243).

Si renuncias sin dar preaviso, el empleador puede reclamarte la mitad del salario de ese plazo (artículo 90); y si te retiras sin causa causándole perjuicios, tu responsabilidad no puede pasar de la mitad de la indemnización por despido (artículo 86). Mira el cálculo completo en liquidación en Paraguay.

Ejemplos con números

Con el salario mínimo de 2026, G. 3.044.000 al mes (G. 101.467 por día), y 2 años y 3 meses de antigüedad, el preaviso es de 45 días. Montos ilustrativos:

  • Renuncia voluntaria sin preaviso: debes al empleador la mitad del salario de esos 45 días: 22,5 × G. 101.467 = G. 2.283.000 (artículo 90). Igual te deben el salario pendiente, el aguinaldo proporcional y las vacaciones causadas.
  • Renuncia voluntaria con preaviso completo: no debes nada; trabajas los 45 días y cobras tu salario, más el aguinaldo y las vacaciones al salir.
  • Renuncia justificada por falta de pago: te corresponden el preaviso de 45 días, G. 4.566.000, y la indemnización de 2 años × 15 jornales, G. 3.044.000, porque los 3 meses no llegan a la fracción de seis meses: en total G. 7.610.000, además del aguinaldo y las vacaciones (artículos 85 y 91).

Si en la renuncia justificada el empleador niega la causa y el juez te da la razón, se aplica además la indemnización complementaria por los salarios hasta la sentencia, con tope de un año (artículos 82 y 85).

Plazos que no debes dejar pasar

Plazos de prescripción del Código del Trabajo
Qué reclamasPlazoArtículo
Terminar el contrato por una causa legal (renuncia justificada)60 días desde que ocurrió la causa400, inciso c
Pago por falta de preaviso60 días desde el despido400, inciso d
Indemnización por despido injustificado60 días desde la separación400, inciso e
Otras acciones del contrato, como aguinaldo o vacaciones impagasUn año desde que nacieron399

Si el empleador se niega a recibir tu carta, cursa el preaviso por medio de la autoridad administrativa del trabajo (artículo 88): así queda constancia de la fecha.

Antes de entregar la carta, revisa

  • Tu fecha de ingreso, para saber qué preaviso te toca y si ya pasaste el periodo de prueba.
  • Cuántas vacaciones causadas tienes sin tomar y desde cuándo.
  • Tus recibos del año, para calcular el aguinaldo proporcional.
  • Si tienes una causa justificada: en ese caso no uses el modelo de renuncia voluntaria, porque perderías la indemnización.
  • Tu nuevo empleo: si ya lo tienes, calcula que el último día con tu empleador actual llegue antes de la fecha de inicio.

La constancia de trabajo

Al terminar el contrato, por la causa que sea, el empleador debe darte gratis una constancia firmada con la fecha de inicio y de fin, la clase de trabajo y los salarios del último periodo de pago. Si tú lo pides, también debe indicar tu eficacia y comportamiento y la causa de la terminación (artículo 93). Pídela por escrito junto con tu carta de renuncia.

Errores frecuentes al renunciar

  • Irte sin avisar: te pueden descontar la mitad del preaviso.
  • No guardar copia firmada de la carta.
  • Firmar una renuncia que no quieres: los derechos del trabajador son irrenunciables (artículo 3); si te presionan, consulta al MTESS antes de firmar.
  • Esperar demasiado para una renuncia justificada: tienes 60 días desde la falta.

El MTESS recibe consultas y denuncias en persona, en su web o por WhatsApp al (0993) 308 100. ¿Tienes otra oferta en mente? Revisa las vacantes en Paraguay y crea tu perfil gratis.

Busca empleo con confianza

Todas las vacantes se revisan antes de publicarse y postularte es gratis.

Ver empleos

Preguntas frecuentes

¿Con cuántos días de anticipación debo renunciar en Paraguay?

Depende de cuánto tiempo llevas: 30 días (hasta un año), 45 (de uno a cinco), 60 (de cinco a diez) o 90 (más de diez), según el artículo 87.

¿Qué pasa si renuncio sin preaviso?

Debes pagar al empleador la mitad del salario que corresponde al plazo de preaviso (artículo 90).

¿Qué es una carta de renuncia voluntaria?

El aviso escrito con el que comunicas que dejas el trabajo por tu propia decisión y tu último día.

¿Me pagan aguinaldo si renuncio?

Sí, la parte proporcional, aunque te vayas por tu voluntad (artículo 244).

¿Cuándo me pagan indemnización si renuncio?

Si renuncias por una causa justificada del artículo 84, como la falta de pago del salario; en ese caso cobras la indemnización y el preaviso (artículo 85).

¿Cuánto tiempo tengo para hacer una renuncia justificada?

Sesenta días desde que ocurrió la causa, como la falta de pago del salario (artículo 400, inciso c). Pasado ese plazo, la acción prescribe.

¿Me tienen que dar un certificado de trabajo si renuncio?

Sí: una constancia sin costo con tus fechas, las tareas que hiciste y tu último salario, y si lo solicitas, también tu desempeño y el motivo de la salida (artículo 93).

¿Me pagan las vacaciones si renuncio?

Sí, las vacaciones causadas que no tomaste, en dinero y con tu salario actual. El pago doble y las vacaciones proporcionales del año en curso corresponden cuando la salida es por causa del empleador (artículo 221).

¿Qué pasa si el empleador no quiere recibir mi carta?

Puedes cursar el preaviso por medio de la autoridad administrativa del trabajo, el MTESS, para que quede constancia de la fecha (artículo 88).

¿Tengo que dar preaviso en el periodo de prueba?

No. En la prueba cualquiera de las partes puede terminar sin preaviso ni indemnización (artículo 60).

Fuentes oficiales

  1. Ley N° 213 que establece el Código del Trabajo · Biblioteca y Archivo Central del Congreso (BACN). Artículos 3, 60, 84 a 93 (renuncia justificada, preaviso y constancia), 221, 244 y 400.
  2. Ministerio de Trabajo insta a denunciar incumplimiento del reajuste del salario mínimo · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Canales de denuncia y consulta del MTESS, incluido el WhatsApp (0993) 308 100.
  3. MTESS agiliza el control del reajuste del salario mínimo con un nuevo procedimiento abreviado · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Salario y jornal mínimos vigentes desde el 1 de julio de 2026.
  4. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social · MTESS. Portal oficial del MTESS con denuncias y servicios.
  5. Ley 213/93 Código Laboral (con las reformas de la Ley 496/95) · Universidad Nacional de Asunción, Facultad de Humanidades. Texto anotado con la reforma del artículo 90 por la Ley 496/95.
  6. Código del Trabajo Paraguay: resumen · Yo Facturo. Resumen práctico del preaviso y la terminación del contrato.