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🇵🇾 Derechos laborales

Trabajo de niñera de lunes a viernes: salario y derechos en Paraguay

Trabajo de niñera de lunes a viernes: una niñera paraguaya lee un cuento a una niña en una casa de Asunción
Las niñeras son trabajadoras domésticas y tienen los derechos de la Ley 5407.

Trabajo de niñera de lunes a viernes es una de las búsquedas de empleo más frecuentes en Paraguay. Las niñeras, igual que las empleadas domésticas, cocineras, choferes del servicio familiar o cuidadoras, son trabajadoras domésticas, y la Ley 5407/2015 les reconoce derechos concretos: salario mínimo completo, contrato escrito, seguro del IPS, vacaciones y aguinaldo. Aquí tienes cada derecho según el Ministerio de Trabajo, con los montos vigentes desde julio de 2026, y dónde pedir ayuda gratuita.

En este artículo
  1. Quién es trabajadora doméstica
  2. Salario: el 100 % del mínimo
  3. Contrato escrito y período de prueba
  4. Con retiro o sin retiro, y las jornadas
  5. Trabajo de niñera de lunes a viernes: qué revisar antes de aceptar
  6. Seguro del IPS
  7. Vacaciones, aguinaldo y bonificación familiar
  8. Embarazo y violencia laboral
  9. Si te despiden o renuncias
  10. Ayuda gratuita en el Ministerio de Trabajo
  11. Preguntas frecuentes

Quién es trabajadora doméstica

Según el MTESS, el trabajo doméstico es la prestación subordinada, habitual y remunerada, con retiro o sin retiro, de tareas de cuidado del hogar y de sus miembros, en el hogar de la familia empleadora, que no obtiene ganancia económica con ese trabajo. Son trabajadoras domésticas, entre otras:

  • Niñeras, mucamas, amas de llaves y cocineras de la casa de familia con sus ayudantes.
  • Lavanderas y planchadoras en casas particulares.
  • Choferes del servicio familiar, jardineros en relación de dependencia y mandaderos.
  • Cuidadoras de enfermos o de personas mayores en el hogar.

No son trabajadoras domésticas quienes hacen estas tareas en establecimientos comerciales, quienes realizan tareas paramédicas especializadas ni quienes trabajan en forma independiente con sus propios elementos.

Salario: el 100 % del mínimo

Las trabajadoras domésticas deben cobrar el 100 % del salario mínimo legal vigente. Desde el 1 de julio de 2026, según la Resolución MTESS 670:

Salario mínimo vigente desde el 1 de julio de 2026 (jornada diurna)
ConceptoMonto
Salario mínimo mensualG. 3.044.000
Jornal mínimo (trabajador a jornal)G. 117.077
Salario por hora del trabajador mensualizadoG. 12.683
  • Jornada a tiempo parcial: es la de 16 a 32 horas semanales, y se paga según las horas trabajadas.
  • Trabajo nocturno: se paga con 30 % de recargo.
  • Feriados trabajados: se pagan con doble jornal.
  • Horas extra: si te pasas de la jornada máxima, se pagan como horario extraordinario.

Mira el detalle en el salario mínimo en Paraguay.

Cuatro pasos para empezar un trabajo doméstico con derechos en Paraguay: contrato, salario mínimo, IPS y vacaciones
Lo básico al empezar un trabajo doméstico.

Contrato escrito y período de prueba

  • Por escrito y por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario. Debe incluir los datos de las dos partes, las tareas, la jornada, el salario acordado (por hora, día, semana o mes) y si es con o sin retiro.
  • Solo pueden firmar contratos de trabajo doméstico las personas mayores de 18 años.
  • Modelo oficial: el MTESS publica un modelo de contrato de trabajo doméstico en su sitio.
  • Si no hay contrato escrito, el contrato verbal sirve como prueba de la relación laboral.
  • Registro opcional: cualquiera de las partes puede registrar y homologar el contrato en la Dirección General de Promoción a la Mujer Trabajadora del MTESS.
  • Período de prueba: 30 días.

Con retiro o sin retiro, y las jornadas

  • Con retiro: trabajas en la casa pero no vives ahí. Tienes 1 hora de descanso intermedio al día.
  • Sin retiro: vives en la casa donde trabajas. Te deben dar una habitación privada, amueblada e higiénica, y salvo pacto en contrario se presume que tu pago incluye los alimentos. Tienes 2 horas de descanso intermedio y un descanso semanal de al menos 24 horas continuas.
Jornadas máximas del trabajo doméstico (MTESS)
JornadaHorarioMáximo
DiurnaEntre las 06:00 y las 20:008 horas diarias o 48 semanales
NocturnaEntre las 20:00 y las 06:007 horas diarias o 42 semanales
MixtaParte diurna y parte nocturna7:30 horas diarias o 45 semanales
Trabajadora doméstica paraguaya revisa su contrato de trabajo con su empleadora en una casa de Luque
El contrato debe ser por escrito y decir si el trabajo es con o sin retiro.

Trabajo de niñera de lunes a viernes: qué revisar antes de aceptar

  1. El horario exacto de entrada y salida de cada día, y si incluye noches o fines de semana: las horas nocturnas llevan 30 % de recargo y los feriados se pagan doble.
  2. Si es con retiro o sin retiro, y en ese caso cómo será tu habitación y tu descanso semanal.
  3. El salario y cómo se paga: por hora, por día o por mes, y que no sea menor al mínimo.
  4. Que te inscriban en el IPS desde el primer día.
  5. Que el contrato quede por escrito, con las tareas: cuidar a los niños, llevarlos al colegio, cocinar o limpiar.
  6. Cuántos niños vas a cuidar y sus edades, para saber si la tarea es razonable para una sola persona.

Si te ofrecen un trabajo de niñera de lunes a viernes por pocas horas, pregunta si será a tiempo parcial: entre 16 y 32 horas semanales se paga por las horas trabajadas, con aportes al IPS según una tabla propia.

Seguro del IPS

  • Es obligatorio desde 2015 para todas las trabajadoras domésticas, y la inscripción la debe hacer el empleador al inicio de la relación.
  • Aportes en el contrato general: el empleador aporta el 16,5 % y la trabajadora el 9 % del salario realmente percibido, que se descuenta del recibo.
  • Qué cubre: enfermedad y accidente común, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, maternidad, reposos médicos, vejez e invalidez.
  • A tiempo parcial hay una tabla propia de bases mínimas y aportes según las horas semanales.

Vacaciones, aguinaldo y bonificación familiar

Vacaciones del trabajo doméstico (MTESS)
AntigüedadVacaciones remuneradas
Hasta 5 años12 días hábiles corridos
Más de 5 y hasta 10 años18 días hábiles corridos
Más de 10 años30 días hábiles corridos
  • Trabajo discontinuo: si alcanzas 180 días trabajados en el año laboral, tienes derecho a vacaciones remuneradas.
  • Aguinaldo: se suman todas las remuneraciones del año y se dividen entre 12; el empleador tiene hasta el 31 de diciembre para pagarlo, es inembargable y no admite descuentos, sin importar la jornada. Mira cómo calcularlo.
  • Bonificación familiar: 5 % del salario mínimo, o del salario proporcional, por cada hijo menor de 17 años (sin límite de edad si tiene discapacidad).
Gráfico de barras con las vacaciones del trabajo doméstico en Paraguay: 12, 18 y 30 días hábiles según la antigüedad
Vacaciones según la antigüedad.

Embarazo y violencia laboral

  • Embarazo: desde que el empleador es notificado del embarazo, y mientras la trabajadora use los permisos de maternidad o lactancia de la Ley 5508/15, son nulos el preaviso y el despido.
  • Violencia laboral física, psicológica o sexual: la trabajadora debe acudir a la Oficina de Atención y Prevención de la Violencia Laboral del MTESS para recibir asesoramiento y denunciar.

Si te despiden o renuncias

Preaviso según la antigüedad (MTESS)
AntigüedadPreaviso
Cumplido el período de prueba, hasta 1 año30 días
Entre 1 y 5 años45 días
Entre 5 y 10 años60 días
10 años o más90 días
  • Despido injustificado: te corresponden el preaviso por escrito (o su pago), una indemnización de 15 jornales por cada año de servicio o fracción de más de seis meses, o 30 jornales por año si tienes 10 años o más, y además los días trabajados, las vacaciones causadas y proporcionales y el aguinaldo.
  • Durante el preaviso puedes tomarte, con goce de salario, 2 horas libres en tu jornada y 1 día libre a la semana para buscar otro trabajo.
  • Si renuncias, debes dar preaviso según tu antigüedad; si no lo das, el empleador puede descontarlo de la liquidación. Cobras los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones causadas pendientes.
Comparación de lo que se paga en el trabajo doméstico por despido injustificado y por renuncia en Paraguay
Despido injustificado o renuncia: qué se paga.

Ayuda gratuita en el Ministerio de Trabajo

El MTESS presta gratis a trabajadoras y empleadores asesoría legal laboral, liquidación de haberes, recepción de denuncias y mediaciones y conciliaciones. Para trabajo doméstico, la oficina es la Dirección General de Promoción a la Mujer Trabajadora, en Herrera esquina Paraguarí, Asunción, teléfono (021) 729 0100, internos 551, 552 y 553. También puedes hacer una denuncia en línea con el servicio Denuncias Web y calcular tu liquidación en las calculadoras del Ministerio.

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Preguntas frecuentes

¿Un trabajo de niñera de lunes a viernes tiene los mismos derechos?

Sí. Las niñeras son trabajadoras domésticas y tienen salario mínimo, IPS, vacaciones, aguinaldo, bonificación familiar, preaviso e indemnización según la Ley 5407/2015.

¿Cuánto debe ganar una niñera en Paraguay?

Como trabajadora doméstica, el 100 % del salario mínimo: G. 3.044.000 al mes desde el 1 de julio de 2026 por la jornada completa (Resolución MTESS 670).

¿Una niñera tiene derecho al IPS?

Sí. El seguro del IPS es obligatorio desde 2015 y la inscripción la hace el empleador; él aporta el 16,5 % y la trabajadora el 9 %.

¿Cuánto dura el período de prueba en el trabajo doméstico?

Treinta días.

¿Cuántos días de vacaciones tiene una trabajadora doméstica?

Doce días hábiles hasta 5 años de antigüedad, 18 de 5 a 10 años y 30 con más de 10 años.

¿Cómo se calcula el aguinaldo de una empleada doméstica?

Se suman todas las remuneraciones del año y se dividen entre 12; se paga hasta el 31 de diciembre.

¿Qué me corresponde si me despiden sin causa?

Preaviso o su pago, 15 jornales de indemnización por año o fracción de más de seis meses (30 por año con 10 años o más), y los días trabajados, vacaciones y aguinaldo.

¿Dónde pido ayuda si no me pagan?

En la Dirección General de Promoción a la Mujer Trabajadora del MTESS, al (021) 729 0100, internos 551 a 553, o con el servicio Denuncias Web.

¿Qué es trabajo doméstico a tiempo parcial?

El de 16 a 32 horas semanales; se paga según las horas trabajadas y tiene una tabla propia de aportes al IPS.

Fuentes oficiales

  1. Trabajo doméstico con derechos (folleto 2026) · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Leyes 5407/2015 y 6338/2019: definición, salario, contrato, jornadas, IPS, vacaciones, aguinaldo, preaviso, indemnización y servicios, leído el 2026-10-29.
  2. Resolución MTESS 670: reglamentación del salario mínimo 2026 · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Salario mínimo desde el 1-07-2026: G. 3.044.000, jornal G. 117.077 y hora G. 12.683.
  3. Servicios en línea del MTESS · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Denuncias Web, mesa de entrada y modelos de contrato.
  4. Portal de Calculadoras Laborales · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Calculadoras de liquidación, aguinaldo y tiempo parcial.
  5. Viceministerio de Empleo y Seguridad Social · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Dirección y teléfono del Ministerio.
  6. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Sitio oficial del Ministerio.