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Trabajar como repartidor en Colombia: derechos y seguridad social

Repartidor en Colombia: un joven con casco y maleta de entregas sonríe junto a su motocicleta en una calle de Medellín
Ser repartidor puede hacerse con contrato de trabajo o por una aplicación.

Repartidor es uno de los oficios que más personas buscan en Colombia, porque permite empezar rápido y con horarios flexibles. Pero no es lo mismo repartir con contrato de trabajo que hacerlo por una aplicación. La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) creó reglas para los repartidores de plataformas, y el Decreto 991 de 2026 ya reglamentó su seguridad social, aunque sus obligaciones todavía no se pueden exigir. Aquí tienes tus opciones, tus derechos y cómo empezar.

En este artículo
  1. Dos formas de trabajar como repartidor
  2. Lo que dice la reforma laboral sobre repartidores de plataformas
  3. Salud, pensión y riesgos laborales: el Decreto 991 de 2026
  4. Desde cuándo se aplican estas reglas
  5. Qué hacer mientras llegan las nuevas reglas
  6. Si trabajas con contrato: tus derechos
  7. Cómo empezar como repartidor
  8. Cuánto se gana repartiendo: cómo calcularlo
  9. Qué preguntar antes de aceptar
  10. Tu seguridad en la vía
  11. Cómo evitar estafas con ofertas de repartidor
  12. Preguntas frecuentes

Dos formas de trabajar como repartidor

  • Con contrato de trabajo: una empresa (un restaurante, una droguería, una empresa de mensajería) te contrata. Tienes salario, prestaciones, vacaciones y seguridad social como cualquier trabajador.
  • Por plataforma digital de reparto: tomas pedidos a través de una aplicación. La ley permite que esa relación sea dependiente y subordinada, con las reglas del Código Sustantivo del Trabajo, o independiente y autónoma, con protecciones especiales.
Comparación entre trabajar como repartidor con contrato de trabajo, con salario y prestaciones, y como repartidor independiente por aplicación, con aportes compartidos según la reforma laboral
La plataforma debe informarte con claridad en qué modalidad trabajas.

La Ley 2466 mantiene el principio de primacía de la realidad: si en la práctica te dan órdenes, te fijan horarios y te sancionan como a un empleado, puede existir una relación laboral aunque el papel diga otra cosa.

Lo que dice la reforma laboral sobre repartidores de plataformas

Los artículos 24 a 30 de la Ley 2466 de 2025 crearon reglas para los trabajadores digitales en servicios de reparto:

  • Información clara: la empresa debe explicarte en lenguaje sencillo si tu modalidad es dependiente o independiente, y avisarte antes de cambiar las condiciones.
  • Sin exclusividad: si eres independiente, no te pueden prohibir trabajar con otras aplicaciones, y deben garantizar tu derecho al descanso.
  • Identidad y registro: la plataforma debe tener un mecanismo para identificarte y registrar los términos que aceptas.
  • Transparencia de los algoritmos: deben informarte qué sistemas automáticos usan para asignar pedidos, evaluarte o afectar tus ingresos.
  • Reporte mensual: deben entregarte al final de cada mes el reporte de tus horas de servicio efectivo.

Salud, pensión y riesgos laborales: el Decreto 991 de 2026

El Decreto 991 del 4 de agosto de 2026, del Ministerio del Trabajo, reglamentó la seguridad social de los repartidores independientes y autónomos. Las reglas dependen de lo que ganes en el mes en cada plataforma:

Seguridad social del trabajador independiente de reparto según el Decreto 991 de 2026
ConceptoSi ganas menos de un salario mínimoSi ganas un salario mínimo o más
SaludSigues en el régimen subsidiado o como beneficiario; no hay aporte contributivoAfiliación obligatoria al régimen contributivo
PensiónObligatoria, con aporte compartidoObligatoria, con aporte compartido
Quién paga salud y pensión60 % la plataforma y 40 % tú60 % la plataforma y 40 % tú
Riesgos laborales (ARL)100 % a cargo de la plataforma100 % a cargo de la plataforma
Base de cotizaciónPor semanas: de un cuarto de salario mínimo ($437.726) a un salario mínimo, según lo que ganes40 % de tus ingresos reales, sin bajar del mínimo
Caja de compensaciónVoluntaria y a tu cargoVoluntaria y a tu cargo
Reparto de los aportes a salud y pensión del repartidor independiente: 60 por ciento a cargo de la plataforma y 40 por ciento a cargo del trabajador; la ARL la paga toda la plataforma
La plataforma pagará la mayor parte de los aportes cuando las reglas se apliquen.

Para la ARL, el decreto usa la clase de riesgo de la actividad de mensajería. Si trabajas en varias aplicaciones, cada una calcula los aportes con lo que ganaste en ella durante el mes, y los fondos de pensiones deben sumar esos aportes en tu historia laboral. Si trabajas con contrato, en cambio, la seguridad social sigue las reglas generales de cualquier trabajador dependiente.

Desde cuándo se aplican estas reglas

Aquí está el detalle más importante: las obligaciones de cotización todavía no se pueden exigir. El artículo 67 de la Ley 2466 dice que estas normas rigen 12 meses después de que el Gobierno cumpla la reglamentación. El Decreto 991 aclara que ese plazo empieza a contarse cuando el Ministerio de Salud certifique que la planilla de aportes (PILA) y los demás sistemas están listos.

  1. Agosto de 2026: se expide el Decreto 991.
  2. Después: el Ministerio de Salud adecúa la PILA y los sistemas, y certifica que funcionan.
  3. Desde esa certificación: corren 12 meses.
  4. Al terminar ese plazo: la plataforma y el repartidor deben cumplir las cotizaciones.
Cuatro pasos hasta que se apliquen los aportes de los repartidores: decreto de agosto de 2026, adecuación de la PILA, certificación del Ministerio de Salud y doce meses después la obligación
Aunque la certificación llegara pronto, las cotizaciones no serían exigibles antes de agosto de 2027.

Mientras tanto, el decreto permite pruebas piloto voluntarias entre plataformas, repartidores y entidades. Pregunta en tu aplicación si participa en alguna.

Qué hacer mientras llegan las nuevas reglas

Que las cotizaciones todavía no sean exigibles no significa que debas quedarte sin protección. Mientras tanto:

  • Revisa tu afiliación a salud: confirma si estás en el régimen subsidiado, como beneficiario o como cotizante.
  • Guarda tus comprobantes de pago de cada plataforma, mes a mes; te servirán para demostrar tus ingresos.
  • Pide y guarda los reportes de horas cuando la plataforma los entregue.
  • Infórmate en tu EPS y tu fondo de pensiones sobre cómo cotizar hoy como independiente.
  • Sigue las noticias del Ministerio del Trabajo sobre la certificación de la PILA y las pruebas piloto.

Si trabajas con contrato: tus derechos

Si una empresa te contrata como repartidor, tienes los derechos de cualquier trabajador:

  • Salario no inferior al mínimo de 2026, $1.750.905, o al proporcional si trabajas medio tiempo.
  • Prestaciones: prima de servicios, cesantías, intereses y vacaciones.
  • Seguridad social completa, incluida la ARL, pagada por el empleador.
  • Recargos por trabajo nocturno, desde las 7:00 p. m., y por domingos y festivos.

Muchos turnos de reparto son de noche o en fin de semana; revisa cuánto te deben pagar en nuestra guía de trabajos de fin de semana y en horas extras en Colombia.

Cómo empezar como repartidor

  1. Decide la modalidad: contrato con una empresa o aplicación.
  2. Revisa tu vehículo y tus documentos de tránsito: deben estar vigentes antes del primer turno.
  3. Lee los términos de la aplicación: modalidad, tarifas, cómo te asignan pedidos y cómo te pueden desactivar.
  4. Calcula tus costos: gasolina, mantenimiento, datos móviles y el tiempo sin pedidos.
  5. Protégete: casco, ropa visible y descansos; los accidentes son el mayor riesgo del oficio.
Una repartidora colombiana revisa su teléfono antes de iniciar su turno junto a su bicicleta
Antes de aceptar, revisa en qué modalidad te vincula la aplicación.

Cuánto se gana repartiendo: cómo calcularlo

En las aplicaciones no hay un salario fijo: ganas por pedido, y lo que cuenta es lo que te queda después de gastos. Haz esta cuenta cada semana:

  1. Suma lo que te pagaron en la semana, con propinas e incentivos.
  2. Resta tus gastos: gasolina o carga, mantenimiento, datos móviles, parqueaderos y cuotas del vehículo.
  3. Divide el resultado entre las horas conectado, no solo entre las horas con pedidos.
  4. Compara ese valor por hora con la hora de un salario mínimo con prestaciones.

Si el resultado por hora queda por debajo de lo que pagaría un empleo con contrato, quizá te convenga más una vacante de mensajería o domicilios con empresa, donde además tienes prestaciones y ARL.

Qué preguntar antes de aceptar

  • ¿Mi modalidad es dependiente o independiente? La ley obliga a explicártelo con claridad.
  • ¿Cómo se calcula lo que gano por pedido y cuándo me pagan?
  • ¿Qué pasa si rechazo pedidos o me desconecto varios días?
  • ¿Cómo me pueden suspender o desactivar y cómo reclamo si no estoy de acuerdo?
  • ¿Tengo algún seguro mientras hago entregas?

La reforma exige que las plataformas informen qué sistemas automatizados usan para tomar decisiones que afecten tu acceso a pedidos, tus ingresos, tu seguridad o tu situación contractual. Pide esa información por escrito y guárdala.

Tu seguridad en la vía

El reparto es un trabajo de calle y el mayor riesgo es el accidente de tránsito. Usa siempre casco y ropa visible, no manipules el celular mientras conduces, toma descansos para hidratarte y no aceptes pedidos que te obliguen a correr para cumplir tiempos. Si sufres un accidente trabajando con contrato, revisa qué hacer en nuestra guía de accidente de trabajo.

Cómo evitar estafas con ofertas de repartidor

  • No pagues por «activar» tu cuenta ni por un kit obligatorio a un tercero.
  • No alquiles cuentas ajenas: trabajas sin ninguna cobertura a tu nombre y la cuenta puede ser bloqueada.
  • Descarga la aplicación solo de la tienda oficial de tu teléfono.
  • Desconfía de ganancias garantizadas muy altas por pocas horas, sobre todo si llegan por WhatsApp o redes sociales.

Si prefieres un empleo con contrato, busca vacantes de repartidor o mensajero en el Servicio Público de Empleo, en las ofertas de empleo en Colombia de TrabajoExpress y crea tu perfil gratis.

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Preguntas frecuentes

¿Quien reparte por aplicación es empleado o independiente?

Puede ser cualquiera de los dos. La plataforma debe informarte la modalidad, y prima la realidad de la relación.

¿Quién paga la seguridad social si reparto como independiente?

Según el Decreto 991 de 2026, salud y pensión se pagan 60 % la plataforma y 40 % el repartidor, y la ARL la paga toda la plataforma.

¿Desde cuándo se aplica el Decreto 991?

Sus obligaciones de cotización serán exigibles 12 meses después de que el Ministerio de Salud certifique que la PILA está lista.

¿Me pueden prohibir trabajar en otras aplicaciones?

Si eres independiente, no: la ley prohíbe las cláusulas de exclusividad.

¿Cuál es la base de cotización?

Si ganas un salario mínimo o más, el 40 % de tus ingresos reales, sin bajar del mínimo.

¿Qué derechos tengo si una empresa me contrata para hacer domicilios?

Los de cualquier trabajador: salario mínimo o más, prestaciones, vacaciones, seguridad social y recargos.

Fuentes oficiales

  1. Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), compilación del SENA · Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Artículos 24 a 30 (trabajo en plataformas digitales de reparto) y 67 (vigencia 12 meses después de la reglamentación).
  2. Ley 2466 de 2025, Gestor Normativo · Departamento Administrativo de la Función Pública. Texto oficial de la reforma laboral.
  3. Decreto 991 de 2026 · Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, compilación jurídica. Seguridad social de repartidores independientes: aportes 60/40, ARL a cargo de la plataforma, IBC del 40 %, reglas por rango de ingresos y exigibilidad tras la certificación de la PILA.
  4. Ley 2466 de 2025, régimen legal de Bogotá · Alcaldía de Bogotá (Secretaría Jurídica). Texto de la Ley 2466 de 2025.
  5. Decreto 1469 de 2025, salario mínimo 2026 · Colpensiones, compilación normativa. Salario mínimo de 2026.
  6. Busca empleo · Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. Registro gratuito de hoja de vida para vacantes con contrato.