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Qué es despido sin justa causa en Colombia y cuánto te deben pagar

Qué es despido sin justa causa: un trabajador colombiano lee la carta de terminación de su contrato
La carta de despido debe decir el motivo; si no hay justa causa, te deben una indemnización.

¿Qué es despido sin justa causa? Es cuando el empleador termina tu contrato sin una de las causas que enumera el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, o sin probarla. En Colombia ese despido es posible, pero tiene un costo: la empresa debe pagarte la indemnización del artículo 64, además de tu liquidación. Aquí tienes la diferencia con el despido con justa causa, cuánto es la indemnización según tu contrato, ejemplos, quién tiene protección especial y qué hacer.

En este artículo
  1. Qué es despido sin justa causa
  2. Despido con justa causa y sin justa causa
  3. Renunciar por culpa del empleador: el despido indirecto
  4. Lo que no es despido sin justa causa
  5. Cuánto es la indemnización por despido sin justa causa
  6. Ejemplos de indemnización
  7. Quién tiene estabilidad laboral reforzada
  8. Cómo despedir a un trabajador correctamente
  9. Cuándo deben pagarte
  10. Errores comunes después de un despido
  11. Qué hacer si te despiden sin justa causa
  12. Preguntas frecuentes

Qué es despido sin justa causa

Hay despido sin justa causa cuando la empresa termina el contrato por un motivo que no está en la lista del artículo 62 —una reestructuración, una baja de ventas o ningún motivo— o cuando alega una justa causa que no puede comprobar. La misma indemnización te corresponde si eres tú quien renuncia por una justa causa atribuible al empleador, por ejemplo si te engañó sobre las condiciones o te maltrató (artículo 64).

Quien termina el contrato debe decir el motivo en ese momento; después no puede alegar causas distintas (artículos 62 y 66). Por eso la carta de despido importa.

Despido con justa causa y sin justa causa

Algunas justas causas del artículo 62 son el engaño con certificados falsos, la violencia o grave indisciplina, el daño grave a los bienes de la empresa y la violación grave de las obligaciones del contrato o del reglamento. En otras, como el bajo rendimiento o la enfermedad no curada en 180 días, la empresa debe avisarte con 15 días de anticipación.

Comparación del despido con justa causa y sin justa causa en Colombia
Con justa causa no hay indemnización; sin justa causa, sí.

En los dos casos te deben tu liquidación laboral: salario pendiente, cesantías, intereses, prima y vacaciones.

Renunciar por culpa del empleador: el despido indirecto

El artículo 62 también da justas causas al trabajador. Si renuncias por una de ellas, la ley lo trata como un despido sin justa causa y la empresa te debe la misma indemnización del artículo 64. Son estas:

  • Que el empleador te haya engañado sobre las condiciones de trabajo.
  • Violencia, malos tratos o amenazas graves contra ti o tu familia, del empleador o de sus representantes con su consentimiento.
  • Que te induzca a cometer un acto ilícito o contrario a tus convicciones políticas o religiosas.
  • Circunstancias que no podías prever y que ponen en peligro tu seguridad o tu salud, si el empleador no las corrige.
  • Un perjuicio causado con malicia en tu trabajo.
  • El incumplimiento sistemático de sus obligaciones legales o convencionales, como no pagarte el salario o no afiliarte a la seguridad social.
  • Exigirte, sin razones válidas, un trabajo distinto o en otro lugar del pactado.
  • Cualquier violación grave de sus obligaciones o prohibiciones.

La clave está en la carta: debes decir el motivo en el momento de renunciar, porque después no puedes alegar otro (artículos 62 y 66). Una renuncia sin motivo es voluntaria y no da indemnización. Guarda las pruebas: mensajes, desprendibles de pago, testigos.

Lo que no es despido sin justa causa

El artículo 61 enumera otras formas de terminar el contrato que no dan indemnización por sí solas:

  • Mutuo acuerdo: si firmas una terminación por mutuo consentimiento, renuncias a la indemnización. Léela antes de firmar y no la firmes si en realidad te están despidiendo.
  • Fin del plazo o de la obra: cuando el contrato a término fijo llega a su fecha o la obra pactada termina.
  • Cierre de la empresa o suspensión de actividades por más de 120 días: el empleador debe pedir antes permiso al Ministerio del Trabajo e informar por escrito a los trabajadores.

Tampoco hay indemnización si el contrato termina durante el periodo de prueba, porque en esas semanas cualquiera de las dos partes puede terminarlo sin previo aviso; la liquidación sí se paga. Los detalles están en periodo de prueba en contrato a término indefinido.

Cuánto es la indemnización por despido sin justa causa

Indemnización del artículo 64 del CST
Tipo de contratoIndemnización
Término fijoLo que habrías ganado hasta que venciera el plazo
Obra o laborLo que habrías ganado hasta acabar la obra, con un mínimo de 15 días
Indefinido, salario menor de 10 mínimos30 días el primer año, 20 por cada año de más y lo proporcional por fracciones
Indefinido, salario de 10 mínimos o más20 días por el primer año y 15 días por cada año siguiente, y proporcional por fracción

Diez salarios mínimos de 2026 son $17.509.050 (Decreto 1469 de 2025). Quienes ya llevaban diez años o más con el mismo empleador al entrar en vigencia la Ley 789 de 2002 tienen una regla de transición: para ellos rige la tabla anterior, la de la Ley 50 de 1990.

Ejemplos de indemnización

Ejemplos con salario de $3.000.000 ($100.000 diarios)
CasoCálculoIndemnización
Indefinido, 1 año30 días$3.000.000
Indefinido, 2 años30 + 20 = 50 días$5.000.000
Indefinido, 3 años y 6 meses30 + 20 × 2 + 10 = 80 días$8.000.000
Indefinido, 5 años30 + 20 × 4 = 110 días$11.000.000
Fijo a 12 meses, despido en el mes 84 meses que faltaban$12.000.000
Gráfico de barras con la indemnización por despido sin justa causa según los años trabajados
La indemnización crece con los años en un contrato indefinido.

Quién tiene estabilidad laboral reforzada

  • Embarazo y lactancia: ninguna trabajadora puede ser despedida por ese motivo sin autorización previa del Ministerio del Trabajo. La ley presume que te despidieron por el embarazo cuando ocurre mientras estás embarazada o dentro de las 18 semanas siguientes al parto. Sin autorización, se debe una indemnización adicional de 60 días de salario (artículo 239).
  • Discapacidad: nadie puede ser despedido por su discapacidad sin autorización de la oficina de Trabajo; si ocurre, se debe una indemnización de 180 días de salario, además de las otras (Ley 361 de 1997, artículo 26).
  • Fuero sindical: los trabajadores con fuero tienen una protección especial; consulta con tu sindicato.
Trabajadora colombiana consulta con una abogada laboral sobre su despido en una oficina de Medellín
Si tienes una protección especial, el despido sin autorización puede costarle mucho más a la empresa.

Cómo despedir a un trabajador correctamente

  • Con justa causa: indica el motivo por escrito al terminar el contrato y ten las pruebas; si la causa necesita preaviso, avisa con 15 días.
  • Si aplicas sanciones disciplinarias, sigue el procedimiento del artículo 115, reformado por la Ley 2466 de 2025: comunicación formal, cargos por escrito, pruebas, al menos 5 días para defenderse, decisión motivada y posibilidad de impugnar. Los empleadores del hogar y las empresas de menos de 10 trabajadores solo deben escuchar antes al trabajador.
  • Sin justa causa: paga la indemnización del artículo 64 junto con la liquidación.
  • Con estabilidad reforzada: pide antes la autorización del Ministerio del Trabajo.

Cuándo deben pagarte

La liquidación y la indemnización se deben al terminar el contrato. Y si al terminar no te pagan salarios y prestaciones (salvo las retenciones autorizadas), la empresa te debe un día de salario por cada día que se demore, hasta 24 meses (artículo 65).

Errores comunes después de un despido

  • Firmar sin leer un documento de «mutuo acuerdo» o una renuncia que te entrega la empresa: con tu firma, el despido deja de ser sin justa causa.
  • Creer que la liquidación incluye la indemnización: son dos pagos distintos. Revisa que aparezcan los dos por separado.
  • Irte sin la carta de terminación: sin el motivo por escrito es más difícil demostrar que no hubo justa causa.
  • Dejar pasar el tiempo: los derechos laborales prescriben en tres años desde que se hicieron exigibles (artículo 488, modificado por la Ley 2466 de 2025). Reclama cuanto antes.

Qué hacer si te despiden sin justa causa

  1. Pide la carta de terminación con el motivo y guarda una copia.
  2. Calcula lo que te deben: la indemnización con la calculadora de indemnización, que aplica la tabla del artículo 64 con tus fechas y tu salario, y la liquidación con la calculadora de liquidación.
  3. Si no te pagan o no estás de acuerdo, reclama por escrito a la empresa.
  4. Si no hay respuesta, acude al Ministerio del Trabajo; si el desacuerdo sigue, la vía es la justicia laboral.
Cuatro pasos para actuar después de un despido sin justa causa en Colombia
Qué hacer si te despiden sin justa causa.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es despido sin justa causa?

La terminación del contrato por el empleador sin una de las causas del artículo 62 del CST, o sin probarla. Obliga a pagar la indemnización del artículo 64.

¿Cuánto me pagan por despido sin justa causa en un contrato indefinido?

Con un salario menor a 10 mínimos: 30 días por el primer año, 20 por cada año más y lo proporcional por las fracciones.

¿Y en un contrato a término fijo?

Lo que faltaba por ganar hasta el final del plazo pactado.

¿Me pueden despedir sin decirme el motivo?

Pueden terminar el contrato sin justa causa, pero entonces deben pagarte la indemnización. Si alegan justa causa, deben decir el motivo al despedirte.

¿Pueden despedir a una mujer embarazada?

Solo con autorización previa del Ministerio del Trabajo que avale una justa causa. Sin ella, se deben 60 días de salario adicionales.

¿Si renuncio me pagan indemnización?

Únicamente cuando renuncias por una justa causa atribuible al empleador (malos tratos o falta de pago del salario, por ejemplo) y la mencionas en tu carta. Una renuncia voluntaria no da indemnización, pero sí liquidación.

¿Si me despiden con justa causa me pagan la liquidación?

Sí: salario pendiente, cesantías, intereses, prima y vacaciones. Lo que no recibes es la indemnización.

Fuentes oficiales

  1. Código Sustantivo del Trabajo, artículos 61, 62, 64, 65, 66, 115 y 239 (texto vigente) · Régimen Legal de Bogotá, Secretaría Jurídica Distrital. Formas de terminar el contrato, justas causas del empleador y del trabajador, indemnización por despido sin justa causa, sanción por no pago, motivo del despido, procedimiento disciplinario y protección por embarazo.
  2. Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) · Colpensiones, normativa. Nuevo procedimiento para aplicar sanciones disciplinarias (artículo 115 del CST) y prescripción de tres años (artículo 488 del CST, modificado por su artículo 62).
  3. Ley 361 de 1997, artículo 26 · Colpensiones, normativa. Prohibición de despedir por discapacidad sin autorización e indemnización de 180 días.
  4. Decreto 1469 de 2025 (salario mínimo 2026) · Colpensiones, normativa. Salario mínimo de $1.750.905 para el umbral de diez salarios mínimos.
  5. Mi Calculadora · Ministerio del Trabajo. Estimativos de liquidación e indemnizaciones.
  6. Atención al ciudadano · Ministerio del Trabajo. Canales para quejas y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control.