Calculadora de liquidación laboral 2026: calcula la tuya gratis en Colombia

Calculadora de liquidación laboral gratis para Colombia: escribe tu fecha de ingreso, tu fecha de retiro y tu salario, y obtienes al instante cuánto te deben de cesantías, intereses, prima de servicios y vacaciones, y la indemnización si te despidieron sin justa causa. Usa el salario mínimo y el auxilio de transporte de 2026, muestra la fórmula de cada línea para que puedas revisarla y no guarda ninguno de tus datos. Debajo tienes cómo usarla, con qué salario se calcula, un ejemplo resuelto, cuándo te deben pagar y qué hacer si el valor de la empresa no cuadra.
En este artículo
- Calculadora de liquidación laboral
- Qué calcula y con qué norma
- Cómo calcular la liquidación paso a paso
- Con qué salario se calcula la liquidación
- Las fórmulas que usa
- Ejemplo: liquidación con el salario mínimo de 2026
- Cuánto da la liquidación con distintos salarios
- Liquidación con salario integral
- Liquidación de prestaciones sociales y del contrato de trabajo
- La indemnización si te despidieron sin justa causa
- Cuándo te deben pagar la liquidación
- Si el valor de la empresa no cuadra
- Preguntas frecuentes
Calculadora de liquidación laboral
Calcula tu liquidación
El resultado es una estimación con las fórmulas de la ley y la práctica de nómina, que cuenta los meses como de 30 días. Supone que tu empleador ya consignó las cesantías de los años anteriores en tu fondo y que te pagó la prima de los semestres anteriores: si no lo hizo, esos valores también te los debe y se suman aparte.
Qué calcula y con qué norma
| Concepto | Qué es | Norma |
|---|---|---|
| Cesantías | Un mes de salario por año, en proporción a los días del año en que te retiras | CST, art. 249 |
| Intereses de cesantías | 12 % anual sobre las cesantías, en proporción al tiempo | Ley 52 de 1975 |
| Prima de servicios | 30 días de salario por año, en proporción a los días del semestre | CST, art. 306 |
| Vacaciones | 15 días hábiles por año, pagados en dinero si no los disfrutaste | CST, art. 186; Ley 995 de 2005 |
| Salario pendiente | Los días trabajados que todavía no te han pagado | Contrato de trabajo |
| Indemnización | Solo si te despidieron sin justa causa | CST, art. 64 |
Si quieres entender cada concepto con más detalle, lee la guía de la liquidación laboral, que es la explicación completa de esta herramienta.
Cómo calcular la liquidación paso a paso
- Escribe las fechas de ingreso y de retiro como aparecen en tu contrato y en tu carta de terminación.
- Escribe tu salario mensual. Si es variable, usa el promedio de lo que ganaste en el último año (CST, artículo 253).
- Marca el auxilio de transporte si lo recibías: solo corresponde si ganas hasta dos salarios mínimos, es decir, hasta $3.501.810 en 2026.
- Indica los días de vacaciones que ya tomaste desde que entraste, para descontarlos.
- Elige cómo terminó el contrato. Si te despidieron sin justa causa, la calculadora agrega la indemnización según tu tipo de contrato.

Con qué salario se calcula la liquidación
- Salario fijo: el último salario mensual, si no cambió en los últimos tres meses.
- Salario variable o que cambió en esos tres meses: el promedio de lo devengado en el último año, o en todo el tiempo trabajado si fue menos (artículo 253).
- Auxilio de transporte: se suma a la base de las cesantías, los intereses y la prima, porque la Ley 1 de 1963 lo considera incorporado al salario para liquidar prestaciones sociales. No se suma a las vacaciones, que son un descanso y no una prestación.
- Valores de 2026: el salario mínimo es $1.750.905, fijado por el Decreto 1469 de 2025, y el auxilio de transporte es $249.095, por el Decreto 1470 de 2025.
Si tu salario es menor al mínimo y trabajas tiempo completo, la calculadora te avisa: por ley te deben al menos el mínimo. Mira el salario mínimo en Colombia para saber por qué el valor de 2026 depende de un decreto transitorio.
Las fórmulas que usa
| Concepto | Fórmula |
|---|---|
| Cesantías | (salario + auxilio) × días trabajados en el año ÷ 360 |
| Intereses | cesantías × días trabajados en el año × 12 % ÷ 360 |
| Prima | (salario + auxilio) × días trabajados en el semestre ÷ 360 |
| Vacaciones | salario × días trabajados ÷ 720 − días ya disfrutados × salario ÷ 30 |
| Indemnización, contrato indefinido | salario ÷ 30 × (30 días el primer año + 20 por cada año siguiente, en proporción) |
Los días se cuentan como en nómina: cada mes vale 30 días, el día 31 cuenta como 30 y el último día de febrero cierra el mes. Así, del 1 de enero al 30 de junio son 180 días, y un año completo son 360. El divisor 720 de las vacaciones sale de la ley: 15 días por cada 360 trabajados equivalen a medio mes de salario por año.
Ejemplo: liquidación con el salario mínimo de 2026
Laura entró a trabajar el 1 de marzo de 2025 y renunció el 30 de septiembre de 2026. Ganaba el salario mínimo, $1.750.905, y recibía auxilio de transporte, así que su base para las prestaciones es $2.000.000. En todo ese tiempo tomó 15 días de vacaciones. La empresa le consignó las cesantías de 2025 y le pagó la prima del primer semestre de 2026. Esto es lo que le da la calculadora:
| Concepto | Cálculo | Valor |
|---|---|---|
| Cesantías de 2026 | 2.000.000 × 270 días ÷ 360 | $1.500.000 |
| Intereses de cesantías | 1.500.000 × 270 × 12 % ÷ 360 | $135.000 |
| Prima del segundo semestre | 2.000.000 × 90 días ÷ 360 | $500.000 |
| Vacaciones pendientes | 1.750.905 × 570 ÷ 720 − 15 días | $510.681 |
| Total | Sin salario pendiente | $2.645.681 |
Si en lugar de renunciar la hubieran despedido sin justa causa con contrato indefinido, la calculadora sumaría una indemnización de unos $2.431.813: 30 días por el primer año y 20 por cada año siguiente, en proporción a los 570 días trabajados.

Cuánto da la liquidación con distintos salarios
Para comparar, estos son los resultados de la calculadora de liquidación para alguien que entró el 1 de enero de 2026 y se retira el 31 de octubre de 2026 (300 días), sin vacaciones tomadas y con la prima del primer semestre ya pagada:
| Salario mensual | Base de prestaciones | Si renuncias | Si te despiden sin justa causa |
|---|---|---|---|
| $1.750.905 (mínimo) | $2.000.000 (con auxilio) | $3.229.545 | $4.980.450 |
| $2.500.000 | $2.749.095 (con auxilio) | $4.478.036 | $6.978.036 |
| $4.000.000 | $4.000.000 (sin auxilio) | $6.666.666 | $10.666.666 |
| $6.000.000 | $6.000.000 (sin auxilio) | $10.000.000 | $16.000.000 |
El auxilio de transporte solo entra en la base si ganas hasta dos salarios mínimos ($3.501.810), y nunca en las vacaciones. La columna del despido supone contrato a término indefinido: con menos de un año de servicio, la indemnización del artículo 64 es de 30 días de salario.
Liquidación con salario integral
Si tienes salario integral, la cuenta cambia. Según el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, solo se puede pactar por escrito con quien gana más de 10 salarios mínimos, más un factor prestacional de al menos el 30 %: en 2026, como mínimo $22.761.765 al mes. Ese salario ya compensa por adelantado las primas, las cesantías y sus intereses, los recargos y los demás beneficios incluidos en el pacto, excepto las vacaciones.
Por eso, al retirarte con salario integral no te pagan cesantías, intereses ni prima: tu liquidación son las vacaciones pendientes, el salario que te deban y, si te despidieron sin justa causa, la indemnización. En la calculadora, deja solo esas líneas.
Liquidación de prestaciones sociales y del contrato de trabajo
Muchas personas buscan «liquidación de prestaciones sociales» o «liquidación del contrato de trabajo»: es lo mismo que calcula esta herramienta. Las prestaciones sociales son las cesantías, sus intereses y la prima; la liquidación del contrato suma además las vacaciones no disfrutadas, el salario pendiente y, si corresponde, la indemnización. Se deben en cualquier terminación del contrato: renunciar no te hace perderlas.

La indemnización si te despidieron sin justa causa
- Contrato a término fijo: los salarios del tiempo que faltaba para terminar el plazo.
- Contrato por obra o labor: los salarios del tiempo que faltaba para terminar la obra, nunca menos de 15 días.
- Contrato indefinido, salario menor de diez mínimos: 30 días por el primer año y 20 por cada año siguiente, en proporción.
- Contrato indefinido, salario de diez mínimos o más: 20 días por el primer año y 15 por cada año siguiente.
La indemnización se calcula sobre el salario, sin el auxilio de transporte. Mira qué es despido sin justa causa para saber cuándo corresponde.
Cuándo te deben pagar la liquidación
La referencia es el día en que termina el contrato. Si la empresa no paga los salarios y prestaciones debidos, salvo las retenciones que permite la ley, debe una indemnización de un día de salario por cada día de retraso, hasta por 24 meses (CST, artículo 65). Los intereses de cesantías se pagan en la fecha del retiro, y si no se pagan, la empresa debe una suma igual a esos intereses (Ley 52 de 1975).

Si el valor de la empresa no cuadra
- Pide el detalle por escrito de cada concepto, con el salario base y los días que usó la empresa.
- Compara línea por línea con esta calculadora y con Mi Calculadora del Ministerio del Trabajo. Casi siempre la diferencia está en un dato: la fecha de ingreso, el salario base o los días de vacaciones ya tomados.
- Si sigue sin cuadrar, reclama por escrito y guarda la copia con la fecha de recibido.
- Si no te responden, acude al Ministerio del Trabajo; si la diferencia no se resuelve, la vía es la justicia laboral.
Antes de firmar la liquidación, compara cada concepto con el resultado de la calculadora y pide por escrito la explicación de cualquier diferencia. Si te pagan por transferencia, guarda el comprobante junto con la copia firmada del documento.
Si trabajaste en varias empresas el mismo año, haz el cálculo por separado para cada contrato: cada empleador liquida solo el tiempo que estuviste con él. Y conserva tus desprendibles de nómina de los últimos meses, porque te servirán para revisar el salario base.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿La calculadora de liquidación es gratis?
Sí. Es gratuita, funciona en tu navegador y no guarda ninguno de los datos que escribes.
¿Cómo calcular la liquidación laboral?
Con tus fechas de ingreso y retiro y tu salario: cesantías e intereses por los días del año, prima por los días del semestre y vacaciones por todo el tiempo trabajado, menos las que ya tomaste.
¿Qué es la liquidación de prestaciones sociales?
El pago de las cesantías, sus intereses y la prima de servicios al terminar el contrato. La liquidación completa suma además las vacaciones, el salario pendiente y, si corresponde, la indemnización.
¿El auxilio de transporte entra en la liquidación?
Sí en las cesantías, los intereses y la prima, si ganas hasta dos salarios mínimos. No en las vacaciones (Ley 1 de 1963, artículo 7).
¿Cuánto me toca de liquidación por 3 meses?
Con el salario mínimo de 2026 y el auxilio de transporte (base de $2.000.000), 90 días dentro del mismo semestre dan $500.000 de cesantías, $15.000 de intereses, $500.000 de prima y $218.863 de vacaciones: $1.233.863 en total, si no te han pagado nada de eso ni tomaste vacaciones. Con otro salario, escribe tus fechas en la calculadora.
¿Si renuncio me pagan liquidación?
Sí. Las prestaciones y las vacaciones se deben en cualquier terminación. Lo que no recibes al renunciar es la indemnización por despido sin justa causa.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin justa causa?
En un contrato indefinido con salario menor de diez mínimos, 30 días de salario por el primer año y 20 por cada año siguiente, en proporción (CST, artículo 64). En uno a término fijo, los salarios del tiempo que faltaba del plazo.
¿Cuánto me toca de liquidación si gano el mínimo y trabajé 10 meses?
Con ingreso el 1 de enero y retiro el 31 de octubre de 2026, sin vacaciones tomadas y con la prima de junio pagada, unos $3.229.545 si renuncias: cesantías, intereses, prima del segundo semestre y vacaciones.
¿Con salario integral me pagan liquidación?
Sí, pero solo las vacaciones pendientes, el salario que te deban y la indemnización si te despidieron sin justa causa: el salario integral ya incluye las prestaciones, las cesantías y sus intereses (artículo 132 del CST).
Fuentes oficiales
- Código Sustantivo del Trabajo, artículos 64, 65, 132, 186, 249, 253 y 306 (texto vigente) · Régimen Legal de Bogotá, Secretaría Jurídica Distrital. Indemnización, sanción por no pago, salario integral, vacaciones, cesantías, salario base y prima de servicios.
- Ley 1 de 1963, artículo 7 · Colpensiones, normativa. El auxilio de transporte se incorpora al salario para liquidar prestaciones sociales.
- Ley 52 de 1975, artículo 1 · Régimen Legal de Bogotá, Secretaría Jurídica Distrital. Intereses de cesantías del 12 % anual, pago en la fecha del retiro y sanción por no pagarlos.
- Ley 995 de 2005, artículo 1 · Colpensiones, normativa. Pago en dinero de las vacaciones, proporcional al tiempo trabajado.
- Decreto 1469 de 2025 (salario mínimo 2026) · Colpensiones, normativa. Salario mínimo de $1.750.905.
- Decreto 1470 de 2025 (auxilio de transporte 2026) · Colpensiones, normativa. Auxilio de transporte de $249.095 para quienes ganan hasta dos salarios mínimos.
- Mi Calculadora · Ministerio del Trabajo. Herramienta oficial de estimativos de liquidación para comparar resultados.