Servicio Público de Empleo: cómo inscribir tu hoja de vida y encontrar trabajo gratis

Servicio público de empleo es el sistema del Estado colombiano que conecta a quienes buscan trabajo con empresas que tienen vacantes, sin cobrarte un peso. Lo administra una unidad adscrita al Ministerio del Trabajo y lo prestan el SENA, las cajas de compensación, las alcaldías y agencias privadas autorizadas. Inscribirte toma unos minutos en línea: creas tu cuenta, completas la hoja de vida y aplicas a ofertas de todo el país. Además, estar inscrito es requisito para pedir el subsidio al cesante si quedas sin empleo. Aquí tienes cómo funciona, cómo registrarte bien y cómo sacarle provecho.
En este artículo
- Qué es y cómo funciona
- Quién presta el servicio: agencias públicas y privadas
- La Agencia Pública de Empleo del SENA
- Cómo inscribirte en el Servicio Público de Empleo paso a paso
- Cómo completar la hoja de vida para que te llamen
- Qué servicios te da la agencia después de inscribirte
- Cómo sacarle provecho en la primera semana
- Es gratis: nadie te puede cobrar por buscarte empleo
- Si quedaste sin empleo: el subsidio al cesante
- Servicio Público de Empleo y otros portales: úsalos juntos
- Preguntas frecuentes
Qué es y cómo funciona
La Ley 1636 de 2013 lo define como un servicio obligatorio dirigido por el Estado, cuya función es ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo conveniente y a los empleadores a contratar a las personas que necesitan (artículo 25). Lo administra la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, adscrita al Ministerio del Trabajo, que opera el sistema de información donde quedan las hojas de vida y las vacantes.
No es una sola oficina: es una red de prestadores autorizados por el Ministerio del Trabajo que comparten el mismo sistema. Te puedes inscribir en línea o en persona, y desde cualquiera de ellos ves vacantes de todo el país.
Otro dato a tu favor: la misma ley obliga a todos los empleadores a reportar sus vacantes al sistema (artículo 31, modificado por la Ley 2225 de 2022). Por eso ahí aparecen ofertas de empresas que no publican en otros portales.
Quién presta el servicio: agencias públicas y privadas
| Prestador | Qué es | Cuándo te conviene |
|---|---|---|
| Agencia Pública de Empleo del SENA | La agencia del SENA, con oficinas en todo el país | Si quieres orientación y, además, cursos gratuitos para mejorar tu perfil |
| Cajas de compensación familiar | Agencias de las cajas a las que cotizan las empresas | Si quedaste cesante: son las que tramitan el subsidio al cesante |
| Alcaldías y gobernaciones | Agencias públicas de los entes territoriales | Si buscas empleo cerca de tu barrio o en tu municipio |
| Agencias privadas y bolsas de empleo | Agencias con o sin ánimo de lucro y bolsas de universidades y gremios autorizadas | Si eres egresado de una institución o buscas en un sector específico |
Al registrarte eliges un prestador de tu preferencia y un punto de atención. Puedes elegir el que te quede más cerca o el que más te sirva; las vacantes del sistema las sigues viendo igual. En el sitio oficial está el directorio de prestadores autorizados, con sus puntos de atención.
La Agencia Pública de Empleo del SENA
Cuando la gente busca «agencia pública de empleo» casi siempre se refiere a la del SENA, que la Ley 1636 de 2013 nombra expresamente como parte de la red (artículo 25). No es un sistema aparte: usa el mismo registro de hojas de vida y las mismas vacantes, así que si ya te inscribiste con otro prestador no necesitas una segunda cuenta.
- Orientación ocupacional: te ayudan a definir a qué cargos apuntar según tu experiencia y tus estudios.
- Preselección y remisión: cuando una empresa reporta una vacante, la agencia busca perfiles que encajen y los envía.
- Capacitación: el SENA es una de las entidades que dan la formación del Mecanismo de Protección al Cesante, para reentrenar a quien quedó sin empleo (artículo 2 de la misma ley).
Igual que con los demás prestadores, todo esto es gratis para ti. Si prefieres que te atienda el SENA, elígelo como prestador de tu preferencia al registrarte.
Cómo inscribirte en el Servicio Público de Empleo paso a paso
- Entra al registro de personas del sitio oficial.
- Regístrate con tu correo y una contraseña y llena tus datos: tipo y número de documento, nombres, fecha de nacimiento, sexo, teléfono y lugar de residencia.
- Elige el prestador de tu preferencia y el punto de atención, y responde la pregunta de seguridad para recuperar la contraseña si la olvidas.
- Acepta los términos y la autorización de tratamiento de datos, marca «No soy un robot» y crea la cuenta.
- Completa la hoja de vida: información básica, nivel educativo, experiencia laboral, educación no formal, idiomas y habilidades. Sin experiencia o educación registradas, el sistema la marca como incompleta y no apareces en las búsquedas de las empresas ni puedes aplicar.
- Busca y aplica a las vacantes desde el buscador de empleo.

Cómo completar la hoja de vida para que te llamen
Las empresas y los orientadores buscan perfiles con filtros: cargo, experiencia, estudios y ciudad. Lo que no escribas no existe para esos filtros. Unos consejos:
- Pon el nombre del cargo como lo escribirían las empresas: «auxiliar de bodega», no «todero».
- Registra toda la experiencia, también la informal o por días, con funciones concretas.
- Agrega los cursos cortos, del SENA o de otras entidades: cuentan como formación.
- Revisa tu aspiración salarial: si es muy alta para el cargo, quedas por fuera de muchas búsquedas.
- Actualízala: el sistema te avisa cuando lleva siete meses sin cambios y te pide confirmar los datos antes de aplicar.
La misma hoja de vida te sirve en otros portales. Si la estás armando desde cero, sigue la guía de cómo hacer una hoja de vida.
Qué servicios te da la agencia después de inscribirte
Inscribirte no es solo dejar la hoja de vida en una base de datos. Según el Decreto 1072 de 2015 (artículo 2.2.6.1.2.17), todo prestador autorizado debe darte cuatro servicios básicos:
- Registro: tu hoja de vida queda en el sistema, junto con las empresas y las vacantes.
- Orientación ocupacional: una persona de la agencia te ayuda a definir a qué empleos apuntar según tu experiencia, tus estudios y lo que pide el mercado.
- Preselección: la agencia compara tu perfil con los requisitos de cada vacante.
- Remisión: si cumples, envía tu hoja de vida a la empresa para que te llame.
Además existen servicios especializados, pensados para mejorar tu empleabilidad y quitar barreras para conseguir y mantener un empleo formal: talleres, cursos o acompañamiento. Pregunta en tu agencia cuáles ofrece y pide una cita de orientación: es el servicio que más gente deja sin usar.
Cómo sacarle provecho en la primera semana
- Día 1: completa la hoja de vida al cien por ciento, con fechas, funciones y logros.
- Día 2: pide la cita de orientación ocupacional en tu agencia, presencial o virtual.
- Días 3 a 5: aplica a las vacantes en las que cumples la mayoría de requisitos y anota cada postulación.
- Cada semana: actualiza tu hoja de vida si haces un curso nuevo y revisa las vacantes recientes; la preselección usa lo que tengas registrado ese día.
Es gratis: nadie te puede cobrar por buscarte empleo
El Decreto 1072 de 2015 es claro: los servicios básicos de gestión y colocación son siempre gratuitos para el trabajador (artículo 2.2.6.1.2.4). Esos servicios básicos son el registro, la orientación ocupacional, la preselección y la remisión a las empresas (artículo 2.2.6.1.2.17).
- Las agencias privadas con ánimo de lucro le cobran sus servicios básicos al empleador, no a ti (Ley 1636 de 2013, artículo 36). Solo los servicios especializados autorizados pueden tener un costo, y debe estar en su reglamento; lo explicamos en agencias de empleo.
- Quien haga intermediación sin autorización del Ministerio del Trabajo se expone a multas de 1 a 5.000 salarios mínimos (artículo 38).
- Si alguien te pide plata por inscribirte, por «pasar» tu hoja de vida o por una entrevista, es una estafa.

Si quedaste sin empleo: el subsidio al cesante
El servicio de empleo es la puerta de entrada al Mecanismo de Protección al Cesante, que pagan las cajas de compensación con el fondo FOSFEC. Para pedirlo, una de las condiciones es estar inscrito en un servicio de empleo autorizado y seguir la ruta de búsqueda de empleo (Ley 1636 de 2013, artículo 13).
| Tema | Regla | Norma |
|---|---|---|
| Quién puede pedirlo | Quien cotizó a una caja de compensación un año, continuo o no, en los últimos tres años (dos años si era independiente) | Ley 1636 de 2013, arts. 3 y 13 |
| Qué recibe | Aportes a salud y pensión sobre un salario mínimo, hasta por seis meses | Ley 1636 de 2013, art. 12 |
| Transferencia en dinero | 1,5 salarios mínimos en cuatro pagos mensuales decrecientes, para quienes cotizaban en las categorías A y B de la caja | Ley 1636 de 2013, arts. 3 y 11 |
| Qué debe llevar | La certificación de terminación que da el empleador y la constancia de inscripción en el servicio de empleo | Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.6.1.3.3 |
| Plazo de la caja | 15 días hábiles para decidir | Ley 1636 de 2013, art. 11 |

Con el salario mínimo de 2026, de $1.750.905, la transferencia suma $2.626.357 repartidos en cuatro meses. La categoría en la que cotizabas te la confirma tu caja. Ojo: pierdes el beneficio si no acudes a los servicios de colocación, si rechazas sin causa un empleo que pague al menos el 80 % de tu último salario o si dejas la capacitación a la que te inscribiste (artículo 14).

Antes de pedirlo, revisa que te hayan pagado bien: la liquidación laboral y el retiro de cesantías tienen sus propias reglas.
Servicio Público de Empleo y otros portales: úsalos juntos
Inscribirte en el sistema oficial no te impide usar otros portales, y conviene hacerlo: cada uno tiene empresas distintas. Una rutina que funciona:
- Una hoja de vida base con los mismos datos en todos lados, para no contradecirte.
- Revisa ofertas dos o tres veces por semana y aplica solo a las que de verdad encajan con tu perfil.
- Anota a qué aplicaste, con fecha y empresa, para hacer seguimiento y reconocer cuando te llamen.
- Prepara la entrevista con calma: nadie te contrata solo por la hoja de vida.
Un consejo práctico: cuando te inscribas en una agencia, anota el nombre de la persona que te atendió y la fecha de tu cita, para hacer seguimiento si después de unos días no recibes noticias.
Guías por ciudad: Cali, Montería y Santa Marta. Entre las agencias de las cajas de compensación están la de Antioquia, que explicamos en Comfama empleo, y la de Bogotá y Cundinamarca, en empleo Compensar. En TrabajoExpress publicamos vacantes de empresas de Colombia y de otros catorce países. Crea tu perfil gratis y mira las vacantes en Colombia.
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¿Cobra el Servicio Público de Empleo por inscribirse?
No. El registro, la orientación, la preselección y la remisión a empresas son gratuitos para el trabajador por ley (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.6.1.2.4).
¿Qué es la Agencia Pública de Empleo del SENA?
Es el prestador del SENA dentro de la red. Usa el mismo sistema de hojas de vida y vacantes, y además te puede orientar hacia cursos gratuitos.
¿Por qué no puedo aplicar a las ofertas?
Casi siempre porque la hoja de vida está incompleta, sin experiencia o sin educación registradas, o porque lleva siete meses sin actualizarse y debes confirmar tus datos.
¿Cuánto tarda la caja en responder la solicitud del subsidio al cesante?
Quince días hábiles desde que radicas la solicitud. Si te la niegan, tienes diez días hábiles para presentar recurso de reposición ante la misma caja (Ley 1636 de 2013, artículo 11, y Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.6.1.3.7).
¿Necesito estar inscrito para el subsidio al cesante?
Sí. La constancia de inscripción en el servicio de empleo es uno de los requisitos que verifica la caja de compensación (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.6.1.3.3).
¿Qué es la preselección?
Es cuando la agencia compara tu hoja de vida con los requisitos de una vacante y, si cumples, la remite a la empresa (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.6.1.2.17).
¿Las empresas están obligadas a publicar ahí sus vacantes?
Sí. La Ley 1636 de 2013, artículo 31, obliga a todos los empleadores a reportar sus vacantes al Servicio Público de Empleo.
Fuentes oficiales
- Ley 1636 de 2013 (con las modificaciones de la Ley 2225 de 2022) · Colpensiones, normativa. Definición del servicio, red de prestadores, reporte obligatorio de vacantes, cobro solo al empleador, multas y requisitos y beneficios del subsidio al cesante.
- Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.6.1.2.4, 2.2.6.1.2.17, 2.2.6.1.3.3, 2.2.6.1.3.7 y 2.2.6.1.3.11 · Colpensiones, normativa. Gratuidad para el trabajador, servicios básicos, requisitos de acceso al subsidio y causales de pérdida y recurso de reposición.
- Registro de personas buscadoras de empleo · Unidad del Servicio Público de Empleo. Datos del formulario, hoja de vida incompleta, aviso de siete meses sin actualizar y gratuidad de los trámites.
- Puntos de atención y prestadores autorizados · Unidad del Servicio Público de Empleo. Prestadores públicos (cajas, entes territoriales y SENA) y privados (agencias y bolsas de empleo).
- Busca empleo · Unidad del Servicio Público de Empleo. Bolsa única de empleo, registro de la hoja de vida y puntos de atención.
- Manual de registro de hoja de vida · Confa, caja de compensación familiar. Pasos del registro: correo y contraseña, prestador, punto de atención, pregunta de seguridad, términos, secciones de la hoja de vida y hoja al 100 % para postularse.