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🇨🇱 Derechos laboralesFiniquito: cómo se calcula en Chile, con ejemplo

Finiquito como se calcula es lo primero que se pregunta quien termina un trabajo en Chile. El finiquito es el documento que pone fin a la relación laboral y detalla todo lo que el empleador te debe pagar: el sueldo pendiente, las vacaciones proporcionales y, según la causal, la indemnización por años de servicio y la sustitutiva del aviso previo. Acá tienes qué incluye según cómo terminó tu contrato, cómo se calcula cada ítem con un ejemplo, el plazo para pagarlo y cómo firmarlo o reclamar.
En este artículo
- Finiquito: cómo se calcula según la causal
- Cómo se calcula cada ítem
- Ejemplo de finiquito resuelto
- Cómo se calculan las vacaciones en el finiquito
- Plazo para pagar el finiquito
- Si te despidieron por necesidades de la empresa y no te pagan
- Cómo se firma: presencial o en línea
- Si no estás de acuerdo con el finiquito
- El finiquito y el seguro de cesantía
- Preguntas frecuentes
Finiquito: cómo se calcula según la causal
| Causal | Sueldo y vacaciones pendientes | Aviso previo | Años de servicio |
|---|---|---|---|
| Renuncia voluntaria (art. 159 n.º 2) | Sí | No | No |
| Mutuo acuerdo (art. 159 n.º 1) | Sí | No | Solo si se pacta |
| Vencimiento del plazo u obra terminada (art. 159 n.º 4 y 5) | Sí | No | No (salvo obra o faena de un mes o más: 2,5 días por mes) |
| Necesidades de la empresa (art. 161) | Sí | Sí, si no te avisaron con 30 días | Sí, con 1 año o más |
| Conducta grave (art. 160) | Sí | No | No |
En cualquier causal te corresponden los días trabajados del mes, las horas extra y comisiones pendientes y las vacaciones no tomadas o proporcionales (artículo 73). La indemnización por años de servicio y la del aviso previo dependen de la causal.

Cómo se calcula cada ítem
- Indemnización por años de servicio: si el empleador terminó el contrato por necesidades de la empresa y trabajaste un año o más, son 30 días de la última remuneración mensual por cada año y fracción superior a seis meses, con un máximo de 330 días (once años), salvo que hayas pactado una mayor (artículo 163).
- Base de cálculo: la última remuneración mensual incluye todo lo que recibías por tus servicios al terminar el contrato, incluidas tus cotizaciones, pero no las horas extra, la asignación familiar ni los pagos esporádicos o anuales como gratificaciones o aguinaldos. Si tu sueldo es variable, se usa el promedio de los últimos tres meses. Se calcula con un máximo de 90 UF, según el valor de la UF del último día del mes previo al pago (artículo 172).
- Aviso previo: si te despiden por necesidades de la empresa sin avisarte con 30 días, te deben una indemnización igual a tu última remuneración mensual (artículo 162).
- Vacaciones: con más de un año tienes 15 días hábiles por año (artículo 67). Si te vas antes de completar el año, recibes una indemnización proporcional al tiempo trabajado desde tu contratación o tu última anualidad (artículo 73). Como referencia, 15 días hábiles al año equivalen a 1,25 días hábiles por mes.
Ejemplo de finiquito resuelto
Camila trabajó 4 años y 8 meses. Su última remuneración mensual, sin horas extra ni gratificación anual, fue de $900.000, bajo el tope de 90 UF. La despiden por necesidades de la empresa el 20 de mayo, sin aviso de 30 días, y le quedan 9 días hábiles de vacaciones:
| Ítem | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Años de servicio | 5 × $900.000 (4 años + fracción de 8 meses, mayor de 6) | $4.500.000 |
| Aviso previo | 1 remuneración mensual | $900.000 |
| Días trabajados de mayo | $900.000 ÷ 30 × 20 | $600.000 |
| Vacaciones pendientes | 9 días hábiles = 14 días corridos × $30.000 | $420.000 |
| Total | $6.420.000 |
Los días trabajados y el valor diario de las vacaciones se calculan dividiendo el sueldo mensual fijo por 30, cualquiera sea el largo del mes, como indica la Dirección del Trabajo: $900.000 ÷ 30 = $30.000 por día.
Un detalle del seguro de cesantía: si te despiden por necesidades de la empresa, a la indemnización por años de servicio se le puede restar lo que el empleador depositó en tu cuenta individual de cesantía, más su rentabilidad (Ley 19.728, artículo 13). Nunca puede descontar lo que aportaste tú, y según la Dirección del Trabajo ese descuento no procede si renunciaste.

Cómo se calculan las vacaciones en el finiquito
Es el ítem que más se calcula mal, porque los días de vacaciones son hábiles pero se pagan como corridos. La Dirección del Trabajo indica tres pasos:
- Días por mes: divide tus días de vacaciones al año por 12. Con 15 días, son 1,25 días hábiles por mes trabajado (con vacaciones progresivas, súmalas antes de dividir).
- Días hábiles a pagar: multiplica ese resultado por los meses y días trabajados desde tu contratación o desde tu última anualidad. Súmales los días pendientes de años anteriores, si los tienes.
- Días corridos: cuenta esos días hábiles en el calendario desde el día siguiente al término del contrato y suma los sábados, domingos y festivos que caigan en ese período. Para el feriado, el sábado siempre es inhábil (artículo 69).
En el ejemplo, Camila termina el miércoles 20 de mayo de 2026. Sus 9 días hábiles se cuentan desde el 21 de mayo, que es feriado legal (Ley 2.977): van del viernes 22 de mayo al miércoles 3 de junio. En ese período hay 5 días inhábiles —el 21 de mayo y dos fines de semana—, así que se pagan 14 días corridos. Si tu sueldo es variable, la remuneración íntegra es el promedio de los últimos tres meses trabajados (artículo 71).
Si tu empresa paga gratificación legal y no completaste el año, también te corresponde la gratificación proporcional a los meses trabajados (artículo 52). Revisa si aparece en el finiquito.
Plazo para pagar el finiquito
El empleador debe otorgar el finiquito y poner su pago a tu disposición dentro de 10 días hábiles desde tu separación (artículo 177). Según la Dirección del Trabajo, para ese plazo no se cuentan domingos ni feriados. Las partes pueden acordar el pago en cuotas, con intereses y reajustes; en ese caso, según ChileAtiende, el finiquito solo puede ratificarse ante la Inspección del Trabajo.
En varias causales de despido, la empresa además tiene que entregarte por escrito, con los comprobantes, el estado de tus cotizaciones previsionales pagadas hasta el cierre del mes anterior. Si no las pagó, el despido no pone término al contrato hasta que lo convalide pagándolas (artículo 162).
Si te despidieron por necesidades de la empresa y no te pagan
- La carta de despido es una oferta irrevocable: cuando el empleador invoca necesidades de la empresa, lo que ofrece en la carta por años de servicio y aviso previo queda comprometido, y debe pagarlo en un solo acto al firmar el finiquito (artículo 169).
- Pago en cuotas: solo si ambos lo acuerdan, con intereses y reajustes, y ratificado ante la Inspección del Trabajo. Si el empleador no paga una cuota, se vuelve exigible toda la deuda y arriesga una multa.
- Cobro judicial: si no paga, puedes ir a tribunales en un procedimiento ejecutivo usando la carta como título; el juez puede aumentar las indemnizaciones hasta en un 150 % (artículo 169).
- Reajuste e intereses: las indemnizaciones se reajustan según el IPC y, desde el término del contrato, ganan el interés máximo permitido para operaciones reajustables (artículo 173).
Cómo se firma: presencial o en línea
- Presencial: ante un ministro de fe: inspector del trabajo, notario, oficial del Registro Civil o secretario municipal, o con la firma del presidente o delegado de tu sindicato (artículo 177).
- Finiquito electrónico: si el empleador lo emite en el sitio de la Dirección del Trabajo y lo firmas electrónicamente allí con tu ClaveÚnica, se considera ratificado. Es siempre voluntario: si lo rechazas, el empleador debe ofrecerte el finiquito presencial.
- Plazo para responder en línea: según la DT, tienes 10 días hábiles para aceptar, con o sin reserva de derechos, o rechazar la propuesta. Si aceptas, el empleador tiene 5 días hábiles para pagar por el portal.

Si no estás de acuerdo con el finiquito
- No firmes si no estás de acuerdo con la causal: ChileAtiende recuerda que tienes derecho a no firmar.
- Firma con reserva de derechos: puedes aceptar los montos no discutidos y dejar constancia de que te reservas el derecho a reclamar el resto. La reserva no impide el pago de lo no disputado (artículo 177).
- Reclama en la Inspección del Trabajo si el empleador no paga a tiempo; ahí también tienes asesoría gratuita.
- Demanda por despido injustificado dentro de 60 días hábiles desde la separación. Si el juez te da la razón, la indemnización por años de servicio sube un 30 %, 50 % u 80 % según la causal mal aplicada, y hasta un 100 % en algunas causales de conducta grave declaradas sin motivo plausible (artículo 168).
- Cuida el plazo: un reclamo previo en la Inspección del Trabajo suspende los 60 días mientras se tramita, aunque el límite absoluto para demandar sigue siendo de 90 días hábiles desde la separación (artículo 168).

El finiquito y el seguro de cesantía
Revisa en el finiquito si el empleador descontó su aporte al seguro de cesantía: solo puede hacerlo en los despidos por necesidades de la empresa, y debe pedir a la Administradora de Fondos de Cesantía el monto exacto. Guarda siempre una copia firmada del finiquito, porque acredita el término de tu contrato.
Si eres tú quien se va, empieza por la carta de renuncia. Y cuando estés listo para volver a trabajar, en TrabajoExpress puedes crear tu perfil gratis y ver vacantes en Chile. Si quieres profundizar, revisa también cómo se calcula la indemnización por años de servicio.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el finiquito en Chile?
Se suman el sueldo pendiente, las vacaciones no tomadas o proporcionales y, si te despidieron por necesidades de la empresa, 30 días de remuneración por año de servicio (máximo 330) más el aviso previo si no te avisaron con 30 días.
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar el finiquito?
Diez días hábiles desde tu separación (artículo 177 del Código del Trabajo).
¿Me corresponde finiquito si renuncio?
Sí, el finiquito se firma igual, con el sueldo pendiente y las vacaciones proporcionales. Lo que no corresponde al renunciar es la indemnización por años de servicio ni el aviso previo.
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el finiquito?
Puedes no firmarlo o firmarlo con reserva de derechos para reclamar el resto, y tienes 60 días hábiles desde la separación para demandar si crees que el despido fue injustificado.
¿Puedo firmar el finiquito en línea?
Sí. Si el empleador lo emite en el sitio de la Dirección del Trabajo, puedes firmarlo con tu ClaveÚnica, y se considera ratificado. Es voluntario: puedes pedir el finiquito presencial.
¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales en el finiquito?
Divide tus días de vacaciones al año por 12 (1,25 con 15 días), multiplícalo por los meses trabajados desde tu última anualidad y cuenta esos días hábiles en el calendario desde el día siguiente al término, sumando sábados, domingos y festivos. Se paga cada día corrido al valor diario: sueldo fijo ÷ 30.
¿Qué pasa si no me pagan lo que dice la carta de despido?
En el despido por necesidades de la empresa, la carta es una oferta irrevocable. Puedes cobrarla en tribunales en un juicio ejecutivo y el juez puede aumentar las indemnizaciones hasta en un 150 % (artículo 169).
¿Cuál es el tope de la indemnización por años de servicio?
330 días de remuneración, y una base mensual de hasta 90 UF (artículos 163 y 172).
Fuentes oficiales
- Código del Trabajo (DFL 1), versión vigente · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, LeyChile. Feriado y su compensación, causales de término, aviso previo, indemnización por años de servicio y su base, recargos judiciales y finiquito.
- Finiquito de término de contrato de trabajo · ChileAtiende. Contenido del finiquito, ratificación ante ministro de fe, pago en cuotas, derecho a no firmar y asesoría gratuita.
- ¿Cuál es la oportunidad en que el empleador debe otorgar el finiquito? · Dirección del Trabajo. Plazo de 10 días hábiles para otorgar el finiquito.
- ¿Cuántos días tiene el ex trabajador para aceptar la propuesta del Finiquito Laboral Electrónico? · Dirección del Trabajo. Plazo de 10 días hábiles para responder y de 5 para pagar en el finiquito electrónico.
- ¿Qué puede hacer el trabajador para exigir el otorgamiento de su finiquito? · Dirección del Trabajo. Reclamo ante la Inspección del Trabajo por retraso del finiquito.
- ¿Puede el empleador descontar de la indemnización por años de servicio el aporte de su cargo que ha hecho al seguro de cesantía? · Dirección del Trabajo. Descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía en la indemnización por necesidades de la empresa.
- Texto de la Ley N.º 19.728, actualizado a junio de 2026 · Superintendencia de Pensiones. Artículo 13: imputación del aporte del empleador a la indemnización por años de servicio.
- ¿Cómo se calcula el feriado proporcional? · Dirección del Trabajo. Método de tres pasos para el feriado proporcional y suma de sábados, domingos y festivos.
- ¿Cómo se calcula la remuneración diaria cuando el mes tiene menos o más de 30 días? · Dirección del Trabajo. Valor diario de una remuneración fija mensual: dividir por 30.
- Ley 2.977, fija los días feriados · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, LeyChile. El 21 de mayo es feriado.
- Dictamen ORD. N.º 3866/42 · Dirección del Trabajo. Cómputo de días hábiles para el plazo del finiquito.