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🇦🇷 SalarioCajera en Argentina: sueldo, faltantes de caja y requisitos

Cajera es uno de los primeros puestos que mira quien busca trabajo en un supermercado o un comercio, y también uno de los que más dudas genera por el manejo de dinero. Si tu empleo se rige por el convenio 130/75, en noviembre de 2026 la escala de Cajeros A es de $1.396.069 con jornada completa, antes de sumar antigüedad y presentismo. Te contamos cuánto se cobra, qué pasa si falta plata, qué derechos tenés y qué piden para entrar.
En este artículo
- Cuánto gana una cajera con el convenio de comercio
- Ejemplo: lo que puede decir tu recibo
- Faltante de caja: qué es y cuánto se paga
- Si falta plata, ¿te lo pueden descontar?
- Tus derechos en la caja
- Turnos, domingos y feriados
- Qué hace una cajera y qué habilidades piden
- Cómo conseguir el puesto
- Antes de aceptar la propuesta
- Preguntas frecuentes
Cuánto gana una cajera con el convenio de comercio
El convenio 130/75 divide a quienes cobran en caja en tres grupos, y cada uno tiene su renglón en la escala de FAECYS. Estos son los montos para jornada completa. Incluyen básico, suma fija y, en noviembre, la cuota de $25.000 del acuerdo de octubre:
| Categoría | Básico noviembre | Total noviembre | Total diciembre |
|---|---|---|---|
| Cajeros A | $1.251.069 | $1.396.069 | $1.396.165 |
| Cajeros B | $1.257.240 | $1.402.240 | $1.402.449 |
| Cajeros C | $1.265.171 | $1.410.171 | $1.410.526 |
La diferencia entre grupos sale del artículo 7. Los A hacen únicamente operaciones de contado o crédito. Los B cobran y además tienen tareas administrativas afines a la caja o de empaque. Los C trabajan en entidades financieras. Si en tu puesto cobrás y también empaquetás o llevás planillas, revisá que el recibo no diga A.
Estos valores no alcanzan a todos los comercios. Algunos sectores tienen otro convenio, y una empresa puede pagar más. Preguntá siempre qué convenio te aplica. La escala completa, con todas las categorías y su evolución hasta mayo de 2027, está en nuestra guía del sueldo de empleado de comercio.
Ejemplo: lo que puede decir tu recibo
Al monto de la escala se le agregan la antigüedad, de 1 % por año, y la asignación por asistencia y puntualidad del artículo 40, que es una doceava parte. Este ejemplo es ilustrativo, sobre una persona en Cajeros A, jornada completa, sin faltas, en noviembre de 2026:
| Concepto | Sin antigüedad | Con 3 años |
|---|---|---|
| Básico | $1.251.069,00 | $1.251.069,00 |
| Antigüedad | $0,00 | $37.532,07 |
| Asistencia y puntualidad | $104.255,75 | $107.383,42 |
| Suma fija con adicionales | $130.000,00 | $133.900,00 |
| Suma única | $25.000,00 | $25.000,00 |
| Total bruto | $1.510.324,75 | $1.554.884,49 |
Ese total no es lo que entra en tu cuenta, porque faltan descuentos. Además, los puestos por menos horas cobran en proporción: el artículo 92 ter de la Ley de Contrato de Trabajo dice que la paga no puede ser menor a la proporcional de quien hace la jornada completa en la misma categoría.

Faltante de caja: qué es y cuánto se paga
El artículo 30 del convenio compensa el riesgo de reponer dinero. Lo cobran quienes tienen la obligación específica de cobrarle a la clientela, y también los repartidores efectivos. No lo cobra quien hace caja ocasional o transitoriamente.
| Quiénes | Noviembre 2026 | Diciembre 2026 |
|---|---|---|
| Cajeros A y C | $153.255,91 | $158.780,24 |
| Cajeros B | $603.475,10 | $625.175,70 |
El texto del convenio habla de una suma anual que se paga en cuotas iguales, trimestrales y vencidas. La circular de escalas solo muestra el importe por mes de vigencia, y en el renglón de Cajeros B agrega una suma para el faltante de $1.635,183 mensuales, sin aclarar más. Por eso, si te toca este concepto, pedile a tu sindicato local que te confirme cómo se liquida en tu caso.
Un punto importante es que, según el artículo 30, estas sumas no forman parte de la remuneración para jubilación, aguinaldo, vacaciones o indemnización. Tampoco reciben el aumento por zona del artículo 20.
Si falta plata, ¿te lo pueden descontar?
Es la pregunta que más preocupa a quien trabaja en caja. El artículo 131 de la Ley de Contrato de Trabajo prohíbe deducir, retener o compensar sumas que rebajen tu remuneración, y tampoco permite aplicar multas descontándolas del sueldo. Las excepciones del artículo 132 son una lista cerrada: adelantos, aportes, cuotas y algunos conceptos similares.
Los descuentos que sí están permitidos tienen límites. El artículo 133 dice que, en conjunto, no pueden superar el 20 % del monto a percibir, y que en general necesitan tu consentimiento expreso. El artículo 135 sí contempla una excepción para los daños graves e intencionales, pero en ese caso el empleador tiene que consignar judicialmente el porcentaje, y la acción caduca a los 90 días.
Dicho de forma simple: una diferencia común de caja no debería aparecer como descuento directo en tu recibo, y la compensación del artículo 30 existe justamente por ese riesgo. Si te lo hacen, seguí estos pasos:
- Pedí el detalle del arqueo: fecha, turno y monto.
- Guardá tu recibo y los comprobantes de cierre, si te los dan.
- No firmes una conformidad que no entiendas.
- Consultá en el sindicato o en la oficina de trabajo de tu provincia.
- Intimá con un telegrama laboral si el descuento sigue.
Tus derechos en la caja
Pocos saben que el convenio tiene un artículo pensado para este puesto. El 60 dice que quien cumple funciones de caja:
- Debe tener provisto en todo momento el cambio necesario.
- Dispondrá de asiento con respaldo.
- Tendrá el tiempo que requiera para sus necesidades fisiológicas.
- Durante esas ausencias conserva las llaves de la caja, que nadie puede abrir ni controlar sin su presencia.

El uniforme tampoco lo pagás vos. El artículo 66 obliga al empleador a informar las condiciones, y si las prendas son de uso obligatorio las provee a su exclusivo cargo; en el caso de ropa de trabajo obligatoria, dos equipos por año. Si te lo quieren descontar, el artículo 131 de la ley también menciona la provisión de herramientas y prestaciones como algo que no puede rebajar tu sueldo.
Si tenés menos de 18 años y trabajás en caja, el artículo 31 manda pagarte la escala de menores más la diferencia hasta el salario inicial de cajeros, en proporción si tu jornada es de 6 horas, y cualquier adicional de la función. La ley limita tu jornada y prohíbe el trabajo nocturno entre las 20 y las 6.
Turnos, domingos y feriados
En un comercio abierto muchos días a la semana, el horario es la otra gran duda. La Ley de Contrato de Trabajo deja la distribución de las horas en manos del empleador, y dice que los horarios tienen que informarse con anuncios en lugares visibles. Eso sí, entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deben pasar al menos doce horas.
| Situación | Qué dice la ley | Artículo |
|---|---|---|
| Entre dos jornadas | Pausa no menor a 12 horas | 197 |
| Sábado desde las 13 y domingo | Prohibido trabajar salvo excepciones, con descanso compensatorio | 204 |
| Si no te dan el franco compensatorio | Podés tomarlo vos, avisando, y cobrar con recargo | 207 |
| Trabajar un feriado nacional | Remuneración normal más una cantidad igual | 166 |
| Horas de más en sábado después de las 13, domingo o feriado | Recargo del 100 % | 201 |
Si el comercio abre los domingos, el franco compensatorio pasa a ser clave. Antes de aceptar la propuesta, preguntá bien cómo se organizan los francos y con cuánta anticipación se publica la grilla. Para quien estudia o cuida hijos, ese dato pesa tanto como el sueldo.
Otra fecha que conviene tener presente es el Día del Empleado de Comercio, el 26 de septiembre. En 2026, FAECYS publicó una circular sobre el traslado de ese día. Si te toca trabajar en esa fecha, buscá la circular del año en su sitio o preguntá en tu sindicato qué se acordó.
Por último, llevá un registro simple de tus turnos durante los primeros meses: día, hora de entrada y salida. Si más adelante hay una diferencia con las horas pagadas, esa libreta te va a servir para explicar el reclamo. Comparala con el recibo cada mes y consultá cualquier desfasaje apenas lo veas, sin esperar a que se acumule. Una diferencia chica detectada a tiempo se corrige con una simple charla con tu encargado; varios meses juntos, en cambio, suelen terminar en un reclamo.
Qué hace una cajera y qué habilidades piden
El convenio define el trabajo como la cobranza en el establecimiento, de operaciones de contado y crédito, con recepción de dinero en efectivo o valores. En el día a día significa atender a la gente, pasar productos, cobrar con distintos medios de pago, dar vuelto y cerrar la caja al final del turno.
Los avisos suelen pedir poco en papeles y bastante en actitud. Tomemos un ejemplo real: el 5 de noviembre de 2026, el portal de empleos de Coto publicaba «Cajeras/os Primer Empleo», part time, en AMBA y CABA, con estos puntos:
- Secundario completo, excluyente.
- Sin necesidad de experiencia previa en el puesto.
- Predisposición para aprender y atender bien a los clientes.
- Perfil responsable y con autonomía.
Más allá del aviso, te conviene mostrar orden, buen trato y calma bajo presión. No hace falta ser experto en matemáticas, pero sí cuidar los detalles. Si ya cobraste en un kiosco, un negocio familiar o un evento, ponelo en el CV aunque no haya sido un empleo formal. Contá qué hacías, cuántas horas y con qué medios de pago trabajabas: un dato concreto vale más que decir «soy responsable». Si no tenés experiencia, mencioná tareas de la escuela o del barrio donde hayas manejado dinero o atendido gente.

Cómo conseguir el puesto
Si recién empezás, estos pasos ayudan a ordenar la búsqueda:
- Armá un currículum vitae de una página con tu disponibilidad clara.
- Mirá los portales oficiales de las empresas, como el de Coto, en vez de páginas intermedias.
- Acercate a la Oficina de Empleo de tu municipio para pedir orientación.
- Practicá la entrevista de trabajo con ejemplos de atención al público.
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Busco mi primer empleo en atención al público.
Secundario completo. Trato amable, orden y puntualidad.
Experiencia informal cobrando en negocio familiar o evento.
Disponibilidad turnos en zona.
En la entrevista, pueden preguntarte qué harías con un cliente enojado o si te falta plata al cerrar. Respondé con calma: avisar enseguida al encargado, no ocultar el error y seguir el procedimiento. Si nunca trabajaste, nuestra guía de trabajo sin experiencia tiene más ideas.
Antes de aceptar la propuesta
Preguntá estas cuatro cosas, porque cambian cuánto cobrás y cómo vas a trabajar:

- Convenio: cuál se aplica en esa empresa.
- Categoría: si es Cajeros A, B u otra.
- Horas: cuántas por semana y qué días.
- Arqueo: quién cuenta la caja y cuándo, y qué pasa si hay diferencia.
Cuando cobres, mirá el recibo de sueldo línea por línea. Y si te proponen trabajar sin registrar, leé primero sobre el trabajo en blanco. En un puesto que maneja dinero, además, estar en negro te deja mucho más expuesto si hay un conflicto.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cuánto gana una cajera de supermercado en Argentina?
Si aplica el CCT 130/75, en noviembre de 2026 Cajeros A cobra $1.396.069 con jornada completa, sin antigüedad ni presentismo.
¿Qué es el faltante de caja?
Es una compensación del artículo 30 del convenio por el riesgo de reponer dinero. No integra la remuneración.
¿Me pueden descontar si falta plata en la caja?
El artículo 131 de la ley prohíbe descuentos que rebajen el sueldo, salvo las excepciones de la ley. Los daños graves e intencionales tienen un trámite judicial propio.
¿Es obligatorio que me den una silla?
El artículo 60 del convenio 130/75 dice que quien cumple función de caja dispondrá de asiento con respaldo.
¿Se puede trabajar en caja sin experiencia?
Sí: hay avisos de primer empleo. El de Coto de noviembre de 2026 pedía secundario completo y no experiencia previa.
¿Quién paga el uniforme?
Si es obligatorio, el empleador y a su exclusivo cargo, según el artículo 66 del convenio.
¿Qué diferencia hay entre Cajeros A y B?
Los A hacen solo cobranza; los B además tienen tareas administrativas afines a la caja o de empaque.
Fuentes oficiales
- Circular Escalas Acuerdo Octubre 2026 CCT 130 · Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS). Escala de Cajeros y adicional del artículo 30.
- Convención Colectiva de Trabajo 130/75 · Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS). Artículos 7, 30, 31, 40, 60, 66 y 67.
- Coto - Empleos · Coto C.I.C.S.A.. Ejemplo de aviso de primer empleo.
- Ley de Contrato de Trabajo 20.744, texto actualizado · InfoLEG, Ministerio de Justicia de la Nación. Artículos 92 ter, 131, 132, 133, 135, 166, 190, 197, 201, 204 y 207.
- Conocé tus derechos: salario · Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Remuneración, recibo y cuenta sueldo.
- Telegrama laboral · Argentina.gob.ar, Trabajo. Telegrama para intimar al empleador.
- Oficinas de Empleo · Argentina.gob.ar, Ministerio de Capital Humano. Oficinas de Empleo municipales.
- El camino hacia tu próximo empleo · Argentina.gob.ar, Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Preparar el CV y la entrevista.
- Herramientas para la búsqueda de empleo · Argentina.gob.ar. Taller oficial de búsqueda de empleo.
- Circular traslado día del gremio – Septiembre 2026 · Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS). Traslado del Día del Empleado de Comercio.
- Consultar tu Historia Laboral · ANSES, Argentina.gob.ar. Consulta de lo declarado por el empleador.