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🇻🇪 Derechos laboralesSeguro social en Venezuela: qué cubre el IVSS, cuánto se cotiza y cómo revisarlo

Seguro social en Venezuela es el sistema obligatorio que administra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Te da asistencia médica, pagos diarios cuando no puedes trabajar por enfermedad, accidente o maternidad, una prestación si pierdes el empleo y una pensión en la vejez. Lo financian tú y tu patrono: tú aportas el 4 % de tu salario y la empresa, entre el 9 % y el 11 % según su nivel de riesgo, con un tope de cinco salarios mínimos. Aquí tienes qué cubre, cómo revisar que te estén cotizando, qué trámites existen y qué hacer si tu patrono no te inscribió.
En este artículo
- Qué es el seguro social en Venezuela
- Cuánto se cotiza al IVSS
- Cómo revisar tu cuenta individual
- Pensiones del seguro social
- Reposo médico: las indemnizaciones diarias
- Si pierdes el empleo: la prestación por pérdida involuntaria
- Si trabajas por tu cuenta o dejaste de cotizar
- Cinco errores que te hacen perder derechos
- Qué hacer si tu patrono no te inscribió
- Preguntas frecuentes
Qué es el seguro social en Venezuela
La Constitución reconoce a toda persona el derecho a la seguridad social como servicio público sin fines de lucro, que proteja la salud y cubra la maternidad, la paternidad, la enfermedad, la invalidez, los riesgos laborales, la pérdida de empleo, la vejez, la viudedad y la orfandad, entre otras contingencias. También dice que no tener capacidad de cotizar no es motivo para excluir a nadie y que esos recursos no pueden destinarse a otros fines (artículo 86).
El IVSS es el organismo que presta ese servicio a los trabajadores. Según su propia historia, comenzó a funcionar el 9 de octubre de 1944 con la cobertura de enfermedad, maternidad y accidentes; en 1946 nació el Instituto como tal y en 1966 la Ley del Seguro Social sumó las pensiones de largo plazo.
| Situación | Qué recibes | Qué necesitas |
|---|---|---|
| Enfermedad o accidente | Asistencia médica integral: consulta, hospitalización, medicinas, odontología, prótesis y rehabilitación | Ser asegurado y acudir a un centro de salud del IVSS |
| Reposo por enfermedad, accidente o maternidad | Indemnizaciones diarias mientras no puedes trabajar | Certificado de incapacidad (forma 14-73) validado y comprobante de datos de la empresa (forma 14-52) |
| Maternidad | Cuidados prenatales, atención del parto, cuidados posnatales y atención pediátrica | Ser asegurada |
| Vejez | Pensión de vejez | 60 años los hombres o 55 las mujeres, y 750 cotizaciones |
| Invalidez | Pensión si pierdes más de dos tercios de tu capacidad de trabajo | Evaluación de la Comisión Evaluadora del IVSS |
| Fallecimiento | Pensión de sobrevivientes para la familia | 750 cotizaciones semanales, o las otras condiciones que fija el IVSS |
| Pérdida involuntaria del empleo | Una prestación en dinero durante 5 meses | 52 cotizaciones en los últimos 24 meses y pedirla en 60 días |

Cuánto se cotiza al IVSS
El IVSS calcula el aporte cada semana sobre el salario del trabajador, con un límite de cinco salarios mínimos. Con el salario mínimo legal de Bs. 130, ese límite equivale a Bs. 650 al mes: lo que ganes por encima no cotiza.
| Quién aporta | Porcentaje | Sobre qué |
|---|---|---|
| Trabajador | 4 % | Su salario, hasta 5 salarios mínimos |
| Empresa de riesgo mínimo | 9 % | El salario de cada trabajador, con el mismo límite |
| Empresa de riesgo medio | 10 % | El salario de cada trabajador, con el mismo límite |
| Empresa de riesgo máximo | 11 % | El salario de cada trabajador, con el mismo límite |
Un ejemplo ilustrativo: si el salario que se toma en cuenta es de Bs. 600 al mes, tu parte equivale a Bs. 24 (600 × 4 %) y la de la empresa, a Bs. 54, 60 o 66 según su riesgo. Tu aporte se descuenta de tu salario y el de la empresa lo paga ella. Como el cálculo se hace sobre el salario, los bonos que no tienen carácter salarial no entran en esa base: lo explicamos en la guía del salario mínimo en Venezuela.
Cómo revisar tu cuenta individual
La cuenta individual muestra las cotizaciones que tus patronos han reportado al IVSS. Es la forma más rápida de comprobar que te están inscribiendo y pagando, y la base para saber cuántas semanas llevas para la pensión.
- Entra a la página oficial del IVSS (ivss.gob.ve) y busca el bloque Consultas.
- Elige «Cuenta Individual».
- Marca tu nacionalidad (V o E) y escribe tu número de cédula.
- Pulsa «Consultar» y revisa las empresas, las fechas y las semanas cotizadas.

En la misma sección hay consultas para pensionados (estatus con cédula y fecha de nacimiento) y una constancia de cotización. Si en tu cuenta faltan semanas en las que sí trabajaste, guarda tus recibos y pide a tu patrono que corrija el reporte.
Pensiones del seguro social
- Vejez: la edad es de 60 años para los hombres y 55 para las mujeres, y hacen falta al menos 750 cotizaciones. Quien cumple la edad sin esas semanas elige entre seguir cotizando hasta reunirlas o cobrar ya una indemnización única equivalente al 10 % de lo que sumaron sus salarios cotizados.
- Invalidez: cuando una enfermedad o un accidente te quita más de dos tercios de tu capacidad para trabajar, de forma presumiblemente permanente o de larga duración.
- Incapacidad parcial: cuando un accidente de trabajo o una enfermedad profesional reduce tu capacidad entre un 25 % y un 66,66 %.
- Sobrevivientes: la reciben los familiares cuando fallece un pensionado de vejez o invalidez, o un asegurado con al menos 750 cotizaciones semanales, entre otros casos que el IVSS detalla.
Para pedir la pensión de vejez se presenta la solicitud de prestaciones en dinero (forma 14-04, en dos originales), la cédula y la constancia de trabajo para el IVSS (forma 14-100) de los últimos seis años trabajados; todas las formas están en la biblioteca de formas del Instituto. Su monto se fija en el salario mínimo (artículo 5 del Decreto 4.653) y no puede ser inferior a él según la Constitución (artículo 80); tras el alza del 40 % que anunció el Ejecutivo en abril de 2026, los pensionados reciben 70 dólares mensuales, informó la SUNDDE.
Si trabajaste en Italia, Portugal, España, Uruguay o Ecuador, el IVSS tramita la pensión con los convenios de seguridad social que Venezuela tiene con esos países.

Reposo médico: las indemnizaciones diarias
Si una enfermedad, un accidente común o laboral o la maternidad te impide trabajar por un tiempo, el IVSS paga indemnizaciones diarias, que son prestaciones en dinero por esa incapacidad temporal. Para cobrarlas se consignan en el centro asistencial el certificado de incapacidad (forma 14-73) con el reposo validado y el comprobante de consignación de datos (forma 14-52), que emite la empresa.
- Consigue el certificado de incapacidad (forma 14-73) con el reposo validado y consígnalo en el centro asistencial.
- Pide a tu patrono la forma 14-52 (comprobante de consignación de datos), que emite la empresa.
- Si el reposo se alarga, la prórroga se pide con el certificado de incapacidad (14-73) y la tarjeta de control de pago (forma 14-88).
Para el permiso por embarazo y parto, revisa también la guía de licencia de maternidad en Venezuela.
Si pierdes el empleo: la prestación por pérdida involuntaria
Quien pierde su trabajo sin quererlo y cotiza al Régimen Prestacional de Empleo puede cobrar una prestación en dinero durante cinco meses. Es un porcentaje calculado sobre los salarios que el empleador notificó al IVSS en los últimos 12 meses; si consigues otro empleo antes, solo se paga el tiempo que estuviste cesante.
- Comprueba que tienes 52 cotizaciones en los 24 meses anteriores al despido.
- Reúne los documentos: cédula vigente, constancia de egreso, carta de despido firmada y sellada (si es tu caso), tu liquidación de prestaciones sociales y la constancia de registro en una agencia de empleo del Ministerio del Trabajo.
- Solicítala dentro de los 60 días continuos siguientes al fin de la relación laboral, aunque tengas una demanda o un reenganche en curso.
- Cobra mientras dure la protección: hasta cinco meses, o menos si vuelves a trabajar.

La liquidación que te pide el IVSS es la misma que te debe entregar tu patrono al salir: revisa cómo se calcula en la guía de liquidación en Venezuela.
Si trabajas por tu cuenta o dejaste de cotizar
La continuación facultativa permite seguir cotizando por tu cuenta, sin estar vinculado a una empresa, para no perder tus semanas hacia la pensión; el IVSS la basa en el artículo 6 de la Ley del Seguro Social. Los trabajadores no dependientes, como quienes trabajan por cuenta propia, también pueden inscribirse y quedar asegurados con derecho a todas las prestaciones.
- Requisitos: cédula de identidad y la forma 14-196 llena.
- Pagos: las cotizaciones se pagan cada mes; si te atrasas más de un mes, puedes seguir cotizando después de ponerte al día.
- Quién decide: el derecho depende de que el propio asegurado lo solicite.
Cinco errores que te hacen perder derechos
- Revisar la cuenta individual solo al jubilarte. Si un patrono no reportó tus semanas, es más fácil reclamar mientras trabajas allí y aún tienes tus recibos. Míralo al menos una vez al año.
- No guardar los recibos de pago. Son la prueba de cuánto ganabas y de que trabajaste en esas fechas, si algún día faltan cotizaciones.
- Salir de una empresa sin la constancia 14-100. El IVSS pide la constancia de trabajo en esa forma de los últimos seis años para la pensión de vejez; conviene pedirla al terminar cada empleo, cuando la empresa todavía tiene tus datos a mano.
- Dejar pasar los 60 días. La prestación por pérdida involuntaria del empleo se pide dentro de ese plazo, aunque estés en un reclamo o un juicio contra el patrono.
- Dejar de cotizar al trabajar por tu cuenta. Con la continuación facultativa sigues sumando semanas hacia la pensión aunque ya no tengas patrono.
Casi todo se resuelve con tu cédula, tus recibos y unas pocas formas del IVSS. Cuanto antes detectes un problema, más fácil es corregirlo con la empresa que lo causó, mientras todavía trabajas allí o acabas de salir.
Qué hacer si tu patrono no te inscribió
- Revisa tu cuenta individual con tu cédula y anota los periodos que faltan.
- Junta pruebas de que trabajaste: recibos de pago, contrato, constancias y mensajes.
- Pide por escrito a tu patrono que te inscriba y reporte tus semanas, y guarda la copia con la fecha.
- Acude a la oficina administrativa del IVSS más cercana o a la Inspectoría del Trabajo, que media en los reclamos individuales y ordena cumplir la ley (artículo 507 de la LOTTT).
Si estás buscando trabajo, pregunta en la entrevista si el empleo es con inscripción en el IVSS y lee qué cláusulas debe traer tu contrato de trabajo en Venezuela. En TrabajoExpress puedes revisar vacantes en Venezuela.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Qué es el seguro social en Venezuela?
Es el sistema obligatorio que administra el IVSS: cubre la atención médica, la maternidad, la incapacidad temporal, la invalidez, la vejez, la muerte y la pérdida involuntaria del empleo.
¿Cuánto me descuentan del seguro social?
El 4 % de tu salario, con un tope de cinco salarios mínimos. La empresa aporta aparte entre el 9 % y el 11 %, según su nivel de riesgo.
¿Cómo consulto mi cuenta individual del IVSS?
En la página del IVSS, en Consultas, elige «Cuenta Individual», marca V o E, escribe tu cédula y pulsa «Consultar».
¿Cuántas cotizaciones necesito para la pensión de vejez?
Al menos 750, además de la edad: 60 años los hombres y 55 las mujeres. Sin esas semanas al llegar a la edad, se puede seguir cotizando o pedir una indemnización única del 10 % de los salarios cotizados.
¿Cuánto paga el IVSS a un pensionado?
Lo mismo que el salario mínimo, por mandato del Decreto 4.653; desde el alza de abril de 2026, la pensión quedó en 70 dólares mensuales, según la SUNDDE.
¿Qué pasa si pierdo el empleo?
Si tienes 52 cotizaciones en los últimos 24 meses, puedes pedir en 60 días la prestación por pérdida involuntaria del empleo, que se paga hasta cinco meses.
¿Puedo seguir cotizando si trabajo por mi cuenta?
Sí. Con la continuación facultativa o como trabajador no dependiente, llenando la forma 14-196 y presentando tu cédula; las cotizaciones se pagan cada mes.
¿El IVSS cubre la maternidad?
Sí: cuidados prenatales, atención del parto, cuidados posnatales, atención pediátrica e indemnizaciones diarias durante el reposo.
Fuentes oficiales
- Información General del Ciudadano: Seguro Social Obligatorio · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Contingencias cubiertas, beneficios y cotizaciones: 4 % del trabajador; 9 %, 10 % u 11 % de la empresa; tope de 5 salarios mínimos; cálculo semanal.
- Beneficio Médico Integral · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Asistencia médica, hospitalización, medicinas, odontología, prótesis, rehabilitación y beneficios por maternidad.
- Tipos de Pensiones · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Requisitos de las pensiones de vejez, invalidez, incapacidad parcial y sobrevivientes, y documentos (formas 14-04 y 14-100).
- Pérdida Involuntaria de Empleo · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Prestación de 5 meses, plazo de 60 días, 52 cotizaciones en 24 meses y documentos para pedirla.
- Continuación Facultativa · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Seguir cotizando sin empresa o como trabajador no dependiente con la forma 14-196 (artículo 6 de la Ley del Seguro Social).
- Trámites de pensionados · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Indemnizaciones diarias (formas 14-73 y 14-52), prórroga (forma 14-88) y convenios con Italia, Portugal, España, Uruguay y Ecuador.
- Instituto Venezolano de los Seguros Sociales: consultas en línea · Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Consulta de la cuenta individual con nacionalidad y cédula, estatus de pensionados y constancia de cotización.
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela · Asamblea Nacional. Artículos 80 y 86: derecho a la seguridad social y pensiones no menores al salario mínimo urbano.
- Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Gaceta Oficial 6.076 Extraordinario) · Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo. Artículo 507: la Inspectoría del Trabajo media en los reclamos individuales y ordena cumplir la ley.
- Ejecutivo Nacional anuncia aumento del salario mínimo integral a 240 dólares · Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE). Pensiones de 70 dólares al mes tras un aumento del 40 % anunciado en abril de 2026.
- Gaceta Oficial 6.691 Extraordinario (Decreto 4.653) · Copia de la Gaceta Oficial publicada por Radio Fe y Alegría Noticias. Artículo 5: las pensiones del IVSS son iguales al salario mínimo.