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🇵🇾 SalarioAguinaldo: cómo calcularlo en Paraguay, con ejemplos y fecha de pago

Aguinaldo: cómo calcularlo en Paraguay es simple: sumas todo lo que cobraste en el año calendario, incluidas horas extra y comisiones, y lo divides entre 12 (artículo 243 del Código del Trabajo). Es la remuneración anual complementaria que todo empleador debe pagar antes del 31 de diciembre, o al terminar la relación laboral si ocurre antes. Si ganaste el mismo salario todo el año, equivale a un salario más, y llega completo: no paga aporte al IPS ni impuesto a la renta. Acá tienes la fórmula, ejemplos, el cálculo con el salario mínimo de 2026 y qué hacer si no te pagan.
En este artículo
- Qué es el aguinaldo
- Aguinaldo: cómo calcularlo paso a paso
- Aguinaldo del salario mínimo en 2026
- Ejemplo con aumento y horas extra
- Ejemplos de cálculo
- Si cobras por día, por hora o a destajo
- Aguinaldo proporcional: desde cuándo se cobra
- Qué se suma y qué protege la ley
- Sin IPS ni IRP: el aguinaldo llega completo
- Trabajo doméstico: también cobra aguinaldo
- Calendario del aguinaldo
- Errores comunes al calcular el aguinaldo
- Qué hacer si no te pagan el aguinaldo
- Preguntas frecuentes
Qué es el aguinaldo
| Tema | Regla | Artículo |
|---|---|---|
| Monto | La doceava parte de todo lo cobrado en el año calendario | 243 |
| Qué se suma | Salario, horas extra, comisiones y otros pagos | 243 |
| Fecha límite | Antes del 31 de diciembre | 243 |
| Si dejas el trabajo | Te pagan el proporcional, renuncies o te despidan | 244 |
| Embargo | Es inembargable | 245 |
Según el MTESS, el aguinaldo es un derecho irrenunciable de todo trabajador asalariado: «Donde hay empleo asalariado, hay aguinaldo». No es un premio ni un regalo de fin de año que la empresa decide dar: es una parte de tu remuneración que la ley obliga a pagar.
Aguinaldo: cómo calcularlo paso a paso
- Suma todo lo que ganaste de enero a diciembre: salario, horas extra, recargos nocturnos y de feriado, comisiones y otros pagos por tu trabajo.
- Divide el total entre 12.
- Cobra antes del 31 de diciembre, o el día que termine tu relación laboral si te vas antes.
Suma mes por mes lo que figura en tus recibos, no solo el salario base: el artículo 243 habla de las remuneraciones devengadas «en todo concepto». Si tu salario cambió durante el año, no multipliques el último por 12.

Total G. ÷ 12 = aguinaldo G.
Aguinaldo del salario mínimo en 2026
Para el periodo 2025/2026 el salario mínimo fue de G. 2.899.048 al mes, y desde el 1 de julio de 2026 subió un 5 %, a G. 3.044.000 (MTESS). Si ganaste el mínimo todo el año:
| Periodo | Cálculo | Total |
|---|---|---|
| Enero a junio | 6 × G. 2.899.048 | G. 17.394.288 |
| Julio a diciembre | 6 × G. 3.044.000 | G. 18.264.000 |
| Aguinaldo | G. 35.658.288 ÷ 12 | G. 2.971.524 |
Fíjate que el resultado queda entre los dos salarios: por eso no sirve multiplicar G. 3.044.000 por 12. Si además hiciste horas extra, súmalas: suben tu aguinaldo. Mira cómo se calculan en horas extras en Paraguay y el detalle del mínimo en salario mínimo en Paraguay.
Ejemplo con aumento y horas extra
Ana ganó el salario mínimo todo 2026 y además hizo horas extra en marzo, julio, octubre y noviembre por G. 1.400.000 en total. Su cálculo junta el cambio de salario de julio y las horas extra:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Enero a junio | 6 × G. 2.899.048 | G. 17.394.288 |
| Julio a diciembre | 6 × G. 3.044.000 | G. 18.264.000 |
| Horas extra del año | Marzo, julio, octubre y noviembre | G. 1.400.000 |
| Total del año | Suma de lo anterior | G. 37.058.288 |
| Aguinaldo | G. 37.058.288 ÷ 12 | G. 3.088.191 |
Sin las horas extra, Ana cobraría G. 2.971.524; con ellas, G. 116.667 más. Por eso conviene anotar cada mes lo que cobraste fuera del salario.
Ejemplos de cálculo
| Caso | Cálculo | Aguinaldo |
|---|---|---|
| Salario fijo de G. 4.000.000 todo el año | G. 48.000.000 ÷ 12 | G. 4.000.000 |
| G. 3.500.000 al mes y G. 1.800.000 de horas extra en el año | (G. 42.000.000 + G. 1.800.000) ÷ 12 | G. 3.650.000 |
| Vendedor: G. 3.200.000 de base y G. 9.600.000 de comisiones en el año | (G. 38.400.000 + G. 9.600.000) ÷ 12 | G. 4.000.000 |
| Entró el 1 de abril con G. 3.500.000 | 9 × G. 3.500.000 = G. 31.500.000 ÷ 12 | G. 2.625.000 |
| Salió el 31 de agosto con G. 5.000.000 | 8 × G. 5.000.000 = G. 40.000.000 ÷ 12 | G. 3.333.333, al salir |
En los dos últimos casos el aguinaldo es proporcional: cuenta solo lo cobrado en los meses trabajados de ese año. Si tienes comisiones o horas extra que cambian cada mes, la plantilla de arriba te ahorra errores.
Si cobras por día, por hora o a destajo
La regla es la misma: sumas todo lo que cobraste en el año y lo divides entre 12. Si cobras por jornal, suma los jornales; si cobras por hora o por pieza, suma lo que te pagaron por esas horas o piezas.
Por ejemplo, 100 jornales de G. 111.502, el jornal mínimo del periodo 2025/2026 según el MTESS, suman G. 11.150.200; tu aguinaldo por esos días es G. 11.150.200 ÷ 12 = G. 929.183. Si trabajaste para varios empleadores, cada uno te debe el aguinaldo por lo que te pagó.
Aguinaldo proporcional: desde cuándo se cobra
Tienes derecho al aguinaldo desde tu primer salario, también el del período de prueba, porque se calcula sobre todo lo que cobraste en el año. Si no trabajaste todo el año, recibes la doceava parte de lo que cobraste. Si dejas el trabajo, por renuncia o despido, te pagan el proporcional al salir, además de las indemnizaciones que te correspondan (artículo 244).

| Entraste en | Cálculo | Aguinaldo |
|---|---|---|
| Julio (6 meses) | 6 × G. 3.044.000 = G. 18.264.000 ÷ 12 | G. 1.522.000 |
| Septiembre (4 meses) | 4 × G. 3.044.000 = G. 12.176.000 ÷ 12 | G. 1.014.667 |
| Noviembre (2 meses) | 2 × G. 3.044.000 = G. 6.088.000 ÷ 12 | G. 507.333 |
Por ejemplo, con G. 4.000.000 al mes y 7 meses trabajados, tu aguinaldo es G. 28.000.000 ÷ 12 = G. 2.333.333. Mira todo lo que te deben al salir en liquidación en Paraguay.
Qué se suma y qué protege la ley
Se suma todo lo que cobraste por tu trabajo en el año: salario, horas extraordinarias, comisiones y otros conceptos (artículo 243). También cuenta el salario que cobras durante tus vacaciones, porque es remuneración. Y la ley lo protege: es inembargable (artículo 245) e irrenunciable, según el MTESS. Entre las consultas más frecuentes al MTESS están los descuentos o retenciones indebidas: si te descuentan algo del aguinaldo, pide la explicación por escrito.


Sin IPS ni IRP: el aguinaldo llega completo
- Sin aporte al IPS: para el Instituto de Previsión Social, el aguinaldo y la bonificación familiar establecidos por ley no forman parte del salario, así que no se aporta sobre ellos.
- Sin impuesto a la renta personal: la DNIT incluye el aguinaldo exigido por el Código del Trabajo entre las exoneraciones del IRP.
- Sin embargos: ni siquiera una deuda permite embargarlo (artículo 245).
- Revisa el periodo: el recibo debe cubrir lo cobrado de enero a diciembre, o hasta tu salida.
- Compara el monto con tu cálculo: el total del año dividido entre 12.
- Busca descuentos: no debería tener aporte al IPS ni retenciones.
- Firma con fecha y quédate con una copia o una foto del recibo.
Por eso, si en tu recibo del aguinaldo aparece un descuento del IPS, pide la corrección. Compara también el monto con tu cálculo: si te pagan menos, guarda el recibo, porque te servirá para reclamar.
Trabajo doméstico: también cobra aguinaldo
Según el MTESS, las trabajadoras y los trabajadores domésticos tienen derecho al aguinaldo sin importar su jornada, con el mismo cálculo: todo lo cobrado en el año dividido entre 12, pagado hasta el 31 de diciembre. Su salario mínimo es el 100 % del mínimo legal vigente: G. 2.899.048 en el periodo 2025/2026 y G. 3.044.000 desde julio de 2026. En su guía, el MTESS recuerda que el aguinaldo es inembargable y que «no puede sufrir ningún descuento».
Para el periodo 2025/2026, el MTESS fijó para el trabajo doméstico G. 111.502 por día de 8 horas y G. 13.937 por hora diurna. Si la trabajadora va por horas o algunos días a la semana, el aguinaldo se calcula sobre lo que efectivamente cobró en el año. Y si deja el trabajo antes de diciembre, le corresponde el proporcional al salir.
Calendario del aguinaldo
- Durante el año: guarda tus recibos y anota las horas extra y las comisiones de cada mes.
- Hasta el 31 de diciembre: el empleador debe pagarlo (artículo 243).
- Si te vas antes: lo cobras con tu liquidación final, sea por renuncia o por despido (artículos 243 y 244).
- Desde enero: si no te pagaron, reclama por escrito y denuncia en el MTESS.
- Dentro del año siguiente: la acción prescribe al año de haber nacido (artículo 399); no lo dejes pasar.
Errores comunes al calcular el aguinaldo
- Multiplicar el último salario por 12 cuando hubo aumentos, como el reajuste del mínimo de julio: suma mes por mes.
- Olvidar horas extra, comisiones o recargos: todo lo cobrado por tu trabajo cuenta (artículo 243).
- Creer que se pierde al renunciar: el proporcional se paga igual si te vas por tu cuenta (artículo 244).
- Aceptar que te paguen en enero: el plazo vence el 31 de diciembre.
- Firmar una renuncia al aguinaldo: según el MTESS, es un derecho irrenunciable.
Qué hacer si no te pagan el aguinaldo
- Pídelo por escrito al empleador después del 31 de diciembre, con tu cálculo.
- Denuncia ante el MTESS: en la sede de Herrera y Paraguarí en Asunción, en las oficinas regionales, por su web o por WhatsApp al (0993) 308 100 (solo mensajes de texto).
- Ten en cuenta el plazo: las acciones laborales prescriben al año de haber nacido (artículo 399).
Si vas a renunciar, usa el modelo de carta de renuncia. El MTESS ofrece gratis asesoría legal laboral, liquidación de haberes, recepción de denuncias y mediaciones entre trabajadores y empleadores. En enero de 2026 recibió 278 denuncias por falta de pago del aguinaldo de 2025 y fiscalizó empresas en todo el país. Y si buscas un empleo que cumpla con tus derechos, en TrabajoExpress puedes crear tu perfil gratis y ver vacantes en Paraguay.
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¿Cómo se calcula el aguinaldo en Paraguay?
Sumas todo lo que cobraste en el año calendario, incluidas horas extra y comisiones, y lo divides entre 12 (artículo 243).
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
Antes del 31 de diciembre, o al terminar la relación laboral si ocurre antes (artículo 243).
¿Cuánto es el aguinaldo del salario mínimo en 2026?
Unos G. 2.971.524 si ganaste el mínimo todo el año: G. 2.899.048 de enero a junio y G. 3.044.000 desde julio.
¿Me pagan aguinaldo si renuncio?
Sí, la parte proporcional de lo que cobraste hasta tu salida (artículo 244).
¿El aguinaldo paga IPS?
No. Para el IPS, el aguinaldo no forma parte del salario, así que no se aporta sobre él.
¿Se paga impuesto a la renta por el aguinaldo?
No. La DNIT incluye el aguinaldo exigido por el Código del Trabajo entre las exoneraciones del IRP.
¿La trabajadora doméstica cobra aguinaldo?
Sí, sin importar su jornada, según el MTESS: todo lo cobrado en el año dividido entre 12, hasta el 31 de diciembre.
¿Me pueden pagar el aguinaldo antes de diciembre?
La ley fija solo el límite: antes del 31 de diciembre. Si te pagan una parte antes, el total igual debe llegar a la doceava parte de lo que cobraste en el año (artículo 243).
¿Me pueden embargar el aguinaldo?
No. El aguinaldo es inembargable (artículo 245).
Fuentes oficiales
- Ley N° 213 que establece el Código del Trabajo · Biblioteca y Archivo Central del Congreso (BACN). Artículos 243 (aguinaldo), 244 (proporcional), 245 (inembargable) y 399 (prescripción).
- Trabajo doméstico: la formalización empieza en el hogar (2026) · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Mínimo 2025/2026 de G. 2.899.048; aguinaldo del trabajo doméstico sin importar la jornada y sin descuentos; servicios gratuitos del MTESS.
- Aporte obrero patronal: trámites y preguntas frecuentes · Instituto de Previsión Social (IPS). El aguinaldo y la bonificación familiar establecidos por ley no forman parte del salario para el aporte.
- Impuesto a la Renta Personal: renta por servicios personales (cartilla al 30-07-2024) · Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). El aguinaldo exigido por el Código del Trabajo está entre las exoneraciones del IRP.
- Más de 180 personas recibieron asesoramientos sobre el derecho al aguinaldo · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). El aguinaldo es irrenunciable; canales de consulta y denuncia; consultas sobre descuentos indebidos.
- Ministerio de Trabajo gestionó 278 denuncias sobre aguinaldo en enero · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Denuncias por falta de pago del aguinaldo 2025 y campaña «Donde hay empleo asalariado, hay aguinaldo».
- MTESS agiliza el control del reajuste del salario mínimo con un nuevo procedimiento abreviado · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Reajuste del 5 % y salario mínimo de G. 3.044.000 desde el 1 de julio de 2026.
- Ley 213/93 Código Laboral (con las reformas de la Ley 496/95) · Universidad Nacional de Asunción, Facultad de Humanidades. Texto del Código del Trabajo con los artículos 243 a 245 y 399.