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Vacaciones: cómo se calcula el pago en Panamá

Vacaciones: cómo se calcula en Panamá, una familia panameña descansa en una playa de Bocas del Toro
En Panamá tienes 30 días de vacaciones pagadas por cada 11 meses de trabajo.

Vacaciones como se calcula en Panamá: el Código de Trabajo da 30 días de vacaciones pagadas por cada 11 meses continuos de trabajo, es decir, un día por cada 11 días al servicio del empleador (artículo 54). Si ganas por mes, te pagan un mes de salario; si ganas por semana, cuatro semanas y un tercio. El pago debe llegarte tres días antes de salir. Si el contrato termina antes, te pagan las vacaciones proporcionales. Acá tienes la fórmula para cada tipo de salario, ejemplos y las reglas de acumulación.

En este artículo
  1. Cuántos días de vacaciones tienes
  2. Vacaciones: cómo se calcula el pago
  3. Qué son las vacaciones proporcionales en Panamá
  4. Cuándo se toman y cuándo se pagan
  5. Más ejemplos de cálculo
  6. Ejemplo de calendario
  7. Acumular o cambiar las vacaciones por dinero
  8. Si te enfermas durante las vacaciones
  9. Protecciones durante tus vacaciones
  10. Qué hacer si no te dan vacaciones
  11. Preguntas frecuentes

Cuántos días de vacaciones tienes

Vacaciones en el Código de Trabajo de Panamá
TemaReglaArtículo
Días30 por cada 11 meses continuos (un día por cada 11 trabajados)54
FechaEl empleador la fija con 2 meses de anticipación57
Pago3 días antes de empezar las vacaciones54
DivisiónMáximo 2 partes iguales, solo con convención colectiva y tu acuerdo56
AcumulaciónHasta 2 periodos, con acuerdo notificado a la autoridad de trabajo59
Al terminarSe pagan las proporcionales, un día por cada 11 trabajados54

Tienes derecho a vacaciones aunque no trabajes todas las horas ni todos los días de la semana (artículo 53). Para los 11 meses cuentan los descansos semanales, los feriados, las licencias por enfermedad dentro del límite legal y otras interrupciones autorizadas (artículo 54). Según el MITRADEL, si estuviste suspendido más de 15 días se descuentan, salvo por embarazo, accidente de trabajo o huelga legal.

Vacaciones: cómo se calcula el pago

Pago de las vacaciones según la forma de salario (artículo 54)
Si ganasTe pagan
Por mesUn mes de salario
Por semanaCuatro semanas y un tercio
Con comisiones, primas o aumentosEl promedio de los últimos 11 meses o el último salario base, lo que te convenga más
Por hora o por díaLo ganado en los últimos 11 meses ÷ jornadas trabajadas × días de vacaciones; si el último mes fue mayor, se usa ese

Si parte de tu salario es en especie (comida o vivienda), también debe reconocerse durante las vacaciones, en especie o en dinero (artículo 54 A).

Plantilla para calcular tus vacaciones

Salario mensual fijo: vacaciones = un mes de salario = B/.

Salario variable: total ganado en los últimos 11 meses B/. ÷ 11 = promedio B/.; compáralo con tu último salario base

Por hora o día: total de 11 meses B/. ÷ jornadas × 30 días = B/.

Cuatro pasos de las vacaciones en Panamá desde los 11 meses hasta el regreso al puesto
Tus vacaciones paso a paso.

Qué son las vacaciones proporcionales en Panamá

Si tu relación de trabajo termina antes de completar los 11 meses, te pagan en dinero los días proporcionales: un día por cada 11 días trabajados (artículo 54). Con salario mensual: salario × meses trabajados desde tus últimas vacaciones ÷ 11.

Vacaciones proporcionales con B/.700 al mes (montos ilustrativos)
Meses desde tus últimas vacacionesCálculoPago
2 mesesB/.700 × 2 ÷ 11B/.127.27
5 mesesB/.700 × 5 ÷ 11B/.318.18
8 mesesB/.700 × 8 ÷ 11B/.509.09
Gráfico de barras con las vacaciones proporcionales en Panamá según los meses trabajados
Vacaciones proporcionales según los meses trabajados.

Se pagan sin importar la causa de salida. Revisa todo lo que te deben en liquidación en Panamá.

Cuándo se toman y cuándo se pagan

El empleador fija la fecha con dos meses de anticipación, considerando tus intereses. No puede ponerla más de tres meses después de que ganaste el derecho, salvo con tu consentimiento expreso y ante funcionarios de trabajo (artículo 57). El pago debe hacerse tres días antes de que empieces, y al terminar vuelves a tu puesto (artículo 54). Durante tus vacaciones, el empleador no puede iniciar ni comunicarte sanciones (artículo 60).

Trabajador panameño coordina sus vacaciones con su jefa en una oficina de la Ciudad de Panamá
El empleador debe avisarte la fecha de tus vacaciones con dos meses de anticipación.

Más ejemplos de cálculo

Pago de 30 días de vacaciones según el tipo de salario (montos ilustrativos)
CasoRegla (artículo 54)Pago
Salario fijo de B/.700 al mesUn mes de salarioB/.700.00
Base de B/.700, pero con comisiones el promedio de los últimos 11 meses fue B/.850Lo más favorable: el promedio o el último salario baseB/.850.00
Salario de B/.200 por semanaCuatro semanas y un tercioB/.866.67
Base de B/.700 y te vas con 5 meses desde tus últimas vacaciones, con promedio de B/.850Proporcional con la base más favorableB/.850 × 5 ÷ 11 = B/.386.36

El promedio incluye los salarios ordinarios y extraordinarios de los últimos 11 meses, así que las horas extra, primas y comisiones pueden subir el pago de tus vacaciones. Si recibiste un aumento, se compara con el último salario base y se usa lo que más te convenga.

Ejemplo de calendario

  • Cumples 11 meses el 1 de junio de 2027: ese día adquieres el derecho a 30 días de vacaciones.
  • El empleador debe avisarte la fecha con 2 meses de antelación y, sin tu acuerdo expreso ante funcionarios de trabajo, no puede ponerla después del 1 de septiembre de 2027, tres meses después de adquirir el derecho (artículo 57).
  • Te pagan tres días antes de salir de vacaciones, y al terminar vuelves a tu mismo puesto (artículo 54).
  • Si dos personas de tu familia trabajan en la misma empresa, pueden pedir que las vacaciones coincidan, y el empleador debe procurarlo en lo posible (artículo 58).

Acumular o cambiar las vacaciones por dinero

  • No se pueden cambiar por dinero mientras sigues trabajando (artículo 59).
  • Acumulación: hasta dos periodos, con acuerdo notificado a la autoridad de trabajo, que puede prohibirla si te perjudica. En el primer periodo debes descansar al menos 15 días (artículo 59).
  • Más de dos periodos acumulados: pierdes el derecho a descansar esos días, pero te los deben pagar, y el empleador puede ser sancionado (artículo 59).
Comparación de lo que se permite y lo que no se permite con las vacaciones en Panamá
Qué se permite y qué no con tus vacaciones.

Si te enfermas durante las vacaciones

Si te hospitalizan por enfermedad o accidente durante las vacaciones, ese tiempo y la incapacidad posterior no cuentan como vacaciones: se cargan a tu fondo de licencia por enfermedad (144 horas al año) y la fecha de regreso se pospone. Debes avisar al empleador dentro de cinco días (artículos 55 y 200).

Protecciones durante tus vacaciones

  • Sin sanciones: mientras estás de vacaciones o incapacitado, el empleador no puede iniciar, adoptar ni comunicarte ninguna medida o sanción; si lo hace, es nula (artículo 60, subrogado por la Ley 44 de 1995).
  • Plazos suspendidos: durante esos períodos quedan suspendidos los términos de caducidad y prescripción (artículo 60).
  • Acumulación vigilada: si acuerdan acumular hasta dos períodos, la autoridad de trabajo tiene 20 días desde que recibe la notificación para prohibirlo si te perjudica (artículo 59).
  • Multas: violar estas reglas da lugar a multas al empleador de B/.25 a B/.250 (artículo 61).

Qué hacer si no te dan vacaciones

Si buscas empleo en el occidente del país, revisa trabajos en Chiriquí, y si vas a dejar tu puesto, la carta de renuncia. Pide por escrito la fecha de tus vacaciones cuando cumplas los 11 meses. Si no hay respuesta, acude a la Dirección de Inspección de Trabajo o a la de Asesoría y Defensa Gratuita a los Trabajadores del MITRADEL (800-0016). Las vacaciones también cuentan para tu décimo tercer mes en Panamá. Y si buscas un empleo que respete tu descanso, en TrabajoExpress puedes crear tu perfil gratis y ver vacantes en Panamá.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pagan de vacaciones si gano por semana?

Cuatro semanas y un tercio de salario: con B/.200 semanales, unos B/.866.67 por los 30 días (Código de Trabajo, artículo 54; monto ilustrativo).

¿Puedo pedir vacaciones al mismo tiempo que mi pareja si trabajamos en la misma empresa?

Sí, puedes pedirlo: cuando trabajan dos miembros de una familia en la misma empresa, el empleador debe procurar, en lo posible, darles las vacaciones en el mismo período (artículo 58).

¿Las comisiones cuentan para el pago de vacaciones en Panamá?

Sí. Si tu salario incluye primas, comisiones u otras sumas variables, se paga el promedio de los últimos 11 meses o el último salario base, lo que te convenga más (Código de Trabajo, artículo 54).

¿Me pueden despedir o sancionar mientras estoy de vacaciones?

No. Durante las vacaciones o una incapacidad, el empleador no puede iniciar ni comunicarte medidas o sanciones, bajo pena de nulidad (artículo 60).

¿Hasta cuándo me pueden dar las vacaciones?

Sin tu acuerdo expreso ante funcionarios de trabajo, no más de tres meses después de que adquiriste el derecho; la fecha debe avisarse con dos meses de antelación (artículo 57).

¿Cómo se calculan las vacaciones en Panamá?

Con salario mensual, te pagan un mes; semanal, cuatro semanas y un tercio; variable, el promedio de los últimos 11 meses o el último salario base, lo que convenga más (artículo 54).

¿Cuántos días de vacaciones tengo en Panamá?

30 días por cada 11 meses continuos de trabajo, un día por cada 11 días trabajados (artículo 54).

¿Qué son las vacaciones proporcionales?

Las que te pagan en dinero si el contrato termina antes de los 11 meses: un día por cada 11 días trabajados (artículo 54).

¿Cuándo me deben pagar las vacaciones?

Tres días antes de que empieces a disfrutarlas (artículo 54).

¿Puedo acumular vacaciones?

Hasta dos periodos, con acuerdo notificado a la autoridad de trabajo y descansando al menos 15 días del primero (artículo 59).

¿Me pueden pagar las vacaciones en vez de darlas?

No mientras sigas trabajando. Solo se pagan en dinero al terminar la relación o los periodos acumulados en exceso (artículos 54 y 59).

Fuentes oficiales

  1. Ley 44 de 12 de agosto de 1995 · Defensoría del Pueblo de Panamá. Subrogación del artículo 60 del Código de Trabajo: nulidad de sanciones durante vacaciones e incapacidad.
  2. Código de Trabajo de Panamá (recopilación de normas laborales, con la Ley 44 de 1995) · Órgano Judicial de Panamá. Artículos 52 a 61 (vacaciones: días, pago, proporcionales, fecha, división, acumulación y prohibición de sanciones) y 200 (fondo de licencia por enfermedad).
  3. Manual ABC Laboral: derechos y obligaciones laborales de los trabajadores (quinta edición, 2025) · Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL). 30 días por 11 meses, pago según la forma de salario, suspensiones de más de 15 días, acumulación y hospitalización.
  4. ABC Laboral: tus derechos explicados fácilmente · Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL). Orientación oficial del MITRADEL y central telefónica.
  5. Nota C-107-26 de la Procuraduría de la Administración · Procuraduría de la Administración de Panamá. El Código de Trabajo rige al sector privado; los servidores públicos tienen sus propias leyes.
  6. Calculadora de liquidación Panamá: base legal · Finiquito Justo. Cálculo práctico de las vacaciones proporcionales en la liquidación.
  7. Prima de antigüedad e indemnización por despido · Toptrabajos. Explicación práctica de los pagos al terminar la relación en Panamá.