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🇲🇽 Derechos laborales

Trabajo de repartidor en moto: requisitos, IMSS y tus derechos con las aplicaciones

Trabajo de repartidor en moto: un repartidor con casco espera en su motocicleta en una calle de la Ciudad de México
Desde 2025, la ley reconoce como relación de trabajo la de quienes reparten con aplicaciones.

Trabajo de repartidor en moto: en México puedes hacerlo como empleado de una empresa o a través de una aplicación, y desde 2025 la Ley Federal del Trabajo reconoce como relación de trabajo la de quienes reparten con aplicaciones, con derecho al IMSS completo si ganan al menos un salario mínimo al mes. Aquí tienes los requisitos, cómo saber si te toca el seguro completo, qué debe hacer y qué no puede hacerte la aplicación, y dónde buscar vacantes.

En este artículo
  1. Dos formas de trabajar como repartidor
  2. Requisitos para el trabajo de repartidor en moto
  3. IMSS y salario mínimo: cuándo te toca el seguro completo
  4. Lo que la aplicación debe hacer y lo que no puede hacerte
  5. Si rechazas un pedido o la aplicación te desactiva
  6. Seguridad vial y accidentes de trabajo
  7. Utilidades y otros pagos
  8. Dónde buscar trabajo de repartidor
  9. Preguntas frecuentes

Dos formas de trabajar como repartidor

  • Con una empresa: una paquetería, una farmacia o un restaurante te contrata como a cualquier otra persona. Aplican las reglas de siempre: contrato, salario, jornada, IMSS y prestaciones.
  • Con una aplicación: desde 2025, la ley la reconoce como una relación de trabajo subordinada, en la que la aplicación ejerce el mando y la supervisión por medios digitales (artículo 291-A de la Ley Federal del Trabajo). Es un trabajo flexible: tú decides cuándo conectarte y desconectarte, sin horarios fijos (artículos 291-D y 291-E).

Con una aplicación, la relación de trabajo existe durante el tiempo efectivamente trabajado: desde que aceptas un pedido hasta que lo entregas (artículo 291-D). Y te pagan por pedido, con un monto que ya incluye la parte proporcional del día de descanso, las vacaciones, la prima vacacional, el aguinaldo y las horas extra (artículo 291-F).

Repartir con una empresa o con una aplicación
TemaCon una empresaCon una aplicación
HorarioJornada fija, dentro del máximo de la leyTú decides cuándo conectarte (artículo 291-E)
PagoSalario fijo de al menos el mínimoPor pedido, a más tardar cada semana (artículo 291-K)
PrestacionesVacaciones, prima vacacional, aguinaldo y descanso, pagados aparteIncluidas en proporción en el pago de cada pedido (artículo 291-F)
IMSSDesde que empiezas a trabajarCompleto si ganas al menos un salario mínimo neto al mes; si no, cubre los accidentes de trabajo (artículo 291-C)
ContratoContrato individual de trabajoContrato propio, distinto de los términos y condiciones (artículo 291-G)
Repartidora revisa la ruta de su siguiente entrega en el teléfono, junto a su motocicleta, en Guadalajara
Con una aplicación, tu tiempo de trabajo va desde que aceptas un pedido hasta que lo entregas.

Requisitos para el trabajo de repartidor en moto

Cada empresa o aplicación fija sus requisitos, pero la ley prohíbe a las aplicaciones el trabajo de menores de edad (artículo 291-S). Esta lista te ayuda a tener todo listo:

Lista para empezar a repartir en moto

LISTA PARA EMPEZAR A REPARTIR EN MOTO

Identificación oficial vigente (eres mayor de edad)

CURP

RFC, si la empresa o la aplicación lo pide para tus pagos

Licencia de conducir vigente que te permita manejar motocicleta en tu estado

Tarjeta de circulación y placas de la moto

Casco y equipo de protección

Teléfono con datos móviles

Cuenta bancaria a tu nombre para recibir los pagos

Número de Seguridad Social (si no lo tienes, el IMSS te lo asigna en línea)

SI TRABAJAS CON UNA APLICACIÓN, PIDE Y GUARDA:

Tu contrato, que es distinto de los términos y condiciones de la aplicación

La política de gestión algorítmica: cómo te asignan pedidos, bonos y sanciones

IMSS y salario mínimo: cuándo te toca el seguro completo

La ley distingue dos casos según lo que ganas en el mes con la aplicación (artículo 291-C):

  • Si tu ingreso neto del mes llega a un salario mínimo mensual de la Ciudad de México, eres persona trabajadora de plataformas digitales y la aplicación debe inscribirte en el IMSS con todos sus seguros y hacer las aportaciones al Infonavit (artículo 291-K). En 2026, ese salario mínimo equivale a $9,582.47 al mes ($315.04 al día).
  • Si no llegas, se te considera trabajador independiente ese mes. Aun así, la aplicación debe pagar tu seguro si sufres un accidente o enfermedad de trabajo durante el tiempo efectivamente trabajado, y puedes incorporarte por tu cuenta al IMSS como persona trabajadora independiente.

El ingreso neto no es todo lo que cobras: se descuenta un porcentaje por los gastos de tu vehículo. En diciembre de 2025, la Secretaría del Trabajo fijó como factor máximo de exclusión 32 % para vehículos de dos ruedas con motor, 48 % para los de cuatro ruedas y 3 % para quienes van en bicicleta o a pie. Si en tu caso se aplica el 32 % completo, necesitas cobrar unos $14,092 al mes para llegar a $9,582.47 netos.

Cuatro pasos para saber si un repartidor de aplicación tiene IMSS completo: sumar lo cobrado, restar el factor de la moto, comparar con el salario mínimo mensual y ver el resultado
La cuenta que decide si este mes tienes el seguro completo.

El IMSS empezó a inscribir a las personas trabajadoras de plataformas el 1 de julio de 2025, con una prueba piloto obligatoria para las empresas. Puedes consultar tus semanas y tus datos en su portal.

Lo que la aplicación debe hacer y lo que no puede hacerte

Las personas que trabajan con aplicaciones tienen todos los derechos de la ley, incluidos los colectivos (artículo 291-I). Además, la aplicación tiene obligaciones especiales:

  • Pagarte en un plazo no mayor a una semana y darte cada semana un recibo con los pedidos, el tiempo trabajado, el tiempo de espera y las retenciones (artículo 291-K).
  • Decirte cuánto te pagará por cada pedido, con el desglose de conceptos, y llevar el registro de tus horas y tiempos de espera (artículo 291-K).
  • Explicarte en lenguaje claro cómo funciona su algoritmo: cómo asigna pedidos, qué efecto tienen las calificaciones de los clientes y qué incentivos o sanciones usa. Esa política forma parte de tu contrato y no puede poner en riesgo tu salud ni discriminarte (artículo 291-J).
  • Informarte de las medidas de seguridad que debes considerar y tener un mecanismo para atender quejas por violencia, acoso o discriminación (artículo 291-K).

Y tiene prohibido cobrarte por inscribirte o usarla, retenerte dinero que la ley no autoriza, disfrazar la relación con un contrato civil o mercantil y manipular tus ingresos para que no alcances la categoría de persona trabajadora (artículo 291-S).

Comparación de lo que una aplicación de reparto debe hacer, como pagar cada semana e inscribirte en el IMSS, y lo que no puede, como cobrarte por inscribirte o desactivarte sin aviso
Tus derechos básicos con una aplicación de reparto.

Si rechazas un pedido o la aplicación te desactiva

  • Puedes rechazar un pedido sin castigo si hay un peligro grave para tu seguridad o tu salud, si no te pagaron en la fecha acordada o si el pago ofrecido es desproporcionadamente bajo o no cubre tus costos (artículo 291-O).
  • Antes de desactivarte, la aplicación debe darte un aviso por escrito o en la aplicación que diga claramente por qué, con un reporte detallado de tus pedidos, tiempos y calificaciones. Si no lo hace, la desactivación es nula (artículo 291-P).
  • Tienes derecho a una revisión hecha por personas, no por el algoritmo (artículo 291-P). Si no se llega a un acuerdo, se acude a la conciliación laboral.
  • Si dejas de conectarte 30 días seguidos, la relación termina sin indemnización; si vuelves, empieza una nueva (artículo 291-C).

Si te desactivan sin causa justificada, la indemnización se calcula con el promedio de lo que ganaste en la aplicación en los últimos seis meses (artículo 291-N). La PROFEDET te orienta gratis en el 800 717 2942 o el 800 911 7877.

Seguridad vial y accidentes de trabajo

La ley te obliga a respetar las normas de seguridad y salud en el trabajo y de seguridad vial (artículo 291-L), y a la aplicación, a informarte de las medidas que debes tomar (artículo 291-K). Si sufres un accidente durante un pedido, el Seguro de Riesgos de Trabajo del IMSS cubre la atención médica, la hospitalización, la rehabilitación y el pago de incapacidades.

  • Usa siempre casco y equipo de protección, aunque el pedido sea a dos cuadras.
  • No aceptes pedidos que te obliguen a manejar de forma peligrosa: rechazarlos por un peligro grave no puede castigarse.
  • Revisa tu moto con frecuencia: frenos, llantas y luces.
Repartidor se pone el casco antes de salir a su turno, junto a su motocicleta, en Querétaro
El casco y una moto en buen estado son tu primera protección.

Utilidades y otros pagos

Si trabajas con una aplicación, tienes derecho al reparto de utilidades de la empresa cuando tu tiempo efectivamente trabajado pasa de 288 horas en el año (artículo 127, fracción IX). Las propinas son tuyas y no cuentan para calcular las cuotas del IMSS (artículo 291-F).

Si trabajas para una empresa, en cambio, te corresponden un salario fijo de al menos el mínimo, la jornada máxima de la ley, vacaciones, aguinaldo y las demás prestaciones de siempre. Revisa cuántas horas de trabajo marca la ley y qué debe decir tu contrato de trabajo.

Dónde buscar trabajo de repartidor

Busca vacantes de repartidor, mensajero o chofer en las ofertas de empleo en México y crea tu perfil gratis para postularte. Antes de aceptar, compara:

  • Si te contratan como empleado o te dan de alta en una aplicación.
  • Si la moto, la gasolina y el mantenimiento corren por tu cuenta o por la empresa.
  • Cómo y cada cuánto te pagan.
  • Si te inscriben en el IMSS desde el primer día.

Si una oferta te pide dinero para darte el trabajo, no pagues y avísanos con el enlace «Reportar esta vacante» que aparece en cada oferta de TrabajoExpress.

Busca empleo con confianza

Todas las vacantes se revisan antes de publicarse y postularte es gratis.

Ver empleos

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para trabajar de repartidor en moto?

Ser mayor de edad, una identificación oficial, licencia vigente para manejar motocicleta en tu estado, tu moto con sus papeles en regla, casco, un teléfono con datos y una cuenta bancaria. Cada empresa o aplicación puede pedir algo más.

¿Los repartidores de aplicaciones tienen IMSS?

Sí. Desde el 1 de julio de 2025, las aplicaciones deben inscribirlos en el IMSS. Si en el mes ganas al menos un salario mínimo neto, tienes todos los seguros; si no, la aplicación igual cubre los accidentes de trabajo durante tus pedidos.

¿Cuánto tengo que ganar para tener el IMSS completo?

Un salario mínimo mensual de la Ciudad de México de ingreso neto: $9,582.47 en 2026. El ingreso neto es lo que cobras menos un factor por los gastos de tu vehículo, que para motos es de hasta 32 %.

¿Me pueden cobrar por darme de alta en una aplicación?

No. La ley prohíbe a las aplicaciones cobrarte por la inscripción, el uso o la separación, y retenerte dinero que la ley no autoriza (artículo 291-S).

¿Qué pasa si la aplicación me desactiva?

Debe darte antes un aviso por escrito con el motivo y un reporte detallado; si no lo hace, la desactivación es nula. Tienes derecho a que una persona revise la decisión, no el algoritmo (artículo 291-P).

¿Los repartidores reciben reparto de utilidades?

Sí, quienes trabajan con aplicaciones, cuando su tiempo efectivamente trabajado supera las 288 horas en el año (artículo 127, fracción IX).

Fuentes oficiales

  1. Ley Federal del Trabajo, texto vigente (última reforma DOF 14-05-2026), capítulo IX Bis (artículos 291-A a 291-U) y artículos 127 y 133 · Cámara de Diputados; copia publicada por el Poder Judicial del Estado de Guanajuato. Relación de trabajo en plataformas, umbral del salario mínimo, pago por tarea, obligaciones y prohibiciones de las aplicaciones, desactivaciones, utilidades y cobros prohibidos. Leída el 17 de octubre de 2026.
  2. Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales · Diario Oficial de la Federación, 24 de diciembre de 2024. Texto del capítulo IX Bis y su entrada en vigor 180 días después de la publicación.
  3. Reglas de carácter general de la prueba piloto para la incorporación de las personas trabajadoras de plataformas digitales al régimen obligatorio del seguro social · Diario Oficial de la Federación, 24 de junio de 2025 (IMSS). Inscripción en el IMSS, salario base de cotización, riesgos de trabajo e incorporación voluntaria de quien no alcanza el umbral.
  4. Soy trabajador de plataformas digitales · Instituto Mexicano del Seguro Social. Inicio de la prueba piloto el 1 de julio de 2025 y lo que cubre el Seguro de Riesgos de Trabajo.
  5. STPS publica disposiciones para el cálculo del ingreso neto de personas trabajadoras en plataformas digitales (boletín 60/25) · Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 26 de diciembre de 2025. Factores máximos de exclusión: 48 % para cuatro ruedas, 32 % para dos ruedas con motor y 3 % sin vehículo motorizado.
  6. Resolución del Consejo de Representantes de la CONASAMI que fija los salarios mínimos que rigen a partir del 1 de enero de 2026 · Diario Oficial de la Federación, 9 de diciembre de 2025. Salario mínimo de $315.04 diarios y $9,582.47 mensuales en la zona general, que incluye la Ciudad de México.
  7. Preguntas frecuentes · Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Abogados gratuitos, orientación en casos federales y locales, y teléfonos.