Este artículo explica las normas de 🇸🇻 El Salvador. Las reglas cambian en Colombia: mira los consejos para Colombia.
🇸🇻 Derechos laboralesLiquidación por despido en El Salvador: qué incluye y cómo calcularla

Liquidación por despido es todo lo que el patrono debe pagarte en El Salvador cuando te despide sin causa justificada: la indemnización de 30 días de salario por cada año trabajado, las vacaciones y el aguinaldo proporcionales y el salario pendiente. Para la ley, un despido de hecho no tiene justa causa mientras no se pruebe lo contrario. Aquí tienes cada rubro con su artículo del Código de Trabajo, un ejemplo completo con montos, las hojas oficiales para el recibo y el plazo de 60 días para reclamar.
En este artículo
- Qué incluye la liquidación por despido
- Cómo se calcula cada rubro
- Liquidación por despido: ejemplo completo
- Contrato a plazo y despido con causa
- Despido con causa: cuándo no hay indemnización
- Despido indirecto: cuando el patrono te obliga a irte
- La constancia de trabajo al salir
- El recibo de la liquidación: usa las hojas oficiales
- Plazo para reclamar: 60 días
- Preguntas frecuentes
Qué incluye la liquidación por despido
| Rubro | Regla | Artículo |
|---|---|---|
| Indemnización | Salario básico de 30 días por año, proporcional por fracción; mínimo 15 días | 58 |
| Tope de la indemnización | Ningún salario puede pasar de 4 veces el mínimo diario legal | 58 |
| Vacaciones proporcionales | La parte proporcional de 15 días más un 30 % | 177 y 187 |
| Aguinaldo proporcional | La parte proporcional si el despido es antes del 12 de diciembre | 198 y 202 |
| Salario pendiente | Los días trabajados que no te pagaron | Contrato |
Por presunción legal, un despido de hecho se considera sin justa causa, y también se entiende que te despidieron si te impiden entrar a trabajar en tu horario. Un despido comunicado por alguien que no es el patrono o su representante no termina el contrato, salvo que sea por escrito y firmado por ellos (artículo 55).

Cómo se calcula cada rubro
- Indemnización: salario básico de 30 días por cada año de servicios y en proporción por las fracciones; nunca menos de 15 días. Para el cálculo, ningún salario diario puede pasar de 4 veces el salario mínimo diario legal: con $13.44, el tope es $53.76 por día (artículo 58). Mira cómo se calcula la indemnización.
- Vacaciones: 15 días por año, pagados con el salario ordinario más un 30 % (artículo 177). Si te despiden sin causa, te pagan la parte proporcional al tiempo trabajado (artículo 187).
- Aguinaldo: 15 días de salario con 1 a 3 años de servicio, 19 días con 3 a 10 años y 21 días con 10 años o más (artículo 198). Si te despiden sin causa antes del 12 de diciembre, te pagan la parte proporcional (artículo 202). Mira cómo calcular el aguinaldo.
Liquidación por despido: ejemplo completo
Ana entró a trabajar el 1 de julio de 2023 con un salario de $600 al mes ($20 diarios) y la despiden sin causa el 31 de octubre de 2026, después de 3 años y 4 meses. Le pagaron octubre completo. Montos ilustrativos:
| Rubro | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Indemnización | 30 días × $20 = $600 por año × 3.33 años | $2,000.00 |
| Vacaciones proporcionales | 15 días × $20 × 1.30 = $390 por año × 4 ÷ 12 (desde el 1 de julio) | $130.00 |
| Aguinaldo proporcional | 19 días (3 años o más) × $20 = $380 × 324 ÷ 365 (desde el 12 de diciembre de 2025) | $337.32 |
| Total | $2,467.32 |
Su salario diario de $20 está por debajo del tope de $53.76, así que la indemnización se calcula con su salario real. Si ganara $2,000 al mes, el tope limitaría el cálculo a $53.76 por día, es decir, $1,612.80 por año de servicio (ilustrativo).

Contrato a plazo y despido con causa
- Contrato a plazo: si te despiden sin causa antes de que venza, te deben el salario básico del tiempo que faltaba, pero nunca más de lo que te correspondería con un contrato por tiempo indefinido (artículo 59).
- Vacaciones ya ganadas: si cumpliste tu año de servicio y no gozaste las vacaciones, te las deben pagar aunque el contrato termine sin responsabilidad para el patrono (artículo 187).
- Renuncia: no da derecho a la indemnización por despido. En El Salvador existe una prestación económica por renuncia voluntaria, con sus propios requisitos; mira la carta de renuncia voluntaria.
Despido con causa: cuándo no hay indemnización
El patrono puede terminar el contrato sin responsabilidad solo por las causas que fija la ley (artículos 50 y 55). Entre ellas: engañarlo con certificados falsos al ser contratado (vale solo en los primeros 30 días), la negligencia reiterada, la pérdida de confianza en cargos de dirección o vigilancia, revelar secretos de la empresa, actos graves de inmoralidad o de irrespeto, perturbar gravemente el orden, causar daños por malicia o negligencia grave y poner en peligro la seguridad de las personas o de las instalaciones (artículo 50).
Por esa presunción, la carga de probar que hubo una causa justa recae en el patrono. Mientras no la pruebe, conservas tu derecho a la indemnización y a las vacaciones y el aguinaldo proporcionales.
Despido indirecto: cuando el patrono te obliga a irte
También puedes terminar el contrato con responsabilidad para el patrono, y cobrar la liquidación como si te hubieran despedido, por causas como estas (artículo 53):
- Rebaja injustificada del salario, traslado a un puesto de menor categoría o un trabajo distinto del pactado; tienes 30 días desde el cambio para usar esta causa.
- Malos tratos de obra o de palabra del patrono o un jefe contra ti o tu familia, o actos que lesionen gravemente tu dignidad.
- Peligro para tu vida o tu salud por actos del patrono o por falta de condiciones higiénicas en el lugar de trabajo.
En los casos de reducción de salario, ofensas a tu dignidad y malos tratos, o ante cualquier hecho depresivo o vejatorio, puedes considerarte despedido y retirarte; si el juez da por probado el hecho, condena al patrono a pagar la indemnización de los artículos 58 y 59 (artículo 56).
La constancia de trabajo al salir
Termine como termine el contrato, el patrono debe darte una constancia con la fecha de inicio y de fin de tus labores, la clase de trabajo y el salario del último período de pago. Si tú lo pides, debe incluir también tu eficiencia y comportamiento y la causa de la terminación (artículo 60). Pídela: te servirá para tu próximo empleo y para cualquier reclamo.
El recibo de la liquidación: usa las hojas oficiales
Ojo con lo que firmas. Si firmas en un papel privado sin autenticar tu renuncia, un mutuo acuerdo o un recibo por prestaciones de despido, ese documento solo prueba algo cuando está escrito en las hojas oficiales de la Inspección General de Trabajo o de los jueces de trabajo, que llevan su fecha de expedición, y se usó ese día o en los 10 días siguientes (artículo 402). Si te piden firmar un papel cualquiera diciendo que renunciaste o que ya te pagaron, no lo firmes sin leer y sin recibir el dinero.

Plazo para reclamar: 60 días
Para reclamar la indemnización por despido de hecho tienes 60 días desde la fecha en que te despidieron; después, el derecho prescribe (artículo 610). Si te despidieron el 31 de octubre de 2026, tu plazo vence a fines de diciembre de 2026: no lo dejes para después.
- Pide por escrito el cálculo de tu liquidación.
- Calcula tu indemnización con la herramienta en línea del Ministerio de Trabajo.
- Busca asesoría en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social o en un juzgado de lo laboral antes de que venzan los 60 días.

Para tu próximo empleo, mira el salario de asistente administrativo, la guía de trabajos diarios y, si estás embarazada, la licencia de maternidad. Y para tu próximo empleo, en TrabajoExpress están las vacantes en El Salvador que revisamos antes de publicar.
Busca empleo con confianza
Todas las vacantes se revisan antes de publicarse y postularte es gratis.
Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Me pueden despedir por bajo rendimiento sin pagarme?
Solo si se configura una causa legal, como la negligencia reiterada, y el patrono la prueba; si no, el despido se presume sin justa causa y debe indemnizarte (Código de Trabajo, artículos 50 y 55).
¿Qué hago si me bajan el sueldo?
Tienes 30 días desde la rebaja para terminar el contrato con responsabilidad para el patrono y pedir la indemnización (artículos 53 y 56).
¿Qué incluye la liquidación por despido en El Salvador?
La indemnización de 30 días de salario por año trabajado, las vacaciones y el aguinaldo proporcionales y el salario pendiente (Código de Trabajo, artículos 58, 187 y 202).
¿Cómo se calcula la indemnización por despido?
Treinta días de salario básico por cada año trabajado, y la parte proporcional de los años incompletos, con un mínimo de 15 días; para el cálculo, el salario diario tiene un tope de 4 veces el mínimo diario legal (artículo 58).
¿Me pagan vacaciones si me despiden antes del año?
Sí: si el despido es sin causa legal, te pagan la parte proporcional de los 15 días más el 30 % (artículos 177 y 187).
¿Me pagan el aguinaldo si me despiden en octubre?
Sí, la parte proporcional al tiempo trabajado, si el despido sin causa ocurre antes del 12 de diciembre (artículo 202).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi liquidación por despido?
Sesenta días desde la fecha del despido para reclamar la indemnización por despido de hecho (artículo 610).
¿Vale un recibo de liquidación firmado en cualquier papel?
Solo si lo firmaste en una hoja oficial de la Inspección General de Trabajo o de un juez de trabajo, dentro de los 10 días desde que se expidió; un recibo privado sin autenticar no sirve como prueba (artículo 402).
¿Qué pasa si no me dejan entrar al trabajo?
La ley da por hecho el despido y, además, que no hubo justa causa (artículo 55).
¿Cuál es el tope de la indemnización?
Para el cálculo, ningún salario puede ser superior a 4 veces el salario mínimo diario legal vigente: con $13.44, el tope es $53.76 por día (artículo 58).
Fuentes oficiales
- Cálculo de indemnización en línea · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Servicio oficial del Ministerio para calcular prestaciones laborales.
- Código de Trabajo (Decreto 15, 1972) · Centro de Documentación Judicial, Corte Suprema de Justicia. Texto original del Código de Trabajo.
- Código de Trabajo de El Salvador: el salario · Corte Suprema de Justicia. Material oficial sobre el salario en el Código de Trabajo.
- Código de Trabajo · Asamblea Legislativa de El Salvador. Aguinaldo y vacaciones proporcionales y reglas de prescripción.
- Decreto Ejecutivo 11 de salarios mínimos (2025) · Centro de Documentación Judicial, Corte Suprema de Justicia. Salario mínimo de $408.80 en comercio y servicios usado para el tope.
- Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria (Decreto 592) · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Artículos 1 a 13: requisitos, preaviso, hoja oficial, antigüedad y continuidad, cálculo, tope, plazo de pago, exención, reclamo y prescripción; el artículo 8 no fija divisor para el salario diario.