Sitio en construcciónEn proceso de aprobación ante las entidades correspondientes.

Empleo en 15 países de América Latina
🇨🇴 Primer empleo

Trabajos nocturnos en Colombia: cuánto pagan y dónde buscar

Trabajos nocturnos: un guarda de seguridad colombiano en la recepción iluminada de un edificio de noche
Seguridad, salud, logística y servicios atienden las 24 horas.

Trabajos nocturnos es lo que buscan quienes estudian de día, quienes cuidan a su familia en la mañana o quienes quieren un ingreso mayor por el recargo. Desde la reforma laboral de 2025, el trabajo nocturno en Colombia empieza a las 7:00 p. m. y termina a las 6:00 a. m., y cada hora en ese horario se paga con un recargo del 35 %. Aquí tienes cuánto te deben pagar, qué sectores contratan de noche, quién puede trabajar en ese horario y cómo cuidarte.

En este artículo
  1. Desde qué hora es trabajo nocturno
  2. Cuánto te deben pagar de noche
  3. Un ejemplo de pago
  4. Cómo revisar tu pago del mes
  5. Sectores que ofrecen trabajos nocturnos
  6. Tus derechos en un trabajo de noche
  7. Turnos rotativos: qué revisar
  8. ¿Los menores de edad pueden trabajar de noche?
  9. Estudiar de día y trabajar de noche
  10. Cómo cuidar tu salud si trabajas de noche
  11. Hoja de vida y entrevista para un turno de noche
  12. Ofertas falsas de trabajo nocturno
  13. Cómo encontrar trabajos nocturnos
  14. Preguntas frecuentes

Desde qué hora es trabajo nocturno

El artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2466 de 2025, define:

  • Trabajo diurno: de las 6:00 a. m. a las 7:00 p. m.
  • Trabajo nocturno: de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. del día siguiente.

Antes de la reforma, la noche empezaba a las 9:00 p. m. Si tu turno incluye horas entre las 7 y las 9 de la noche, revisa tu desprendible: hoy esas horas deben pagarse con recargo nocturno.

Comparación del horario para trabajos nocturnos: trabajo diurno de 6 de la mañana a 7 de la noche y trabajo nocturno de 7 de la noche a 6 de la mañana
Desde la reforma, la noche laboral empieza a las 7:00 p. m.

Cuánto te deben pagar de noche

El artículo 168 del Código fija los recargos sobre el valor de la hora ordinaria diurna:

Recargos del artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo, con una hora ordinaria de $10.000
Tipo de horaRecargoValor de la hora
Ordinaria nocturna35 %$13.500
Extra diurna25 %$12.500
Extra nocturna75 %$17.500
Recargos para trabajos nocturnos con una hora ordinaria de 10.000 pesos: 13.500 la hora nocturna y 17.500 la hora extra nocturna
La hora extra nocturna es la mejor pagada de la jornada.

La ley dice que estos recargos se producen de manera exclusiva, es decir, una hora extra nocturna se paga con el 75 % y no con el 75 % más el 35 %. El artículo prevé una excepción para la jornada especial de 36 horas semanales por turnos. Si además trabajas un domingo o festivo, revisa cómo se paga en nuestras guías de horas extras en Colombia y trabajos de fin de semana.

Un ejemplo de pago

Andrés trabaja en una bodega con una hora ordinaria de $10.000. Una noche entra a las 5:00 p. m. y sale a la 1:00 a. m., ocho horas de jornada ordinaria:

  • De 5:00 a 7:00 p. m.: 2 horas diurnas = $20.000.
  • De 7:00 p. m. a 1:00 a. m.: 6 horas nocturnas × $13.500 = $81.000.
  • Total de la noche: $101.000.

Si se hubiera quedado una hora más, hasta las 2:00 a. m., esa hora sería extra nocturna: $17.500. Fíjate en la diferencia con la regla anterior a la reforma: con la noche desde las 9:00 p. m., las horas entre las 7 y las 9 se pagaban como diurnas, sin recargo. Hoy, solo esas dos horas le suman $7.000 más por noche a Andrés; en un mes con veinte turnos parecidos, son $140.000 adicionales que debe ver reflejados en su desprendible.

Cómo revisar tu pago del mes

  1. Saca el valor de tu hora ordinaria: divide tu salario mensual entre las horas ordinarias del mes según tu jornada.
  2. Cuenta tus horas nocturnas ordinarias (de 7:00 p. m. a 6:00 a. m.) y multiplícalas por la hora ordinaria × 0,35: ese es el recargo adicional.
  3. Cuenta tus horas extra nocturnas y multiplícalas por la hora ordinaria × 1,75.
  4. Compara con tu desprendible: cada concepto debe aparecer por separado.

Si encuentras diferencias, pide la corrección por escrito a tu empleador. Si no te responden, puedes hacer una consulta gratuita al Ministerio del Trabajo; te explicamos cómo en Ministerio de Trabajo consultas.

Sectores que ofrecen trabajos nocturnos

  • Vigilancia y seguridad privada.
  • Salud: clínicas, hospitales y cuidado de personas.
  • Logística: bodegas, centros de distribución y cargue.
  • Industria: plantas que operan por turnos rotativos.
  • Atención al cliente: centros de contacto con servicio 24 horas.
  • Restaurantes, bares, hoteles y eventos.
  • Transporte y reparto: revisa nuestras guías de trabajo conductor y repartidor.
Una auxiliar de bodega colombiana revisa cajas durante un turno de noche en un centro de distribución iluminado
La logística trabaja de noche para que todo llegue en la mañana.

Tus derechos en un trabajo de noche

Trabajar de noche no cambia tus derechos básicos; solo agrega el recargo. Con contrato de trabajo tienes:

  • Salario no inferior al mínimo de 2026, $1.750.905, más los recargos nocturnos.
  • Seguridad social completa: salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación.
  • Prima, cesantías, intereses y vacaciones, como cualquier trabajador con contrato.
  • Jornada máxima de 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026.
  • Límite de horas extra: no más de 2 al día ni 12 a la semana, según la reforma laboral, con excepciones para los sectores de seguridad y salud.

Turnos rotativos: qué revisar

Muchos trabajos nocturnos son por turnos que cambian cada semana. Antes de aceptar, pide por escrito:

  • El calendario de turnos del primer mes y cada cuánto rota.
  • Los días de descanso y cómo se compensan los domingos y festivos trabajados.
  • Cómo se registran las horas extra y cuándo te entregan la relación.
  • Si hay transporte para los turnos que empiezan o terminan de madrugada.

Revisa cada desprendible: las horas entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. deben aparecer con su recargo.

¿Los menores de edad pueden trabajar de noche?

La edad mínima para trabajar en Colombia es de 15 años, y entre los 15 y los 17 años se necesita autorización del inspector del trabajo (artículo 35 de la Ley 1098 de 2006). Además, el artículo 114 limita los horarios:

  • Adolescentes de 15 y 16 años: solo jornada diurna, máximo 6 horas diarias y 30 semanales, hasta las 6:00 p. m.
  • Adolescentes de 17 años: máximo 8 horas diarias y 40 semanales, hasta las 8:00 p. m.

Por eso, los trabajos nocturnos de madrugada no son para menores de edad. Si tienes menos de 18 años, busca opciones como las de nuestra guía de aprendiz SENA.

Estudiar de día y trabajar de noche

Muchos estudiantes eligen la noche para no cruzar horarios con clases. Funciona si planeas bien: deja al menos siete horas seguidas para dormir entre el fin del turno y la primera clase, evita turnos rotativos en semanas de exámenes y avisa con tiempo a tu jefe tus fechas importantes. Si el cansancio afecta tus notas o tu salud, considera turnos más cortos o de fin de semana.

Cómo cuidar tu salud si trabajas de noche

  • Duerme en un cuarto oscuro y silencioso, a la misma hora cada día, incluso en tus días libres si puedes.
  • Come a horas fijas y evita comidas pesadas justo antes de dormir.
  • Cuidado con la cafeína en las últimas horas del turno.
  • Planea tu regreso a casa: pregunta si la empresa ofrece transporte o auxilio para turnos que terminan tarde.
  • Avisa a alguien de tu hora de salida y de llegada, sobre todo si tu turno termina de madrugada.
  • Hazte chequeos médicos periódicos con tu EPS.
Cuatro hábitos para quienes buscan trabajos nocturnos: dormir en un cuarto oscuro, comer a horas fijas, moderar la cafeína y planear el regreso seguro
Un buen descanso te permite sostener el turno de noche.

Hoja de vida y entrevista para un turno de noche

Para quien contrata personal nocturno pesan la confiabilidad, la puntualidad y la disponibilidad real. En tu hoja de vida destaca experiencia en turnos, trabajos con atención al público o responsabilidades sin supervisión directa. En la entrevista, prepara respuestas para estas preguntas:

  • ¿Has trabajado antes de noche? Cuenta cómo organizabas tu descanso.
  • ¿Qué harías ante una emergencia sin un jefe presente?
  • ¿Tienes disponibilidad para turnos rotativos y fines de semana?
  • ¿Cómo llegarías y volverías a la hora del turno?

Practica con nuestra guía de entrevista por competencias.

Ofertas falsas de trabajo nocturno

  • Pagos «muy altos» por pocas horas sin empresa identificada.
  • Te piden dinero por un curso, un uniforme o un examen.
  • Entrevistas en lugares solitarios o a horas inusuales.
  • Te piden documentos originales o claves bancarias.

Si una oferta te genera dudas, verifica la empresa y nunca vayas sola o solo a una entrevista de noche en un lugar desconocido. Busca la dirección, el número de identificación tributaria y opiniones de otros trabajadores antes de presentarte, y comparte con alguien de confianza la ubicación y la hora de la cita.

Cómo encontrar trabajos nocturnos

  1. Indica tu disponibilidad nocturna en la hoja de vida: «disponible para turnos de 10 p. m. a 6 a. m.».
  2. Busca con filtros de jornada o con palabras como «turno noche» o «turnos rotativos».
  3. Regístrate en el Servicio Público de Empleo: lo explicamos en servicio público de empleo.
  4. Pregunta en la entrevista cómo se pagan los recargos y si el turno es fijo o rotativo.

Para turnos de noche con empresa identificada, revisa las ofertas de empleo en Colombia y crea tu perfil gratis.

Busca empleo con confianza

Todas las vacantes se revisan antes de publicarse y postularte es gratis.

Ver empleos

Preguntas frecuentes

¿Desde qué hora se paga recargo nocturno en Colombia?

Arranca a las 7:00 p. m. y va hasta las 6:00 a. m. (artículo 160, en la redacción de la Ley 2466 de 2025).

¿De cuánto es el recargo nocturno?

Del 35 % sobre el valor de la hora ordinaria diurna.

¿Cuánto se paga la hora extra nocturna?

Con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria diurna.

¿Un menor de edad puede trabajar de noche?

No de madrugada: los de 15 y 16 años, hasta las 6:00 p. m.; los de 17, hasta las 8:00 p. m., con autorización.

¿Se suman el recargo nocturno y el de hora extra?

No. La hora extra nocturna tiene su propio recargo del 75 %, que no se acumula con el 35 %.

¿Qué sectores contratan de noche?

Seguridad, salud, logística, industria, centros de contacto, hotelería, restaurantes y transporte.

Fuentes oficiales

  1. Código Sustantivo del Trabajo, artículos 160 y 168 · Alcaldía de Bogotá, régimen legal (Secretaría Jurídica Distrital). Horario diurno y nocturno reformado y tasas de los recargos nocturno, extra diurno y extra nocturno.
  2. Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), compilación del SENA · Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Artículo 10: nuevo artículo 160, trabajo nocturno desde las 7:00 p. m.
  3. Ley 2466 de 2025, Gestor Normativo · Departamento Administrativo de la Función Pública. Texto oficial de la reforma laboral.
  4. Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia · Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), normograma. Artículos 35, 113 y 114: edad mínima, autorización y horarios de los adolescentes.
  5. Decreto 1469 de 2025, salario mínimo 2026 · Colpensiones, compilación normativa. Salario mínimo de 2026.
  6. Busca empleo · Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. Registro gratuito de hoja de vida en la red de prestadores autorizados.