Este artículo explica las normas de 🇭🇳 Honduras. Las reglas cambian en Colombia: mira los consejos para Colombia.
🇭🇳 Derechos laboralesLiquidación laboral Honduras: preaviso, cesantía y proporcionales

Liquidación laboral Honduras: cuando terminas un contrato por tiempo indefinido por despido injustificado, el patrono debe pagarte el preaviso (si no te lo dio), el auxilio de cesantía de un mes de salario por cada año trabajado, con un máximo de 25 meses, más las vacaciones, el aguinaldo y el décimo cuarto proporcionales y los salarios pendientes. Si renuncias, igual cobras vacaciones y décimos proporcionales, y con 15 años o más tienes derecho al 35 % de la cesantía. Acá tienes cada concepto, un ejemplo completo y el plazo para reclamar.
En este artículo
- Qué incluye la liquidación laboral en Honduras
- El preaviso
- El auxilio de cesantía
- Con qué salario se calcula
- Liquidación laboral Honduras: ejemplo completo
- Si renuncias
- Retiro voluntario tras 15 años y el tope de 25 meses
- Contratos a plazo fijo y despido con causa
- Reglas que protegen tu liquidación
- Las vacaciones en la liquidación
- Plazo para reclamar y qué hacer
- Preguntas frecuentes
Qué incluye la liquidación laboral en Honduras
| Concepto | Despido injustificado | Renuncia |
|---|---|---|
| Salarios pendientes | Sí | Sí |
| Vacaciones pendientes o proporcionales | Sí | Sí, las ya ganadas |
| Décimo tercer mes proporcional | Sí | Sí |
| Décimo cuarto mes proporcional | Sí | Sí |
| Preaviso (si no se dio) | Sí | No; debes darlo tú |
| Auxilio de cesantía | Sí | Solo con 15 años o más: 35 % |

El preaviso
| Tiempo de servicio | Preaviso |
|---|---|
| Menos de tres meses | Veinticuatro horas |
| De tres a seis meses | Una semana |
| De seis meses a un año | Dos semanas |
| De uno a dos años | Un mes |
| Más de dos años | Dos meses |
El preaviso se da por escrito y con la causa (artículo 117). Si el patrono no lo da, debe pagarte el salario de todo el término del preaviso; si el que no lo da eres tú al renunciar, debes pagar al patrono la mitad (artículo 118). Durante el preaviso, quien va a ser despedido tiene un día libre pagado por semana para buscar empleo.
El auxilio de cesantía
- De 3 a 6 meses: 10 días de salario.
- De 6 meses a 1 año: 20 días de salario.
- Más de 1 año: 1 mes de salario por cada año, y proporcional por la fracción.
- Tope: 25 meses de salario. En las microempresas (hasta 10 empleados), el tope es de 15 meses (artículo 120-A).
- Retiro voluntario: con 15 años o más, quien renuncia recibe el 35 % de la cesantía; en caso de muerte natural después de 6 meses de trabajo, sus beneficiarios reciben el 75 %. No aplica a las microempresas.
Estas reglas son las del artículo 120 reformado por el Decreto 150-2008. Algunas copias del Código todavía muestran el texto anterior, con un tope de 8 meses; ese texto ya no está vigente.
Con qué salario se calcula
- Preaviso y cesantía: con el promedio de los salarios de los últimos 6 meses (artículo 123).
- Décimos: el aguinaldo y el catorceavo integran el salario para calcular prestaciones (Decreto 117-2021 y Acuerdo 02-95), por eso se suele usar el salario promedio más su doceava parte: salario × 14 ÷ 12.
- Vacaciones: con el promedio de las remuneraciones ordinarias de los últimos 6 meses (artículo 352).
Liquidación laboral Honduras: ejemplo completo
Caso ilustrativo: salario de L15,000 fijo, 5 años de servicio, despido injustificado sin preaviso el 31 de marzo, con 6 meses de vacaciones del período en curso.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Salario base para prestaciones | L15,000 × 14 ÷ 12 | L17,500.00 |
| Preaviso no dado (más de 2 años) | 2 meses × L17,500 | L35,000.00 |
| Auxilio de cesantía | 5 meses × L17,500 | L87,500.00 |
| Vacaciones proporcionales (20 días al año, 6 meses) | 10 días × L500 | L5,000.00 |
| Décimo tercer mes (enero a marzo) | L15,000 × 3 ÷ 12 | L3,750.00 |
| Décimo cuarto mes (julio a marzo) | L15,000 × 9 ÷ 12 | L11,250.00 |
| Total | L142,500.00 |

Compara tu resultado con la calculadora de prestaciones que ofrece la Secretaría de Trabajo. Revisa también cómo se calculan el aguinaldo en Honduras y el décimo cuarto mes.
Si renuncias
Al renunciar te corresponden los salarios pendientes, las vacaciones ya ganadas y no tomadas (artículo 349) y la parte proporcional de los décimos. No hay cesantía, salvo el retiro voluntario con 15 años o más. Debes dar el preaviso por escrito, con la causa (artículo 117): con más de 2 años de servicio son 2 meses.
- Renunciar sin preaviso te obliga a pagarle al patrono la mitad del salario correspondiente al plazo de preaviso (artículo 118). Con L15,000 y 1 mes de preaviso, serían L7,500 (montos ilustrativos).
- Si te vas sin causa justificada, el juez puede fijar daños y perjuicios a favor del patrono, pero nunca más de 30 días de salario (artículo 122).
Retiro voluntario tras 15 años y el tope de 25 meses
| Caso | Cálculo | Cesantía |
|---|---|---|
| Renuncia voluntaria con 15 años (empresa de más de 10 empleados) | 15 meses × L17,500 × 35 % | L91,875.00 |
| Despido injustificado con 15 años | 15 meses × L17,500 | L262,500.00 |
| Despido injustificado con 30 años | Tope de 25 meses × L17,500 | L437,500.00 |
| Despido injustificado con 30 años en una microempresa | Tope de 15 meses × L17,500 | L262,500.00 |
El 35 % por retiro voluntario no aplica en las microempresas ni cuando la terminación es por una causa del artículo 112, y tampoco si quedas cubierto por una jubilación o pensión equivalente (artículos 120 y 120-A). Si fallece el trabajador por causa natural después de 6 meses de trabajo, sus beneficiarios reciben el 75 %.
Contratos a plazo fijo y despido con causa
- Contrato a plazo fijo o por obra: si te despiden sin causa justa antes de que venza, te deben el salario del tiempo que faltaba, pero nunca más de lo que te correspondería si fueras indefinido (artículo 121).
- Despido con justa causa (artículo 112): no hay preaviso ni cesantía, pero sí los salarios pendientes, las vacaciones ya ganadas (artículo 349) y el décimo cuarto proporcional (Acuerdo 02-95, artículo 9). Las vacaciones proporcionales solo se pagan si el contrato termina por causa imputable al patrono.
Reglas que protegen tu liquidación
- No se puede embargar ni ceder: el preaviso, la cesantía y la indemnización no pueden compensarse, venderse ni cederse, ni embargarse, salvo la mitad por pensión alimenticia (artículo 123).
- Base: el promedio de los salarios de los últimos 6 meses del contrato, o del tiempo menor trabajado si no llegaste a 6 meses (artículo 123).
- La antigüedad no se corta por enfermedad, vacaciones, huelga o paros legales, y es nula cualquier cláusula que busque interrumpir la continuidad (artículo 123).
- Pagos anuales de cesantía: si pactaste que el patrono te pague cada año el equivalente de la cesantía, esos pagos se descuentan de lo que te deban al terminar por causa del patrono, sin perder tu derecho a reclamar diferencias; si la terminación es por tu causa, lo recibido queda a tu favor (Decreto 150-2008, artículo 2).
Las vacaciones en la liquidación
- Días por año: 10 días hábiles tras 1 año, 12 tras 2, 15 tras 3 y 20 tras 4 o más (artículo 346).
- Vacaciones ganadas que no disfrutaste: se pagan en dinero sin importar por qué terminó el contrato (artículo 349).
- Proporcionales: si el contrato termina antes de cumplir el año por causa imputable al patrono, te pagan la parte proporcional.

Plazo para reclamar y qué hacer
- No firmes un finiquito sin revisar cada concepto.
- Calcula tu liquidación con la calculadora de la Secretaría de Trabajo.
- Acude a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social en Tegucigalpa o en una oficina regional, o registra tu denuncia en línea.
- Reclama a tiempo: la acción contra un despido injustificado prescribe en 2 meses desde que terminó el contrato (artículo 864).

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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Qué pasa si renuncio sin dar preaviso?
Le debes al patrono la mitad del salario de los días de preaviso que no diste (artículo 118). Igual te deben los salarios, las vacaciones ganadas y los décimos proporcionales.
¿Me pueden embargar la cesantía?
No, salvo la mitad por pensión alimenticia. El preaviso, la cesantía y la indemnización tampoco pueden venderse, cederse ni compensarse (artículo 123).
¿Cuánto recibo si renuncio después de 15 años?
El 35 % de la cesantía que te correspondería por tus años de servicio, salvo en microempresas o si quedas cubierto por una jubilación equivalente (artículos 120 y 120-A).
¿Qué incluye la liquidación laboral en Honduras?
Salarios pendientes, vacaciones, décimo tercero y cuarto proporcionales y, si te despiden sin causa justa, el preaviso no dado y el auxilio de cesantía.
¿Cuánto es la cesantía en Honduras?
Un mes de salario por cada año trabajado, proporcional por la fracción, con un máximo de 25 meses (15 en microempresas), según el artículo 120 reformado en 2008.
¿Me pagan cesantía si renuncio?
Únicamente con 15 años o más de servicio continuo, y equivale al 35 % de la cesantía. No aplica en microempresas.
¿Cuánto es el preaviso?
De 24 horas a 2 meses según tu antigüedad; si el patrono no lo da, debe pagarte el salario de ese término (artículos 116 y 118).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Dos meses desde la terminación del contrato para reclamar contra un despido injustificado (artículo 864).
¿Con qué salario se calcula la liquidación?
Con el promedio de los últimos 6 meses (artículo 123), sumando la parte proporcional del aguinaldo y el catorceavo, que integran el salario para prestaciones.
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo (con la reforma del Decreto 150-2008) · Tribunal Superior de Cuentas de Honduras. Artículos 112, 114, 116 a 123 y 120-A: preaviso, cesantía con tope de 25 meses, 35 % por retiro voluntario, microempresas y salario base.
- Código del Trabajo y sus reformas · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Artículos 346, 349, 352 y 864: vacaciones, pago al terminar, salario base y prescripción; Acuerdo 02-95 del décimo cuarto.
- Decreto 117-2021, interpretación del artículo 3 del Decreto 112-82 · Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Portal Único de Transparencia. El aguinaldo integra el salario para el cálculo de prestaciones e indemnizaciones.
- Cálculo de prestaciones · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Calculadora oficial de prestaciones laborales.
- Registrar denuncia · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Formulario oficial para denunciar incumplimientos laborales.
- Oficinas regionales · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Oficinas de la Secretaría de Trabajo en el país.