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🇨🇷 Derechos laborales

Carta de renuncia en Costa Rica: machote, preaviso y lo que cobras

Carta de renuncia: una trabajadora costarricense entrega su aviso a su jefe en una oficina de San José
En Costa Rica, la renuncia se entrega por escrito con el preaviso que marca el Código de Trabajo.

Carta de renuncia es el aviso por escrito con el que terminas tu contrato por tiempo indefinido en Costa Rica. El Código de Trabajo te pide un preaviso según tu antigüedad: una semana si llevas de 3 a 6 meses, 15 días si llevas de 6 meses a un año y un mes si llevas más de un año (artículo 28). Durante ese plazo tienes un día libre pagado por semana para buscar empleo, y al salir te pagan el aguinaldo y las vacaciones proporcionales; la cesantía no corresponde al renunciar. Acá tienes un machote para editar, un ejemplo con montos y qué hacer si te vas sin preaviso.

En este artículo
  1. El preaviso según tu antigüedad
  2. Cómo hacer la carta de renuncia
  3. Machote de carta de renuncia
  4. Qué cobras al renunciar
  5. Ejemplo con fechas y montos
  6. Si te vas sin dar el preaviso
  7. Antes de entregar la carta
  8. Casos especiales
  9. Qué no debe llevar tu carta
  10. Qué hacer si no te pagan al salir
  11. Preguntas frecuentes

El preaviso según tu antigüedad

Preaviso mínimo al renunciar (Código de Trabajo, artículo 28)
Tiempo de trabajo continuoPreaviso mínimo
Menos de 3 mesesLa ley no fija preaviso
De 3 a 6 mesesUna semana
Más de 6 meses y hasta 1 añoQuince días
Más de 1 añoUn mes
  • Por escrito: el aviso se da siempre por escrito; si tu contrato es verbal, puedes darlo de palabra ante dos testigos (artículo 28).
  • Un día libre pagado por semana: durante el preaviso, el patrono debe darte un día de asueto cada semana para que busques colocación. Según el MTSS, vale tanto si te despiden como si renuncias (criterios DAJ-AE-003-09 y DAJ-AE-285-13).
  • Si el patrono no quiere que trabajes el preaviso que le diste, debe pagarte el salario de los días que faltan (DAJ-AE-285-13).
Gráfico de barras con los días de preaviso para renunciar en Costa Rica según la antigüedad
El preaviso crece con tu antigüedad.

Cómo hacer la carta de renuncia

  1. Cuenta tu antigüedad desde tu primer día y busca tu preaviso en la tabla.
  2. Escribe la fecha de entrega, tu puesto y tu último día, contando el preaviso completo.
  3. Dirígela a tu patrono o a quien lo representa, con el nombre de la empresa.
  4. Pide en la misma carta el pago de tu aguinaldo y tus vacaciones proporcionales.
  5. Entrega dos copias y pide que te firmen la tuya como recibida, con la fecha.

Machote de carta de renuncia

Machote para editar (Costa Rica)

Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.

Ciudad, día de mes de año

Señores nombre de la empresa

Atención: nombre y cargo de tu jefatura o de Recursos Humanos

Por este medio les comunico mi decisión de renunciar al puesto de cargo, que desempeño desde el fecha de ingreso.

En cumplimiento del artículo 28 del Código de Trabajo, doy un preaviso de una semana / quince días / un mes, por lo que mi último día de trabajo será el fecha.

Solicito el pago de mi aguinaldo proporcional, de mis vacaciones pendientes y proporcionales y de los salarios que se me adeuden.

Agradezco la oportunidad de trabajar con ustedes.

Nombre completo · Cédula número · firma

Trabajador costarricense redacta su renuncia en la mesa de su casa en Heredia
Redacta tu carta con calma y guarda una copia firmada como recibida.

Qué cobras al renunciar

  • Aguinaldo proporcional: lo ganado desde el 1 de diciembre hasta tu salida, dividido entre 12 (Ley 2412).
  • Vacaciones: las que no hayas disfrutado se pagan en dinero (artículo 156) y, si no completas las 50 semanas del nuevo periodo, como mínimo un día por cada mes trabajado (artículo 153).
  • Salarios pendientes hasta tu último día.
  • No corresponde el auxilio de cesantía, que es para el despido sin justa causa y otras causas ajenas a tu voluntad (artículo 29).

Según el MTSS, el aguinaldo y las vacaciones se deben pagar aunque dejes de trabajar antes de terminar el preaviso (DAJ-AE-194-12). Mira cómo se calcula cada uno en aguinaldo: cómo calcularlo y en vacaciones: cómo se calculan.

Comparación de lo que cobras si renuncias o si te despiden sin justa causa en Costa Rica
Renunciar o ser despedido sin justa causa: qué cambia.

Ejemplo con fechas y montos

Laura es cajera desde el 1 de febrero de 2025 y gana el mínimo de su ocupación (₡419.755,80 al mes en 2026). Ya disfrutó las vacaciones de su primer año. El 31 de agosto de 2026 entrega su carta, con un mes de preaviso, y su último día es el 30 de setiembre.

Lo que le corresponde a Laura (cálculos con la lista de salarios mínimos del MTSS; ilustrativo)
ConceptoCálculoResultado
PreavisoMás de un año (artículo 28)Un mes, con un día libre pagado por semana
Aguinaldo proporcional(₡413.023,51 de diciembre de 2025 + ₡419.755,80 × 9) ÷ 12₡349.235,48
Vacaciones proporcionalesFebrero a setiembre de 2026: 8 meses × 1 día (artículo 153)Al menos 8 días pagados
Auxilio de cesantíaRenuncia voluntaria (artículo 29)No corresponde

El salario de diciembre de 2025 sale del mínimo de 2026 menos el aumento de ₡6.732,29 que informó el MTSS para la categoría calificada. Si tu salario es otro, usa tus montos reales y la misma cuenta.

Si te vas sin dar el preaviso

  • El preaviso se puede omitir pagando: quien no lo da debe pagar a la otra parte el salario del plazo (artículo 28). Si te vas sin aviso con más de un año, el patrono puede reclamarte un mes de salario.
  • No te lo pueden descontar de la liquidación: según el MTSS, el patrono no puede rebajarlo de tu aguinaldo ni de tus vacaciones; solo puede reclamarlo ante un juzgado de trabajo (DAJ-AE-003-09).
  • El patrono tiene un plazo corto: si no reclama dentro de los 30 días siguientes a tu salida, se entiende que renunció a ese derecho (artículo 32).
  • Si te vas por un empleo nuevo, los tribunales han aceptado que suspendas el preaviso sin que el patrono pueda cobrártelo, según el MTSS (DAJ-AE-194-12). Guarda la oferta del nuevo trabajo como prueba.

Antes de entregar la carta

  • Ten la nueva oferta por escrito, con fecha de inicio: si vas a acortar el preaviso por ese empleo, será tu prueba.
  • Cuenta tus vacaciones: las no disfrutadas se pagan en dinero y, si no completaste el nuevo periodo, al menos un día por mes trabajado.
  • Calcula tu aguinaldo proporcional desde el 1 de diciembre hasta tu salida.
  • Elige tu último día cumpliendo el preaviso, o pide por escrito que la empresa acepte una salida antes.

Casos especiales

  • Contrato a plazo fijo o por obra: el artículo 28 es para contratos por tiempo indefinido. En un contrato a plazo fijo o por obra, cualquiera de las partes puede terminarlo antes, pero pagando a la otra los daños y perjuicios concretos que demuestre, según decidan los tribunales de trabajo (artículo 31). Si tienes un contrato así, consulta antes de irte.
  • Trabajo doméstico: según el MTSS, el período de prueba es de tres meses. Después, el preaviso es de quince días, y de un mes si la relación pasó del año. Quien no lo da paga a la otra parte los días del preaviso, y durante el preaviso la persona trabajadora tiene un día completo con goce de salario para buscar colocación.
  • Menos de tres meses de trabajo: el artículo 28 no fija preaviso para ese tiempo. Aun así, avisar por escrito con algunos días deja buena relación y una constancia de tu salida.

Qué no debe llevar tu carta

  • Renuncia a tus derechos: no escribas que no reclamarás aguinaldo ni vacaciones.
  • Fechas en blanco o una hoja firmada por adelantado.
  • Reclamos mezclados: si te vas por una falta grave del patrono, no es una renuncia común; consulta antes en el MTSS, porque en ese caso podrías tener derecho a preaviso y cesantía.
  • Un último día que no cumpla el preaviso, salvo que el patrono acepte por escrito que salgas antes.
Cuatro pasos para entregar la renuncia en Costa Rica
Cuatro pasos para renunciar sin perder tus derechos.

Qué hacer si no te pagan al salir

  1. Calcula tu aguinaldo y tus vacaciones con las calculadoras del MTSS.
  2. Pide el pago por escrito y guarda tu copia de la renuncia firmada como recibida.
  3. Consulta al MTSS al 800 TRABAJO (800 8722-256) o en la Inspección de Trabajo más cercana.
  4. Reclama dentro del año siguiente a tu salida: el aguinaldo prescribe en un año desde que termina el contrato, según el MTSS.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto preaviso debo dar al renunciar en Costa Rica?

Una semana con 3 a 6 meses de trabajo, quince días con más de 6 meses y hasta un año, y un mes con más de un año (artículo 28).

¿Tengo un día libre durante el preaviso si yo renuncio?

Sí. Según el MTSS, el día de asueto semanal del artículo 28 aplica tanto en despido como en renuncia.

¿Qué me pagan si renuncio?

El aguinaldo proporcional, las vacaciones pendientes y proporcionales y los salarios adeudados. La cesantía no corresponde, porque es para el despido sin justa causa.

¿Me pueden rebajar el preaviso de la liquidación?

No. Según el MTSS, el patrono solo puede reclamarlo ante un juzgado, dentro de los 30 días siguientes a tu salida.

¿Puedo irme antes por un trabajo nuevo?

Los tribunales han aceptado suspender el preaviso para atender un empleo nuevo sin que el patrono pueda cobrarlo, según el criterio DAJ-AE-194-12 del MTSS. Conserva la oferta como prueba.

¿Cuánto preaviso da una trabajadora doméstica?

Quince días después de los tres meses de prueba, y un mes si la relación pasó del año, según el MTSS.

¿Qué es un machote de carta de renuncia?

Es un modelo para llenar con tus datos, como el de esta guía: fecha, puesto, preaviso, último día y la solicitud de pago de tus derechos.

Fuentes oficiales

  1. Código de Trabajo de Costa Rica (actualizado a diciembre de 2024) · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Artículos 28 (preaviso, forma escrita, pago sustitutivo y día de asueto), 29 (cesantía), 32 (plazo del patrono para reclamar), 153 y 156 (vacaciones).
  2. DAJ-AE-003-09: derechos laborales en renuncia y preaviso · MTSS, Dirección de Asuntos Jurídicos. Al renunciar se pagan vacaciones y aguinaldo proporcionales; día de asueto también en renuncia; el preaviso no se rebaja de la liquidación.
  3. DAJ-AE-194-12: cobro de preaviso a trabajador · MTSS, Dirección de Asuntos Jurídicos. Salvedad del nuevo empleo y pago de vacaciones y aguinaldo aunque no se cumpla el preaviso.
  4. DAJ-AE-285-13: criterio sobre el preaviso y el día de asueto (reformado) · MTSS, Dirección de Asuntos Jurídicos. Día de asueto semanal en despido o renuncia; pago del saldo si el patrono rechaza el preaviso.
  5. Aguinaldo completo y a tiempo: preguntas frecuentes · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Cálculo del aguinaldo proporcional y prescripción de un año.
  6. Lista de salarios mínimos por ocupación, sector privado, año 2026 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Mínimo de cajero (TOCG): ₡419.755,80 al mes, usado en el ejemplo.
  7. CNS acuerda ajuste general de 1,63 porciento en salarios mínimos del sector privado (COP-MTSS-PRE-051-2025) · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Aumento de ₡6.732,29 en el mínimo mensual calificado para 2026.
  8. Trabajo doméstico en Costa Rica · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Período de prueba de tres meses, preaviso de quince días o un mes y día con goce de salario para buscar colocación en el trabajo doméstico.
  9. Calculadoras · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Calculadoras oficiales de aguinaldo, vacaciones y liquidación.