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🇺🇾 Derechos laboralesDespido de trabajadora embarazada en Uruguay: seis sueldos más

Despido de trabajadora embarazada en Uruguay: la Ley 11.577 dispone que la trabajadora embarazada no puede ser despedida y que, si lo es, el empleador debe pagarle seis meses de sueldo además de la indemnización legal que corresponda (artículo 17). Según el Ministerio de Trabajo (MTSS), la protección vale durante el embarazo y después de volver de la licencia, y se paga aunque no tengas derecho al despido común. Acá tienes cuándo aplica, cómo comunicar el embarazo y un ejemplo.
En este artículo
- Qué dice la ley
- Despido de trabajadora embarazada: cuándo aplica
- Comunica el embarazo de forma fehaciente
- Cuánto tiempo dura la protección después de volver
- Cuánto cobras durante la licencia
- Ejemplo de cálculo
- Ejemplo de calendario de la protección
- Cambio de tareas y ausencias durante el embarazo
- Tu subsidio por maternidad sigue igual
- Qué hacer si te despiden embarazada
- Preguntas frecuentes
Qué dice la ley
La Ley 11.577 da a la trabajadora embarazada el derecho a ausentarse por indicación médica y a que se le conserve el empleo si vuelve en condiciones normales (artículo 16). Si la despiden, el empleador debe pagar seis meses de sueldo más la indemnización legal (artículo 17).
| Tema | Regla | Base |
|---|---|---|
| Indemnización especial | Seis meses de sueldo | Ley 11.577, artículo 17 |
| Además | El despido común que corresponda | Ley 11.577, artículo 17 |
| Cuándo | Durante el embarazo o después de volver de la licencia | MTSS |
| Trabajo doméstico | Hasta al menos 180 días desde el reintegro | Ley 18.065, artículo 8 |
| Excepción | Notoria mala conducta | MTSS |
Despido de trabajadora embarazada: cuándo aplica
- Durante el embarazo y después del reintegro de la licencia maternal (MTSS).
- Aunque no tengas derecho al despido común, por ejemplo por no llegar a los jornales mínimos, estar en un contrato a prueba o porque cierra la empresa: según el MTSS, la doctrina y la jurisprudencia entienden que se paga igual, porque la ley exige que el despido ocurra «en ocasión» del embarazo, no «a causa» de él.
- No se paga si hay notoria mala conducta (MTSS).

Comunica el embarazo de forma fehaciente
Para que haya indemnización especial, la jurisprudencia exige que el empleador sepa del embarazo. Por eso el MTSS recomienda comunicarlo apenas lo sepas por un medio fehaciente, como un telegrama colacionado. El empleador no puede alegar que no sabía cuando el embarazo ya es evidente.

Cuánto tiempo dura la protección después de volver
La ley no fija un plazo general. Según el MTSS, algunos tribunales aplican por analogía los 30 días del Decreto-Ley 14.407 y otros los 180 días del artículo 69 de la Ley 16.074, y valoran si el empleador tuvo ánimo de conservar el empleo. En el trabajo doméstico la ley sí lo fija: al menos 180 días desde el reintegro efectivo (Ley 18.065, artículo 8). Mira el despido de empleada doméstica.
Cuánto cobras durante la licencia
- Monto: el promedio de lo que cobraste en los últimos 6 meses, más la parte de aguinaldo, licencia y salario vacacional del período (Ley 19.161, artículo 6).
- Mínimo: nunca menos de 2 BPC por mes.
- Si te despidieron antes y quedaste embarazada mientras cobrabas el seguro de desempleo, también tienes derecho al subsidio por maternidad (artículo 1, literal D).
- Enfermedad por el embarazo o el parto: el descanso se prolonga, con el subsidio por enfermedad, hasta 6 meses en total (artículo 5).
- Medio horario después: al terminar la licencia, la madre o el padre pueden cobrar un subsidio para cuidados y trabajar como máximo la mitad de su horario y no más de 4 horas diarias, hasta que el bebé cumpla 6 meses, o 9 en los casos de 18 semanas (artículos 12 y 13).
Ejemplo de cálculo
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Despido común | 2 sueldos (Ley 10.489) | $U 90.000 |
| Indemnización especial | 6 sueldos (Ley 11.577) | $U 270.000 |
| Total | $U 360.000 |

Con las alícuotas de aguinaldo, licencia y salario vacacional en la base, el monto es mayor. Mira cómo se arma en despido en Uruguay: cálculo.
Ejemplo de calendario de la protección
Laura tiene fecha probable de parto el 1 de marzo de 2027. Fechas ilustrativas si el bebé nace ese día:
| Etapa | Fecha | Base |
|---|---|---|
| Deja de trabajar (6 semanas antes) | 18 de enero de 2027 | Ley 19.161, artículo 2 |
| Fin del descanso posparto (8 semanas después) | 26 de abril de 2027 | Ley 19.161, artículo 2 |
| Reintegro al trabajo | 27 de abril de 2027 | |
| Si el tribunal aplica 30 días | Hasta el 27 de mayo de 2027 | Criterio judicial, según el MTSS |
| Si el tribunal aplica 180 días | Hasta el 24 de octubre de 2027 | Criterio judicial, según el MTSS |
El descanso nunca puede ser menor de 14 semanas. Si el bebé nace después de la fecha prevista, el descanso previo se prolonga y el posparto no se reduce (artículo 4). Si nace antes, a partir de la semana 34, el posparto se alarga hasta completar las 14 semanas; si nace hasta la semana 33 o hay parto múltiple o bajo peso, puede llegar a 18 semanas (artículos 2 y 3). Si un despido ocurre en cualquiera de estas etapas, es un despido durante el embarazo o la licencia.
Cambio de tareas y ausencias durante el embarazo
- Cambio de tareas: con certificado médico, durante el embarazo o la lactancia puedes pedir un cambio temporario de tareas si tu trabajo pone en riesgo tu salud o la del bebé, sin que tu sueldo baje ni suba. Al terminar ese período vuelves a tus funciones anteriores (Ley 17.215, artículo 1).
- No te pueden castigar por pedirlo: quien pide el cambio no puede ser suspendida, despedida, perjudicada ni postergada por esa sola causa (Ley 17.215, artículo 2).
- Si la empresa no puede cambiarte: el empleador privado debe justificarlo con una declaración jurada ante el BPS por el tamaño de la empresa o el tipo de actividad; en ese caso tienes una licencia especial en la que el BPS te paga la mitad del salario (Ley 17.215, artículo 3).
- Ausencias por indicación médica: puedes faltar el tiempo que indique el médico; si la ausencia dura menos de 4 meses, cobras el salario íntegro de la ausencia, y si pasa de ese plazo, medio salario hasta los 6 meses. Si vuelves en condiciones normales, conservas el empleo (Ley 11.577, artículo 16).
Tu subsidio por maternidad sigue igual
Aunque te despidan, el derecho a cobrar íntegro el subsidio por maternidad del BPS no se ve afectado por la suspensión o la extinción de la relación laboral durante el embarazo o el descanso posparto (Ley 19.161, artículo 1). Mira la licencia de maternidad en Uruguay.

Qué hacer si te despiden embarazada
- Guarda la prueba de que avisaste del embarazo (telegrama, correo o testigos).
- Pide por escrito la liquidación con la indemnización especial y el despido común.
- Consulta en el MTSS, que ofrece asesoramiento y audiencias de conciliación, antes de firmar cualquier acuerdo.
- Reclama a tiempo: las acciones laborales prescriben al año, desde el día siguiente a que terminó la relación (Ley 18.091, artículo 1).
Si estás de licencia por enfermedad, lee también la guía del certificado médico. Cuando decidas volver a trabajar, revisa las ofertas en Uruguay y crea tu perfil sin costo.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Puedo trabajar medio horario después de la licencia?
Sí. Al terminar la licencia, la madre o el padre pueden cobrar el subsidio para cuidados y trabajar como máximo la mitad de su horario habitual, sin pasar de 4 horas diarias, hasta que el bebé cumpla 6 meses (Ley 19.161, artículos 12 y 13).
¿Qué pasa si la empresa no puede cambiarme de tareas?
La empresa tiene que justificarlo ante el BPS mediante declaración jurada; entonces pasas a una licencia especial y el BPS te abona la mitad del sueldo (Ley 17.215, artículo 3).
¿Puedo pedir cambio de tareas por estar embarazada?
Sí, si tus tareas pueden afectar tu salud o la del bebé, con certificado médico y sin cambio de sueldo. No te pueden despedir por pedirlo (Ley 17.215, artículos 1 y 2).
¿Cuánto dura la licencia por maternidad en Uruguay?
Al menos 14 semanas: 6 antes de la fecha presunta del parto y 8 después; puede llegar a 18 semanas en partos muy prematuros, múltiples o con bajo peso al nacer (Ley 19.161, artículos 2 y 3).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el despido por embarazo?
Las acciones laborales prescriben al año, contado desde el día siguiente a que terminó la relación laboral (Ley 18.091, artículo 1).
¿Pierdo el subsidio por maternidad si me despiden?
No. El derecho a cobrarlo íntegro no se ve afectado por la extinción de la relación durante el embarazo o el descanso posparto (Ley 19.161, artículo 1).
¿Qué pasa si despiden a una trabajadora embarazada en Uruguay?
El empleador debe pagarle seis meses de sueldo más la indemnización legal que corresponda (Ley 11.577, artículo 17).
¿Se paga aunque no tenga derecho a despido común?
Sí. Según el MTSS, la doctrina y la jurisprudencia entienden que la indemnización especial se paga igual, por ejemplo en un contrato a prueba.
¿Tengo que avisar del embarazo?
Sí, conviene hacerlo por un medio fehaciente, como un telegrama colacionado, porque la jurisprudencia exige que el empleador lo sepa.
¿Hasta cuándo dura la protección después de la licencia?
La ley no lo fija en general; los tribunales usan 30 o 180 días por analogía. En el trabajo doméstico son al menos 180 días desde el reintegro (Ley 18.065).
¿Pierdo el subsidio por maternidad si me despiden?
No. El subsidio del BPS no se ve afectado por la extinción de la relación laboral (Ley 19.161, artículo 1).
¿Cuándo no se paga la indemnización especial?
Si hay notoria mala conducta, según el MTSS.
Fuentes oficiales
- Ley 17.215: cambio de tareas por embarazo o lactancia · IMPO. Artículos 1 a 3: cambio temporario de tareas, prohibición de represalias y licencia especial con medio salario.
- Ley 18.091: prescripción de los créditos laborales · IMPO. Artículo 1: las acciones laborales prescriben al año desde el día siguiente al cese.
- Ley 11.577 (artículos 16 y 17) · IMPO, Centro de Información Oficial. Conservación del empleo e indemnización de seis meses de sueldo más la legal.
- Maternidad y paternidad · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Interpretación del despido de la trabajadora grávida: conocimiento del empleador, plazo después del reintegro, contratos a prueba y notoria mala conducta.
- Ley 18.065 de trabajo doméstico · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículo 8: protección hasta 180 días desde el reintegro en el trabajo doméstico.
- Ley 19.161 de subsidios por maternidad, paternidad y cuidados · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículo 1: el subsidio no se ve afectado por la extinción de la relación laboral.
- Ley 16.074 de accidentes de trabajo · IMPO, Centro de Información Oficial. Artículo 69: plazo de 180 días que algunos tribunales aplican por analogía.
- Despido (régimen común) · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Cálculo del despido común que se suma a la indemnización especial.