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🇭🇳 SalarioHoras extras en el Código de Trabajo de Honduras: 25, 50 y 75 %

Horas extras en el Código de Trabajo de Honduras: todo trabajo fuera de la jornada ordinaria es jornada extraordinaria y se paga con recargo, según el artículo 330. Si la hora extra es de día, el recargo es del 25 % sobre el salario diurno; si es de noche, del 50 %; y si prolonga una jornada nocturna, del 75 % sobre el salario nocturno. La jornada ordinaria más la extra no puede pasar de 12 horas, y trabajar un feriado o tu día de descanso por convenio se paga al doble. Acá tienes la jornada máxima, ejemplos y qué hacer si no te pagan.
En este artículo
- La jornada ordinaria en Honduras
- Horas extras en el Código de Trabajo: los recargos
- Cómo calcular las horas extras
- Ejemplo de una semana con horas extras
- Jornada nocturna y mixta
- Si trabajas menos de 44 horas o faltas un día
- Límites de las horas extras
- Los feriados pagados según el Código
- Feriados y días de descanso trabajados
- Qué hacer si no te pagan las horas extras
- Preguntas frecuentes
La jornada ordinaria en Honduras
| Jornada | Horario | Máximo diario | Máximo semanal |
|---|---|---|---|
| Diurna | 5:00 a. m. a 7:00 p. m. | 8 horas | 44 horas (se pagan 48) |
| Nocturna | 7:00 p. m. a 5:00 a. m. | 6 horas | 36 horas |
| Mixta (menos de 3 horas nocturnas) | Combina ambas | 7 horas | 42 horas |
Si la jornada continua, tienes al menos 30 minutos de descanso que cuentan como tiempo de trabajo (artículo 326), y entre una jornada y otra debe haber 10 horas de descanso (artículo 327). El trabajo nocturno, solo por ser nocturno, lleva un 25 % de recargo sobre el valor del trabajo diurno (artículo 329).
Horas extras en el Código de Trabajo: los recargos
| Cuándo se trabaja la hora extra | Recargo |
|---|---|
| En el período diurno | 25 % sobre el salario de la jornada diurna |
| En el período nocturno | 50 % sobre el salario de la jornada diurna |
| Como prolongación de una jornada nocturna | 75 % sobre el salario de la jornada nocturna |
Las horas extras usadas para corregir errores que son solo culpa del trabajador no se pagan (artículo 331). El patrono debe anotar las horas extras por separado en la planilla (artículo 335).

Cómo calcular las horas extras
- Salario diario: salario mensual ÷ 30.
- Salario por hora diurna: salario diario ÷ 8.
- Hora extra diurna: hora diurna × 1.25.
- Hora extra en período nocturno: hora diurna × 1.50.
- Hora extra que prolonga la jornada nocturna: valor de la hora nocturna × 1.75.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Hora diurna ordinaria | L15,000 ÷ 30 ÷ 8 | L62.50 |
| Hora extra diurna | L62.50 × 1.25 | L78.13 |
| Hora extra en período nocturno | L62.50 × 1.50 | L93.75 |
| 10 horas extras diurnas en el mes | 10 × L78.125 | L781.25 |
La tabla oficial de salario mínimo 2026 trae también el valor de la hora ordinaria de cada rama y tamaño de empresa; por ejemplo, L55.38 en comercio con 1 a 10 trabajadores. Mira el salario mínimo para el 2026.
Hora diurna = diario ÷ 8 = L
Horas extras diurnas: × hora diurna × 1.25 = L
Horas extras nocturnas: × hora diurna × 1.50 = L
Total del mes = L
Ejemplo de una semana con horas extras
La ley no fija un divisor para pasar del salario mensual a la hora, pero la tabla oficial de salario mínimo 2026 calcula así su valor por hora: por ejemplo, en comercio con 1 a 10 trabajadores, L13,292.06 ÷ 30 = L443.07 al día y ÷ 8 = L55.38 la hora. Con el mismo método, Rosa gana L15,000 al mes en jornada diurna y su hora vale L62.50. Montos ilustrativos:
| Día | Horas trabajadas | Horas extras diurnas | Valor de las extras |
|---|---|---|---|
| Lunes | 10 | 2 | L156.25 |
| Martes | 10 | 2 | L156.25 |
| Miércoles | 10 | 2 | L156.25 |
| Jueves | 10 | 2 | L156.25 |
| Total de los 4 días | 40 (32 ordinarias + 8 extras) | 8 | L625.00 |
Cada hora extra diurna vale L62.50 × 1.25 = L78.13, y las 8 de la semana suman L625. Rosa no pasó de 12 horas al día ni hizo horas extras más de 4 veces en la semana, los dos límites del Código (artículos 332 y 333). Un quinto día con horas extras ya no estaría permitido, salvo la excepción de siembras o cosechas.
Jornada nocturna y mixta
- Recargo por ser de noche: el trabajo nocturno, solo por ser nocturno, se paga con un 25 % más que el diurno; en la jornada mixta, las horas que caen en el período nocturno llevan el mismo recargo (artículo 329). Con la hora diurna de Rosa, una hora ordinaria nocturna valdría L62.50 × 1.25 = L78.13.
- Hora extra que prolonga la jornada nocturna: lleva un 75 % sobre el salario de la jornada nocturna (artículo 330). Si tu hora nocturna vale L80, cada hora extra que la prolonga vale L80 × 1.75 = L140.
- Jornada mixta: si el período nocturno abarca 3 horas o más, toda la jornada se considera nocturna (artículo 321), con su máximo de 6 horas diarias.
Si trabajas menos de 44 horas o faltas un día
La jornada diurna de 44 horas a la semana equivale a 48 horas de salario (artículo 322). Si eres trabajador permanente y por ley o acuerdo con tu patrono trabajas menos de 44 horas, igual recibes el salario completo de la semana ordinaria diurna (artículo 328). En cambio, si faltas algún día y no completas las 44 horas, te pagan en proporción al tiempo trabajado, con base en el salario de 48 horas. Las horas extras empiezan cuando pasas tu jornada diaria o la jornada menor que pactaste con el patrono (artículo 330).
Límites de las horas extras
- Máximo 12 horas sumando jornada ordinaria y extraordinaria, salvo siniestro o riesgo inminente (artículo 332).
- No más de 4 veces por semana para un mismo trabajador, salvo falta de brazos en siembras o cosechas (artículo 333).
- Prohibidas en trabajos peligrosos o insalubres.
- Cargos de dirección, de confianza o de manejo, servicio doméstico y otros casos del artículo 325 quedan fuera de la jornada máxima, con un límite propio de permanencia.

Los feriados pagados según el Código
El artículo 339 manda pagar como feriados el 1 de enero, 14 de abril, 1 de mayo, 15 de septiembre, 3, 12 y 21 de octubre y 25 de diciembre, aunque caigan en domingo, y el jueves, viernes y sábado de Semana Santa. Revisa cómo se aplican los de octubre en nuestra guía de la Semana Morazánica. Si ganas por quincena o por mes, tu salario ya incluye el pago de los feriados que no trabajas; si ganas por día, se pagan con el promedio diario de la semana anterior (artículo 339).
Feriados y días de descanso trabajados
- Descanso semanal: un día por cada seis de trabajo, de preferencia el domingo (artículo 338).
- Feriado o día de descanso trabajado por acuerdo: cobras el doble de lo que vale tu jornada ordinaria, según las horas que trabajes, y no pierdes el derecho a descansar otro día (artículo 340).
- Ejemplo: con L15,000 al mes, un feriado trabajado completo vale L1,000 (L500 × 2).
Según el artículo 339, son feriados el 1 de enero, el 14 de abril y el 1 de mayo; el 15 de septiembre; los de octubre de la Semana Morazánica; el 25 de diciembre, y el jueves, el viernes y el sábado santos.

Qué hacer si no te pagan las horas extras
- Anota tus horarios de entrada y salida y los feriados trabajados.
- Revisa tu planilla: las horas extras deben aparecer separadas.
- Pide la diferencia por escrito a tu patrono.
- Presenta tu denuncia en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, en persona o por internet.

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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cuántas horas extras puedo hacer a la semana?
El patrono no puede permitir horas extras a un mismo trabajador más de 4 veces por semana, y la jornada total no puede pasar de 12 horas al día, salvo emergencias (artículos 332 y 333).
¿Cuánto vale la hora nocturna en Honduras?
El trabajo nocturno se paga con un recargo del 25 % sobre el valor del trabajo diurno (artículo 329). La hora extra que prolonga una jornada nocturna lleva un 75 % sobre el salario de la jornada nocturna (artículo 330).
¿Hasta cuándo puedo reclamar horas extras no pagadas?
El plazo empieza a contar el día en que te pagaron, o debieron pagarte, el salario del período en que trabajaste las horas extras (artículo 867). Es un plazo corto: reclama cuanto antes; una gestión ante la Secretaría de Trabajo interrumpe la prescripción (artículo 868).
¿Cuánto se paga la hora extra en Honduras?
Con un 25 % de recargo si es de día, 50 % si es de noche y 75 % sobre el salario nocturno si prolonga una jornada nocturna (artículo 330).
¿Cuál es la jornada máxima en Honduras?
8 horas diarias y 44 semanales de día, 6 y 36 de noche, y 7 y 42 en jornada mixta (artículos 321 y 322).
¿Cuántas horas extras puedo trabajar?
La jornada ordinaria más la extra no puede pasar de 12 horas, y no más de 4 veces por semana (artículos 332 y 333).
¿Cuánto me pagan si trabajo un feriado?
Se paga doble: el salario de la jornada ordinaria multiplicado por dos, según el tiempo trabajado (artículo 340).
¿Cuánto se paga el trabajo nocturno?
Con un 25 % de recargo sobre el valor del trabajo diurno, solo por ser nocturno (artículo 329).
¿Dónde denuncio si no me pagan?
En la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, en sus oficinas o con su formulario de denuncias en línea.
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo · Tribunal Superior de Cuentas de Honduras. Artículos 321 a 341: jornadas, recargos, límites, descanso semanal, feriados y pago doble.
- Código del Trabajo y sus reformas · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Texto del artículo 330 y de los feriados del artículo 339 a 2022.
- Tabla de salario mínimo vigente a partir del 1 de enero de 2026 · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Salario mínimo por hora ordinaria por rama y tamaño de empresa.
- Registrar denuncia · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Formulario oficial para denunciar incumplimientos laborales.
- Oficinas regionales · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Oficinas de la Secretaría de Trabajo en el país.
- Cálculo de prestaciones · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Calculadora oficial de prestaciones laborales.