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🇬🇹 Derechos laboralesCarta de renuncia en Guatemala: modelo, aviso previo y qué cobras

Carta de renuncia es el aviso escrito con el que comunicas a tu patrono que terminas tu contrato por tiempo indeterminado. En Guatemala, según el artículo 83 del Código de Trabajo, una vez superado el período de prueba debes avisar con anticipación: desde una semana hasta un mes, según tu tiempo de servicio. Al renunciar no recibes indemnización, pero sí tu aguinaldo, Bono 14 y vacaciones proporcionales. En esta guía encuentras los pasos para escribirla, un modelo listo para adaptar, un caso con fechas y montos y las situaciones en que puedes irte sin esperar.
En este artículo
- El aviso previo según tu antigüedad
- Cómo hacer tu renuncia paso a paso
- Modelo de carta de renuncia laboral
- Otros ejemplos según tu caso
- Ejemplo con fechas y montos
- Qué cobras cuando renuncias
- Si no te pagan al salir
- Renuncia de inmediato: el despido indirecto
- Qué no debe llevar tu escrito
- Errores comunes al renunciar
- Consejos para renunciar bien
- Preguntas frecuentes
El aviso previo según tu antigüedad
| Tiempo de servicio continuo | Aviso previo mínimo |
|---|---|
| Menos de 6 meses | Una semana |
| De 6 meses a menos de 1 año | Diez días |
| De 1 año a menos de 5 años | Dos semanas |
| 5 años o más | Un mes |
- Por escrito: el aviso se da siempre por escrito; si el contrato es verbal, puedes darlo en forma verbal ante dos testigos.
- No se compensa con dinero: no puedes reemplazar el aviso pagando al patrono el salario equivalente, salvo que él lo acepte.
- El patrono puede dejarte ir antes: una vez recibido el aviso, puede ordenarte que dejes de trabajar sin incurrir en responsabilidad.
- Período de prueba: en los dos primeros meses no se exige aviso previo, porque cualquiera puede terminar el contrato sin responsabilidad (artículo 81).
- Tu contrato puede decir otra cosa: el artículo 83 aplica cuando el contrato no estipula un aviso distinto; revisa el tuyo antes de escribir.

Cómo hacer tu renuncia paso a paso
- Cuenta tu antigüedad desde tu primer día con ese patrono y busca tu aviso en la tabla.
- Elige tu último día: cuenta hacia adelante desde la fecha de entrega, por lo menos el aviso que te corresponde.
- Dirígela a tu patrono o a quien lo representa: el dueño, el gerente o el área de recursos humanos, con su nombre y el de la empresa.
- Incluye tus datos: nombre completo, DPI, puesto y la frase clara de que terminas el contrato por tu voluntad.
- Pide tus prestaciones por escrito: salarios pendientes, aguinaldo, Bono 14 y vacaciones proporcionales.
- Firma, saca dos copias y pide el recibido con fecha, firma y sello en la tuya.
Conversa primero con tu jefe y entrega el escrito después: así el aviso llega por las buenas y queda prueba de la fecha. Si te niegan el recibido, entrégala ante dos testigos o envíala por un medio que deje constancia.
Modelo de carta de renuncia laboral
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Guatemala, día de mes de año
Señor(a)
Nombre del patrono o gerente de recursos humanos
Nombre de la empresa
Presente
Respetable señor(a):
Por este medio, yo, nombre completo, con Documento Personal de Identificación (DPI) n.º ,
en mi puesto de cargo, le comunico mi decisión de dar por terminado mi contrato de trabajo por tiempo indeterminado.
En cumplimiento del artículo 83 del Código de Trabajo, doy el aviso previo correspondiente: mi último día de labores será el fecha.
Solicito que se me paguen las prestaciones que me corresponden: aguinaldo, Bono 14 y vacaciones proporcionales, y los salarios pendientes.
Agradezco la oportunidad y la experiencia adquirida.
Atentamente,
Nombre completo – DPI
Entrega dos copias y pide que te firmen y sellen una como recibido, con la fecha. Así queda prueba del aviso.
Otros ejemplos según tu caso
El modelo anterior sirve para la mayoría de casos. Estas dos variantes cubren situaciones frecuentes:
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Por este medio le comunico que doy por terminado mi contrato de trabajo durante el período de prueba,
conforme al artículo 81 del Código de Trabajo. Mi último día de labores será el fecha.
Solicito el pago de los salarios pendientes y de las prestaciones proporcionales que me correspondan.
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Doy el aviso previo del artículo 83 del Código de Trabajo, que vence el fecha.
Le solicito, si la empresa lo acepta, que mi último día de labores sea el fecha anterior.
Quedo a disposición para entregar mis tareas pendientes antes de esa fecha.
En el segundo caso, la decisión es del patrono: la ley no te permite acortar el aviso por tu cuenta ni pagarlo en dinero, salvo que él lo acepte (artículo 83). Pide su respuesta por escrito.
Ejemplo con fechas y montos
Ana trabaja en un comercio de Quetzaltenango desde el 1 de abril de 2025, con un salario ordinario de Q3,816.90, el mínimo no agrícola de 2026 fuera del departamento de Guatemala (circunscripción económica 2), sin contar la bonificación incentivo de Q250. El 15 de septiembre de 2026 entrega su aviso para salir el 30 de septiembre.
| Concepto | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Antigüedad | 1 de abril de 2025 al 30 de septiembre de 2026 | 1 año y 6 meses |
| Aviso previo | De 1 a menos de 5 años (art. 83) | Dos semanas: cumple |
| Bono 14 proporcional | Q3,816.90 × 3 meses ÷ 12 (julio a septiembre) | Q954.23 |
| Vacaciones proporcionales | 15 días hábiles × 6 meses ÷ 12 (si ya gozó el primer año) | 7.5 días hábiles |
| Aguinaldo | Proporcional al tiempo trabajado en el período | Pide el cálculo por escrito |
| Indemnización | No corresponde al renunciar | Q0 |
Las vacaciones proporcionales se pagan con el promedio de tus remuneraciones ordinarias y extraordinarias del último año, o de los últimos tres meses si trabajas en una empresa agrícola o ganadera (artículo 134). Pide a tu patrono el detalle de cada concepto antes de firmar tu finiquito.
Qué cobras cuando renuncias
- Salarios pendientes hasta tu último día.
- Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado: equivale al 100 % de un salario ordinario mensual por año, según el comunicado oficial sobre el Decreto 76-78.
- Bono 14 proporcional desde el 1 de julio anterior: se paga cuando la relación termina por cualquier causa (Decreto 42-92, artículo 3).
- Vacaciones: las no gozadas y la parte proporcional si no cumpliste el año (artículo 133). Si tu contrato no te exige trabajar todos los días o la jornada completa, necesitas al menos 150 días trabajados en el año para tener derecho a vacaciones (artículo 131).
- No corresponde la indemnización por tiempo servido, salvo que renuncies con justa causa atribuible al patrono.
Mira cómo se calcula cada una en nuestras guías de aguinaldo en Guatemala y de cómo calcular el Bono 14.

Si no te pagan al salir
- Pide el pago por escrito con el detalle de cada prestación y guarda tu copia.
- Acude a la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo. Si comprueba que no te pagaron el Bono 14, da al patrono un plazo, por lo general de ocho días, para pagar, según el comunicado oficial.
- No dejes pasar el tiempo: los derechos que nacen de tu contrato prescriben en cuatro meses desde que termina (artículo 263), y los que vienen directamente del Código y de las leyes de trabajo, en dos años (artículo 264).
Si el patrono no paga el aguinaldo, la Inspección puede multarlo con 8 a 18 salarios mínimos, según el comunicado oficial del Gobierno sobre esa prestación (artículo 272 del Código).
Renuncia de inmediato: el despido indirecto
Si te vas por una causa justa atribuible al patrono —no pagarte el salario completo en la fecha convenida, injurias o maltrato, peligro para tu salud o seguridad, o trasladarte a un puesto de menor categoría o sueldo—, puedes terminar el contrato de inmediato y sin responsabilidad (artículos 79 y 80). Es un despido indirecto y puedes reclamar la indemnización. Tienes 20 días hábiles desde que el patrono dio el motivo (artículo 261).
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Yo, nombre completo, DPI , doy por terminado mi contrato de trabajo con justa causa,
de conformidad con el artículo 79, literal , del Código de Trabajo, por los siguientes hechos: describe los hechos y su fecha.
Me reservo el derecho de reclamar la indemnización y demás prestaciones que me corresponden.

Qué no debe llevar tu escrito
- Quejas o reclamos mezclados: si tu salida es voluntaria, deja los reclamos para otro escrito; si hay una causa justa del patrono, usa la variante por causa justa.
- Fechas en blanco: nunca firmes una hoja sin fecha ni la dejes firmada por adelantado.
- Renuncia a tus prestaciones: no escribas que renuncias al aguinaldo, al Bono 14 o a las vacaciones; son derechos tuyos.
- Un último día que no cumpla el aviso: cuenta bien los días de tu tabla antes de poner la fecha.
¿Sirve un correo o un mensaje? La ley pide el aviso por escrito. Lo más seguro es el papel firmado con el recibido de la empresa; si además lo envías por correo, guarda la respuesta como respaldo.
Errores comunes al renunciar
- Irte sin aviso cuando ya pasaste el período de prueba.
- Dar el aviso de palabra si tu contrato es escrito.
- Firmar una renuncia cuando en realidad te están despidiendo: perderías la indemnización.
- No guardar la copia sellada del aviso.
- Firmar el finiquito sin revisarlo: compara cada monto con tus recibos antes de firmar.
Consejos para renunciar bien
- Habla antes con tu jefe y después entrega la carta.
- Respeta el aviso previo que te corresponde.
- Organiza tus pendientes y ofrécete a explicarle el trabajo a quien te reemplace.
- Pide una constancia de trabajo con tus fechas y tu puesto: te servirá en tu próxima entrevista.

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¿Con cuánta anticipación debo renunciar en Guatemala?
Una semana con menos de 6 meses; diez días de 6 meses a 1 año; dos semanas de 1 a 5 años; y un mes con 5 años o más (artículo 83).
¿A quién se dirige la renuncia?
Al patrono o a quien lo representa: el dueño, el gerente o recursos humanos. Pon su nombre y el de la empresa.
¿La renuncia debe ser por escrito?
Sí. El aviso se da por escrito; solo si el contrato es verbal puedes darlo en forma verbal ante dos testigos.
¿Me pagan prestaciones si renuncio?
Sí: salarios pendientes, aguinaldo, Bono 14 y vacaciones proporcionales. No la indemnización, salvo renuncia con justa causa.
¿Cuánto es el Bono 14 si renuncio en septiembre?
La parte proporcional desde el 1 de julio: con Q3,816.90 de salario y tres meses trabajados, Q954.23.
¿Puedo pagar en vez de dar el aviso previo?
No, salvo que el patrono lo acepte (artículo 83).
¿Puedo renunciar de inmediato?
Sí, en el período de prueba o si tienes una causa justa del artículo 79 atribuible al patrono, dentro de los 20 días hábiles siguientes al motivo.
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo (Decreto 1441) · Oficina Nacional de Servicio Civil, copia en el sitio de la AMSCLAE. Artículos 79, 80, 81, 83, 130, 131, 133, 134, 261, 263 y 264: despido indirecto, período de prueba, aviso previo, vacaciones y prescripción.
- Ley de Bonificación Anual (Decreto 42-92) · Oficina Nacional de Servicio Civil, copia en el sitio del Ministerio de Cultura y Deportes. Bono 14 proporcional al terminar la relación por cualquier causa.
- ¿Qué es el Bono 14? ¿Cuánto deben pagarte? · Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia. Bono 14 con base en el salario ordinario del 1 de julio al 30 de junio, proporcional si trabajaste menos; plazo de unos ocho días que da la Inspección para pagar.
- Lo que debes saber sobre el aguinaldo · Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia. Aguinaldo del 100 % de un salario ordinario mensual (Decreto 76-78), proporcional al tiempo laborado; multa de 8 a 18 salarios mínimos si no se paga.
- Salario mínimo 2026 · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Salario mínimo no agrícola 2026 de la circunscripción económica 2 (Q3,816.90), usado en el ejemplo.
- Decretos · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Normativa laboral oficial de Guatemala.
- Mintrab activa denuncias e inspecciones · Diario de Centro América. Canales de denuncia del Ministerio de Trabajo.