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Aguinaldo Guatemala: cuándo se paga y cómo se calcula

Aguinaldo Guatemala cuando se paga: una familia guatemalteca hace compras navideñas en un mercado de Ciudad de Guatemala
El aguinaldo equivale al 100 % de un salario ordinario mensual por un año de servicio continuo.

Aguinaldo Guatemala cuando se paga: en los primeros 15 días de diciembre, aunque el patrono puede pagar el 50 % en la primera quincena de diciembre y el otro 50 % en la segunda quincena de enero. Según la Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo (Decreto 76-78), equivale al 100 % de un salario ordinario mensual por un año de servicio continuo, o la parte proporcional si trabajaste menos. Acá tienes cómo se calcula, ejemplos y qué hacer si no te lo pagan.

En este artículo
  1. Aguinaldo en Guatemala: cuánto es
  2. Aguinaldo Guatemala: cuándo se paga
  3. Cómo se calcula el aguinaldo
  4. Aguinaldo y Bono 14: no son lo mismo
  5. Un ejemplo completo
  6. Aguinaldo y liquidación
  7. Lo que dice la ley del aguinaldo (Decreto 76-78)
  8. El aguinaldo en tu indemnización
  9. Errores comunes
  10. Qué hacer si no te pagan el aguinaldo
  11. Preguntas frecuentes

Aguinaldo en Guatemala: cuánto es

El aguinaldo en resumen (Decreto 76-78, según el comunicado oficial del Gobierno)
TemaRegla
Cuánto100 % de un mes de salario ordinario, con un año de servicio continuo
Menos de un añoProporcional al tiempo trabajado
Cuándo se pagaDentro de los primeros 15 días de diciembre
Opción en dos partes50 % en la primera quincena de diciembre y 50 % en la segunda quincena de enero
Forma de pagoEn dinero, no en especie
EmbargoInembargable, salvo excepciones de leyes especiales
Comparación de las dos formas de pagar el aguinaldo en Guatemala: completo en diciembre o mitad en diciembre y mitad en enero
Las dos formas legales de pagar el aguinaldo.

Aguinaldo Guatemala: cuándo se paga

  • Pago completo: dentro de los primeros 15 días de diciembre.
  • Pago dividido: el patrono puede pagar el 50 % en la primera quincena de diciembre y el 50 % restante en la segunda quincena de enero.
  • Si sales antes: te corresponde la parte proporcional en tu liquidación.

Ejemplo ilustrativo con Q4,000 al mes y un año completo: si tu patrono paga en dos partes, recibes Q2,000 a más tardar el 15 de diciembre de 2026 y los otros Q2,000 en la segunda quincena de enero de 2027, es decir, entre el 16 y el 31 de enero. Si la empresa paga el 100 % en diciembre, por convenio, pacto colectivo, costumbre o voluntad propia, no debe ningún complemento en enero (artículo 2 del Decreto 76-78). En cualquiera de los dos casos, firma el recibo de cada pago y pide una copia: la ley exige dejar constancia escrita (artículo 7).

Cómo se calcula el aguinaldo

  1. Toma tu salario ordinario mensual.
  2. Si trabajaste un año completo, tu aguinaldo es ese salario.
  3. Si trabajaste menos, calcula la proporción: salario × días trabajados ÷ 365.
Ejemplos de aguinaldo (montos ilustrativos)
CasoCálculoAguinaldo
Año completo con Q4,000Q4,000Q4,000
Pago dividido con Q4,000Q2,000 en diciembre + Q2,000 en eneroQ4,000
8 meses (243 días) con Q4,000Q4,000 × 243 ÷ 365Q2,663.01
4 meses (122 días) con Q4,000Q4,000 × 122 ÷ 365Q1,336.99
Plantilla para calcular tu aguinaldo

Salario ordinario mensual: Q

Días trabajados en el año de cálculo:

Año completo: aguinaldo = salario mensual = Q

Menos de un año: aguinaldo = salario × días ÷ 365 = Q

Gráfico de barras con el aguinaldo en Guatemala según los meses trabajados con un salario de Q4,000
El aguinaldo según el tiempo trabajado, con un salario de Q4,000.

Aguinaldo y Bono 14: no son lo mismo

El Bono 14 es una prestación adicional e independiente al aguinaldo, que se paga en julio. Su valor no se toma en cuenta para calcular el aguinaldo (Decreto 42-92, artículos 1 y 6). Mira cómo se calcula en nuestra guía de cómo calcular el Bono 14 en Guatemala.

Trabajadora guatemalteca recibe su aguinaldo en la oficina de una empresa de Escuintla
El aguinaldo debe pagarse en dinero, no en especie.

Un ejemplo completo

Rosa trabaja en una tienda de Cobán desde hace tres años con un salario ordinario de Q3,800. Su patrono decide pagar el aguinaldo en dos partes:

  • Primera quincena de diciembre: recibe Q1,900, el 50 %.
  • Segunda quincena de enero: recibe los otros Q1,900.
  • En julio ya había recibido aparte su Bono 14, que no se descuenta del aguinaldo.

Si Rosa hubiera renunciado a fines de agosto, en su liquidación le habrían pagado la parte proporcional de su aguinaldo y de su Bono 14 por el tiempo trabajado.

Aguinaldo y liquidación

Cuando termina la relación de trabajo por cualquier causa, el aguinaldo proporcional forma parte de tu liquidación, junto con el Bono 14 proporcional, las vacaciones no gozadas y, si te despidieron sin causa justificada, la indemnización. Mira qué es un despido injustificado en Guatemala.

Lo que dice la ley del aguinaldo (Decreto 76-78)

Reglas de la Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo
ReglaQué significa para tiArtículo
MontoEl 100 % de tu salario ordinario mensual por un año de servicios continuos, o la parte proporcional1
Licencias y suspensionesNo interrumpen la continuidad: ese tiempo cuenta para el aguinaldo3
AnticiposSi te adelantaron aguinaldo durante el año, el patrono igual debe completar la totalidad en la fecha de pago4
Al terminar el contratoTe pagan de inmediato la parte proporcional; el aguinaldo no se acumula de un año a otro5
Si cobrabas másConservas el mayor monto que ya venías recibiendo6
ConstanciaEl pago debe constar por escrito; si el patrono no muestra la constancia firmada, se presume que no pagó7
ImpuestosNo paga impuestos ni cuotas del IGSS, Irtra e Intecap, y es inembargable salvo excepciones legales15

Para trabajadores de campo o con contratos que no exigen trabajar todos los días, basta con haber trabajado al menos 150 jornadas para tener derecho al aguinaldo (artículo 10). Y el patrono que no pueda pagarlo por falta de recursos debe probarlo con una declaración jurada ante las autoridades de trabajo en la primera quincena de noviembre; si no lo hace, queda obligado a pagar (artículo 11).

El aguinaldo en tu indemnización

Si te despiden sin justa causa, la indemnización del artículo 82 del Código de Trabajo se calcula con el promedio de los últimos seis meses, y a esa base se suma el aguinaldo en la proporción de seis meses (artículo 9 del Decreto 76-78), igual que el Bono 14. Ejemplo ilustrativo con Q4,000 al mes: la mitad del aguinaldo son Q2,000, que repartidos en seis meses suman Q333.33 por mes a la base. Con el Bono 14 en la misma proporción, la base queda en unos Q4,666.67 por mes de indemnización. Mira el cálculo completo en qué es despido injustificado.

Errores comunes

  • Pagar en especie: el aguinaldo debe pagarse en dinero.
  • Restarle el Bono 14: son prestaciones independientes.
  • Pagar todo en enero: al menos el 50 % debe llegar en la primera quincena de diciembre.
  • Olvidar el proporcional al irte: si sales antes del pago, te corresponde la parte proporcional, y debe pagarse de inmediato (artículo 5).
  • Descontar los anticipos y no completar: los adelantos no eximen de pagar el total en la fecha (artículo 4).
  • Pagar sin recibo: sin constancia firmada, se presume que el aguinaldo no se pagó (artículo 7).
  • Embargarlo: es inembargable, salvo excepciones de leyes especiales.

Qué hacer si no te pagan el aguinaldo

  1. Revisa tu recibo de diciembre y, si corresponde, el de enero.
  2. Pide el pago por escrito a tu patrono.
  3. Denuncia en la sede departamental más cercana del Ministerio de Trabajo, en su oficina central de la zona 9 o, si la denuncia es de un grupo de trabajadores de la misma empresa, en la línea 1511.
  4. La Inspección General de Trabajo puede imponer una multa de 8 a 18 salarios mínimos al patrono que no pague (Código de Trabajo, artículo 272, literal a).
Cuatro pasos si no te pagan el aguinaldo en Guatemala
Cómo reclamar el aguinaldo.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo me pagan el aguinaldo si lo dividen en dos partes?

El 50 % en la primera quincena de diciembre y el otro 50 % en la segunda quincena de enero del año siguiente. Con Q4,000 al mes, Q2,000 hasta el 15 de diciembre y Q2,000 entre el 16 y el 31 de enero (artículo 2 del Decreto 76-78).

¿Qué pasa si mi empresa dice que no puede pagar el aguinaldo?

Debe probarlo con una declaración jurada ante las autoridades de trabajo en la primera quincena de noviembre; si no lo hace, queda obligada a pagarlo (artículo 11 del Decreto 76-78).

¿El aguinaldo paga impuestos o cuotas del IGSS?

No. No está sujeto a impuestos, tasas ni cuotas del IGSS, Irtra o Intecap, y es inembargable salvo las excepciones de ley (artículo 15 del Decreto 76-78).

¿Me pueden negar el aguinaldo si me dieron un adelanto?

No. Los anticipos no eximen al patrono de pagar la totalidad del aguinaldo en la fecha legal (artículo 4 del Decreto 76-78).

¿Cuenta el tiempo de una licencia para el aguinaldo?

Sí. Las licencias, con o sin goce de salario, y las suspensiones no interrumpen la continuidad del trabajo (artículo 3 del Decreto 76-78).

¿Cuándo se paga el aguinaldo en Guatemala?

Dentro de los primeros 15 días de diciembre, o el 50 % en la primera quincena de diciembre y el 50 % en la segunda quincena de enero.

¿Cuánto es el aguinaldo?

El 100 % de un mes de salario ordinario por un año de servicio continuo, o la parte proporcional si trabajaste menos.

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?

Salario ordinario mensual × días trabajados ÷ 365.

¿El aguinaldo se puede pagar en especie?

No. Debe pagarse en dinero y es inembargable, salvo las excepciones de leyes especiales.

¿Qué multa hay si no pagan el aguinaldo?

La Inspección General de Trabajo puede imponer de 8 a 18 salarios mínimos de multa (Código de Trabajo, artículo 272).

¿El Bono 14 se suma al aguinaldo?

No. Son prestaciones independientes (Decreto 42-92, artículo 6).

Fuentes oficiales

  1. Lo que debes saber sobre el aguinaldo · Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de Guatemala. Monto, Decreto 76-78, fechas de pago, proporcional, pago en dinero, inembargabilidad, multa y canales de denuncia.
  2. Ley Reguladora del Aguinaldo, Decreto 76-78 · Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab). Monto, pago en dos partes, continuidad, anticipos, proporcional, constancia, prohibición de pago en especie, indemnización, 150 jornadas, incapacidad económica e impuestos.
  3. Ley de Bonificación Anual (Decreto 42-92) · Oficina Nacional de Servicio Civil, copia en el sitio del Ministerio de Cultura y Deportes. Independencia del Bono 14 respecto del aguinaldo y aplicación supletoria del Decreto 76-78.
  4. Código de Trabajo (Decreto 1441) · Oficina Nacional de Servicio Civil, copia en el sitio de la AMSCLAE. Sanciones por faltas de trabajo (artículo 272).
  5. Decretos · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Listado oficial de decretos laborales, incluido el Decreto 76-78.
  6. Mintrab verifica pago del aguinaldo · Diario de Centro América. Verificación del pago del aguinaldo por el Ministerio de Trabajo.
  7. Decreto 1633, aguinaldo de los empleados públicos · Ministerio de Finanzas Públicas. Régimen del aguinaldo en el sector público.