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🇪🇨 Derechos laborales

Carta de renuncia en Ecuador: modelo, desahucio y liquidación

Carta de renuncia en Ecuador: una profesional ecuatoriana entrega su carta de renuncia a su jefe en una oficina de Quito
En Ecuador, la renuncia se comunica con un aviso escrito de desahucio con 15 días de anticipación.

Carta de renuncia en Ecuador es el aviso escrito con el que comunicas a tu empleador que terminas el contrato. En el Código del Trabajo se llama desahucio: debes darlo con al menos 15 días de anticipación, incluso por medios electrónicos, y te da derecho a una bonificación del 25 % de tu última remuneración por cada año de servicio. Acá tienes un modelo para editar, cómo entregarlo, qué incluye tu liquidación y los errores que conviene evitar.

En este artículo
  1. Qué dice la ley sobre la renuncia
  2. Modelo de carta de renuncia en Ecuador para editar
  3. Qué te pagan cuando renuncias
  4. Ejemplo completo con fechas y montos
  5. Si renuncias por culpa del empleador
  6. Acta de finiquito
  7. Renuncia, acuerdo o despido: no es lo mismo
  8. Si no te pagan después de renunciar
  9. Errores comunes al renunciar
  10. Consejos para renunciar bien
  11. Preguntas frecuentes

Qué dice la ley sobre la renuncia

  • Desahucio: el contrato termina por el desahucio presentado por el trabajador (artículo 169, numeral 9).
  • Aviso por escrito: el desahucio es el aviso escrito, incluso por medios electrónicos, con el que comunicas tu voluntad de terminar el contrato (artículo 184).
  • 15 días: debes darlo con al menos 15 días antes del cese definitivo. El plazo puede reducirse si el empleador lo acepta expresamente al recibir el aviso.
  • Bonificación: el empleador te paga el 25 % de tu última remuneración mensual por cada año de servicio (artículo 185).
  • Liquidación: el empleador debe liquidar la bonificación y tus demás derechos en los 15 días posteriores al aviso.
Cuatro pasos para renunciar en Ecuador: carta, aviso de 15 días, liquidación y acta de finiquito
Los cuatro pasos de una renuncia en regla.

Modelo de carta de renuncia en Ecuador para editar

Carta de renuncia (desahucio) del trabajador

Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.

Ciudad, día de mes de año

Señor(a)

Nombre del empleador o representante legal

Razón social – RUC

Presente.-

De mi consideración:

Yo, nombre completo, con cédula de ciudadanía n.º , en mi calidad de cargo,

comunico a usted mi decisión de dar por terminado el contrato de trabajo(/consejos/ecuador/contrato-de-trabajo-en-ecuador), de conformidad con el artículo 184 del Código del Trabajo.

Mi último día de labores será el fecha, con lo que cumplo el aviso de al menos quince días que establece la ley.

Solicito que se liquiden la bonificación por desahucio del artículo 185 y los demás haberes que me corresponden.

Agradezco la oportunidad y la experiencia adquirida en empresa.

Atentamente,

Nombre completo – C.C.

Variante breve para enviar por correo electrónico

Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.

Asunto: Desahucio – nombre completo – cargo

Estimado(a) nombre:

Por medio del presente, y de conformidad con el artículo 184 del Código del Trabajo, le comunico mi decisión de terminar mi contrato de trabajo.

Mi último día de labores será el fecha, al menos quince días después de este aviso.

Le agradeceré confirmar la recepción de este correo y coordinar la liquidación de mis haberes y de la bonificación por desahucio.

Saludos cordiales,

Nombre completo – C.C. – celular

Entrega dos copias y pide que te firmen y fechen una como recibido. Si la envías por correo electrónico, guarda el correo enviado y la respuesta.

Qué te pagan cuando renuncias

Rubros de la liquidación al renunciar (Código del Trabajo)
Rubro¿Corresponde?
Días trabajados del mesSí
Décimo tercero y cuarto proporcionales, si no los cobrabas mensualmenteSí
Vacaciones no gozadas o proporcionalesSí (artículo 71)
Bonificación por desahucio: 25 % por año de servicioSí (artículo 185)
Indemnización por despido intempestivoNo

Ejemplo: con 4 años de servicio y una última remuneración de $800, la bonificación por desahucio es 25 % × $800 × 4 = $800, más los demás rubros. Mira el cálculo completo en nuestra guía de liquidación en Ecuador.

Gráfico de barras con la bonificación por desahucio en Ecuador según años de servicio con un sueldo de 800 dólares
La bonificación por desahucio según tus años de servicio.

Ejemplo completo con fechas y montos

Mónica trabaja hace 4 años y 7 meses con un sueldo de $800, cobra los décimos mensualmente y no ha tomado vacaciones desde su último aniversario. Entrega su carta el lunes 2 de noviembre de 2026. Fechas y montos ilustrativos:

La renuncia de Mónica
PasoFecha o cálculoResultado
Aviso de desahucio por escrito2 de noviembre de 2026Empieza a correr el plazo de 15 días
Último día de trabajoNo antes del 17 de noviembre, salvo que el empleador acepte un plazo menorCumple el aviso legal (artículo 184)
Bonificación por desahucio25 % × $800 × 4 años$800
Vacaciones proporcionales$800 × 7 meses ÷ 24$233,33
Plazo para liquidar15 días después del avisoHasta el 17 de noviembre de 2026 (artículo 185)

Además le pagan los días trabajados del mes y, si tiene fondo de reserva pendiente, ese valor: el fondo de reserva no se pierde por ningún motivo, tampoco al renunciar (artículo 196).

Si renuncias por culpa del empleador

No es lo mismo renunciar por decisión propia que irte porque el empleador incumplió. El artículo 173 te permite terminar el contrato, previo visto bueno del inspector, cuando:

  • Te injurian gravemente el empleador, sus familiares o representantes.
  • Te bajan el sueldo, no te lo pagan o te lo pagan con atrasos.
  • Te exigen una labor distinta a la convenida, salvo las urgencias del artículo 52.
  • Sufres violencia o acoso laboral, cometido o permitido por el empleador.

En esos casos tienes derecho a las mismas indemnizaciones del despido intempestivo y a las bonificaciones del capítulo (artículo 191). Por eso, antes de presentar una carta de renuncia común, consulta en el Ministerio del Trabajo si tu caso encaja en el artículo 173. Mira el despido intempestivo.

Acta de finiquito

Según la ficha oficial del trámite en gob.ec, el empleador debe pagar y registrar el acta de finiquito con la constancia de pago en el Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio del Trabajo. Revisa el acta antes de firmarla: debe detallar cada rubro. Si el finiquito no se practicó ante el inspector del trabajo, puedes impugnarlo (artículo 595).

Trabajador ecuatoriano revisa su acta de finiquito antes de firmarla en una oficina de Guayaquil
Revisa cada rubro del acta de finiquito antes de firmar.

Renuncia, acuerdo o despido: no es lo mismo

  • Renuncia (desahucio): bonificación del 25 % por año, sin indemnización por despido.
  • Acuerdo entre las partes: también da derecho a la misma bonificación del 25 % por año (artículo 185).
  • Despido sin causa: además de la bonificación, corresponde la indemnización del artículo 188. Si te piden firmar una renuncia cuando en realidad te están despidiendo, no lo hagas. Mira nuestra guía de despido intempestivo.

Si no te pagan después de renunciar

  • Impugna el finiquito si no se hizo ante el inspector del trabajo y no estás de acuerdo con los valores (artículo 595).
  • Reclama a tiempo: las acciones de los contratos de trabajo prescriben en 3 años desde que terminó la relación (artículo 635).
  • Guarda la constancia de que entregaste tu desahucio: el correo enviado o la copia firmada como recibida por la empresa.

Errores comunes al renunciar

  • Irse sin aviso: el desahucio exige al menos 15 días, salvo que el empleador acepte un plazo menor.
  • No pedir la bonificación: el 25 % por año de servicio también corresponde al renunciar.
  • Firmar el acta sin revisar: compara cada rubro con tus roles de pago.
  • No guardar la copia recibida: es tu prueba de la fecha del aviso.

Consejos para renunciar bien

  • Conversa primero con tu jefe y luego entrega la carta.
  • Respeta los 15 días o acuerda por escrito un plazo menor.
  • Deja tus tareas ordenadas y ofrece ayudar en el traspaso.
  • Guarda la copia recibida y tus roles de pago.
  • Revisa la liquidación con las calculadoras del Ministerio del Trabajo antes de firmar.
Cuatro consejos para renunciar bien en Ecuador
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Preguntas frecuentes

¿Puedo enviar mi carta de renuncia por correo electrónico?

Sí. El desahucio es un aviso por escrito que puede hacerse incluso por medios electrónicos, con al menos 15 días de anticipación al cese (Código del Trabajo, artículo 184). Guarda la constancia del envío.

¿Me pagan la bonificación del 25 % si terminamos de mutuo acuerdo?

Sí. El artículo 185 dice que la misma bonificación por desahucio se paga cuando la relación laboral termina por acuerdo entre las partes.

¿Puedo renunciar y cobrar indemnización?

Solo si terminas el contrato por una causa del artículo 173, como falta de pago o acoso laboral, con visto bueno del inspector: entonces tienes las indemnizaciones del despido intempestivo (Código del Trabajo, artículo 191).

¿Pierdo mi fondo de reserva si renuncio?

No. El trabajador no pierde el fondo de reserva por ningún motivo (artículo 196).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi liquidación?

Las acciones de los contratos de trabajo prescriben en tres años desde la terminación de la relación laboral (artículo 635).

¿Con cuánta anticipación debo renunciar en Ecuador?

Con al menos 15 días antes de tu último día de trabajo, salvo que el empleador acepte expresamente un plazo menor (artículo 184).

¿Me pagan algo si renuncio?

Sí: la bonificación por desahucio del 25 % de tu última remuneración por cada año de servicio, más los días trabajados, los décimos y las vacaciones proporcionales.

¿Puedo enviar la renuncia por correo electrónico?

Sí. El artículo 184 permite dar el aviso de desahucio incluso por medios electrónicos. Guarda el correo enviado.

¿En cuánto tiempo me pagan la liquidación si renuncio?

El artículo 185 da al empleador 15 días desde el aviso para liquidar la bonificación y demás derechos.

¿Qué pasa si me piden firmar una renuncia cuando me despiden?

No la firmes: perderías la indemnización por despido intempestivo del artículo 188, que solo corresponde si el empleador termina el contrato sin causa.

Fuentes oficiales

  1. Código del Trabajo (última reforma 2026-04-09) · Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop). Artículos 71, 169, 173, 184, 185, 191, 196, 595 y 635, releídos el 2026-10-29.
  2. Código del Trabajo (Codificación 2005-017), actualizado al 27 de junio de 2024 · Servicio de Rentas Internas (SRI). Desahucio, plazo de 15 días, bonificación del 25 %, liquidación e impugnación del finiquito.
  3. Registro de actas de finiquito por parte del empleador en el SUT · Gob.ec, Ministerio del Trabajo. Registro del acta de finiquito con constancia de pago.
  4. Ficha del trámite Registro de actas de finiquito (2026) · Gob.ec. Plazo y requisitos del registro del acta de finiquito.
  5. ¿Qué requisitos debo tener para demandar el pago de mis haberes laborales si renuncié? · Defensoría del Pueblo de Ecuador. Reclamo de haberes laborales después de renunciar.
  6. Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar · Gobierno de Galápagos. Reforma de 2015 que creó el desahucio con bonificación en su forma actual.
  7. Calculadoras del Ministerio del Trabajo · Ministerio del Trabajo. Cálculo oficial de la liquidación.