Este artículo explica las normas de 🇪🇨 Ecuador. Las reglas cambian en Colombia: mira los consejos para Colombia.
🇪🇨 Derechos laboralesLicencia de maternidad en Ecuador: 12 semanas, lactancia y paternidad

Licencia de maternidad en Ecuador es el permiso con remuneración de 12 semanas que tiene toda trabajadora por el nacimiento de su hijo, con 10 días más si el parto es múltiple. El padre tiene 15 días, y la madre lactante, una jornada de 6 horas durante los 15 meses siguientes. Además, puedes pedir una licencia sin sueldo de hasta 15 meses para cuidar a tu hijo. Acá tienes cuánto dura cada permiso, quién paga, los requisitos del subsidio del IESS y la protección contra el despido.
En este artículo
- Cuánto dura la licencia de maternidad en Ecuador
- Quién paga la licencia
- Licencia de maternidad para hombres: la paternidad
- Lactancia: jornada de 6 horas por 15 meses
- Licencia sin remuneración para cuidar a tu hijo
- Protección contra el despido
- Un ejemplo de calendario
- Las fechas y los montos del ejemplo
- Otras licencias y protecciones
- Paso a paso para pedir tu licencia
- Preguntas frecuentes
Cuánto dura la licencia de maternidad en Ecuador
| Licencia | Duración | Con remuneración |
|---|---|---|
| Maternidad | 12 semanas | Sí |
| Maternidad por parto múltiple | 12 semanas + 10 días | Sí |
| Paternidad, parto normal | 15 días | Sí |
| Paternidad, cesárea o parto múltiple | 15 + 5 días | Sí |
| Paternidad, bebé prematuro o con cuidado especial | 8 días más | Sí |
| Paternidad, bebé con enfermedad degenerativa, terminal o discapacidad severa | 25 días | Sí |
| Adopción | 30 días | Sí |
La ausencia se justifica con un certificado médico del IESS o, a falta de él, de otro profesional, con la fecha probable del parto o la fecha en que ocurrió. Si la madre fallece en el parto o durante la licencia, el padre puede usar el resto de la licencia que le hubiera correspondido a ella.

Quién paga la licencia
- Remuneración completa: el artículo 153 dice que durante las 12 semanas tienes derecho a percibir la remuneración completa, salvo lo que disponga la Ley de Seguridad Social si cubre igual o más.
- Subsidio del IESS: según el IESS, se paga el 75 % de tu última remuneración durante 84 días, si tienes 12 aportaciones mensuales consecutivas en los 12 meses previos al reposo prenatal, no hay mora patronal y tienes una cuenta bancaria registrada en el IESS.
- Sector público: según el IESS, las servidoras amparadas por la LOSEP reciben su sueldo completo durante las 12 semanas, sin subsidio.
Licencia de maternidad para hombres: la paternidad
La reforma publicada en el Registro Oficial 309 de mayo de 2023 subió la licencia de paternidad a 15 días con remuneración por parto normal, con 5 días más por cesárea o parto múltiple, 8 más si el bebé es prematuro o necesita cuidado especial, y 25 días en total si nace con una enfermedad degenerativa, terminal o irreversible, o con discapacidad severa (artículo 152). El padre también puede pedir la licencia sin remuneración para el cuidado de los hijos.

Lactancia: jornada de 6 horas por 15 meses
Durante los 15 meses siguientes al fin de la licencia de maternidad, la jornada de la madre lactante es de 6 horas, según su necesidad (artículo 155). Las empresas con 50 o más trabajadores deben ofrecer un servicio de guardería infantil gratuito, propio, asociado con otras empresas o contratado con terceros.
Licencia sin remuneración para cuidar a tu hijo
- Duración: hasta 15 meses adicionales después de la licencia remunerada, de forma opcional y voluntaria, para la madre o el padre, también en adopción (artículo 152.1).
- Antigüedad: el período cuenta para la antigüedad.
- Salud: se garantizan las prestaciones de salud de la seguridad social.
- Fondos de cesantía: puedes pedirlos dentro de los 3 días posteriores al fin de la licencia remunerada; se entregan el día 61 desde la solicitud.
- Protección: si te despiden por haber usado esta licencia, el despido es ineficaz.

Protección contra el despido
- Desde el inicio del embarazo: la trabajadora embarazada no puede ser despedida intempestivamente, salvo por las causas del artículo 172 con visto bueno (artículo 154).
- Despido ineficaz: el despido de una trabajadora embarazada o por su gestación o maternidad es ineficaz. Tienes 30 días para presentar la acción ante el juez, que puede ordenar tu reintegro inmediato (artículos 195.1 y 195.2).
- Si no quieres volver: recibes un año de remuneración además de la indemnización por despido (artículo 195.3).
- Enfermedad por el embarazo o el parto: si te incapacita hasta por un año, no pueden terminar tu contrato por esa causa (artículo 154).
Mira cómo se calcula la indemnización en nuestra guía de despido intempestivo.
Un ejemplo de calendario
Andrea trabaja en Quito con un sueldo de $700 y tiene 12 aportaciones seguidas al IESS. Su bebé nace el 2 de marzo:
- Licencia de maternidad: 12 semanas desde el parto o desde la fecha que indique su certificado; vuelve a trabajar a fines de mayo.
- Pago: según el IESS, el subsidio es del 75 % de su última remuneración por 84 días, y el artículo 153 le garantiza la remuneración completa durante la licencia.
- Su pareja: tiene 15 días de licencia pagada si el parto fue normal, o 20 si fue por cesárea.
- Al volver: trabaja 6 horas diarias durante 15 meses por lactancia, o pide la licencia sin remuneración si necesita más tiempo con su bebé.
Las fechas y los montos del ejemplo
| Etapa | Fecha o monto |
|---|---|
| Licencia de maternidad de 12 semanas | Del 2 de marzo al 24 de mayo de 2027 |
| Regreso al trabajo | 25 de mayo de 2027 |
| Jornada de 6 horas por lactancia | 15 meses desde el fin de la licencia, hasta fines de agosto de 2028 |
| Subsidio del IESS (75 % de $700, según el IESS) | $525 al mes; unos $1.470 por los 84 días |
| Licencia de paternidad si el parto es por cesárea | 20 días con remuneración |
Otras licencias y protecciones
- Hijos hospitalizados o con enfermedades degenerativas: la madre y el padre tienen 25 días de licencia con remuneración, que pueden tomar juntos o alternados, con certificado del médico especialista y de hospitalización.
- No pueden reemplazarte de forma definitiva durante las 12 semanas de licencia, y el juez debe ordenar tu reintegro inmediato si te despiden embarazada o en período de lactancia (artículo 153).
- Reemplazo temporal: si contratan a alguien para cubrir tu licencia sin remuneración, ese contrato eventual termina cuando vuelves (artículo 152.1).
- Enfermedad por el embarazo o el parto: si te incapacita, no pueden despedirte por esa causa hasta por un año, aunque después de las 12 semanas no corre la remuneración, salvo que un contrato colectivo dé más (artículo 154).
- Multas a tu favor: las infracciones a las reglas sobre el trabajo de mujeres se multan, y el dinero de la multa se entrega a la mujer perjudicada; la multa se duplica si el empleador reincide (artículo 156).
Paso a paso para pedir tu licencia
- Pide el certificado médico del IESS con la fecha probable del parto.
- Entrégalo a tu empleador para justificar tu ausencia.
- Revisa en el IESS que tengas las 12 aportaciones consecutivas, que no haya mora patronal y que tu cuenta bancaria esté registrada.
- Al terminar la licencia, coordina tu jornada de lactancia de 6 horas o pide la licencia sin remuneración si la necesitas.

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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cuántos días tiene el padre si la madre fallece en el parto?
Puede usar la totalidad, o la parte que reste, del período de licencia que le hubiera correspondido a la madre si ella no hubiese fallecido durante el parto o la licencia (Código del Trabajo, artículo 152).
¿Cuántos días de licencia hay si mi hijo está hospitalizado?
Veinticinco días con remuneración para la madre y el padre, juntos o alternados, con certificado del médico tratante y de hospitalización (Código del Trabajo).
¿Me pueden reemplazar mientras estoy de licencia de maternidad?
No de forma definitiva durante las 12 semanas de licencia (artículo 153). Si usas la licencia sin remuneración, quien te reemplace tiene un contrato eventual que termina cuando vuelves (artículo 152.1).
¿Qué pasa si me enfermo por el embarazo después de la licencia?
No pueden terminar tu contrato por esa causa hasta por un año, pero el empleador no paga la remuneración pasadas las 12 semanas, salvo que un contrato colectivo diga otra cosa (artículo 154).
¿Cuánto dura la licencia de maternidad en Ecuador?
12 semanas con remuneración, y 10 días más en caso de parto múltiple (artículo 152).
¿Cuántos días de paternidad hay en Ecuador?
15 días con remuneración por parto normal; 5 más por cesárea o parto múltiple; 8 más si el bebé es prematuro; y 25 días si nace con una enfermedad grave o discapacidad severa.
¿Cuánto paga el IESS por maternidad?
Según el IESS, el 75 % de tu última remuneración durante 84 días, si tienes 12 aportaciones consecutivas antes del reposo prenatal. El artículo 153 garantiza tu remuneración completa durante las 12 semanas.
¿Cuánto dura la jornada de lactancia?
Seis horas diarias durante los 15 meses siguientes al fin de la licencia de maternidad (artículo 155).
¿Me pueden despedir estando embarazada?
No, salvo por causa legal con visto bueno. Un despido por embarazo o maternidad es ineficaz y puedes reclamarlo ante el juez en 30 días.
¿Puedo tomar más tiempo para cuidar a mi bebé?
Sí, una licencia opcional sin remuneración de hasta 15 meses, que cuenta para la antigüedad (artículo 152.1).
Fuentes oficiales
- Código del Trabajo (última reforma 2026-04-09) · Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop). Artículos 152 a 156, releídos el 2026-10-29.
- Código del Trabajo (Codificación 2005-017), actualizado al 27 de junio de 2024 · Servicio de Rentas Internas (SRI). Licencias de maternidad, paternidad y adopción, licencia sin remuneración, protección, lactancia y despido ineficaz.
- Todo lo que debe saber sobre el subsidio de maternidad · IESS. Subsidio del 75 % por 84 días, requisitos y caso del sector público.
- Subsidios por enfermedad o maternidad · IESS. Requisitos de aportaciones para el subsidio.
- Seguro de Salud · IESS. Prestaciones de salud del IESS durante la maternidad.
- Código del Trabajo · Ministerio del Trabajo. Texto del Código publicado por el Ministerio.
- Atención médica y subsidio por maternidad · IESS. Atención médica y subsidio por maternidad del IESS.