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Contrato de trabajo para el personal de casas particulares: guía 2026

Contrato de trabajo para el personal de casas particulares: una empleadora y una trabajadora acuerdan las condiciones
La trabajadora de casas particulares se registra en ARCA, con aportes y ART.

Contrato de trabajo para el personal de casas particulares es el que firmás cuando contratás a alguien para limpiar, cocinar, cuidar a tus hijos o a una persona mayor en tu casa, sin importar cuántas horas trabaje. Se rige por la Ley 26.844, que la reforma laboral de 2026 modificó: ahora el período de prueba es de 6 meses. Acá tenés cómo registrar a la trabajadora, las categorías y el salario, la jornada con y sin retiro, vacaciones, aguinaldo, enfermedad y qué pasa si termina la relación.

En este artículo
  1. Qué regula la Ley 26.844
  2. Cómo registrar el contrato de trabajo para el personal de casas particulares
  3. Categorías y salario
  4. Jornada y descansos
  5. Período de prueba de 6 meses
  6. Aguinaldo, vacaciones y enfermedad
  7. Preaviso e indemnización
  8. Liquidación final de una empleada doméstica
  9. Cómo renuncia una empleada doméstica
  10. Durante el preaviso
  11. Antes de contratar
  12. Preguntas frecuentes

Qué regula la Ley 26.844

Rige el trabajo en casas particulares o en la vida familiar que no le da lucro directo al empleador, cualquiera sea la cantidad de horas (artículo 1). No entra en este régimen quien es contratado por una empresa para esas tareas, los parientes del dueño de casa ni el cuidado terapéutico de personas enfermas (artículo 3). Está prohibido contratar a menores de 16 años (artículo 9).

Cómo registrar el contrato de trabajo para el personal de casas particulares

  1. Sacá tu clave fiscal nivel 2 para operar con los sistemas de casas particulares.
  2. Dá de alta a la trabajadora en la plataforma de ARCA para casas particulares.
  3. Pagá los aportes y la ART cada mes en la misma plataforma: el seguro de riesgos del trabajo es obligatorio (artículo 14).
  4. Entregá el recibo firmado por la trabajadora, sin renuncias de ningún tipo (artículos 22 y 23).
Cuatro pasos para registrar a una trabajadora de casas particulares en Argentina
Cómo registrar a la trabajadora, paso a paso.

Categorías y salario

Categorías del personal de casas particulares
CategoríaTareas
Supervisor/aCoordina y controla las tareas de dos o más personas
Tareas específicasCocineros contratados en forma exclusiva y tareas que requieren especial idoneidad
Caseros/asCuidado general de una vivienda donde viven por su trabajo
Asistencia y cuidado de personasCuidado no terapéutico de niños, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad
Tareas generalesLimpieza, lavado, planchado, cocina y otras tareas típicas del hogar

Cada categoría tiene un salario mínimo por hora y por mes, con retiro y sin retiro, que fija la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Si la trabajadora hace tareas de más de una categoría, le corresponde la mejor pagada, según el Ministerio de Capital Humano. Consultá la escala vigente del mes antes de pagar.

Jornada y descansos

  • Jornada máxima: 8 horas diarias o 48 semanales; con distribución desigual, nunca más de 9 horas por día (artículo 14).
  • Descanso semanal: 35 horas corridas desde el sábado a las 13.
  • Horas extra: 50 % de recargo en días comunes y 100 % los sábados después de las 13, domingos y feriados (artículo 25).
  • Sin retiro: además, reposo nocturno de 9 horas, 3 horas de descanso al mediodía y habitación amueblada, higiénica y exclusiva (artículo 15).
  • Ropa de trabajo y alimentación a cargo del empleador.
Comparación de los derechos del personal de casas particulares con retiro y sin retiro
Personal con retiro y sin retiro.

Período de prueba de 6 meses

Desde la Ley 27.802 (6 de marzo de 2026), el contrato por tiempo indeterminado se considera a prueba durante los primeros 6 meses. En ese lapso cualquiera puede terminarlo sin causa y sin indemnización. No se puede usar el período de prueba más de una vez con la misma persona (artículo 7).

Ojo: el período de prueba no exime de registrar a la trabajadora desde el primer día. Si la relación termina dentro de esos 6 meses, igual hay que pagarle los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones proporcionales; lo único que no corresponde es la indemnización por antigüedad.

Aguinaldo, vacaciones y enfermedad

  • Aguinaldo: el 50 % de la mayor remuneración mensual de cada semestre, pagado el último día laboral de junio y de diciembre (artículos 26 y 27).
  • Vacaciones: 14 días corridos con más de 6 meses y hasta 5 años de antigüedad; 21, 28 o 35 días según la antigüedad (artículo 29). Mirá cómo se calculan las vacaciones en Argentina.
  • Enfermedad o accidente inculpable: sueldo completo hasta 3 meses al año con menos de 5 años de antigüedad, y hasta 6 meses con más (artículo 34).
Trabajadora de casas particulares argentina cuida a una señora mayor en su casa de Córdoba
El cuidado no terapéutico de personas mayores es una de las categorías del régimen.

Preaviso e indemnización

Si termina la relación (Ley 26.844)
ConceptoReglaArtículo
Preaviso de la trabajadora10 días42
Preaviso del empleador10 días con menos de 1 año; 30 días con más42
Sin preavisoIndemnización equivalente a los días de preaviso, más la integración del mes43 y 44
Despido sin causaUn mes de sueldo por año o fracción mayor de 3 meses; mínimo un mes48
Gráfico con los plazos de preaviso y el período de prueba del personal de casas particulares
Plazos clave del contrato.

La duplicación de la indemnización por falta de registro que preveía el artículo 50 fue derogada por la Ley 27.742 en 2024. Igual, no registrar a la trabajadora te expone a reclamos y la deja sin aportes ni cobertura.

Liquidación final de una empleada doméstica

Cuando termina la relación, siempre hay que pagar los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Lo demás depende de cómo terminó:

  • Despido sin causa: además, la indemnización por antigüedad (un mes de sueldo por año o fracción mayor de 3 meses, como mínimo un mes) y, si no hubo preaviso, la indemnización sustitutiva del preaviso más la integración del mes (artículos 43, 44 y 48).
  • Renuncia: no hay indemnización; la trabajadora debe dar 10 días de preaviso (artículo 42).
  • Despido indirecto: si la trabajadora se considera despedida con justa causa, le corresponden las mismas indemnizaciones que en un despido sin causa (artículo 49).
  • Muerte del empleador: el 50 % de la indemnización por antigüedad, salvo que el trabajo siga con la familia más de 30 días corridos, en cuyo caso la relación continúa (artículo 46).

Ejemplo ilustrativo: una trabajadora con un sueldo de $600.000, 2 años y 4 meses de antigüedad, despedida sin preaviso el día 15. La indemnización por antigüedad es de 3 sueldos ($1.800.000), porque los 4 meses superan los 3; el preaviso omitido es de 30 días ($600.000), porque tiene más de un año; y la integración del mes son los 15 días que faltaban ($300.000). A eso se suman los 15 días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Usá siempre la mejor remuneración mensual del último año.

  1. Calculá los días trabajados del último mes: sueldo mensual ÷ 30 × días.
  2. Sumá el aguinaldo proporcional del semestre en curso.
  3. Sumá las vacaciones no gozadas que correspondan por la antigüedad.
  4. Si fue despido sin causa, agregá la indemnización por antigüedad y, si no hubo preaviso, el preaviso y la integración del mes.
  5. Pagá con un recibo firmado que detalle cada concepto, y conservá una copia.

Cómo renuncia una empleada doméstica

La renuncia debe hacerse por telegrama o carta documento, enviados personalmente por la trabajadora, o ante la autoridad administrativa o judicial del trabajo. Los telegramas de renuncia son gratuitos en el correo, presentando el documento (artículo 46). Con la renuncia, la trabajadora cobra su liquidación final sin indemnización, y debe avisar con 10 días de anticipación.

Si se acuerda terminar la relación de común acuerdo, la ley exige formalizarlo ante la autoridad judicial o administrativa: un simple papel firmado en la casa no alcanza. Si hay dudas sobre los montos o la forma, revisá la información para empleadores y trabajadoras que publica el Ministerio de Trabajo en su sección de casas particulares, antes de que el desacuerdo termine en un reclamo o en un juicio.

Durante el preaviso

Los plazos de preaviso del empleador corren desde el primer día del mes siguiente a la notificación (artículo 44). Mientras dura, el personal sin retiro —el que vive en la casa— tiene 10 horas semanales pagas para buscar un nuevo trabajo, organizadas de la forma que mejor encaje con las tareas (artículo 45).

Si la trabajadora deja de presentarse, no se puede dar por abandonado el trabajo sin antes intimarla de forma fehaciente a volver, con un plazo que nunca puede ser menor a 2 días hábiles (artículo 46). Para calcular otros casos de liquidación, mirá también cómo calcular la liquidación final.

Antes de contratar

Acordá por escrito tareas, categoría, horario, modalidad (con o sin retiro) y salario. Si querés encontrar candidatas o candidatos, en TrabajoExpress podés publicar tu vacante. Y si sos trabajadora, mirá cómo saber si estás registrada en trabajo en blanco.

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Preguntas frecuentes

¿Qué ley rige el trabajo en casas particulares?

La Ley 26.844, con las modificaciones de la Ley 27.802 de 2026. Se aplica cualquiera sea la cantidad de horas trabajadas.

¿Cuánto dura el período de prueba?

6 meses desde la Ley 27.802, para los contratos por tiempo indeterminado (artículo 7).

¿Cómo registro a una empleada doméstica?

Con clave fiscal nivel 2, dándola de alta en la plataforma de ARCA para casas particulares y pagando cada mes los aportes y la ART.

¿Cuántas horas puede trabajar?

Hasta 8 horas diarias o 48 semanales, con un descanso semanal de 35 horas desde el sábado a las 13 (artículo 14).

¿Cuánto es la indemnización por despido?

Un mes de sueldo por año o fracción mayor de 3 meses, nunca menos de un mes, más preaviso e integración si no se dio aviso.

¿Sigue existiendo la doble indemnización por no registrar?

No. El artículo 50 de la Ley 26.844 fue derogado por la Ley 27.742 en 2024.

Fuentes oficiales

  1. Ley 26.844, régimen del personal de casas particulares (texto actualizado) · InfoLEG, Ministerio de Justicia. Ámbito, exclusiones, período de prueba de 6 meses, jornada, descansos, horas extras, aguinaldo, vacaciones, enfermedad, preaviso, indemnización y artículo 50 derogado.
  2. Ley 27.802 de Modernización Laboral (texto original) · Argentina.gob.ar, normativa nacional. Sustitución de los artículos 7 y 14 de la Ley 26.844.
  3. Sueldo de las trabajadoras domésticas · Argentina.gob.ar, Ministerio de Capital Humano. Las cinco categorías, salario con y sin retiro, por hora y por mes, y la regla de la categoría mejor pagada.
  4. Casas particulares · Argentina.gob.ar, Ministerio de Capital Humano. Alta de la trabajadora, pago de aportes y ART en ARCA, y clave fiscal nivel 2.
  5. Vacaciones del personal de casas particulares · Argentina.gob.ar, Ministerio de Capital Humano. Días de vacaciones según la antigüedad.
  6. Remuneraciones y recibos para casas particulares · Argentina.gob.ar, Ministerio de Capital Humano. Pago según la escala vigente, aportes, horas extras, aguinaldo y recibo de sueldo.