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🇦🇷 Derechos laboralesCertificado de trabajo en Argentina: artículo 80, plazo y cómo bajarlo de ARCA

Certificado de trabajo es el documento que tu empleador te tiene que entregar cuando termina la relación laboral, por cualquier causa, con los datos de tu empleo, la función que cumpliste, las capacitaciones que hiciste y la constancia de los aportes a la seguridad social. Según el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, reformado en 2026, el plazo es de 45 días hábiles desde la extinción, y puede ponerlo a tu disposición en papel o en formato digital. Desde el 18 de mayo de 2026, ARCA permite emitirlo de forma digital y gratuita, y vos lo descargás con tu clave fiscal en el servicio «Trabajo en Blanco». Acá tenés qué datos debe tener, cómo bajarlo, la diferencia con la constancia que piden en la facultad y qué hacer si no te lo dan.
En este artículo
- Qué es el certificado de trabajo del artículo 80
- El plazo: 45 días hábiles
- Un ejemplo con fechas
- Certificado de trabajo digital en ARCA
- Cómo descargar tu certificado
- Si la empresa cerró o no responde
- Para qué lo vas a necesitar
- Errores frecuentes
- Constancia o certificado de trabajo para la facultad
- Qué hacer si no te dan el certificado
- Preguntas frecuentes
Qué es el certificado de trabajo del artículo 80
Es la prueba oficial de tu historia laboral con ese empleador. El artículo 80 dice que el certificado debe contener los datos de la relación laboral, la función desempeñada, las capacitaciones realizadas y la constancia del ingreso de los aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social. Según ARCA, también detalla las remuneraciones percibidas durante la relación.
Te sirve para demostrar tu experiencia en el próximo empleo, para trámites jubilatorios y para comprobar que tu empleador hizo los aportes. Por eso conviene pedirlo y guardarlo aunque no lo necesites hoy.
| Dato | Para qué te sirve |
|---|---|
| Datos de la relación laboral: fechas de ingreso y egreso, empleador | Acreditar tu antigüedad y tu experiencia |
| Función desempeñada | Mostrar qué hiciste en tu próximo empleo |
| Capacitaciones realizadas | Sumar formación a tu CV |
| Aportes y contribuciones a la seguridad social | Controlar que te hicieron los aportes, por ejemplo para jubilarte |
El plazo: 45 días hábiles
Desde la reforma de 2026, el empleador tiene 45 días hábiles desde la extinción del contrato para entregar o poner a disposición el certificado. Como se cuentan días hábiles, el plazo equivale a algo más de dos meses corridos. La obligación existe por cualquier causa de extinción: renuncia, despido, fin del contrato o mutuo acuerdo.
La ley considera cumplida la entrega cuando el empleador pone el certificado a tu disposición en formato físico en la sede de la empresa, en formato digital por un sistema que acredite la entrega, o cuando la información está disponible para vos en los sitios de ANSES o de ARCA.

Un ejemplo con fechas
Pablo renunció y su último día fue el 30 de septiembre de 2026. Los 45 días hábiles empiezan a contar desde ahí y, descontando fines de semana y feriados, vencen alrededor de la primera semana de diciembre. Mientras tanto, su liquidación final tenía que pagarse mucho antes: dentro de los cuatro días hábiles. Si al vencer el plazo no tiene el documento en papel ni en ARCA, Pablo puede intimar por telegrama. Mientras espera, ya puede revisar en «Trabajo en Blanco» que su empleador haya declarado todos sus meses de trabajo y los aportes correspondientes.
Certificado de trabajo digital en ARCA
Con la Resolución General 5848/2026, ARCA creó un mecanismo para emitir el certificado de manera digital y gratuita. Según su comunicado oficial, el empleador entra con clave fiscal al servicio «Simplificación Registral», en «Otros Servicios», ítem «Certificado art. 80 LCT», carga tu CUIL, puede revisar un borrador y luego lo emite. Si elige el formato digital, no requiere firma manuscrita y queda a tu disposición en el acto.

Cómo descargar tu certificado
- Entrá a la web de ARCA con tu CUIL y tu clave fiscal.
- Buscá el servicio «Trabajo en Blanco»; si no lo tenés habilitado, agregalo desde el administrador de relaciones de tu clave fiscal.
- Descargá el certificado del empleador que corresponda, una vez que lo haya emitido.
- Guardalo en PDF junto con tus recibos de sueldo y la liquidación final, en una carpeta en la nube a la que puedas entrar desde el celular.
Si pasaron los 45 días hábiles y no aparece en ARCA ni te lo dieron en papel, pasá al último apartado. En el mismo servicio «Trabajo en Blanco» también podés revisar si tu empleador te registró y declaró tus aportes: lo explicamos en trabajo en blanco.

Si la empresa cerró o no responde
Si tu exempleador cerró, se mudó o no contesta, empezá por revisar lo que ya está a tu alcance: tus aportes y los períodos declarados aparecen en «Trabajo en Blanco» de ARCA y en tu historia laboral de ANSES. Para la ley, cuando esa información está disponible en esos sitios, la obligación del empleador se considera cumplida respecto de lo que allí conste. Si faltan períodos o datos, juntá tus recibos de sueldo, tu contrato y cualquier mensaje que pruebe la relación, y consultá en la autoridad de trabajo.
Para qué lo vas a necesitar
- Tu próximo empleo: muchas empresas lo piden para confirmar tu experiencia y tu puesto.
- Tu jubilación: los años con aportes se demuestran con estos datos; si un período no aparece, conviene reclamarlo cuanto antes.
- Trámites en ANSES: algunas prestaciones piden acreditar el fin de la relación laboral.
- Concursos y licitaciones: en el sector público y en algunos colegios profesionales se acredita la experiencia con certificados.
Errores frecuentes
- No revisar los datos: controlá las fechas de ingreso y egreso, la función y que estén todos los períodos.
- Confundirlo con el recibo de la liquidación final: son documentos distintos y te corresponden los dos.
- Esperar sin reclamar: si vence el plazo, intimá por escrito; cuanto más tiempo pasa, más difícil es reconstruir la información.
- Perder la clave fiscal: sin ella no podés descargar el certificado digital; recuperala en ARCA antes de necesitarlo.
Constancia o certificado de trabajo para la facultad
Muchas facultades e institutos piden una constancia de trabajo para justificar horarios, pedir cambios de comisión o acceder a beneficios para estudiantes que trabajan. No es el certificado del artículo 80, que se entrega al terminar el empleo, sino una nota que la empresa te da mientras seguís trabajando. La ley no fija un modelo; pedila a recursos humanos con lo que te exige la facultad. Por ejemplo:
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Ciudad, fecha
Razón social de la empresa, CUIT número, hace constar que nombre y apellido, DNI número, trabaja en relación de dependencia en esta empresa desde el fecha de ingreso, en el puesto de puesto, con un horario de días y horas.
Se extiende la presente a pedido del interesado para ser presentada ante facultad o instituto.
Firma, aclaración y cargo de quien firma · Sello de la empresa
Recordá que la ley te da además dos días corridos por examen, con un máximo de diez por año, para rendir en la enseñanza media o universitaria (artículo 158).
Qué hacer si no te dan el certificado
- Revisá ARCA: puede que ya esté disponible en «Trabajo en Blanco».
- Intimá por telegrama laboral, que es gratuito para el trabajador. Un texto posible, dentro de las 25 palabras: «Intimo entrega certificados artículo 80 LCT, vencido plazo legal, bajo apercibimiento de ley».
- Consultá en la autoridad de trabajo de tu provincia, con tu sindicato o con un abogado laboral.

Revisá también que te hayan pagado la liquidación final dentro de los cuatro días hábiles: podés estimarla con la calculadora de liquidación final. Si ya buscás tu próximo empleo, en TrabajoExpress podés ver vacantes en Argentina.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿En cuánto tiempo me tienen que dar el certificado de trabajo?
Dentro de los 45 días hábiles desde que termina la relación laboral, según el artículo 80 de la LCT reformado en 2026.
¿Dónde descargo el certificado de trabajo digital?
En la web de ARCA, con tu clave fiscal, en el servicio «Trabajo en Blanco», una vez que tu empleador lo emitió en «Simplificación Registral».
¿El certificado digital necesita firma?
No. Según ARCA, el certificado generado en formato digital no requiere firma manuscrita y queda a disposición del trabajador al emitirse.
¿Me dan el certificado si renuncio?
Sí. La obligación existe por cualquier causa de extinción del contrato: renuncia, despido, fin del contrato o mutuo acuerdo.
¿Es lo mismo constancia que certificado de trabajo?
No. El certificado del artículo 80 se entrega al terminar el empleo; la constancia es una nota que la empresa te da mientras seguís trabajando, por ejemplo para la facultad.
¿Qué hago si en el certificado faltan períodos o aportes?
Pedí la corrección por escrito al empleador y adjuntá tus recibos de sueldo. Si los aportes no fueron depositados, consultá en la autoridad de trabajo: afectan tu jubilación y tu obra social.
¿Cómo hace el empleador un certificado de trabajo?
Con clave fiscal, en el servicio «Simplificación Registral» de ARCA, módulo «Otros Servicios», ítem «Certificado art. 80 LCT». Carga el CUIL del trabajador, revisa un borrador y lo emite en formato digital o físico.
¿Qué datos tiene el certificado de trabajo?
Los datos de la relación laboral, la función que cumpliste, las capacitaciones y la constancia de los aportes y contribuciones a la seguridad social.
Fuentes oficiales
- Ley de Contrato de Trabajo 20.744, texto actualizado (arts. 80 y 158) · InfoLEG, Ministerio de Justicia. Contenido del certificado, plazo de 45 días hábiles, formas de cumplir la entrega y licencia por examen.
- Modernización laboral: ARCA agiliza el procedimiento para generar el certificado de aportes y haberes · Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), 18 de mayo de 2026. RG 5848/2026: emisión digital y gratuita en Simplificación Registral, sin firma manuscrita, y descarga en «Trabajo en Blanco».
- Ley 27.802 de Modernización Laboral (texto original) · Argentina.gob.ar, normativa nacional. Sustitución del artículo 80 de la LCT.
- Ley de Contrato de Trabajo, texto actualizado · Argentina.gob.ar, normativa nacional. Texto vigente de la LCT.
- Telegrama y Carta Documento Laboral · Argentina.gob.ar. Telegrama laboral gratuito con un máximo de 25 palabras.
- Ley 23.789: telegrama y carta documento para trabajadores · Argentina.gob.ar, normativa nacional. Servicio de telegrama gratuito para el trabajador dependiente.