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Trabajo para estudiantes: opciones de medio tiempo y lo que dice la ley

Trabajo para estudiantes: un joven atiende a clientes en una cafetería de Guadalajara en su turno de medio tiempo
Aunque trabajes medio tiempo, tienes los mismos derechos que cualquier trabajador.

Trabajo para estudiantes: en México puedes trabajar desde los 15 años, con reglas especiales hasta los 18, y a cualquier edad tienes los mismos derechos que cualquier trabajador, aunque sea medio tiempo. Aquí tienes qué opciones hay para combinar el trabajo con la escuela, cuánto te deben pagar aunque trabajes pocas horas, qué horarios y trabajos están prohibidos si eres menor de edad y dónde buscar vacantes.

En este artículo
  1. Desde qué edad puedes trabajar
  2. Si tienes entre 15 y 17 años: horarios y trabajos prohibidos
  3. Cuánto te deben pagar aunque trabajes medio tiempo
  4. Trabajo de medio tiempo y de fin de semana
  5. Trabajo en línea para estudiantes
  6. Cómo combinar el trabajo con la escuela
  7. Errores comunes al buscar tu primer trabajo
  8. Tu primer contrato y tu seguro social
  9. Dónde buscar trabajo para estudiantes
  10. Preguntas frecuentes

Desde qué edad puedes trabajar

Lo que dice la ley según tu edad
EdadLo que dice la leyArtículo
Menos de 15 añosEstá prohibido trabajar22 Bis
15 añosPuedes trabajar con autorización de tus padres o tutores22
15 a 17 añosNecesitas haber terminado la educación básica, salvo que la autoridad laboral apruebe que el trabajo es compatible con tus estudios, y un certificado médico de aptitud22 Bis y 174
18 años o másTrabajas con las mismas reglas que cualquier persona adulta22

La ley dice que los mayores de 15 años pueden prestar libremente sus servicios, con las limitaciones que ella misma fija, y que los menores de edad deben recibir su salario directamente (artículo 22). La condición de haber terminado la educación básica existe para que el trabajo no te saque de la escuela: si aún no la terminas, solo puedes trabajar si la autoridad laboral aprueba que tu empleo es compatible con tus estudios (artículo 22 Bis).

Estudiante universitaria revisa sus apuntes antes de su turno de trabajo en una biblioteca de Monterrey
Combinar escuela y trabajo es posible con un horario que respete tus clases.

Si tienes entre 15 y 17 años: horarios y trabajos prohibidos

  • Jornada corta si tienes 15 años: hasta seis horas al día, en periodos de máximo tres horas, con al menos una hora de descanso entre ellos (artículo 177).
  • Nada de horas extra, domingos ni días festivos hasta los 18 años (artículo 178).
  • Nada de trabajo después de las diez de la noche (artículos 175 y 176), ni en bares, cantinas o centros de vicio (artículo 175).
  • Ni en labores peligrosas o insalubres: por ejemplo, en obras de construcción, manejando vehículos, cargando más de siete kilos, usando herramientas punzocortantes o trabajando después de las diez de la noche en la industria (artículo 176).
  • Vacaciones: al menos 18 días laborables pagados al año (artículo 179).
  • La escuela primero: la empresa debe repartir tu trabajo para que tengas tiempo de cumplir tus programas escolares, pedirte tu certificado médico y darte capacitación (artículo 180).
Comparación de lo que la ley permite y lo que prohíbe a estudiantes de 15 a 17 años que trabajan
Las reglas especiales para quienes tienen de 15 a 17 años.
Autorización de madre, padre o tutor (15 años)

Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.

Ciudad, a día de mes de año

A quien corresponda:

Yo, nombre completo, madre / padre / tutor de nombre completo de la persona menor de edad, de 15 años, autorizo que trabaje en nombre de la empresa, con el puesto de puesto y un horario de días y horas, compatible con sus estudios, conforme al artículo 22 de la Ley Federal del Trabajo.

Atentamente,

Nombre y firma

Teléfono

Se anexa copia de mi identificación oficial.

Cuánto te deben pagar aunque trabajes medio tiempo

Pocos la conocen y viene del artículo 83: si el pago es por tiempo, ningún día trabajado puede pagarse por debajo de lo que corresponde a una jornada diaria, aunque hagas menos horas. La CONASAMI lo reitera en su resolución de 2026: el salario mínimo no se puede partir por horas para pagar menos cuando la jornada es menor que la máxima legal.

  • Mínimo legal en 2026: $315.04 diarios en la zona general; en la Zona Libre de la Frontera Norte, $440.87.
  • Ejemplo: si trabajas cuatro horas diarias, de lunes a viernes, en la zona general, te corresponden al menos 5 × $315.04 = $1,575.20 a la semana.
  • Mismo trabajo, mismo salario: tu edad o que seas estudiante no justifican pagarte menos que a quien hace lo mismo (artículo 86).
  • Si te pagan por pieza o por obra: el pago debe ser tal que, en una jornada normal de ocho horas, sumes al menos el salario mínimo (artículo 85). Pregunta cuánto te pagan por unidad y haz la cuenta antes de aceptar.

Trabajo de medio tiempo y de fin de semana

Los trabajos más compatibles con la escuela suelen tener turnos cortos o de fin de semana: atención en tiendas y restaurantes, cajas, almacenes, eventos, centros de llamadas o asesorías. Antes de aceptar, pregunta:

  • Qué días y horas trabajarías, y si puedes cambiar turnos en época de exámenes.
  • Cuánto te pagan por día y si te dan de alta en el IMSS.
  • ¿Te toca el domingo? Con 18 años cumplidos o más, ganas una prima mínima del 25 % sobre el salario de un día normal (artículo 71); antes de los 18, la ley prohíbe que trabajes en domingo (artículo 178).

Trabajo en línea para estudiantes

Trabajar a distancia puede acomodarse a tus clases, pero también es donde hay más fraudes. Un empleo real te da contrato y te paga a ti; nunca te pide dinero para empezar. Si trabajas más del 40 % de tu tiempo desde casa para una empresa, la ley lo trata como teletrabajo, con equipo y gastos a cargo de la empresa: revisa cómo encontrar un trabajo en línea desde casa real.

Cómo combinar el trabajo con la escuela

  1. Arma tu semana antes de aceptar: clases, traslados, tareas, trabajo y descanso.
  2. Avisa tus periodos de exámenes desde la entrevista y pide que tu horario lo considere.
  3. Elige turnos fijos si puedes: te ayudan a organizarte mejor que los turnos variables.
  4. Cuida tu descanso: dormir poco termina afectando tus calificaciones y tu trabajo.
  5. Si tienes de 15 a 17 años, recuerda que la empresa está obligada a respetar el tiempo de tus programas escolares (artículo 180).
Cuatro pasos para combinar el trabajo con la escuela: armar la semana, avisar los exámenes, elegir turnos fijos y cuidar el descanso
Organizarte antes de aceptar el empleo evita problemas después.

Errores comunes al buscar tu primer trabajo

  • Trabajar sin contrato: aunque no firmes nada, la ley presume que hay relación de trabajo y no pierdes tus derechos (artículos 21 y 26), pero un contrato por escrito te evita discusiones sobre tu horario y tu pago.
  • Aceptar un pago por hora menor al de una jornada diaria: si te pagan por tiempo, por cada día trabajado te corresponde al menos lo de una jornada completa (artículo 83).
  • Pagar para que te contraten: ninguna empresa puede pedirte dinero para darte el trabajo (artículo 133, fracción III).
  • Firmar hojas en blanco: exigirlo, al contratarte o después, es una conducta que la ley señala como notoriamente improcedente (artículo 48 Bis). No lo hagas.
  • Callar cuando algo está mal: si eres menor de edad y te ponen a trabajar de noche, en domingo o en algo peligroso, la empresa está violando la ley. Pide orientación gratuita.

Si vas a dejar un trabajo para empezar otro o para concentrarte en la escuela, revisa también los ejemplos de cartas de renuncia para México y pide tu constancia de trabajo: te servirá para tu siguiente empleo.

Tu primer contrato y tu seguro social

Aunque sea medio tiempo, pide tu contrato por escrito y revisa que diga tu horario y tu salario: puedes usar como guía el modelo de contrato individual de trabajo. Comprueba tu alta en el IMSS con tu constancia de semanas cotizadas, que es gratuita y se saca en línea. Y si nunca has hecho un currículum, revisa cómo hacer un CV sin experiencia.

Estudiante de preparatoria acomoda productos en una tienda de Puebla en su turno de fin de semana
Con un empleo formal, empiezas a sumar semanas cotizadas en el IMSS.

Dónde buscar trabajo para estudiantes

No pagues por un empleo: el artículo 133 prohíbe que te cobren por contratarte. Si te pagan menos del mínimo o te ponen a trabajar en algo prohibido para tu edad, pide orientación gratuita a la PROFEDET, en el 800 717 2942 o el 800 911 7877.

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Preguntas frecuentes

¿A qué edad puedo trabajar en México?

Desde los 15 años. A los 15 necesitas autorización de tus padres o tutores, y hasta los 18 hay reglas especiales de horario y de trabajos prohibidos (artículos 22, 22 Bis y 175 a 180).

¿Cuánto me deben pagar si trabajo medio tiempo?

Con pago por tiempo, al menos lo de una jornada diaria por cada día trabajado (artículo 83). En 2026, el salario mínimo es de $315.04 al día en la zona general y de $440.87 en la frontera norte.

¿Puedo trabajar en domingo si soy menor de edad?

No. La ley prohíbe el trabajo de menores de 18 años en horas extra, domingos y días de descanso obligatorio (artículo 178).

¿Cuántas horas puedo trabajar si tengo 15 años?

Hasta seis horas al día, divididas en periodos de máximo tres horas, con al menos una hora de descanso entre ellos (artículo 177).

¿Necesito certificado médico para trabajar siendo menor de edad?

Sí. Entre los 15 y los 17 años necesitas un certificado médico que acredite tu aptitud para el trabajo, y la empresa debe pedírtelo (artículos 174 y 180).

¿Tengo derecho a vacaciones si trabajo y estudio?

Sí. Si tienes menos de 18 años, al menos 18 días laborables pagados al año (artículo 179). Si eres mayor, las vacaciones que fija la ley para cualquier trabajador.

Fuentes oficiales

  1. Ley Federal del Trabajo, texto vigente (última reforma DOF 14-05-2026), artículos 21, 22, 22 Bis, 26, 48 Bis, 71, 83, 85, 86, 90, 133 y 174 a 180 · Cámara de Diputados; copia publicada por el Poder Judicial del Estado de Guanajuato. Edad para trabajar, autorización, certificado médico, jornada y trabajos prohibidos para menores, vacaciones, pago por unidad de tiempo y por obra, salario igual, prima dominical, contrato y hojas en blanco. Leída el 17 de octubre de 2026.
  2. Resolución del Consejo de Representantes de la CONASAMI que fija los salarios mínimos que rigen a partir del 1 de enero de 2026 · Diario Oficial de la Federación, 9 de diciembre de 2025. Salario mínimo de $315.04 y $440.87 diarios y resolutivo QUINTO: el salario mínimo no se fracciona por hora en jornadas más cortas.
  3. Servicios de intermediación laboral · Servicio Nacional de Empleo. Bolsa de trabajo y talleres gratuitos para buscar empleo.
  4. Constancia de semanas cotizadas en el IMSS · Instituto Mexicano del Seguro Social. Documento gratuito, en línea, para comprobar tu alta en el IMSS.
  5. Preguntas frecuentes · Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Abogados gratuitos, orientación en casos federales y locales, y teléfonos.
  6. Búsqueda de empleo y elaboración del currículum vitae · Secretaría de Educación Pública (DGETAyCM). Cómo destacar tu formación y tus competencias cuando no tienes experiencia.