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🇲🇽 SalarioSueldo o salario: diferencia y qué dice la Ley Federal del Trabajo

Sueldo o salario: en el día a día se usan como sinónimos, pero la Ley Federal del Trabajo solo define uno. Según su artículo 82, salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo, y la palabra aparece 342 veces en el texto vigente, mientras que «sueldo» aparece apenas cinco, sin definición. Aquí tienes qué significa eso en la práctica, cómo se puede fijar tu salario, qué lo integra, cuánto es el mínimo en 2026, cada cuándo te deben pagar y qué descuentos están permitidos.
En este artículo
Sueldo o salario: qué dice la ley
La Ley Federal del Trabajo usa siempre la palabra salario y la define en su artículo 82: es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. La palabra sueldo, en cambio, solo aparece en expresiones como «permiso con goce de sueldo» o en un transitorio que dice que la reducción de la jornada no disminuirá «sueldos, salarios o prestaciones».

En la práctica, cuando una oferta de trabajo, un contrato o un recibo hablan de «sueldo», se refieren a la retribución por tu trabajo, y la ley la trata como salario. Lo importante no es el nombre, sino que se respeten las reglas sobre cómo se fija, cómo se integra y cómo se paga.
Cómo se puede fijar el salario
El artículo 83 dice que el salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. Si es por unidad de tiempo, debe establecerse expresamente.
| Forma | Cómo funciona | Qué revisar |
|---|---|---|
| Por unidad de tiempo | Por día, semana, quincena o mes | Que el monto quede por escrito |
| Por unidad de obra | Según las piezas o el trabajo terminado | Que en una jornada normal de ocho horas alcances al menos el mínimo (artículo 85) |
| Por comisión | Un porcentaje de lo que vendes o cobras | Cómo y cuándo se calculan las comisiones |
| Por hora | Pago por cada hora de servicio | Que el ingreso no sea menor al de una jornada diaria |
| A precio alzado | Un monto por un trabajo completo | Qué incluye y en qué plazo se paga |

Sobre el pago por hora, el mismo artículo agrega que se puede convenir siempre que se trate de un salario remunerador, que no se exceda la jornada máxima legal y que se respeten los derechos laborales y de seguridad social del puesto. Y aclara que el ingreso que recibas así en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada diaria.
Qué integra tu salario
Según el artículo 84, el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se te entregue por tu trabajo.
Esto importa cuando hay que calcular una indemnización: el artículo 89 dice que se toma como base el salario del día en que nace el derecho, incluyendo la cuota diaria y la parte proporcional de esas prestaciones. Si tu retribución es variable, se usa el promedio de lo que ganaste en los treinta días efectivamente trabajados antes. Y si tu salario se fija por semana o por mes, se divide entre siete o entre treinta para obtener el salario diario. Para estimar lo que te corresponde al salir, usa nuestra calculadora de finiquito.
Ejemplo: de salario mensual a salario diario
Muchas ofertas hablan de un «sueldo mensual», pero para comparar con el mínimo o calcular derechos se usa el salario diario. Según el artículo 89, si el salario se fija por mes, se divide entre treinta; si se fija por semana, entre siete.
- Salario mensual de $9,600: $9,600 ÷ 30 = $320 diarios, un poco por encima del mínimo general de $315.04.
- Salario semanal de $2,100: $2,100 ÷ 7 = $300 diarios, por debajo del mínimo general: esa oferta no cumple la ley si es por una jornada completa.
- En la frontera norte: el mismo cálculo debe dar al menos $440.87 diarios.
Haz esta cuenta con cada oferta antes de aceptar. Si el resultado queda por debajo del mínimo de tu zona por una jornada completa, pregunta por qué antes de firmar.
El salario mínimo en 2026
El salario debe ser remunerador y nunca menor al mínimo (artículo 85). El artículo 90 define el salario mínimo como la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios de una jornada, y dice que su fijación anual nunca estará por debajo de la inflación del periodo.
- Zona general: $315.04 diarios en 2026.
- Zona Libre de la Frontera Norte: $440.87 diarios en 2026, según la resolución de la CONASAMI publicada en el Diario Oficial el 9 de diciembre de 2025.
Además, el artículo 86 establece que a trabajo igual, en puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, debe corresponder salario igual, y promueve acciones para reducir la brecha salarial de género.
Cada cuándo y cómo te deben pagar
- Plazo: nunca mayor de una semana si haces trabajo material, ni de quince días para los demás trabajadores (artículo 88).
- En dinero: el salario en efectivo debe pagarse en moneda de curso legal, nunca en mercancías, vales, fichas u otros signos que pretendan sustituirla (artículo 101).
- Por depósito o tarjeta: solo con tu consentimiento previo, y los costos de esos medios los cubre el patrón.
- Recibo: debes tener acceso al detalle de conceptos y deducciones, y te deben entregar tus recibos de pago impresos o por otro medio.

Protecciones del salario
Además de cómo y cuándo se paga, la ley protege tu salario de varias formas:
- Lo dispones libremente: cualquier disposición o medida que desvirtúe ese derecho es nula (artículo 98).
- Es irrenunciable: no puedes renunciar a recibir tu salario ni a los salarios que ya devengaste (artículo 99).
- Se paga directamente a ti: solo si no puedes cobrarlo en persona se paga a quien designes con carta poder firmada ante dos testigos; un pago hecho de otra forma no libera al patrón (artículo 100).
- En tu lugar de trabajo y en día laborable: el pago se hace donde prestas tus servicios, en un día laborable fijado por convenio, durante las horas de trabajo o inmediatamente después (artículos 108 y 109).
- No se puede embargar, salvo por pensiones alimenticias ordenadas por la autoridad competente (artículo 112).
- Tiene preferencia: los salarios devengados en el último año y las indemnizaciones son preferentes sobre cualquier otro crédito (artículo 113).
Y no olvides el aguinaldo: el artículo 87 dice que debe pagarse antes del 20 de diciembre y que equivale, por lo menos, a quince días de salario; si no cumpliste el año, te corresponde la parte proporcional.
Qué descuentos están permitidos
El artículo 110 dice que los descuentos al salario están prohibidos, salvo en los casos y con los requisitos que fija. Por ejemplo, para pagar deudas con el patrón por anticipos de salario, pagos hechos de más, errores, pérdidas o averías, la cantidad exigible no puede ser mayor que tus salarios de un mes y el descuento no puede pasar del treinta por ciento del excedente del salario mínimo.
Si te descuentan algo que no entiendes, pide por escrito el detalle en tu recibo. Y recuerda que el salario que ves en una oferta suele ser bruto: para saber cuánto recibes en la mano, revisa nuestra guía de sueldo bruto a neto.

Cómo usar esto al negociar tu salario
- Pregunta cómo se fija: por día, semana, quincena, mes, por obra o por comisión, y que quede por escrito.
- Pregunta qué prestaciones incluye: las primas, comisiones y prestaciones en especie forman parte de tu salario para calcular indemnizaciones.
- Compara con el mínimo de tu zona y con el salario de puestos iguales en la misma empresa.
- Confirma el plazo y la forma de pago, y que recibirás tus recibos con el detalle de descuentos.
Revisa también cuánto te corresponde de aguinaldo con nuestra calculadora de aguinaldo, y si buscas un nuevo empleo, mira las vacantes revisadas en TrabajoExpress.
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Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Es lo mismo sueldo que salario?
En el uso cotidiano sí, pero la Ley Federal del Trabajo solo define el salario: la retribución que el patrón paga al trabajador por su trabajo (artículo 82).
¿Qué integra el salario?
Los pagos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra prestación por tu trabajo (artículo 84).
¿Cada cuánto me deben pagar?
Cada semana como máximo si haces trabajo material, y cada quince días como máximo en los demás casos (artículo 88).
¿Me pueden pagar con vales?
No. El salario en efectivo debe pagarse en moneda de curso legal, no en mercancías, vales ni fichas (artículo 101).
¿Me pueden pagar por hora?
Sí, si es un salario remunerador, sin exceder la jornada máxima y respetando tus derechos; pero el ingreso nunca puede ser menor al de una jornada diaria (artículo 83).
¿Cuánto es el salario mínimo en 2026?
$315.04 diarios en la zona general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo, texto vigente (última reforma DOF 14-05-2026) · Cámara de Diputados; copia publicada por el Poder Judicial del Estado de Guanajuato. Definición, formas, integración, igualdad, aguinaldo, plazos, forma y lugar de pago, protecciones, base de indemnizaciones, salario mínimo y descuentos (artículos 82 a 90, 98 a 101, 108 a 110, 112 y 113).
- Resolución de la CONASAMI que fija los salarios mínimos a partir del 1 de enero de 2026 · Diario Oficial de la Federación, 9 de diciembre de 2025. Salario mínimo general y de la Zona Libre de la Frontera Norte en 2026.
- Preguntas frecuentes · Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Orientación gratuita para reclamar salarios y prestaciones.
- Portal del Empleo · Servicio Nacional de Empleo (STPS). Búsqueda gratuita de vacantes.
- Servicios de intermediación laboral · Servicio Nacional de Empleo. Orientación para buscadores de empleo.
- Movilidad laboral · Servicio Nacional de Empleo. Programas de empleo en otras entidades y en el extranjero.