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Contrato de trabajo en Honduras: guía para empresas

Contrato de trabajo en Honduras: un empresario hondureño cierra con un apretón de manos el contrato de una nueva colaboradora en San Pedro Sula
El contrato de trabajo se firma por escrito, en un ejemplar para cada parte.

Contrato de trabajo en Honduras: hay contrato siempre que una persona presta servicios personales a otra, bajo su dependencia y a cambio de un salario, sin importar el nombre que se le dé (artículos 19 y 20 del Código de Trabajo). Por regla debe constar por escrito, en un ejemplar para cada parte, con los datos del artículo 37, y el patrono debe archivar el suyo para mostrarlo a las autoridades. Si no hay contrato escrito, la falta es del patrono y, en un conflicto, se presumen ciertas las condiciones que alegue el trabajador. Esta guía es para empresas que contratan en Honduras.

En este artículo
  1. Qué es el contrato de trabajo en Honduras
  2. Qué debe contener el contrato escrito
  3. Cuándo puede ser verbal
  4. Tiempo indefinido, plazo fijo u obra determinada
  5. Ejemplo: contratos temporales que se renuevan
  6. Si no tienes contrato escrito
  7. Si te contratan para trabajar en otra ciudad
  8. Antes de firmar: revisa esto
  9. El período de prueba
  10. Qué pasa si no firmas contrato escrito
  11. Errores comunes de las empresas
  12. Preguntas frecuentes

Qué es el contrato de trabajo en Honduras

  • Actividad personal del trabajador, realizada por sí mismo.
  • Subordinación continuada: el patrono puede dar órdenes sobre el modo, tiempo o cantidad de trabajo.
  • Salario como retribución.

Si se reúnen esos tres elementos, hay contrato de trabajo aunque se le llame de otra forma (artículo 20), y se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato (artículo 21).

Qué debe contener el contrato escrito

  1. Datos de las partes: nombres, edad, sexo, estado civil, oficio, domicilio, nacionalidad y documento de identidad.
  2. Los servicios u obra a realizar y sus condiciones.
  3. La duración o la indicación de ser por tiempo indefinido, y la fecha de inicio (o la fecha real en que empezó a trabajar).
  4. El lugar o lugares de trabajo, y dónde vivirá el trabajador si el patrono da alojamiento.
  5. La jornada y el horario.
  6. La forma de pago: por tiempo, por obra, por tarea o a destajo.
  7. El salario, comisiones o participación, y la forma, período y lugar de pago.
  8. Si se paga por obra, los materiales y herramientas que entrega el patrono y su estado.
  9. Las personas que viven con el trabajador o dependen de él.
  10. Los beneficios en especie (vivienda, alimentación…) y su valor.
  11. Las demás estipulaciones acordadas.
  12. Lugar y fecha de celebración.
  13. Firmas de las partes.

Fuente: artículo 37. El contrato y sus modificaciones o prórrogas se redactan en tantos ejemplares como partes, y el patrono archiva el suyo para mostrarlo a cualquier autoridad del trabajo (artículo 36). La Secretaría de Trabajo debe imprimir modelos de contrato por categoría (artículo 38).

Cuatro pasos para formalizar un contrato de trabajo en Honduras
Cómo formalizar el contrato en cuatro pasos.

Cuándo puede ser verbal

Contrato verbal permitido (artículo 39)
CasoCondición
Servicio domésticoSiempre
Trabajos accidentales o temporalesQue no excedan de 60 días
Obra determinadaValor de hasta L200 y plazo de entrega de hasta 60 días
Labores agrícolas o ganaderasSalvo empresas industriales o comerciales derivadas de ellas

Aun siendo verbal, las partes deben acordar al menos el tipo de trabajo y el lugar, el salario y su forma de pago, y la duración (artículo 40).

Tiempo indefinido, plazo fijo u obra determinada

Tipos de contrato (artículos 46 y 47)
TipoCuándo se usaOjo
Por tiempo indefinidoCuando no se fija fecha de terminaciónEs la regla general
Por tiempo limitadoCon fecha de fin o un hecho que pone término a la relaciónSolo si la naturaleza del servicio es accidental o temporal
Para obra o servicio determinadoPrecio global por el resultado de la obraDura hasta terminar la obra

Si la labor es permanente o continua en la empresa, el contrato se considera por tiempo indefinido aunque diga un plazo, si al vencer subsiste la causa o la materia del trabajo. La antigüedad se cuenta desde el inicio real de la relación (artículo 47). Además, es nula, si el trabajador lo pide, la cláusula que lo obligue a servir por más de un año (cinco si el puesto requiere preparación técnica especial), aunque todo contrato a plazo puede prorrogarse (artículo 48).

Comparación entre el contrato por tiempo indefinido y el contrato a plazo fijo en Honduras
Indefinido o a plazo: cuándo vale cada uno.

Ejemplo: contratos temporales que se renuevan

María trabaja como cajera en un supermercado, una labor permanente. Firma tres contratos seguidos de 4 meses y luego uno más; a los 14 meses la despiden sin causa justa diciendo que «se venció su contrato». Montos ilustrativos con L15,000 al mes:

  • Su contrato es por tiempo indefinido: la labor es permanente y la causa del trabajo seguía al vencer cada plazo (artículo 47). Su antigüedad se cuenta desde el primer día.
  • Preaviso: con más de 1 año y menos de 2, le corresponde 1 mes, unos L15,000 si no se lo dieron (artículo 116).
  • Cesantía: 1 mes por el año completo más la proporción de los 2 meses siguientes: L15,000 × (1 + 2 ÷ 12) = unos L17,500 (artículo 120).
  • Además: vacaciones, décimo tercer y décimo cuarto mes proporcionales. Mira el detalle en liquidación laboral Honduras.

Es nula cualquier cláusula que busque interrumpir la continuidad de los servicios (artículo 123), y un contrato a plazo se prorroga en silencio si el trabajador sigue trabajando sin oposición del patrono (artículo 48).

Si no tienes contrato escrito

  • La falta de contrato escrito es culpa del patrono. Si hay un conflicto, se presumen ciertas las condiciones que alegue el trabajador, salvo prueba en contrario (artículo 30).
  • Puedes probar la relación con el documento, con la presunción de que toda relación de trabajo personal tiene contrato (artículo 21) o con cualquier prueba: recibos, mensajes, carné, registros de entrada. Tus compañeros pueden ser testigos (artículo 41).
  • Pide tu ejemplar firmado: el contrato se hace en tantos ejemplares como partes (artículo 36).

Si te contratan para trabajar en otra ciudad

Si el trabajo es dentro de Honduras pero lejos de donde vives, el patrono debe pagarte los gastos razonables de ida y vuelta, o darte el transporte, también para la familia que vivía contigo y dependía de ti. Si no se ponen de acuerdo en el monto, lo fija el inspector de trabajo. La relación se entiende iniciada desde que empieza el viaje de ida. No tienes derecho al regreso si el contrato termina por tu culpa o tu voluntad (artículo 42).

Antes de firmar: revisa esto

  1. Que diga tu salario y que no sea menor al mínimo de tu rama y tamaño de empresa. Mira el salario mínimo en Honduras.
  2. Que la fecha de inicio sea la real, aunque hayas empezado antes de firmar (artículo 37).
  3. Si es a plazo fijo, que el trabajo sea realmente temporal.
  4. Si trae período de prueba, que no pase de 60 días (artículo 49).
  5. Que tengas tu copia firmada por las dos partes.

El período de prueba

Puedes pactar por escrito un período de prueba de hasta 60 días, pagado; durante ese plazo cualquiera de las partes puede terminar sin responsabilidad, aunque el trabajador conserva sus prestaciones salvo el preaviso y la indemnización. Si recontratas a la misma persona para la misma labor antes de un año, no puede haber nueva prueba (artículos 49 a 52). Lee el detalle en periodo de prueba en Honduras.

Encargada de recursos humanos hondureña archiva contratos de trabajo en una empresa de Tegucigalpa
El patrono debe archivar su ejemplar del contrato para mostrarlo a la autoridad.

Qué pasa si no firmas contrato escrito

  • El contrato igual vale: la omisión no lo invalida (artículo 36).
  • La falta es del patrono: en caso de conflicto, se presumen ciertas las condiciones de trabajo que alegue el trabajador, salvo prueba en contrario (artículo 30).
  • El contrato se prueba con el documento, con la presunción del artículo 21 o con cualquier medio de prueba; los compañeros pueden ser testigos (artículo 41).

Errores comunes de las empresas

  • Poner plazo fijo a una labor permanente: se considera indefinido.
  • Período de prueba de 3 meses: el máximo es de 60 días.
  • Llamar «servicios profesionales» a una relación subordinada con salario.
  • No archivar el ejemplar del contrato.
  • Pagar menos del salario mínimo de la rama y tamaño de la empresa. Mira el salario mínimo para el 2026.

Si contratas a tiempo parcial, la Secretaría de Trabajo publica un instructivo para ingresar esos contratos en su plataforma en línea SOL.

Cuatro errores comunes al hacer un contrato de trabajo en Honduras
Errores que conviene evitar.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si trabajo sin contrato escrito?

El contrato existe igual. La falta de contrato escrito es imputable al patrono y, si hay conflicto, se presumen ciertas las condiciones que alegues, salvo prueba en contrario (artículo 30).

¿Mis compañeros pueden ser testigos de mi contrato?

Sí. A falta de documento, la relación se prueba por cualquier medio, y los testigos pueden ser trabajadores del mismo patrono (artículo 41).

¿Cuántas veces me pueden renovar un contrato temporal?

Si la labor es permanente en la empresa y la causa sigue al vencer, el contrato se considera por tiempo indefinido aunque diga un plazo, y la antigüedad se cuenta desde el primer día (artículo 47).

¿El contrato de trabajo en Honduras debe ser escrito?

Sí, por regla general (artículo 36), salvo los casos del artículo 39, como el servicio doméstico o trabajos temporales de hasta 60 días.

¿Qué debe contener el contrato?

Los datos del artículo 37: partes, servicios, duración y fecha de inicio, lugar, jornada, forma de pago y salario, herramientas, dependientes, beneficios en especie, otras estipulaciones, lugar y fecha, y firmas.

¿Cuándo un contrato a plazo se vuelve indefinido?

Cuando la labor es permanente o continua y al vencer subsiste la causa o la materia del trabajo (artículo 47).

¿Qué pasa si no hago contrato escrito?

El contrato sigue siendo válido, pero en un conflicto se presumen ciertas las condiciones que alegue el trabajador (artículo 30).

¿Cuánto puede durar el período de prueba?

Hasta 60 días, pactados por escrito (artículos 49 y 50).

¿Cuántas copias del contrato se hacen?

Una por cada parte; el patrono archiva la suya para mostrarla a las autoridades del trabajo (artículo 36).

Fuentes oficiales

  1. Código de Trabajo · Tribunal Superior de Cuentas de Honduras. Artículos 19 a 21, 30, 36 a 41 y 46 a 52: definición, elementos, forma escrita, contenido, contrato verbal, tipos y período de prueba.
  2. Código del Trabajo y sus reformas · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Texto del Código a 2022, incluido el artículo 49 del período de prueba.
  3. Instructivo: ingreso a la plataforma SOL, contratos a tiempo parcial · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Registro de contratos a tiempo parcial en la plataforma SOL.
  4. Plataforma SOL (ciudadano) · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Plataforma en línea de trámites de la Secretaría de Trabajo.
  5. Tabla de salario mínimo vigente a partir del 1 de enero de 2026 · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Salario mínimo que debe respetar el contrato.
  6. Oficinas regionales · Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Honduras. Oficinas de la Secretaría de Trabajo en el país.