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🇸🇻 Para empresasContrato de trabajo en El Salvador: guía para empresas

Contrato de trabajo en El Salvador: el Código de Trabajo exige que el contrato individual conste por escrito en tres ejemplares, con 14 datos obligatorios, y que el patrono envíe uno a la Dirección General de Trabajo dentro de los ocho días siguientes a su firma. Hoy ese envío se hace en la plataforma Oportunidades Empresa del Ministerio de Trabajo. Cuando el contrato no se hizo por escrito, la responsabilidad es del patrono: si hay un conflicto, se tienen por ciertas las condiciones que diga el trabajador. Esta guía está pensada para quienes contratan personal en El Salvador.
En este artículo
- Qué es el contrato de trabajo en El Salvador
- Los 14 datos obligatorios del contrato
- Tiempo indefinido o a plazo
- El período de prueba
- Cómo presentar el contrato al Ministerio de Trabajo
- Qué pasa si no firmas contrato escrito
- Lo que el patrono no puede exigir ni hacer
- Obligaciones de cada parte
- Si el trabajo se detiene unos días
- Errores comunes de las empresas
- Preguntas frecuentes
Qué es el contrato de trabajo en El Salvador
El artículo 17 lo define como el acuerdo en que una o más personas se comprometen a hacer una obra o prestar un servicio para un patrono, bajo su dependencia y por un salario, se le llame como se le llame. Se presume que existe contrato cuando una persona presta servicios a otra por más de dos días consecutivos, o por menos tiempo si se prueba la subordinación (artículo 20).
Los 14 datos obligatorios del contrato
- Nombre, apellido, sexo, edad, estado civil, profesión u oficio, domicilio, residencia y nacionalidad de cada parte.
- Número, lugar y fecha de expedición del documento de identidad de las partes.
- El trabajo que se desempeñará, lo más preciso posible.
- El plazo del contrato o la indicación de que es por tiempo indefinido; si es a plazo, la circunstancia que lo motiva.
- Desde cuándo trabaja (la fecha real de ingreso, si empezó antes de firmar).
- Dónde se trabajará (uno o varios lugares) y, si el patrono ofrece alojamiento, dónde vivirá el trabajador.
- El horario de trabajo.
- El salario.
- Forma, período y lugar de pago.
- Cantidad, calidad y estado de las herramientas y materiales entregados.
- Nombre y apellido de las personas que dependen económicamente del trabajador.
- Las demás estipulaciones acordadas.
- Lugar y fecha de celebración.
- Firma de las partes (o huella y firma a ruego si alguien no puede firmar).
Fuente: artículo 23 del Código de Trabajo. Además, se entienden incluidos los derechos del Código, del reglamento interno, del contrato colectivo y de la costumbre de la empresa (artículo 24).
Tiempo indefinido o a plazo
| Tipo | Cuándo se usa | Ojo |
|---|---|---|
| Por tiempo indefinido | Labores permanentes de la empresa | Es la regla: aunque el contrato diga un plazo, si la labor es permanente se considera indefinido |
| A plazo | Labores transitorias, temporales o eventuales, o que terminarán total o parcialmente | Debe indicarse la circunstancia que justifica el plazo; si falta, se presume indefinido |
| Por obra determinada | Ejecución de una obra concreta | Si dura más de 15 días, hay que avisar con 7 días de anticipación el fin de labores o pagar hasta 7 días de salario |

El período de prueba
Los primeros 30 días pueden pactarse como período de prueba, y durante ese tiempo cualquiera de las dos partes puede terminar el contrato sin dar una causa. Pasado ese plazo, el contrato continúa por tiempo indefinido; y si vuelves a contratar a la misma persona para la misma tarea antes de un año, no puedes fijar un nuevo período de prueba (artículo 28). Lee el detalle en periodo de prueba laboral en El Salvador.
Cómo presentar el contrato al Ministerio de Trabajo
- Firma el contrato en tres ejemplares: uno para el trabajador, uno para la empresa y uno para la Dirección General de Trabajo (artículo 18).
- Registra tu empresa en la plataforma Oportunidades Empresa del Ministerio de Trabajo, si aún no lo está.
- Presenta el contrato en la plataforma dentro de los ocho días siguientes a su firma, modificación o prórroga.
- Guarda el acuse de recibo. El Ministerio revisa que el contrato cumpla la ley y responde en un máximo de 20 días hábiles.
La Secretaría de la Dirección General de Trabajo atiende en la oficina central del Centro de Gobierno, en San Salvador, y en 13 oficinas departamentales, de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.

Qué pasa si no firmas contrato escrito
- El contrato igual existe y se prueba con cualquier medio (artículos 18 y 19).
- La responsabilidad recae en el patrono: si hay conflicto y se prueba la relación laboral, valen como ciertas las condiciones que afirme el trabajador (artículo 413).
- Si el trabajador se niega a firmar, avisa a la Dirección General de Trabajo dentro de los ocho días siguientes a su ingreso; así no se aplica esa presunción (artículo 21).
- El trabajador también puede avisar a la Dirección si no le entregas su contrato (artículo 22).

Lo que el patrono no puede exigir ni hacer
El artículo 30 del Código de Trabajo prohíbe, entre otras cosas, que al contratar o durante la relación el patrono:
- Exija o acepte dinero para dar el empleo o alguna ventaja.
- Pida pruebas de embarazo o certificados médicos de esas pruebas como requisito para contratar a una mujer.
- Pida la prueba del VIH para contratar o durante el contrato, o haga distinciones por esa condición o divulgue el diagnóstico.
- Use el historial crediticio como requisito de contratación o como causa de despido, salvo orden judicial o excepción legal.
- Discrimine por raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social, o despida a quien tenga una enfermedad crónica incapacitante certificada.
- Pague con fichas, vales o cupones en lugar de dinero, o rebaje salarios y prestaciones sin causa legal.
- Obligue a comprar en ciertos negocios, haga colectas obligatorias o retenga las herramientas del trabajador.
Obligaciones de cada parte
| Patrono | Trabajador |
|---|---|
| Pagar el salario en la forma, cuantía, fecha y lugar debidos | Hacer el trabajo convenido, con diligencia y en el tiempo y lugar pactados |
| Pagar el salario del tiempo que el trabajador no labore por causa del patrono | Obedecer las instrucciones sobre su trabajo |
| Dar los materiales, herramientas y útiles, si no se pactó lo contrario | Guardar reserva de los secretos de la empresa |
| Dar un lugar seguro para guardar las herramientas del trabajador | Devolver los materiales no usados y cuidar las herramientas |
| Tratar con consideración, sin maltrato, acoso sexual ni acoso laboral | Observar buena conducta en el trabajo |
Al trabajador le está prohibido abandonar sus labores sin causa o permiso, usar los útiles del patrono para otros fines, hacer propaganda durante el trabajo y portar armas que no sean necesarias para su labor (artículo 32).
Si el trabajo se detiene unos días
Si por caso fortuito o fuerza mayor —falta de materia prima, de energía u otros— el trabajo se interrumpe hasta tres días, el patrono paga el salario completo si la causa le es imputable, y el 50 % si no lo es (artículo 33). Conviene dejar constancia escrita de la causa y de los días de interrupción, y comunicarla a los trabajadores, porque de esa causa depende si se paga el 100 % o el 50 % del salario. Si la interrupción dura más de tres días, ya no se aplica esta regla del artículo 33 y conviene consultar al Ministerio de Trabajo.
Errores comunes de las empresas
- Poner plazo a una labor permanente: el contrato se considera indefinido igual.
- Período de prueba de 60 o 90 días: el máximo es de 30.
- No enviar el ejemplar a la Dirección General de Trabajo en ocho días.
- Pagar menos del salario mínimo del sector. Mira el salario mínimo en El Salvador actualmente.
- Llamar «servicios profesionales» a una relación subordinada: si hay dependencia y salario, es contrato de trabajo.

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Publicar una vacantePreguntas frecuentes
¿El contrato de trabajo en El Salvador debe ser escrito?
Sí, en tres ejemplares (artículo 18). Si falta, el contrato sigue siendo válido, pero la falta es del patrono.
¿Qué debe contener el contrato?
Los 14 datos del artículo 23: datos de las partes, labor, plazo, fecha de inicio, lugar, horario, salario, forma de pago, herramientas, dependientes, otras estipulaciones, lugar y fecha, y firmas.
¿Dónde registro el contrato?
En la plataforma Oportunidades Empresa del Ministerio de Trabajo, dentro de los ocho días siguientes a la firma.
¿Cuándo puedo hacer un contrato a plazo?
Solo para labores transitorias, temporales o eventuales, indicando la circunstancia que lo justifica (artículo 25).
¿Cuánto dura el período de prueba?
Hasta 30 días, si se pacta en el contrato (artículo 28).
¿Puedo pedir una prueba de embarazo al contratar?
No. El artículo 30 del Código de Trabajo prohíbe exigir a las mujeres que solicitan empleo exámenes de embarazo o sus certificados como requisito de contratación. Tampoco se puede pedir la prueba del VIH ni usar el historial crediticio.
¿Qué pasa con el salario si el trabajo se detiene por una falla?
Si la interrupción dura hasta tres días por caso fortuito o fuerza mayor, se paga el salario completo si la causa es imputable al patrono y el 50 % si no lo es (artículo 33).
¿Qué pasa si el trabajador no quiere firmar?
Avisa a la Dirección General de Trabajo dentro de los ocho días siguientes a su ingreso (artículo 21).
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo · Asamblea Legislativa de El Salvador. Artículos 17 a 28 y 413: definición, forma escrita, contenido, plazo, período de prueba y presunción por falta de contrato.
- Recepción de contratos individuales de trabajo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Presentación en la plataforma Oportunidades Empresa, horario, oficinas, plazo de respuesta y acuse de recibo.
- Modelo de contrato individual de trabajo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Modelo oficial de contrato individual de trabajo.
- Formulario de remisión digital para la presentación de contratos individuales de trabajo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Formulario oficial para remitir contratos de forma digital.
- Inscripción y actualización de registro de centros de trabajo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Registro de centros de trabajo de personas naturales y jurídicas.
- Decreto Ejecutivo 11 de salarios mínimos (2025) · Centro de Documentación Judicial, Corte Suprema de Justicia. Salario mínimo vigente que debe respetar el contrato.