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🇪🇨 Para empresasContrato de trabajo en Ecuador: modalidades y modelo para empresas

Contrato de trabajo en Ecuador es el convenio por el que una persona se compromete a prestar servicios lícitos y personales bajo la dependencia de otra, a cambio de una remuneración. Desde la reforma de 2015, la modalidad típica es el contrato indefinido, con un período de prueba de hasta 90 días; los contratos eventuales, ocasionales, de temporada y por obra son excepciones con reglas propias. Acá tienes cada modalidad con su artículo, las cláusulas obligatorias, la afiliación al IESS y un modelo para adaptar con tu asesor.
En este artículo
- Qué es un contrato de trabajo en Ecuador
- Modalidades de contrato de trabajo
- Contrato indefinido y período de prueba
- Eventuales, ocasionales y de temporada
- Qué debe decir el contrato escrito
- Modelo de contrato indefinido
- Lo que el empleador no puede hacer
- Lo que te toca como trabajador
- Tu copia y tus plazos
- Obligaciones al contratar
- Preguntas frecuentes
Qué es un contrato de trabajo en Ecuador
El artículo 8 del Código del Trabajo lo define como el convenio en virtud del cual una persona se compromete a prestar servicios lícitos y personales, bajo dependencia, por una remuneración fijada por el convenio, la ley, el contrato colectivo o la costumbre. Puede ser expreso o tácito, y el expreso, escrito o verbal (artículo 11). A falta de estipulación, toda relación de trabajo se considera un contrato tácito (artículo 12).
Modalidades de contrato de trabajo
| Modalidad | Cuándo usarla | Claves | Artículo |
|---|---|---|---|
| Indefinido | Puestos estables o permanentes: es la regla | Prueba de hasta 90 días la primera vez | 14 y 15 |
| Eventual | Reemplazos o mayor demanda | Máximo 180 días en 365 por demanda; recargo del 35 % del valor hora | 17 |
| Ocasional | Necesidades emergentes no habituales | Máximo 30 días al año; recargo del 35 % | 17 |
| De temporada | Trabajos cíclicos o periódicos | Derecho a ser llamado cada temporada | 17 |
| Por obra o servicio dentro del giro | Obras o servicios determinados | Bonificación por desahucio al terminar | 16.1 |
| Por obra cierta, tarea o destajo | Labores no habituales o por unidad | Remuneración por obra o unidad | 16 |
Desde 2015 ya no existe el contrato a plazo fijo para labores permanentes, y la contratación por horas está prohibida desde el Mandato Constituyente 8 de 2008.

Contrato indefinido y período de prueba
- Regla general: su terminación solo procede por las causas y procedimientos del Código (artículo 14).
- Prueba: hasta 90 días cuando se celebra por primera vez; 15 días en el trabajo remunerado del hogar; una sola vez entre las mismas partes (artículo 15).
- Límite del 15 %: no puedes tener a prueba al mismo tiempo a más del 15 % de tu personal, salvo los primeros seis meses de una empresa nueva o de una ampliación.
Para tus candidatos, mira nuestra guía del período de prueba en Ecuador.
Eventuales, ocasionales y de temporada
- Eventual por reemplazo: debes indicar las exigencias circunstanciales, el nombre de la persona reemplazada y el plazo.
- Eventual por mayor demanda: máximo 180 días continuos o discontinuos en 365 días. Si la necesidad se repite más de dos períodos anuales, se convierte en contrato de temporada.
- Ocasional: máximo 30 días al año, para necesidades emergentes no vinculadas a tu actividad habitual.
- Recargo: a los eventuales y ocasionales se les paga, además, un 35 % sobre el valor hora del salario básico del sector.
- Temporada: el trabajador tiene derecho a ser llamado en cada temporada; si no lo llamas, se configura despido intempestivo.

Qué debe decir el contrato escrito
Deben celebrarse por escrito, entre otros, los contratos que requieren conocimientos técnicos o profesionales, los que contienen período de prueba, los eventuales, ocasionales y de temporada, los de aprendizaje y los de adolescentes desde los 15 años (artículo 19). El contrato escrito debe incluir (artículo 21):
- La clase o clases de trabajo.
- Cómo se ejecuta: por tiempo, por obra, por tarea u otra forma.
- La cuantía y forma de pago de la remuneración.
- El tiempo de duración.
- El lugar del trabajo.
- Si hay sanciones, cómo se determinan y sus garantías.
Recuerda que la jornada máxima es de 8 horas diarias y 40 semanales (artículo 47) y que el sueldo no puede ser inferior al salario básico de $482 de 2026 o al sectorial del cargo, ni a su proporción en jornada parcial (artículo 82).

Modelo de contrato indefinido
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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TIEMPO INDEFINIDO
En ciudad, a fecha, comparecen razón social, RUC , representada por nombre, en calidad de EMPLEADOR,
y nombre completo, C.C. , domiciliado/a en , en calidad de TRABAJADOR/A, quienes acuerdan:
PRIMERA.- Objeto: el/la trabajador/a prestará sus servicios como cargo, realizando funciones, en lugar.
SEGUNDA.- Forma de ejecución: por unidades de tiempo, en jornada de horas semanales, de día a día, de hora a hora.
TERCERA.- Remuneración: $ mensuales, pagaderos mensualmente mediante transferencia, más los beneficios de ley.
CUARTA.- Duración: indefinida, con un período de prueba de hasta 90 días según el artículo 15 del Código del Trabajo.
QUINTA.- Sanciones: se establecen / no se establecen sanciones; en su caso, forma de determinarlas y garantías.
SEXTA.- En lo no previsto, las partes se sujetan al Código del Trabajo.
Lo que el empleador no puede hacer
| Prohibido | En la práctica |
|---|---|
| Multas fuera del reglamento interno aprobado | Y nunca más del 10 % de la remuneración: con $600, como máximo $60 |
| Suspender al trabajador como sanción | No puede mandarte a casa sin pago como castigo |
| Cobrar dinero por darte el empleo | Tampoco gratificaciones o especies por cualquier motivo |
| Cobrar intereses por adelantos de sueldo | Ningún interés, sea cual sea el monto |
| Restricciones de edad en los anuncios de empleo | Salvo excepciones reguladas por el Ministerio del Trabajo |
| Exigir pólizas de seguro privado para contratarte | Ni de salud, ni de vida, ni por enfermedades catastróficas |
| Violencia o acoso laboral | Ni cometerlos ni permitirlos |
Tampoco puede obligarte a comprar en ciertos negocios, imponer colectas, hacer propaganda política o religiosa, ni impedir las inspecciones de las autoridades del trabajo (artículo 44).
Lo que te toca como trabajador
- Hacer el trabajo como dice el contrato, con cuidado y en la forma, tiempo y lugar convenidos (artículo 45).
- Cuidar los útiles de trabajo; no respondes por el desgaste normal, el caso fortuito ni los defectos de fabricación.
- Avisar al empleador cuando faltes por una causa justa.
- Cumplir el reglamento interno expedido en forma legal.
- Ayudar en caso de peligro o siniestro, aun fuera de la jornada, con el aumento de remuneración que corresponda.
Tu copia y tus plazos
- Copia del contrato: el contrato escrito puede hacerse por instrumento público o privado, consta en un libro especial y se te debe dar copia en cualquier momento que la pidas (artículo 18).
- Eventual que se repite: si el contrato eventual por mayor demanda se repite por más de dos períodos anuales, se convierte en contrato de temporada, con derecho a que te llamen cada temporada (artículo 17).
- Reclamos: las acciones de los contratos de trabajo prescriben en 3 años desde que terminó la relación (artículo 635).
Obligaciones al contratar
- IESS desde el primer día: el empleador te afilia el mismo día en que entras y presenta el aviso de entrada antes de que pasen 15 días (artículo 42, numeral 31).
- Sistema Único de Trabajo (SUT): el Ministerio del Trabajo tiene un trámite para que el empleador registre los datos de vinculación laboral de sus trabajadores.
- Al terminar: registra el acta de finiquito con la constancia de pago en el SUT.

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Publicar una vacantePreguntas frecuentes
¿Me pueden cobrar multas en el trabajo?
Solo si están previstas en un reglamento interno aprobado y nunca por más del 10 % de tu remuneración. El empleador tampoco puede sancionarte con la suspensión del trabajo (Código del Trabajo, artículo 44).
¿Pueden pedirme un seguro de vida o de salud para contratarme?
No. Está prohibido exigir pólizas de seguros privados de salud, de vida o por enfermedades degenerativas y catastróficas como requisito para contratarte (artículo 44).
¿Puedo pedir una copia de mi contrato?
Sí, en cualquier momento: el contrato escrito consta en un libro especial y se confiere copia a quien la solicite (artículo 18).
¿Qué tipos de contrato de trabajo hay en Ecuador?
Indefinido, que es la regla; eventual, ocasional y de temporada; por obra o servicio dentro del giro del negocio; por obra cierta, por tarea y a destajo; e individual, de grupo o por equipo (artículo 11).
¿Existe el contrato a plazo fijo en Ecuador?
Desde la reforma de 2015, el contrato indefinido es la modalidad típica para labores estables, y las excepciones son las del artículo 14, como los eventuales, ocasionales y de temporada.
¿Cuánto dura el período de prueba?
Puede durar como máximo 90 días cuando es la primera vez que se firma un contrato indefinido, y 15 días en el trabajo remunerado del hogar (artículo 15).
¿Cuánto se paga en un contrato eventual?
Cobran lo acordado más un 35 % calculado sobre el valor hora del salario básico del sector (artículo 17).
¿Cuándo debo afiliar al trabajador al IESS?
Debe afiliarte apenas empiezas a trabajar y registrar tu aviso de entrada en un plazo de 15 días (artículo 42, numeral 31).
¿Qué cláusulas debe tener el contrato escrito?
Clase de trabajo, forma de ejecución, remuneración y forma de pago, duración, lugar y si hay sanciones (artículo 21).
Fuentes oficiales
- Código del Trabajo (última reforma 2026-04-09) · Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop). Artículos 8 a 11, 17, 18, 44, 45 y 635, releídos el 2026-10-29.
- Código del Trabajo (Codificación 2005-017), actualizado al 27 de junio de 2024 · Servicio de Rentas Internas (SRI). Definición, clasificación, contrato indefinido, prueba, modalidades, contrato escrito, IESS, jornada y jornada parcial.
- Registro de datos de trabajadores para la vinculación laboral en el SUT · Gob.ec, Ministerio del Trabajo. Registro de la vinculación laboral por parte del empleador.
- Registro de actas de finiquito por parte del empleador en el SUT · Gob.ec, Ministerio del Trabajo. Registro del acta de finiquito al terminar la relación.
- Acuerdo para fijar el Salario Básico Unificado de 2026 en USD 482 · Ministerio del Trabajo. Salario básico de $482 para 2026.
- Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar · Gobierno de Galápagos. Reforma de 2015 que hizo del contrato indefinido la modalidad típica.
- Tasas de aportación · IESS. Aportes personal y patronal al IESS.