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🇵🇾 Para empresasReglamento interno de trabajo (Paraguay): modelo y trámite

Reglamento interno de trabajo (Paraguay): modelo y trámite. Es el conjunto de disposiciones obligatorias acordadas por igual número de representantes del empleador y de los trabajadores, para regular el orden, la disciplina y la seguridad de la empresa (artículo 350 del Código del Trabajo). Si tienes más de diez trabajadores, necesitas un reglamento homologado para aplicar suspensiones, traslados o postergaciones de ascenso (artículo 354). Desde 2025 se presenta en línea por el sistema REOP del MTESS. Esta guía es para empresas.
En este artículo
- Qué es el reglamento interno de trabajo
- Qué debe contener
- Sanciones disciplinarias permitidas
- Cómo homologar el reglamento interno
- Reglamento interno de trabajo (Paraguay): modelo en esquema
- Ejemplo: de la firma a la primera sanción
- Derechos y obligaciones que el reglamento no puede cambiar
- Si eres trabajador: cómo te afecta
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
Qué es el reglamento interno de trabajo
A diferencia de otros países, en Paraguay el reglamento no lo redacta solo el empleador: lo acuerdan representantes de la empresa y de los trabajadores en igual número (artículo 350). Las normas técnicas y administrativas para mejorar la productividad sí las dicta el empleador por su cuenta, pero no forman parte del reglamento (artículo 351). Toda disposición contraria a la ley o al contrato colectivo se tiene por inexistente (artículo 355).
| Tema | Regla | Base |
|---|---|---|
| Quién lo redacta | Representantes del empleador y de los trabajadores, en igual número | Artículo 350 |
| Cuándo es obligatorio | Con más de 10 trabajadores, para aplicar suspensión, traslado o postergación de ascenso | Artículo 354 |
| Presentación | Dentro de los 8 días de firmado, por el sistema REOP | Artículo 356 y MTESS |
| Homologación | El MTESS tiene 15 días; las observaciones se responden en 6 | Artículo 356 |
| Arancel | Un jornal mínimo (G. 117.077 en 2026) | MTESS |
| Vigencia | Hasta 5 años | Resolución MTESS 976/2025 |
Qué debe contener
- Horarios de entrada y salida, cómo se registran y el descanso de la jornada.
- Lugar y momento de inicio y fin de las faenas, y días y horas de limpieza de máquinas y locales.
- Prevención de accidentes y primeros auxilios, y labores insalubres o peligrosas prohibidas a menores de 18 años.
- Trabajos temporales o de reemplazo, y día y lugar de pago.
- Exámenes médicos previos y periódicos.
- Sanciones disciplinarias según la falta y cómo se aplican.
- Representantes que reciben pedidos, certificados médicos y justificaciones.
- Plazo de validez y cómo se revisa o actualiza (artículo 352).
Según el MTESS, la Resolución 976/2025 agrega dos contenidos: protocolos para prevenir, investigar y sancionar la violencia y el acoso laboral en todas sus formas, y mecanismos de resolución de conflictos. En marzo de 2026 el MTESS presentó además un nuevo protocolo con estándares mínimos para las empresas.
Sanciones disciplinarias permitidas
- Suspensión del trabajo y del salario de hasta 8 días.
- Amonestación verbal o apercibimiento por escrito.
- Traslado del lugar de trabajo y postergación temporal de un ascenso (artículo 353).
Para suspender de 4 a 8 días, trasladar o postergar un ascenso, primero debe hacerse un sumario administrativo que pruebe la falta, y la sanción se notifica al trabajador y se comunica a la Autoridad del Trabajo (artículo 352). La violación grave del reglamento homologado también puede ser causa de despido (artículo 81).

Cómo homologar el reglamento interno
- Acuerda el texto con representantes de los trabajadores en igual número que los de la empresa.
- Paga el arancel de un jornal mínimo, solo por la red bancaria; la boleta dura 24 horas.
- Preséntalo por el sistema REOP dentro de los 8 días de firmado: el reglamento firmado en PDF, el mismo en formato editable y la declaración jurada de representación de los trabajadores, cuyo formulario publica el MTESS.
- Responde las observaciones en 6 días si las hay. El MTESS debe homologar y registrar en 15 días, y te notifica por el REOP con aviso a tu correo.
- Publícalo: fíjalo en los lugares más visibles o difúndelo por medios electrónicos (artículo 357 y MTESS).


Reglamento interno de trabajo (Paraguay): modelo en esquema
Este esquema sirve como base del reglamento interno de trabajo (Paraguay), modelo que luego deben acordar los representantes de ambas partes:
Cambia lo resaltado en amarillo por tus datos.
Capítulo 1. Objeto, ámbito y representantes que lo acordaron (artículo 350). Vigencia: años, hasta 5.
Capítulo 2. Jornada: entrada __:__, salida __:__, registro de asistencia , descanso minutos.
Capítulo 3. Pago: día y lugar . Capítulo 4. Seguridad, limpieza, primeros auxilios y exámenes médicos.
Capítulo 5. Faltas leves, graves y muy graves, y sus sanciones según el artículo 353, con sumario para las suspensiones de 4 a 8 días.
Capítulo 6. Protocolo contra la violencia y el acoso; resolución de conflictos; representantes que reciben pedidos y certificados; revisión del reglamento.

Ejemplo: de la firma a la primera sanción
- Una fábrica con 25 trabajadores forma una comisión con 3 representantes de la empresa y 3 de los trabajadores, que firman el reglamento el 2 de noviembre de 2026 (artículo 350).
- La empresa lo presenta al MTESS, a más tardar el 10 de noviembre de 2026, dentro de los 8 días de firmado (artículo 356).
- El MTESS tiene 15 días para homologarlo y registrarlo; si tiene observaciones, las partes tienen 6 días para responder. El registro basta para que obligue a todos (artículo 356).
- La empresa lo fija en los lugares más visibles del establecimiento, en letra legible (artículo 357).
- Un trabajador falta sin aviso. Para suspenderlo de 4 a 8 días sin salario, primero hay que instruir un sumario administrativo que pruebe la falta, notificarle la sanción y comunicarla a la Autoridad del Trabajo (artículo 352). Una amonestación verbal o un apercibimiento escrito no requieren ese sumario previo según el Código.
Como la empresa tiene más de 10 trabajadores, sin el reglamento homologado no puede aplicar suspensiones, traslados ni postergaciones de ascenso, salvo que las use en lugar de un despido (artículo 354).
Derechos y obligaciones que el reglamento no puede cambiar
| El empleador puede | El trabajador debe |
|---|---|
| Organizar, dirigir y administrar el trabajo | Hacer personalmente el trabajo, con esmero y en la forma, tiempo y lugar convenidos |
| Dictar normas técnicas para la productividad, fuera del reglamento (artículo 351) | Acatar el reglamento y las órdenes del empleador |
| Reclamar ante la autoridad por incumplimientos del trabajador | Cuidar su seguridad y la de sus compañeros |
| Ser dueño del producto del trabajo contratado | Trabajar horas extra solo de forma excepcional, con el recargo legal |
Toda cláusula del reglamento que vaya contra la ley, el contrato colectivo o las normas de higiene y seguridad se tiene por inexistente (artículo 355).
Si eres trabajador: cómo te afecta
- Tienes voz: el reglamento lo acuerdan representantes de los trabajadores en igual número que los de la empresa (artículo 350).
- Pide verlo: debe estar fijado en lugares visibles del establecimiento, en letra fácil de leer (artículo 357).
- Si te suspenden de 4 a 8 días sin sumario previo, la sanción no cumple el Código (artículo 352).
- Para denunciar incumplimientos, el MTESS atiende en Herrera y Paraguarí, Asunción, en sus oficinas regionales, en su web y por WhatsApp al (0993) 308 100. El incumplimiento del salario mínimo puede costarle al empleador multas de hasta 30 jornales mínimos por trabajador (MTESS).
Errores frecuentes
- Redactarlo sin los trabajadores: el artículo 350 exige representantes de ambas partes en igual número.
- Aplicar suspensiones sin reglamento homologado teniendo más de 10 trabajadores (artículo 354).
- Suspender de 4 a 8 días sin sumario previo (artículo 352).
- Dejarlo vencer: la vigencia máxima es de 5 años.
No cumplir obligaciones con la Administración del Trabajo se multa con 10 a 30 jornales mínimos (artículo 385). Revisa también el contrato de trabajo en Paraguay y las horas extras en Paraguay. ¿Buscas personal? En TrabajoExpress puedes publicar tus vacantes y recibir candidatos de todo el país.
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Publicar una vacantePreguntas frecuentes
¿Me pueden suspender sin un reglamento interno homologado?
Si la empresa tiene más de 10 trabajadores, no puede aplicar suspensiones, traslados ni postergaciones de ascenso sin reglamento homologado, salvo que lo haga en lugar de un despido (Código del Trabajo, artículo 354).
¿En cuánto tiempo homologa el MTESS un reglamento interno?
En 15 días desde su presentación; si hay observaciones, las partes tienen 6 días para responder (artículo 356).
¿Qué pasa con una cláusula del reglamento contraria a la ley?
Se tiene como inexistente, igual que las contrarias al contrato colectivo o a las normas de higiene y seguridad (artículo 355).
¿Qué es el reglamento interno de trabajo en Paraguay?
El conjunto de disposiciones obligatorias acordadas por igual número de representantes del empleador y de los trabajadores para regular el orden, la disciplina y la seguridad (artículo 350).
¿Es obligatorio el reglamento interno?
Si tienes más de diez trabajadores y quieres aplicar suspensiones, traslados o postergaciones de ascenso, necesitas un reglamento homologado (artículo 354).
¿Cómo se homologa el reglamento interno?
Por el sistema REOP del MTESS, dentro de los 8 días de firmado, con el reglamento en PDF y editable, la declaración jurada de representación y el pago de un jornal mínimo; el MTESS tiene 15 días para resolver.
¿Cuánto cuesta homologar el reglamento?
Un jornal mínimo para actividades diversas no especificadas: G. 117.077 desde julio de 2026, según el MTESS.
¿Cuánto dura el reglamento interno?
Hasta 5 años, según la Resolución MTESS 976/2025.
¿Cuál es la suspensión máxima?
Ocho días; las de cuatro a ocho días requieren un sumario administrativo previo (artículos 352 y 353).
Fuentes oficiales
- Resolución MTESS N° 670/2026: sueldos y jornales mínimos · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Jornal mínimo de G. 117.077 desde julio de 2026, base del arancel.
- Ministerio de Trabajo insta a denunciar incumplimiento del reajuste del salario mínimo · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Canales de denuncia del MTESS y multas de hasta 30 jornales mínimos por trabajador.
- Reglamento Interno de Trabajo (RIT) · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Resolución MTESS 976/2025: contenido mínimo, protocolos contra la violencia y el acoso, vigencia de 5 años, arancel de un jornal, presentación por el REOP, documentos y publicación.
- Ley N° 213 que establece el Código del Trabajo · Biblioteca y Archivo Central del Congreso (BACN). Artículos 81, 350 a 357 (reglamento interno, contenido, sanciones, obligatoriedad, homologación y publicación) y 385.
- MTESS lanza nuevo protocolo para prevenir la violencia y el acoso en el trabajo · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Nueva reglamentación de 2026 con estándares mínimos de prevención de la violencia y el acoso para empresas privadas.
- MTESS reglamentó el reajuste de salarios y jornales mínimos para trabajadores del sector privado · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Jornal mínimo de G. 117.077 desde julio de 2026, base del arancel.
- Ley 213/93 Código Laboral (con las reformas de la Ley 496/95) · Universidad Nacional de Asunción, Facultad de Humanidades. Texto anotado con la reforma del artículo 352 por la Ley 496/95.
- Código del Trabajo Paraguay: resumen · Yo Facturo. Resumen práctico de las obligaciones del empleador en Paraguay.