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🇨🇷 Para empresasReglamento interno de trabajo en Costa Rica: cómo hacerlo

Reglamento interno de trabajo en Costa Rica: es el documento que elabora el patrono, de acuerdo con la ley, para fijar las condiciones obligatorias del trabajo en su empresa (artículo 66 del Código de Trabajo). No es obligatorio tenerlo, pero sin él solo puedes sancionar con lo que dice el Código: amonestación o despido. Para que valga, el Ministerio de Trabajo (MTSS) debe aprobarlo y los trabajadores deben conocerlo 15 días antes de que rija (artículo 67). Esta guía es para empresas.
En este artículo
- Qué es el reglamento interno de trabajo
- Para qué sirve: con y sin reglamento
- Qué debe contener
- Cómo hacer y aprobar el reglamento interno de trabajo en Costa Rica
- Cuándo rige y cuándo pierde vigencia
- Ejemplo: de la aprobación a la primera sanción
- Lo que ningún reglamento puede cambiar
- Obligaciones del trabajador que el reglamento puede detallar
- Si eres trabajador: qué revisar
- Hostigamiento sexual: una política aparte
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
Qué es el reglamento interno de trabajo
Según el criterio general del MTSS de 2024 (OFP-MTSS-DAJ-AER-123-2024), es un instrumento jurídico que elabora el patrono según los intereses de su empresa y la ley vigente. Puede incluir obligaciones, prohibiciones, beneficios, condiciones de trabajo, medidas técnicas y sanciones, siempre que no vayan contra el Código de Trabajo.
Para qué sirve: con y sin reglamento
Sin reglamento aprobado, la única base para sancionar es el Código: la amonestación por las prohibiciones del artículo 72 y el despido por las causas del artículo 81. No puedes aplicar suspensiones sin goce de salario. Con reglamento, sí, y también puedes ordenar incentivos como licencias por matrimonio o por muerte de un familiar, o más días de vacaciones.

Ojo con las «políticas internas»: según el MTSS, no pueden crear faltas ni sanciones nuevas. Si lo hacen, son ilegales; lo correcto es incluirlas en un reglamento aprobado (criterio DAJ-AE-77-10).
Qué debe contener
| Tema | Qué incluir |
|---|---|
| Horario | Horas de entrada y salida, tiempo para comer y descansos |
| Jornadas | Lugar y momento en que empiezan y terminan |
| Salarios | Tipos de salario y categorías de trabajo |
| Pago | Lugar, día y hora de pago |
| Disciplina | Faltas, sanciones y cómo se aplican |
| Reclamos | Ante quién se presentan las peticiones y reclamos, y cómo |
| Labores especiales | Normas según la edad y el sexo de los trabajadores |
Además puede incluir reglas técnicas y administrativas, de higiene y seguridad y de primeros auxilios. Dos límites del artículo 68: no puedes descontar multas del salario, y la suspensión sin goce no puede pasar de ocho días ni aplicarse sin antes escuchar al trabajador y a los compañeros que él indique.
Cómo hacer y aprobar el reglamento interno de trabajo en Costa Rica
- Redacta el reglamento con el contenido del artículo 68, sin rebajar derechos del Código.
- Envía la solicitud al MTSS, Departamento de Asesoría Externa y Reglamentos, por correo electrónico: una nota firmada digitalmente por el representante (o con firma física autenticada por un abogado) con la razón social y cédula jurídica, ubicación y teléfonos, datos del apoderado, actividad económica, cantidad de hombres y mujeres que trabajan, y si es un reglamento nuevo o una reforma.
- Completa el trámite en el sistema electrónico del MTSS con la clave que te asignan; un asesor lo revisa.
- Divúlgalo: el reglamento rige 15 días después de colocarlo en dos de los sitios más visibles de cada centro de trabajo o de entregar un ejemplar físico o electrónico a cada trabajador.

El trámite se rige por el Decreto 36946-MTSS. Si tu empresa usa jornadas fraccionadas, debes aportar también una declaración jurada ante notario con los puestos y condiciones, según la página del trámite del MTSS.
Cuándo rige y cuándo pierde vigencia
- Rige 15 días después de colocar los carteles o entregar el ejemplar a cada trabajador (artículo 20 del Decreto 36946-MTSS, citado por el MTSS).
- Pierde vigencia si usas carteles y estos dejan de estar a la vista durante un mes, o cuando se exhibe por 15 días uno nuevo aprobado.
- Cada cambio también debe aprobarse y darse a conocer con 15 días de anticipación (artículo 67).

Ejemplo: de la aprobación a la primera sanción
- El MTSS aprueba el reglamento de una tienda (artículo 67).
- El 2 de noviembre de 2026 la tienda lo coloca en dos lugares visibles y entrega una copia a cada trabajador.
- Entra en vigor el 17 de noviembre de 2026, quince días después de su publicación (artículo 67). Antes de esa fecha no se puede sancionar con base en él.
- Caso: un trabajador acumula llegadas tarde. Si el reglamento contempla una suspensión sin goce para esa falta, antes de aplicarla la empresa tiene que oírlo, junto con los compañeros que él proponga, y la suspensión no puede superar 8 días (artículo 68).
- Nunca puede descontarle una multa del salario: está prohibido (artículo 68).
Cualquier cambio o derogatoria del reglamento sigue el mismo camino: aprobación del MTSS, aviso con 15 días de anticipación y copia en lugares visibles (artículo 67).
Lo que ningún reglamento puede cambiar
| El patrono no puede (artículo 70) | El trabajador no puede (artículo 72) |
|---|---|
| Obligarte a comprar en ciertos negocios | Abandonar el trabajo sin causa ni permiso |
| Cobrarte dinero por darte el empleo o una condición de trabajo | Hacer propaganda político-electoral durante el trabajo |
| Obligarte a dejar un sindicato o influir en tu voto o religión | Trabajar en estado de embriaguez |
| Retener tus herramientas u objetos | Usar las herramientas del patrono para otra cosa |
| Hacer colectas obligatorias o pedir pruebas de VIH para contratar | Portar armas, salvo las herramientas propias del oficio |
Si un trabajador incurre en una de las prohibiciones del artículo 72, primero debe ser apercibido una vez; si reincide, el patrono puede despedirlo con justa causa (artículos 72 y 81, inciso i). Las ausencias sin permiso ni causa justificada durante 2 días seguidos o más de 2 alternos en el mismo mes son causa de despido según el Código, con o sin reglamento (artículo 81, inciso g).
Obligaciones del trabajador que el reglamento puede detallar
El artículo 71 ya obliga al trabajador a hacer su trabajo con cuidado y en la forma, tiempo y lugar convenidos; devolver los materiales no usados y cuidar las herramientas, sin responder por el desgaste normal ni por defectos de fabricación; guardar los secretos técnicos y comerciales; ayudar en caso de siniestro, y cumplir las medidas de seguridad. El reglamento puede precisar cómo se cumplen en cada puesto, pero no puede ir más allá de la ley.
Si eres trabajador: qué revisar
- Que esté aprobado por el MTSS y colocado en dos lugares visibles (artículo 67).
- Tu horario, los descansos, el tiempo para comer y el día y lugar de pago (artículo 68).
- Ante quién reclamar y cómo hacerlo (artículo 68, inciso f).
- Las faltas y sanciones: si te suspenden sin goce, debieron escucharte antes y la suspensión no puede pasar de 8 días.
Hostigamiento sexual: una política aparte
Según el MTSS, toda empresa debe tener una política contra el hostigamiento sexual con un procedimiento para recibir y tramitar denuncias, una comisión investigadora y un plazo máximo de tres meses para resolver. En el sector privado, el patrono debe informar las denuncias a la Dirección Nacional de Inspección del MTSS. El MTSS publica reglamentos internos y de acoso sexual ya aprobados que sirven de referencia.

Errores frecuentes
- Aplicar un reglamento sin aprobar: no sirve para suspender sin goce de salario.
- Descontar multas del salario: está prohibido (artículo 68).
- Suspender más de ocho días o sin escuchar antes al trabajador.
- No exhibirlo ni entregarlo: sin divulgación no rige.
- Rebajar derechos del Código, como vacaciones o horas extra: esas cláusulas no valen.
Revisa también el contrato de trabajo en Costa Rica y las reglas de horas extras en feriado (Costa Rica). ¿Buscas personal? En TrabajoExpress puedes publicar tus vacantes y recibir candidatos de todo el país.
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Publicar una vacantePreguntas frecuentes
¿Desde cuándo rige un reglamento interno de trabajo en Costa Rica?
Una vez aprobado por el MTSS, desde los 15 días siguientes a ponerlo en conocimiento de los trabajadores, colocado en al menos dos sitios visibles (Código de Trabajo, artículo 67).
¿Me pueden suspender sin goce de salario?
Solo si el reglamento aprobado lo prevé, por no más de 8 días y después de escucharte a ti y a los compañeros que indiques (artículo 68).
¿Un reglamento puede cobrar multas descontadas del salario?
No. El Código prohíbe descontar suma alguna del salario como multa (artículo 68, inciso e).
¿Qué es el reglamento interno de trabajo en Costa Rica?
El documento que elabora el patrono, según la ley, para fijar las condiciones obligatorias del trabajo en su empresa (artículo 66). Debe aprobarlo el MTSS (artículo 67).
¿Es obligatorio tener reglamento interno de trabajo?
No, según el MTSS. Pero sin él solo puedes sancionar con amonestación o despido, y no puedes aplicar suspensiones sin goce de salario.
¿Cómo se aprueba el reglamento interno?
Con una solicitud firmada al Departamento de Asesoría Externa y Reglamentos del MTSS y el trámite en su sistema electrónico, según el Decreto 36946-MTSS.
¿Cuándo empieza a regir el reglamento?
Quince días después de colocarlo en dos sitios visibles o de entregar un ejemplar a cada trabajador.
¿Cuánto puede durar una suspensión sin goce de salario?
Hasta ocho días, y solo después de escuchar al trabajador y a los compañeros que indique (artículo 68).
¿Las políticas internas reemplazan al reglamento?
No. Según el MTSS, las políticas internas no pueden crear faltas ni sanciones que no estén en el Código; para eso hace falta un reglamento aprobado.
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo de Costa Rica (actualizado a diciembre de 2024) · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Artículos 66 (definición), 67 (aprobación, divulgación de 15 días y dos sitios visibles), 68 (contenido, prohibición de multas, suspensión de hasta 8 días), 72 y 81.
- Trámite de revisión y aprobación de Reglamentos Internos de Trabajo · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Requisitos de la solicitud, sistema electrónico, Decreto 36946-MTSS y jornadas fraccionadas.
- OFP-MTSS-DAJ-AER-123-2024: criterio general sobre el reglamento interno de trabajo · MTSS, Dirección de Asuntos Jurídicos. No es obligatorio; sin él no hay suspensiones sin goce; vigencia y pérdida de vigencia según el artículo 20 del Decreto 36946-MTSS.
- DAJ-AE-77-10: políticas internas frente a reglamento · MTSS, Dirección de Asuntos Jurídicos. Las políticas internas no pueden crear faltas ni sanciones fuera del Código.
- Preguntas frecuentes sobre asuntos laborales · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Obligaciones del patrono frente al hostigamiento sexual: política, comisión, plazo de tres meses e informe a la Inspección.
- Reglamento interno de trabajo aprobado (ejemplo publicado por el MTSS) · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Ejemplo real de reglamento interno aprobado por el MTSS.