Este artículo explica las normas de 🇦🇷 Argentina. Lee la versión para Colombia.
🇦🇷 SalarioHoras extras en Argentina: recargos, topes y cómo calcularlas

Horas extras en Argentina son las que trabajás por encima de la jornada legal o de la pactada en tu contrato o convenio. La Ley de Contrato de Trabajo fija un recargo del 50 % en días comunes y del 100 % los sábados después de las 13, los domingos y los feriados. Además, hay topes mensuales y anuales, y la reforma de 2026 habilitó el banco de horas por acuerdo escrito. Acá tenés la jornada máxima, cómo calcular lo que te deben con un ejemplo y qué hacer si no te las pagan.
En este artículo
- La jornada máxima en Argentina
- Cuánto se pagan las horas extras en Argentina
- Cómo calcular las horas extras con un ejemplo
- Cuántas horas extras se pueden hacer
- ¿Estás obligado a hacer horas extras?
- Banco de horas: lo que cambió en 2026
- Sábados a la tarde, domingos y feriados: un ejemplo
- Si tenés convenio colectivo
- Qué hacer si no te pagan las horas extras
- Preguntas frecuentes
La jornada máxima en Argentina
- Jornada común: hasta 8 horas diarias o 48 semanales (Ley 11.544, artículo 1). Tu contrato o convenio puede fijar una jornada menor.
- Jornada nocturna: si es íntegramente nocturna —entre las 21 y las 6—, no puede superar 7 horas. Si alternás horas diurnas y nocturnas, la jornada se reduce 8 minutos por cada hora nocturna o se pagan como tiempo suplementario (artículo 200 de la Ley de Contrato de Trabajo).
- Trabajo insalubre: hasta 6 horas diarias o 36 semanales en los lugares calificados como insalubres por la autoridad.
- Descansos: entre una jornada y la siguiente debe haber al menos 12 horas (artículo 197), y el descanso semanal va desde el sábado a las 13 hasta el domingo a las 24 (artículo 204).
La Ley 11.544 excluye de su ámbito el trabajo agrícola, ganadero y de casas particulares, que tienen sus propios regímenes, y admite excepciones para empleos de dirección o vigilancia (artículo 3).
Cuánto se pagan las horas extras en Argentina
| Cuándo trabajás la hora extra | Recargo | Pago de cada hora |
|---|---|---|
| De lunes a viernes, y sábados hasta las 13 | 50 % | 1,5 veces tu hora normal |
| Sábados después de las 13 | 100 % | 2 veces tu hora normal |
| Domingos y feriados | 100 % | 2 veces tu hora normal |
El recargo se calcula sobre el salario habitual y se debe haya o no autorización administrativa para trabajar esas horas. Tu convenio colectivo puede mejorar estos porcentajes, nunca empeorarlos.

Cómo calcular las horas extras con un ejemplo
- Calculá el valor de tu hora normal: dividí tu sueldo mensual por las horas que trabajás en el mes según tu jornada. Muchos convenios colectivos fijan el divisor que hay que usar, así que revisalo.
- Aplicá el recargo: multiplicá el valor hora por 1,5 o por 2, según el día.
- Multiplicá por las horas extra que hiciste en el mes.
| Horas extra del mes | Cálculo | Total |
|---|---|---|
| 6 horas, de lunes a viernes | 6.000 × 1,5 × 6 | $54.000 |
| 4 horas, sábado después de las 13 | 6.000 × 2 × 4 | $48.000 |
| 3 horas, un feriado | 6.000 × 2 × 3 | $36.000 |
| Total del mes | $138.000 |
Valor de mi hora normal = sueldo ÷ horas = $
Horas al 50 % (días comunes): × valor hora × 1,5 = $
Horas al 100 % (sábado después de las 13, domingo, feriado): × valor hora × 2 = $
Total del mes: $

Cuántas horas extras se pueden hacer
El Decreto 484/2000 fija el máximo de horas suplementarias en 30 horas por mes y 200 horas por año, sin necesidad de autorización administrativa previa y respetando siempre las normas de jornada y descanso. Según la Resolución 303/2000 de la Secretaría de Trabajo, el tope anual se cuenta por año calendario.
El tope es una obligación del empleador. Si te hicieron trabajar más horas que el límite, igual tenés derecho a cobrarlas con su recargo: el exceso no te hace perder lo trabajado.

¿Estás obligado a hacer horas extras?
Por regla general, no. El artículo 203 dice que el trabajador no está obligado a prestar servicios en horas suplementarias, salvo en casos de peligro o accidente ocurrido o inminente, de fuerza mayor, o por exigencias excepcionales de la economía nacional o de la empresa.
Si trabajás durante tu descanso semanal y el empleador no te da el descanso compensatorio, podés tomártelo a partir del primer día hábil de la semana subsiguiente, avisando por escrito con al menos 24 horas de anticipación, y el empleador debe pagarte el salario habitual con un 100 % de recargo (artículo 207).
Banco de horas: lo que cambió en 2026
La Ley 27.802 reescribió el artículo 197 bis: el empleador y el trabajador pueden acordar voluntariamente y por escrito un régimen de compensación de horas extraordinarias, como un banco de horas o francos compensatorios. El acuerdo debe indicar que es voluntario, sus límites, cómo funciona y un método fehaciente para que ambos registren las horas trabajadas y las disponibles para tu descanso. También puede pactarse con la representación sindical y siempre debe respetar los descansos mínimos.
El artículo 198 permite además que los convenios calculen la jornada máxima como promedio y compensen un día largo con otro corto, sin superar el máximo semanal y respetando las 12 horas entre jornadas y las 35 horas de descanso semanal. La constitucionalidad de esta reforma se discute en la justicia: si tu empleador te propone un banco de horas, pedí el acuerdo por escrito y guardá una copia.
Sábados a la tarde, domingos y feriados: un ejemplo
El descanso semanal va desde el sábado a las 13 hasta el domingo a las 24 (artículo 204). Por eso, lo que trabajes en ese lapso por encima de tu jornada se paga con el 100 % de recargo. Con un valor hora normal de $6.000, cada hora de sobretiempo un sábado a las 15 vale $12.000, y una hora extra un martes a la noche, $9.000.
Ejemplo de un mes: Carla hizo 6 horas de más entre semana y 4 un sábado por la tarde. Le corresponden 6 × $9.000 = $54.000 y 4 × $12.000 = $48.000: $102.000 de sobretiempo, que deben figurar aparte en su recibo. Si el recibo solo muestra un monto global, pedí el detalle por escrito: tenés derecho a saber cuántas horas te pagaron y con qué recargo.
Si tenés convenio colectivo
Los recargos del 50 % y del 100 % son mínimos legales: tu convenio colectivo puede mejorarlos, nunca empeorarlos. El convenio también define tu jornada, tu categoría y, con eso, tu valor hora. Si sos empleado de comercio u otra actividad con convenio, buscá tu escala salarial y dividí tu sueldo por las horas que fija tu jornada para saber cuánto vale tu hora normal antes de aplicar el recargo.
Llevá tu propio registro diario de entradas y salidas, con fotos o notas en el celular: si tu empleador no registra bien el sobretiempo, ese registro te sirve como prueba. Guardá también los mensajes en los que te piden quedarte más tiempo o venir en tu día de descanso, con su fecha y hora.
Qué hacer si no te pagan las horas extras
- Anotá tus horarios cada día: entrada, salida y si fue sábado después de las 13, domingo o feriado. Guardá mensajes en los que te pidan quedarte.
- Revisá tu recibo de sueldo: el sobretiempo debe figurar separado, con su cantidad y recargo.
- Reclamá por escrito a tu empleador la diferencia.
- Si no hay respuesta, consultá a la autoridad de trabajo de tu jurisdicción o a un abogado laboralista. Las acciones por créditos laborales prescriben a los dos años.

El sobretiempo también cuenta para tu aguinaldo, porque entran en la mejor remuneración del semestre: mirá aguinaldo: cómo se calcula. Y si buscás un trabajo con horarios claros, creá tu perfil gratis y mirá las vacantes en Argentina.
Busca empleo con confianza
Todas las vacantes se revisan antes de publicarse y postularte es gratis.
Ver empleosPreguntas frecuentes
¿Cuánto se paga la hora extra en Argentina?
Con un recargo del 50 % sobre tu salario habitual en días comunes, y del 100 % los sábados después de las 13, los domingos y los feriados (Ley de Contrato de Trabajo, artículo 201).
¿Cuántas horas extras se pueden hacer por mes?
Hasta 30 por mes y 200 por año, según el Decreto 484/2000, siempre respetando las normas de jornada y descanso.
¿Me pueden obligar a hacer horas extras?
No, salvo en casos de peligro, accidente, fuerza mayor o exigencias excepcionales de la economía nacional o de la empresa (artículo 203).
¿Qué es el banco de horas?
Es un régimen voluntario, pactado por escrito, para compensar horas extra con tiempo libre en lugar de pagarlas, con un registro fehaciente de las horas. Lo incorporó la Ley 27.802 de 2026 al artículo 197 bis.
¿Cuál es la jornada máxima legal en Argentina?
Ocho horas diarias o 48 semanales (Ley 11.544), y siete horas si la jornada es íntegramente nocturna.
¿Cuánto se paga una hora de más un sábado a la tarde?
Con el 100 % de recargo, porque después de las 13 del sábado empieza el descanso semanal: el doble de tu valor hora normal.
¿Las horas extras cuentan para el aguinaldo?
Sí. El aguinaldo se calcula sobre la mayor remuneración mensual del semestre por todo concepto, así que si tu mejor mes incluyó sobretiempo, entra en el cálculo.
Fuentes oficiales
- Ley de Contrato de Trabajo 20.744, texto actualizado (incluye la Ley 27.802) · InfoLEG, Ministerio de Justicia de la Nación. Pausa entre jornadas, banco de horas, jornada promedio, trabajo nocturno, recargos del 50 % y 100 %, falta de obligación, descanso semanal y descanso compensatorio.
- Ley 11.544, jornada de trabajo (texto) · Argentina.gob.ar, normativa. Jornada máxima de 8 horas diarias o 48 semanales, trabajo nocturno e insalubre y excepciones.
- Decreto 484/2000, jornada de trabajo (texto original) · Argentina.gob.ar, normativa. Tope de 30 horas suplementarias mensuales y 200 anuales.
- Decreto 484/2000 en InfoLEG · InfoLEG, Ministerio de Justicia de la Nación. Texto del decreto que fija los topes de horas extras.
- Resolución 303/2000, jornada de trabajo · Argentina.gob.ar, normativa. Cómputo del tope anual de horas suplementarias por año calendario.
- Ley 27.802, Ley de Modernización Laboral (texto original) · Argentina.gob.ar, normativa. Reforma de 2026 de los artículos 197 bis y 198 de la Ley de Contrato de Trabajo.