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🇬🇹 Para empresasReglamento interno de trabajo en Guatemala: contenido y aprobación

Reglamento interno de trabajo en Guatemala, llamado legalmente reglamento interior de trabajo, es el conjunto de normas que elabora el patrono para regular cómo se presta el trabajo en su empresa. Según el Código de Trabajo, toda empresa que ocupe permanentemente diez o más trabajadores debe tenerlo, aprobarlo ante la Inspección General de Trabajo y darlo a conocer con quince días de anticipación. Acá tienes qué debe contener, cómo hacer el trámite en línea y una estructura modelo para preparar el tuyo.
En este artículo
- Qué es y quién debe tenerlo
- Reglamento interno de trabajo en Guatemala: contenido obligatorio
- Límites a las sanciones
- Cómo aprobar el reglamento
- Publicación y vigencia
- Estructura modelo de reglamento
- Ejemplo: de la aprobación a la primera sanción
- Lo que ningún reglamento puede cambiar
- Obligaciones que el reglamento puede detallar
- Si eres trabajador: qué revisar
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
Qué es y quién debe tenerlo
El artículo 57 define el reglamento interior de trabajo como el conjunto de normas elaborado por el patrono, de acuerdo con las leyes, reglamentos, pactos colectivos y contratos vigentes, para regular las normas a que deben sujetarse él y sus trabajadores en la ejecución del trabajo. No hace falta copiar en él lo que ya dice la ley.
Es obligatorio para todo patrono que ocupe permanentemente diez o más trabajadores (artículo 58).
Reglamento interno de trabajo en Guatemala: contenido obligatorio
| Tema | Qué incluir |
|---|---|
| Orden técnico y administrativo | Reglas para la buena marcha de la empresa |
| Higiene y seguridad | Prevención de riesgos y primeros auxilios |
| Horarios | Entrada, salida, comidas y descansos durante la jornada |
| Lugar de la jornada | Dónde y cuándo empieza y termina |
| Salarios | Tipos de salario y categorías de trabajo |
| Pago | Lugar, día y hora de pago |
| Disciplina | Disposiciones disciplinarias y procedimiento para aplicarlas |
| Reclamos | Ante quién y cómo presentar peticiones o reclamos |
| Normas especiales | Según edad y sexo, y normas de conducta y presentación |

Límites a las sanciones
- Prohibido multar: no se puede descontar del salario ninguna suma en concepto de multa.
- Suspensión sin goce de salario: máximo ocho días, solo en los casos previstos en el reglamento y después de oír al trabajador y a los compañeros que él indique (artículo 60, inciso e).
- Despido: solo por las causas justas del artículo 77; infringir el reglamento aprobado es causa justa después de un apercibimiento escrito. Sin causa justa, es un despido injustificado.

Cómo aprobar el reglamento
Todo reglamento debe ser aprobado previamente por la Inspección General de Trabajo (artículo 59). Según el Catálogo de Trámites del Gobierno, se hace en línea en el Registro Electrónico de Reglamentos Interiores de Trabajo (RERIT) del Ministerio de Trabajo:
- Crea tu usuario en la plataforma RERIT del Mintrab.
- Adjunta el reglamento firmado por el patrono, a mano y escaneado en PDF o con firma electrónica avanzada, junto con el RTU, el documento que acredita la representación legal y, cuando corresponda, las patentes de comercio de empresa y de sociedad.
- Envía la solicitud y descarga la constancia transitoria: lleva código QR y vale 30 días hábiles mientras corriges las observaciones de la Inspección (Acuerdo Ministerial 333-2020).
- Descarga la resolución de aprobación, firmada electrónicamente y con código QR en cada hoja. Según la ficha oficial, el trámite es gratuito y el tiempo de respuesta es de 30 días.

Publicación y vigencia
- Aviso de 15 días: el reglamento debe darse a conocer a los trabajadores quince días antes de empezar a regir.
- Visible: debe imprimirse en letra legible y colocarse en al menos dos de los sitios más visibles del lugar de trabajo, o entregarse impreso en un folleto a todos.
- Cambios: cualquier modificación o derogatoria sigue las mismas reglas: aprobación, aviso y publicación (artículo 59).
Estructura modelo de reglamento
CAPÍTULO I. Disposiciones generales: objeto, alcance y datos de la empresa.
CAPÍTULO II. Ingreso, categorías de trabajo y tipos de salario.
CAPÍTULO III. Jornadas: horas de entrada y salida, comidas y descansos; lugar de inicio y fin.
CAPÍTULO IV. Pago: lugar, día y hora.
CAPÍTULO V. Higiene y seguridad: prevención de riesgos y primeros auxilios.
CAPÍTULO VI. Normas de conducta y presentación personal.
CAPÍTULO VII. Disciplina: faltas, sanciones y procedimiento (sin multas; suspensión máxima de 8 días, oyendo al trabajador).
CAPÍTULO VIII. Peticiones y reclamos: ante quién y cómo.
CAPÍTULO IX. Normas especiales por tipo de labor.
CAPÍTULO X. Vigencia, publicación y modificaciones.

Ejemplo: de la aprobación a la primera sanción
- Una empresa de Mixco con 40 trabajadores obtiene la aprobación de su reglamento por la Inspección General de Trabajo (artículo 59).
- El 2 de noviembre de 2026 lo coloca en dos sitios visibles o entrega un folleto impreso a cada trabajador.
- Rige desde el 17 de noviembre de 2026, 15 días después de darlo a conocer (artículo 59). Cualquier modificación o derogatoria sigue el mismo camino.
- Una trabajadora llega tarde de forma repetida. Si el reglamento prevé suspensión sin goce por esa falta, primero hay que oírla a ella y a los compañeros que indique, y la suspensión no puede pasar de 8 días (artículo 60).
- Si incumple el reglamento después de un apercibimiento escrito, el patrono puede despedirla con justa causa (artículo 77, inciso h).
Lo que ningún reglamento puede cambiar
| El patrono no puede (artículo 62) | El trabajador no puede (artículo 64) |
|---|---|
| Obligar a comprar en ciertos negocios | Abandonar el trabajo sin causa ni permiso |
| Cobrar dinero por dar el empleo o una condición de trabajo | Hacer propaganda política dentro del establecimiento |
| Obligar a entrar o salir de un sindicato, o influir en el voto o la religión | Trabajar en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas |
| Retener herramientas u objetos del trabajador | Usar las herramientas para otra cosa |
| Hacer colectas obligatorias que no imponga la ley | Portar armas, salvo las herramientas propias del oficio, o sabotear la producción |
Las infracciones del trabajador a estas prohibiciones se sancionan, según el Código, con el despido justificado después de un apercibimiento escrito; no hace falta el apercibimiento si la embriaguez pone en peligro la vida o la seguridad de las personas o los bienes (artículos 64 y 77).
Obligaciones que el reglamento puede detallar
- Del patrono (artículo 61): tratar a los trabajadores con consideración, sin maltrato de palabra ni de obra; darles a tiempo los útiles y materiales de buena calidad, y enviar cada año al Ministerio de Trabajo, en los dos primeros meses, el informe de salarios y trabajadores del año anterior.
- Del trabajador (artículo 63): hacer el trabajo con cuidado y en la forma convenida, cuidar los útiles sin responder por el desgaste normal, guardar los secretos de la empresa, cumplir las medidas de seguridad y someterse a reconocimiento médico cuando lo pida el patrono o el IGSS en los casos de la ley.
Si eres trabajador: qué revisar
- Que esté aprobado por la Inspección General de Trabajo y a la vista o entregado en folleto (artículo 59).
- Que no te descuenten multas del salario: está prohibido (artículo 60).
- Que te escuchen antes de suspenderte, y que la suspensión no pase de 8 días.
- Que te apercibieran por escrito antes de despedirte por una infracción al reglamento (artículo 77, inciso h).
Errores frecuentes
- Aplicarlo sin aprobación de la Inspección General de Trabajo.
- Incluir multas que se descuentan del salario.
- No publicarlo con 15 días de anticipación ni dejarlo visible.
- Contradecir la ley o los pactos colectivos.
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Publicar una vacantePreguntas frecuentes
¿Me pueden exigir un examen médico?
Sí, al ingresar o durante el trabajo, a pedido del patrono, para comprobar que no tienes una incapacidad permanente o una enfermedad profesional contagiosa o incurable, o a pedido del IGSS (artículo 63, inciso f).
¿El reglamento debe entregarse impreso?
Debe estar colocado en al menos dos sitios visibles del lugar de trabajo o, en su defecto, entregarse impreso en un folleto a todos los trabajadores (artículo 59).
¿Desde cuándo rige un reglamento interior de trabajo en Guatemala?
Una vez aprobado por la Inspección General de Trabajo, desde los 15 días siguientes a darlo a conocer a los trabajadores (Código de Trabajo, artículo 59).
¿Me pueden despedir por no cumplir el reglamento interior?
Sí, si el reglamento está aprobado y el patrono te apercibió antes una vez por escrito (artículo 77, inciso h).
¿Qué obligaciones tiene el patrono aunque no las diga el reglamento?
Las del Código, entre ellas tratarte con consideración, darte los útiles de trabajo de buena calidad y no exigirte dinero por darte el empleo (artículos 61 y 62).
¿Qué empresas deben tener reglamento interior de trabajo?
Todas las que ocupen permanentemente diez o más trabajadores (artículo 58 del Código de Trabajo).
¿Quién aprueba el reglamento interior?
La Inspección General de Trabajo, antes de que entre en vigor (artículo 59). El trámite se hace en línea en el sistema RERIT del Ministerio de Trabajo.
¿Cuánto cuesta aprobar el reglamento?
Según el Catálogo de Trámites del Gobierno, es gratuito y el tiempo de respuesta es de 30 días. La constancia transitoria que recibes al enviarlo vale 30 días hábiles para corregir observaciones.
¿Qué debe contener el reglamento?
Reglas técnicas y administrativas, higiene y seguridad, horarios, salarios y categorías, lugar y día de pago, disciplina, reclamos y normas especiales (artículo 60).
¿El reglamento puede poner multas?
No. Está prohibido descontar sumas del salario como multa; la suspensión sin goce de salario no puede pasar de ocho días y requiere oír al trabajador.
¿Cómo se da a conocer el reglamento?
Con 15 días de anticipación, colocado en al menos dos sitios visibles o entregado impreso a todos los trabajadores (artículo 59).
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo (Decreto 1441) · Oficina Nacional de Servicio Civil, copia en el sitio de la AMSCLAE. Artículos 57 a 60 y 77: definición, obligación, aprobación, publicación, contenido y sanciones del reglamento interior.
- Registro Electrónico de Reglamentos Interiores de Trabajo RERIT (servicio 1916) · Catálogo de Trámites del Gobierno de Guatemala. Plataforma RERIT, pasos, requisitos, trámite gratuito y respuesta en 30 días.
- Código de Trabajo publicado por el Mintrab · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Texto del Código de Trabajo en el sistema de reglamentos del Ministerio.
- Catálogo de trámites del Ministerio de Trabajo · Catálogo de Trámites del Gobierno de Guatemala. Trámites oficiales del Ministerio de Trabajo para empleadores.
- Salario mínimo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Salarios mínimos vigentes que debe respetar el reglamento.
- Acuerdo Ministerial 540-2019: Instructivo para la presentación y registro en forma electrónica del Reglamento Interior de Trabajo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Registro en el portal del Mintrab, reglamento firmado a mano (PDF escaneado) o con firma electrónica avanzada y constancia transitoria con código QR.
- Acuerdo Ministerial 333-2020: reforma del instructivo del Reglamento Interior de Trabajo · Ministerio de Trabajo y Previsión Social. La constancia transitoria vale 30 días hábiles para corregir observaciones y la resolución de aprobación se firma electrónicamente, con código QR en cada hoja.